175 resultados para Liquidación


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IDENTIFICACIÓN Y CARACTERIZACIÓN DEL PROBLEMA - HIPÓTESIS Según la NIC 39, el valor razonable es la cantidad por la que puede ser intercambiado un activo o cancelado un pasivo entre un comprador y un vendedor interesados y debidamente informados, en condiciones de independencia mutua. La definición del FASB (SFAC 7) es muy similar, y define el valor razonable como el monto mediante el que un activo podría ser enajenado en una transacción entre partes independientes, dispuestas a realizar la operación en situaciones diferentes a la de una liquidación o a la de una venta forzada. Puede apreciarse que esta definición de valor razonable es limitada porque, a excepción de escenarios que se correspondan con mercados perfectos y completos, el concepto puede abarcar valores de entrada, valores de salida y valores en uso, los cuales pueden ser muy diferentes (Beaver, 1987). El valor de entrada es el valor de adquisición o de reemplazo, el valor de salida es el precio al cual un activo puede ser vendido o liquidado, y el valor en uso es el valor incremental de una empresa atribuible a un activo (se correspondería con el valor presente mencionado anteriormente). Dado que el IASB y la FASB se ocupan de la valuación de activos que una empresa posee, y no de activos que serán adquiridos en un futuro, su definición de valor razonable debería ser interpretada desde la perspectiva del vendedor. Por lo tanto, el concepto de valor razonable que manejan el IASB y la FASB se asemeja a un valor de salida, tal como lo propusieron Chambers y Stirling hace bastantes años atrás.Planteado esto, lo que tratará de dilucidar este proyecto de investigación es si este concepto de valor razonable es realmente novedoso o es una simple regresión a los valores corrientes de salida defendidos por los autores de la década del setenta. OBJETIVOS GENERALES Y ESPECÍFICOS General Analizar si el concepto “valor razonable” tal como es definido por la normativa actual se corresponde con una definición novedosa o es una adaptación/modificación/regresión de conceptos ya existentes (valores corrientes de salida). Específicos Revisar la literatura específica desde el punto de vista de la teoría contable y las normas de las que dispone la profesión referidas a los siguientes aspectos: a) Valores corrientes b) Valor razonable MATERIALES Y MÉTODOS El análisis que se llevará a cabo comprenderá dos aspectos. El primero consiste en la revisión de la doctrina contable. Para ello se analizará bibliografía significativa y trabajos de eventos académicos relacionados con el valor razonable. En segundo término se revisará la normativa profesional a nivel nacional e internacional. Después de concluido con los pasos anteriores se analizará la novedad del concepto valor razonable y su semejanza con el valor corriente de salida planteado por los autores de la década del setenta. IMPORTANCIA DEL PROYECTO – IMPACTO Se pretende revisar si el concepto valor razonable planteado por la normativa actual resulta realmente novedoso o es una adaptación de viejos conceptos planteados en la década del setenta del siglo pasado. El proyecto resulta importante porque es un tema no desarrollado en la literatura, ni planteado en congresos. Se estima lograr material de publicación y presentación en eventos académicos. According to the NIC 39, fair value is the quantity for the one that can be exchanged an asset or cancelled a liability between a buyer and a seller interested and due informed, in conditions of mutual independence. The definition of the FASB (SFAC 7) is very similar, and defines fair value as the amount by means of which an assets might be alienated in a transaction between independent parts, ready to realize the operation in situations different from that of a liquidation or to that of a forced sale. This definition of reasonable value is limited because, with the exception of scenes that fit with perfect and complete markets, the concept can include values of entry, values of exit and values in use, which can be very different (Beaver, 1987). The value of entry is the value of acquisition or of replacement, the value of exit is the price to which an asset can be sold or liquidated, and the value in use is the incremental value of a company attributable to an asset. Provided that the IASB and the FASB deal with the appraisal of assets that a company possesses, and not of assets that will be acquired in a future, this definition of fair value should be interpreted from the perspective of the seller. Therefore, the concept of reasonable value that they handle the IASB and the FASB is alike a value of exit, as Chambers and Stirling proposed it enough years ago behind. We will review if the concept of "fair value" is really new or if it is an adaptation of old concepts.

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ENGLISH: It should be distinguished from the socalled 'balance liquidation and termination' three aspects are mixed sometimes creating confusion: The first, referred to repay outstanding accruals, which has a liquidation value, the second consisting of phrases expressing an added discontinuance of the contract value, which joined in the employment relationship with the worker to the employer, and the third, the waiver claim on the grounds that the debts were paid. The signing of cancellation of outstanding accounts or 'liquidation balance' is not the breaking of the employment relationship, but it might be well if you incorporate the unilateral will not flawed and unequivocally expressed the worker. ESPAÑOL: Se deben distinguir de la denominada"liquidación de saldo y finiquito" tres aspectos que en ocasiones aparecen mezclados creando confusión: El primero, referido a saldar devengos pendientes, lo cual tiene un valor liquidatorio; el segundo, consistente en frases añadidas que expresan un valor extintivo del contrato, el cual unía en la relación laboral al empleador con el trabajador, y el tercero, la renuncia a reclamar por considerar que se han satisfecho las deudas. La firma del documento de cancelación de cuentas pendientes o"liquidación de saldo", no supone la ruptura de la relación laboral, pero podría ser así si incorpora la voluntad unilateral no viciada y expresada inequívocamente del trabajador. CATALÀ: Cal distingir de l'anomenada 'liquidació de saldo i quitança' tres aspectes que de vegades apareixen barrejats creant confusió: El primer, referit a saldar meritacions pendents, la qual cosa té un valor liquidador, el segon, consistent en frases afegides que expressen un valor extintiu del contracte, el qual unia en la relació laboral l'ocupador amb el treballador, i el tercer, la renúncia a reclamar per considerar que s'han satisfet els deutes. La signatura del document de cancel·lació de comptes pendents o 'liquidació de saldo', no suposa la ruptura de la relació laboral, però podria ser així si incorpora la voluntat unilateral no viciada i expressada inequívocament del treballador.

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En esta nota se analiza la financiación definitiva de las comunidades autónomas de régimen común en el año 2011 a la luz de la liquidación del sistema correspondiente a dicho ejercicio, que ha sido hecha pública recientemente.

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