694 resultados para Derecho tradicional y consuetudinario
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Aunque algunos autores niegan la existencia formal de un verdadero Derecho Internacional entendido como un conjunto de normas jurídicas obligatorias para los Estados, lo cierto es que el Derecho Internacional se constituye en un mecanismo privilegia
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Análisis pionero, serio y riguroso de las posibilidades que el marco procesal del Estatuto de Roma y de las Reglas de Procedimiento y Prueba ofrecen a la Corte Penal, y en particular a su Fiscalía, para desarrollar de manera eficaz acciones preventivas dirigidas a evitar que ciertas situaciones de crisis terminen desencadenando la comisión sistemática o generalizada de crímenes de lesa humanidad, crímenes de guerra o genocidio.
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Originalmente presentada en francés como proyecto de grado para la Maestría en Derecho Bancario y Financiero de la Universidad de Estrasburgo, la presente monografía tiene por objetivo analizar la Gestión Colectiva como estrategia para las Holdings. La Gestión Colectiva es un término francés empleado para designar al intermediario financiero que convierte el ahorro individual en portafolios colectivos. En Colombia, la Gestión Colectiva es conocida como Carteras Colectivas o Fondos de Inversión Colectiva, (su nombre más reciente). Este vehículo financiero, es en cierto modo una democratización de las finanzas, ya que canaliza el ahorro de la población hacia las principales industrias, permitiendo que las empresas hagan del ahorro individual una fuente de financiación para sus proyectos, y que la mayor parte de la población tenga acceso a las finanzas. Es por esto, que el tema frecuentemente es abordado desde el punto de vista de la protección a los inversionistas y no, desde los vehículos que prestan dicho servicio. Sin embargo, la presente Monografía estudia la Gestión Colectiva como una posible estrategia para las Holdings, analizando desde este punto de vista, la pertinencia de implementar la Gestión Colectiva como estrategia para reunir fondos para las Holdings. De ahí que el derecho comparado sea de gran ayuda para comprender si dicha estrategia es viable en todos los países en general o si, por el contrario, como lo vemos en Derecho Bancario, unos países sean más favorables que otros. El presente, es un estudio multidisciplinario en el cual se tienen en cuenta variables de tipo legal, económico y político, y se implementan teorías económicas aplicables al estudio del Derecho como Law & Economics. En una primera parte nos centramos en un análisis comparado de las legislaciones de dos países con niveles de desarrollo diferente, a saber, Francia y Colombia. Y, en la segunda parte analizamos el rol de la Gestión Colectiva en las Holdings, así como sus ventajas y desventajas según la legislación aplicable.
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Resumen basado en el del autor
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Presentar los aspectos diferenciadores de las tres escuelas de pedagogía: la pedagogía tradicional, la pedagogía moderna y la pedagogía liberadora. Y analizar cada uno de ellas con arreglo a un único criterio, la consecución del fin propuesto que no es otro que el tipo de hombre que queremos formar. La pedagogía tradicional aparece en sus aspectos negativos por haber asumido las otras escuelas lo que de positivo había en la tradicional. La escuela tradicional se convierte en insostenible si sus modelos no suscitan interés y entusiasmo por parte tanto del maestro como del alumno. El problema es de métodos y contenidos. La Escuela Nueva tiene una pedagogía con logros y adquisiciones dignos de tener en cuenta aunque sea una postura ingenua ante el objetivo que se proponen: hacer un mundo más justo y un niño más feliz. Se trata de dar un paso más adelante de la Escuela Nueva y de superar todas las contradicciones de la Escuela Tradicional. No se trata de de rechazar lo anterior sino de superarlo y de aprovechar lo que de positivo tienen las tres pedagogías. Se trata de hacer planteamientos más realistas y partir siempre del análisis de la realidad concreta que nos toca vivir. El objetivo primordial de nuestra pegagogía es conseguir que el alumno consiga llevar sus experiencias y sus perspectivas de la realidad para poder convertirse en un adulto maduro capaz de comprender y cambiar la sociedad.
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Resumen tomado de la revista
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Se centra en la Red Feminista de Derecho Constitucional, sus objetivos y acciones desarroladas. Se estructura en los siguientes apartados: 1.La Red feminista de derecho constitucional. Un ejemplo de trabajo en red: Manifiesto de Construcción de la Red, 2004 ; Conclusiones del V Encuentro de la Red Feminista de Derecho Constituciona. 2.Construir el EEES en igualdad.
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Resumen tomado de la publicación
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Resumen tomado de la publicación
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Resumen tomado de la publicación
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Resumen tomado de la publicación
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En la cub. además: Materiales de historia de la filosofía
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Comunicaci??n que pretende dar respuesta al momento cr??tico de los d??as precedentes a la Navidad en cuanto a la organizaci??n de un concierto navide??o, donde toda responsabilidad suele recaer en el profesor de M??sica. Se propone trabajar, desde distintos niveles educativos, un villancico del siglo XVIII, procedente del Archivo Colegial de Olivares (Ja??n), basado en la recepci??n musical de la obra de Cervantes. As??, de la mano de 'Don Quijote' se pretende fomentar el trabajo en equipo de los docentes e incentivar la expresi??n art??stica en su m??s amplia dimensi??n verbal, corporal, pl??stica y musical.
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Se analizan tres conceptos: el formalismo, el derecho y la educación, desde una perspectiva filosófica. El formalismo es considerado un vicio del pensamiento, ya que otorga un significado general a los conceptos, obviando lo individual, lo concreto. El Derecho en cambio opera a un nivel de coacción social, pero sin limitar la realidad social a la que sirve. De hecho muchos aspectos de esta realidad social escapan al Derecho. Algo parecido sucede con la Educación. El fenómeno educativo es el resultado de una acción formativa de un adulto hacia una serie de niños o menores, y aunque este perfil no responda con exactitud a las vivencias sociales, la rigidez normativa en lo educativo, convierte al maestro en funcionario y a la misión educativa en función regida por el Derecho. De este modo, mediante la reflexión en torno a estos tres conceptos se llega a un conocimiento más profundo de la Educación y su naturaleza.
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Debe existir una relación entre derecho y formalismo. Pero en un plano existencial y concreto dichas relaciones aparecen frecuentemente enturbiadas. El Derecho no agota la totalidad de las normas y de los imperativos morales que gravitan sobre cada situación y cada actividad humana. Es un arte de separar. Algo similar ocurre con mayor gravedad en el orden docente. Existe una separación orgánica entre los cuadros de técnicos administrativos y los de inspectores; a aquellos debería corresponderles la función jurídica y a éstos, la función técnico-pedagógica. Pero, nadie sabría distinguir seguramente la ocupación de cada uno de ellos, quien el administrativo y quien el educador. Lo curioso es que en cuanto a personas privadas, esos pedagogos sienten muchas veces sincero entusiasmo por sus funciones propias. Pero el Estado no les pide que se muevan precisamente en esta línea, sino en la jurídica. A través de este problema, como a través de otros muchos, vemos una inclinación peligrosa de nuestro espíritu nacional al formalismo. En definitiva, existe una perezosa inclinación a la línea del mínimo esfuerzo. El problema estriba no en quién tiene la culpa, sino en buscar solución y de forma profunda y rápida.