795 resultados para DERECHOS CIVILES Y POLITICOS


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En el presente trabajo se analiza la obligación de investigar graves violaciones de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario, a la luz de la sentencia de la Corte Constitucional Colombiana referente a la constitucionalidad del Marco Jurídico para la paz. De la aparente remisión que hace la Corte Constitucional a la Corte Interamericana de Derechos Humanos sobre el deber de investigar graves violaciones de Derechos Humanos y de Derecho Internacional Humanitario se concluye que la Corte Constitucional propone como premisa mayor una obligación que surge de una interpretación extensiva de la Convención Interamericana. De la misma forma, se estudia el tratamiento indebido del derecho aplicable a las amnistías e indultos, que se relaciona con la necesidad de evitar cualquier tipo de impunidad, cuyo concepto sirve para esclarecer cuáles son los estándares que se quiere proteger. Por último, se analiza el contexto al que se pretende aplicar dicha obligación, es decir, la justicia transicional, proponiendo un modelo interpretativo de los fines de la pena, y su aplicación por medio de la favorabilidad penal, para la justicia transicional, que sea acorde a la interpretación de la Convención Interamericana.

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El conflicto armado1 colombiano, se ha caracterizado por su duración y por ser uno de los pocos conflictos que se ha manejado internamente por más de cuarenta años. Desafortunadamente, el fortalecimiento desmedido de los grupos terroristas en los últimos años financiados, por dineros provenientes del secuestro, la extorsión y el narcotráfico, entre otros y las constantes violaciones a los DDHH e infracciones al DIH que se manifiestan en ataques indiscriminados a poblaciones; infraestructura vial, energética y eléctrica; amenazas de muerte, toma de secuestrados, desplazamientos forzados y desapariciones; entre otros métodos de terrorismo indiscriminado, han hecho que la Fuerza Pública colombiana2, en pro de la seguridad y el bienestar de sus habitantes, deba reaccionar a las agresiones del terrorismo, tal como hace mención el capítulo primero.

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Teniendo en cuenta tres casos dentro del contexto del conflicto armado donde la jurisdicción penal colombiana estudia la admisión o exclusión de medios probatorios producidos a partir de injerencias de comunicaciones, encontramos que no siempre se aplica la regla de exclusión cuando no cuentan con una orden judicial previa. Ante este problema, buscamos como se ha solucionado, teniendo como referente la el Derecho Internacional Humanitario, el Derecho Internacional de los Derechos Humanos. Lo anterior nos da base para entender la regla de exclusión de que se ha venido desarrollando dentro del Derecho Internacional Penal. Si bien estas reglas nos sirven para solucionar estos tres casos, terminan siendo contradictorios a lo que ha venido desarrollando la Corte Constitucional. De esta manera, si bien esta Corte consideró que la regla de Estatuto de Roma, va en concordancia con la nuestra regla de exclusión nacional, tal afirmación es errónea.

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El propósito de esta monografía consiste en analizar el discurso de la Unión Europea en materia de Derechos Humanos y Democracia y su importancia en el proceso de ampliación de la Organización. Se estudia y explica el criterio de condicionalidad del discurso como una medida preventiva y/o sancionatoria para la entrada de Turquía a la UE, estableciendo que dicho discurso es un factor determinante en las negociaciones entre la UE y Turquía. Para ésto, se analiza el discurso europeo a partir del análisis del discurso ideológico, de Teun Van Dijk, y el discurso de la condicionalidad, de Maria del Carmen Muñoz Rodríguez, lo cual permite hacer un estudio detallado de la incidencia del discurso de la UE en el proceso de negociación de la adhesión de Turquía a la Unión.

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Esta cédula de 1767 expone una recopilación de los mandatos planteados por la Corona española en torno a la participación de los indios americanos en las instituciones coloniales. Se citan: *(382r) la cédula de 12 de marzo de 1697 expedida bajo el reinado de Carlos II de España que permite el ingreso de los hijos de los caciques o indios "nobles" a las instituciones eclesiásticas, seculares, de gobierno y de guerra. *(382v) La cédula de 6 de mayo de 1691 que manda el establecimiento de escuelas en las ciudades de los Reinos del Perú y la Nueva España para la enseñanza de la lengua castellana a los indios. *(382v) La cédula de 12 de julio de 1691 sobre la resolución de fundación de un colegio seminario en México, ordenando que tanto en este colegio y en todos los que se fundasen en las Indias se destinen la cuarta parte de las becas para los hijos de los Caciques. *(383v) La comunicación de Vicente de Mora Chimo Cacique y procurador de pueblos de indios en el Perú diciendo que no se han cumplido las disposiciones reales mencionadas en las cédulas con los indios del Perú, situación ante la que el Consejo de Indias insta todas las autoridades civiles y eclesiásticas a cumplir con el mandato en 21 de febrero de 1725. *(384r) En 11 de septiembre de 1676 se emite una nueva cédula Real con el mismo mandato en respuesta a la petición del franciscano Isidoro de Cala sobre permitir a los indios del Perú en los colegios y en los puestos civiles y eclesiásticos. * (384r) Continúa con el obedecimiento del mandato firmado por el presidente y oidores de la Real Audiencia en Santafé en 21 de enero de 1767. *(384v) Vista y Respuesta del fiscal del Rey en Santafé en 9 de febrero 1767 confirmando el mandato de la Cédula. *(384v- 385) Auto en el que se pide comunicar a las autoridades religiosas, seculares, parroquias y comunidades para dar cumplimiento de los mandatos de las cédulas sobre los indios de las Indias.

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El reconocimiento de los derechos sociales, económicos y culturales (DESC), es el segundo hito en materia de derechos humanos en el contexto internacional, después de la proclamación de los derechos civiles y políticos. Esta secuencia en el reconocimiento de los derechos humanos, ha llevado a clasificar los civiles y políticos como derechos de primera generación, y los DESC como de segunda generación. El reconocimiento de los DESC se materializa en su inclusión en los textos constitucionales de un buen número de países, o de su reconocimiento implícito aún sin estar incluido como un mandato constitucional

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El principal objetivo de esta monografía es determinar cómo la legislación ha incidido en la ampliación de los escenarios de participación en las dinámicas políticas y culturales de las comunidades musulmanas en Bogotá, derivadas de la interacción entre las comunidades minoritarias –para este caso, la comunidad musulmana en Bogotá- y la cultura dominante. Desde la Constitución de 1991, se sentaron las bases para la protección de las minorías religiosas y culturales, es por ello, que se aborda desde la perspectiva de los líderes religiosos los problemas referentes a la integración y el reconocimiento de la comunidad, y los desafíos que representa la normatividad. Para el desarrollo de este propósito, se utilizara la teoría de la esfera pública de Iris Marion Young, y la de identidad de Charles Taylor.

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El documento está estructurado en tres partes. La primera consta de documentos generales sobre Derechos Humanos: la Declaración Universal de los Derechos Humanos, la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño, la Convención de las Naciones Unidas sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer y la Declaración del Fórum de la juventud de la Commonwealth sobre los Derechos en salud sexual y reproductiva. La segunda parte consta de documentos específicos sobre VIH/Sida y Derechos Humanos. Y la tercera parte incluye la Resolució del Parlament de Catalunya sobre la garantía de la intimidad personal y de la confidencialidad en las pruebas diagnósticas del Sida.

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Ejemplo de desarrollo de una unidad didáctica para ESO. Versa sobre derechos humanos en su vertiente de los derechos de la persona. Se compone de dos partes, una para el profesorado y otra para los alumnos. En la primera incluye contenidos, objetivos, recursos, orientaciones didácticas y bibliografía, complementado con una unidad de ejemplo. Está compilado en un documento que contiene otros cuatro ejemplos de unidades didácticas.

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Puesto que el año 2003 se celebra el 25 Aniversario de la Constitución Española de 1978, el autor presenta una reflexión sobre uno de los aspectos de la Constitución, el de la defensa de los derechos humanos. También analiza este aspecto en el marco del racismo y la hospitalidad, dado el importante número de inmigrantes residentes en España.

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Los derechos humanos son un referente para cualquier convivencia democr??tica. Se aborda el tema de los derechos humanos desde varios puntos de vista. En primer lugar, como noci??n hist??rica y construcci??n social. A continuaci??n, se plantean las pol??ticas educativas, que al tratarse de derechos humanos, deben estar comprometidas con la igualdad y con las connotaciones propias de una educaci??n moral y c??vica. Tambi??n se aborda la educaci??n en derechos humanos como una opci??n pol??tica y pedag??gica. Finalmente, se analizan los nuevos y los viejos desaf??os que deben afrontar los derechos humanos en clave pedag??gica y social.

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Se hace un recorrido por los principales documentos en los que se reconocen los derechos de los niños en relación con la educación. Se recoge legislación como: resolución del Parlamento Europeo sobre el Derecho a la Educación y la Libertad de Enseñanza de 14 de marzo de 1984, Declaración Universal de Derechos Humanos de 10 de diciembre de 1948, Convenio para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales de 4 de noviembre de 1950, Convención de la Conferencia General de la UNESCO relativa a la lucha contra la discriminación en el campo de la enseñanza de 14 de diciembre de 1960, Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de 19 de diciembre de 1966, etc..

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Proyecto centrado en el estudio de la Constitución Española y en los Derechos Humanos a través de la prensa. Los objetivos son: relacionar la problemática de la vida cotidiana, expresada en la prensa, con los principios de la Constitución; ser capaces de seleccionar, comentar y criticar noticias y artículos de prensa. Entre las actividades desarrolladas destacan: selección, lectura y archivo de recortes de prensa; exposición de temas de actualidad y debates sobre esos temas. Se ha realizado una evaluación continua, con especial atención a la fase de recogida y selección del material.

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El proyecto utiliza los medios de comunicación, concretamente la prensa, para hacer un estudio de la Constitución y de los Derechos Humanos. Los objetivos son: relacionar la problemática de la vida cotidiana, expresada en la prensa, con los principios de la Constitución; y capacitar para seleccionar, comentar y criticar noticias y artículos de prensa. Entre las actividades realizadas cabe destacar: selección, lectura y archivo de recortes de prensa; exposición de temas y debate público; y visitas al Congreso de los Diputados y a la redacción de un periódico. En la evaluación se tienen en cuenta diferentes parámetros, como la selección de las noticias y la crítica que se hace de ellas.