1000 resultados para Latín (Clásico)
Resumo:
This work considers communicative intention as the basis for rhe analysis of rhe communicative phenomenon in natural contexts. It also aims to reconcile the traditions that analyse human communication today. The convergence with the referential-ecological approach (Boada and Forns, 1989; 1997) has dealt with a number of important problems that the classic referential approach was unable to address. Its system of categories includes new variables, in addition to the classic referential variables. The cornmunicative intention is taken into account, albeit implicitly. Using a conciliatory approach, the study aims to study the intentional dimension in greater depth. The speech act theory (Searle, 1969; 1975) is used to categorize the cornrnunicative exchanges arnong a sarnple of 28 individuals and presents a certain complirnentariety with data from other traditions
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Estamos ante una edición actualizada de un clásico, cuya primera edición en castellano data de 1985, y que habia sido reimpreso en 1987 y 1994. Aunque la actualización nos llega en castellano con unos pocos años de retraso, le damos la bienvenida porque está trabajada a fondo. Sólo con revisar la bibliografia, por cierto, amplisima, se aprecia inmediatamente que un alto porcentaje de las referencias es de los años 90
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El objetivo de la segunda edición del Proyecto de innovación docente sobre Derecho y Tecnologías de la Información y la Comunicación de la Facultad de Derecho de la Universidad de Valladolid busca, en primer lugar, ensayar nuevas metodologías docentes en las asignaturas de las titulaciones de la Facultad de Derecho de la Universidad de Valladolid de las que son responsables los profesores implicados. En segundo lugar, persigue coordinar estas asignaturas desde una perspectiva interdisciplinar, haciendo hincapié en las nuevas realidades que crean las tecnologías de la información y de la comunicación (TICs) y en los retos que suponen a las distintas ramas del Derecho a las que nos dedicamos los miembros del grupo. Esta coordinación tiene por objeto, en tercer lugar, mejorar la programación docente entre las asignaturas implicadas y modificar, en sintonía con ello, los sistemas de evaluación, sobre la base de las titulaciones actuales en las que nos insertamos y con los planes de estudios en vigor. Es decir, se trata de combinar nuevos métodos docentes con planes de estudios que aún no han cambiado y que se miden en créditos presenciales y en unos Centros y Departamentos que siguen rigiéndose por el sistema clásico. En cuarto lugar, se ha pretendido el manejo de metodologías específicas adaptadas a las particularidades de la enseñanza del Derecho, como el método del caso, así como técnicas que permiten mejorar el análisis objetivo de la carga de trabajo del aprendizaje del alumno en ECTS. Finalmente, de modo complementario, buscamos desarrollar la acción tutorial con los alumnos, con la finalidad de hacer un seguimiento pormenorizado de la actividad. Es preciso tomar en consideración, al juzgar el eje temático escogido relativo a las relaciones entre el Derecho y las tecnologías de la información y de la comunicación (TICs), que el núcleo del grupo de profesores que participan en el presente proyecto forman parte ya de un Grupo de Investigación Reconocido de la Universidad de Valladolid, el Grupo de investigación sobre Derecho de las nuevas tecnologías y delincuencia informática, lo que refuerza la cohesión y la coherencia del proyecto, pues en la práctica docente actual ya están haciendo hincapié en estas materias. Esta comunicación busca dar cuenta de la experiencia del proyecto
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La obra es un esfuerzo por dar cuenta de las muchas argucias que el hombre ha usado para recorrer con la mente los parajes distantes, los pueblos, las líneas divisorias del vasto mundo, y para reseñar en él los motivos de cuidado, de asombro o de peligro, con la pasión de describirnos, abarcarlos y compararlos entre sí. Desde el lejano origen de China o de Egipto, pasando por el mundo clásico griego y romano, el mundo fue descrito con base en unos referentes básicos, que estaban enclavados en los ejes simbólicos y los vértices de representación de cada pueblo, para designarse a sí mismo, a sus vecinos y enemigos y, aún, a sus distantes referentes. Es por ello que este libro sorprende al lector de nuestro tiempo, puesto que pretende pasar por los resquicios sobre los cuales se fueron edificando las deliberadas y no deliberadas descripciones del mundo, no sólo desde el punto de vista geográfico, sino también desde la perspectiva de la misteriosa influencia de las almas colectivas y las visiones del mundo, que se han ido mezclando por siglos, en una suerte de Gran Obra, compleja, híbrida y abigarrada, hecha por todos y por cada uno, y que seguirá construyéndose, quizás del mismo modo azaroso en el porvenir.
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Teniendo en cuenta que los cambios en la economía empresarial se suceden a un ritmo acelerado, la labor de planeamiento se ve seriamente impactada, por esta razón, no se recomienda realizar el planeamiento estratégico clásico, sino utilizar la Prospectiva que siendo una disciplina nueva en nuestro medio, a nivel mundial se viene aplicando desde inicios del Siglo XX. Con la utilización de esta metodología se muestran escenarios posibles y probables. Es aquí donde la Prospectiva produce su mayor beneficio pues es posible minimizar el riesgo, basados en una visión del futuro. En el presente trabajo se muestra de cómo es aplicado un estudio prospectivo y de competitividad a una empresa autogestionada , como es La Compañía Colombiana de Envases Industriales S.A. COLVINSA. Aquí se hace una aproximación conceptual del entorno actual y la turbulencia al interior, para así lograr el resultado final, escenarios futuros llevados a cinco años. Suministrando los elementos para que COLVINSA haga una ruptura en su esquema actual de trabajo y producción. En pocas palabras condiciones de competitividad favorables con diferenciación, reconocimiento y liderazgo en el mercado.
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La disertación es un estudio sobre algunas ideas provenientes del pensamiento de Nicolás Maquiavelo que ayudaron a forjar el paradigma realista clásico y con esto los cimientos de las Relaciones Internacionales. Como Maquiavelo es un hombre de la Edad Media, no se podría considerar al paradigma realista como científico en términos modernos. No obstante, existen definiciones claras de ciencia en la Edad Media y por lo tanto es posible catalogar como ciencia no sólo el paradigma realista sino las Relaciones Internacionales en su conjunto.
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Resumen tomado del autor. Se muestra fotografía de pinturas en paredes de tumbas de la ciudad
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Resumen tomado del autor. Se muestran esquemas de funciones y tareas de la figura del entrenador así como ámbitos y formas de actuación
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Resumen tomado del autor
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Resumen tomado de la publicación
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El objetivo de la investigación fue identificar la participación que tienen las mujeres y los hombres en cargos directivos de las universidades colombianas. Se diseñó un cuestionario compuesto por cinco factores para recolectar información acerca de la formación, la experiencia académica y administrativa, la procedencia y producción académica de los rectores de las universidades colombianas. Esta información se recopiló de las páginas oficiales y actualizadas de las universidades, entre los meses de noviembre de 2011 y enero de 2012. Los resultados muestran que hay una presencia importante de las mujeres en la dirección de facultades y escuelas, pero es significativamente menor su número en el desempeño de cargos unipersonales de alta dirección. Los hallazgos parecen indicar preferencia por el estilo directivo clásico-racional comúnmente relacionado con el género masculino, lo que también puede estar asociado con fenómenos culturales y de la idiosincrasia latinoamericana, caracterizada por las tradiciones patriarcales. Los resultados de esta exploración indicarían que es necesario profundizar en las relaciones entre la proporción de mujeres que acceden a la educación superior y quienes llegan a desempeñar altos cargos directivos en ellas.
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SCAD Colombia es una empresa que provee soluciones para la automatización documental a nivel latinoamericano, actualmente distribuye una solución desarrollada por la empresa Readsoft de Suecia llamada Process Director, la solución hoy en día no tiene los niveles de reconocimiento ni de ventas esperados, sin embargo, tiene un mercado interesante e inexplorado en su mayoría. Para el año 2012 SCAD Colombia pretende buscar la manera que le permita obtener los objetivos establecidos para dicha solución en el mercado. El presente documento “Plan de mercadeo: Caso SCAD Colombia” propone una serie de análisis y estrategias que la empresa puede seguir con el fin de conseguir los resultados esperados.
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El siguiente trabajo tiene como objetivo el Estado del arte acerca de la discusión teórica de la repercusión de la unión monetaria en el principio de soberanía nacional, específicamente el caso de Gran Bretaña, ya que éste es el único país que expresa abiertamente su incertidumbre referente a algún tipo de amenaza a su soberanía. Se pretende precisar si existen criterios concluyentes, o por el contrario determinar si no hay claridad con respecto al futuro de Gran Bretaña como miembro de la unión monetaria.A partir de lo anterior, se plantean como sus propósitos particulares construir un marco conceptual acerca de la soberanía. Este estado del arte se inicia con citas de los principales autores de finales de siglo XVII y XVIII y finaliza con las posiciones conceptuales aportadas por los teóricos modernos motivados por el nacimiento de la Unión Europea como un nuevo orden político. Entre las que se citan: modelo centrico o intergubernamentalista, modelo de gobernabilidad multi-nivel, modelo neo-funcionalista y modelo federalista. Igualmente, el trabajo, busca desarrollar un marco conceptual sobre Unión Monetaria y su evolución hasta el logro de una unión fiscal europea en el periodo de 1950-2010, establecer las relaciones teóricas entre Soberanía del Estado y Unión Monetaria y por último realizar un análisis histórico hermenéutico de la Unión Europea y el caso del Reino Unido de acuerdo a las relaciones evidenciadas en los apartados teóricos entre soberanía del Estado y Unión Monetaria.
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Hace 37 años, aproximadamente desde el 13 de mayo de 1970, fecha en la que el profesor Claus Roxin leyó su ponencia titulada “Política criminal y sistema de derecho penal”, la ciencia del derecho penal ha experimentado un profundo cambio en su método y en su objeto. El antiguo paradigma de que el derecho penal debía ser la barrera infranqueable del derecho penal, vigente desde los tiempos en que Franz von Liszt pronunció su conocido “Programa de Marburgo”, fue sustituido por una nueva perspectiva en la que la dogmática jurídico-penal sólo adquiere su verdadera dimensión de sentido, cuando se la elabora en función de la realización de los fines político-criminales que a la ley penal le atribuye la Constitución. La doctrina penal actualmente dominante, en consecuencia, ha abandonado por completo el método lógico-deductivo de los tiempos del positivismo, y el método teleológico-valorativo impuesto por el neokantismo, para adoptar como método para la elaboración y determinación del derecho penal uno con orientación teleológica hacia la realización de la política criminal del Estado. Hoy la doctrina general, casi de forma unánime, toma como punto de partida la idea de que la Constitución Política reconoce positivamente un conjunto de valores éticosociales,cuya preservación explica desde sus fundamentos el ius puniendi. Si se toma realmente en serio el carácter de Estado social y democrático de derecho, esa potestad con la que cuenta el Estado para crear delitos y para imponer penas, sólo puede fundamentarse como contrapartida del deber que le asiste de actualizar esos valores positivamente reconocidos en la Constitución. La Carta Política, depositaria de ese acuerdo sobre lo fundamental al que supo llegar el constituyente primario, determina con exactitud cuáles son esos valores sobre los que ha de erigirse el Estado; valores que luego se encarnan en las libertades civiles y en los bienes jurídicos fundamentales, y que habrán de servir como límite y fundamento del derecho penal. Si por política criminal entendemos el conjunto de principios que orientan, enmarcan, limitan y fundamentan el uso del ius puniendi que, legítimamente, puede hacer el Estado en orden a prevenir la realización de conductas que afecten las libertades y los bienes jurídicos básicos, entonces no queda duda de que ella se encuentra ya delineada en sus trazos más fundamentales en la Constitución Política, y que la ley penal no es más que la concreción de la política criminal del Estado en su más pura expresión. Muchos son los valores dignos de protección, y por ellos son muchos también los bienes que tradicionalmente han gozado de alguna forma de tutela jurídico-penal: la vida, la libertad individual, la libertad y el pudor sexual, la honra y el buen nombre, el patrimonio o la administración pública, son sólo algunos ejemplos de ellos. No obstante,junto a esos bienes jurídicos tradicionales, que desde mediados del siglo XVIII integran lo que actualmente se suele conocer como el derecho penal clásico o nuclear, han empezado a surgir otros que reclaman también protección penal. Se trata, en general, de bienes jurídicos que se aglutinan en lo que hoy se conoce como el derecho penal moderno o accesorio, y cuya protección se garantizaba anteriormente apelando a la legislación mercantil o administrativa. Y me refiero, en particular, a bienes jurídicos que, como la propiedad industrial, los derechos patrimoniales de autor, el medio ambiente o los recursos naturales, han pasado recientemente a disfrutar de un indiscutible estatus de protección penal del que antes no gozaban. Uno de esos bienes jurídicos que han pasado recientemente a disfrutar de la tutela jurídico-penal, es el orden económico y social, y es en el estudio de las conductas por medio de las cuales se le lesiona o pone en riesgo, donde se centra nuestra principal preocupación académica.
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Opúsculos matemáticos, filosóficos y filológicos. Recopilados y traducidos parcialmente al latín por el jurista Juan de Castiglione