999 resultados para Matrimonio-Leyes-Francia


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Monográfico sobre el futuro de las carreras científicas en Europa.- Resumen tomado parcialmente de la publicación

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El artículo forma parte de una sección de la revista dedicada a análisis de las políticas de formación profesional.- Resumen tomado parcialmente de la publicación

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El artículo forma parte de una sección dedicada a innovación en este número, a la escuela laica

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Hasta 2006 la educación en medios en el sistema educativo francés no se considera oficial en el currículo, sino que se trataba como tema transversal en las distintas materias a modo de reflexiones teóricas. La causa recae en que se antepone en el tiempo la existencia de prácticas de educación en medios a su denominación como tal, así como el carácter dubitativo de la escuela francesa a la hora de implantar prácticas innovadoras. Se hace necesaria la formación continua del profesorado para la generación y transmisión de nuevos conocimientos. Como propuesta de futuro se plantea la orientación hacia la educación en medios más que a la formación técnica en las tecnologías que los hacen posibles. Este artículo pertenece a una sección monográfica de la revista dedicada a la educación en medios en Europa .

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Este artículo pertenece a una sección de la revista dedicada a artículos de investigación. - Resumen tomado parcialmente de la revista

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El artículo forma parte del monográfico de la revista dedicado a: Pedagogía sistémica

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La organización temporal de la actividad pedagógica responde a dos fuerzas, la social y la docente. El objetivo es el estudio de los aspectos que condicionan el escenario educativo europeo. Se analiza el fenómeno de la globalización, la sociedad de la información y los procesos de descentralización educativa, como condicionantes de la transformación de los sistemas de enseñanza europeos. Se realiza un examen descriptivo y comparativo del tiempo y su organización en la Unión Europea y más concretamente en los cuatros modelos de estudio: Francia, Italia, Portugal y España. Se estudia la jornada escolar desde una perspectiva social, como fuente de posibilidades pedagógicas y el concepto de tiempo, destacando sus influencias históricas durante siglos. Para la investigación se toma como referencia las realidades educativas de estos cuatro Estados (Francia, Italia, Portugal y España) con niveles de desarrollo similares. Se basa en el método comparado clásico, a través del enfoque socio-histórico de la comparación, para localizar las causas y consecuencias. Se parte de un contexto internacional europeo, se analizan sus contenidos (políticas y reformas) y la racionalidad de sus contenidos. La primera parte atiende al estudio del contexto, análisis del fenómeno de la globalización, del neoliberalismo educativo, del escenario pedagógico europeo y las particularidades de estos países. En el segundo bloque, se describe la variable de tiempo escolar en la Unión Europea en general y en la Europa Mediterránea en particular, así como un análisis de los procesos participativos en estos ámbitos. En el siguiente apartado, se estudia la jornada escolar y los discursos de agentes que intervienen para localizar las tendencias existentes. La tendencia actual de rediseñar el modelo de jornada escolar, sin tener en cuenta los intereses de los alumnos, confirma la hipótesis sobre la decisiva influencia social y docente, a través de los espacios participativos habilitados en este contexto. Esta dinámica es común a las realidades educativas de Francia, Italia, Portugal y España, que han desarrollado distintos debates sociales sobre el tiempo en la escuela, marcados por las raíces históricas y culturales que comparten. Es necesario un sincero debate social, abierto a todos, regulado por el Estado y en el que pesen especialmente las consideraciones científicas y pedagógicas, con el objetivo de reorganizar la escuela en función de los alumnos. Una vez construida esa estructura temporal, llega la parte complicada del proceso, la de adaptar la vida social a esta nueva escuela, con un cambio de papeles, variación de horarios empresariales, superando ciertas tradiciones o reorganizando los hábitos sociales.

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Realizar un estudio comparado de la función inspectora en Educación en la Unión Europea. Abordar la lenta gestión en el tiempo del concepto de la función inspectora, la notable ampliación de funciones y constatar el funcionamiento del sistema educativo. Marco histórico de la supervisión desde los griegos hasta la actualidad. Analizar funciones y tipos de supervisión educativa. Las nuevas funciones de la inspección definidas en relación, al sistema como eje innovador, al profesorado como agente de participación y al medio como agente de participación. Destacar las notas características en la inspección; Oportunidad, Continuidad, Progresividad, Sistematicidad, Comprensividad, Solvencia profesional. Desarrollar las características básicas de cada uno de los doce paises que conforman la Unión Europea. Profundizando en los casos de Inglaterra, Francia y España en la Unión Europea articulándose en tres aspectos, referido a las características comunes sobre la inspección educativa, referido a las características propias sobre la inspección educativa. La inspección debe tender a la profesionalización y que el docente que la realiza tenga una dedicación exclusiva. Los inspectores son y deben seguir siendo el nexo de unión existente entre los centros escolares y la Administración educativa. Debe hacer cumplir la ley. Deben ser ayuda para el docente cuando estos tengan dificultades para desarrollar su actividad educativa. Inspección y supervisión vienen a significar lo mismo. La inspección es necesaria para el control y asesoramiento administrativo y también para la evaluación y asesoramiento técnico. El inspector realiza una función de defensa del derecho a la educación de todos los ciudadanos. Esta función institucional ha ido requiriendo una especialización más específica, con el doble objeto de garantizar lo establecido educativamente. Esta actividad exige estar desligada de actuaciones superficiales y aisladas, será un seguimiento técnico que constantemente ha de estar facilitando tanto información a los responsables de la toma de decisiones como asesoramiento directo a los que llevan a cabo la labor docente.

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Se realiza un estudio comparativo entre dos leyes, LOGSE y LOCE en cuanto a la Educación Física. El estudio plantea la siguiente hipótesis: 'el articulado de la LOCE en comparación con el de la LOGSE exhibe una menor sensibilización, innovación y desarrollo en relación con el currículo del área de Educación Física'. Se realiza un estudio comparativo utilizando el método histórico comparativo de Bereday y sus diferentes fases para al final poder emitir un informe. La comparación realizada es descriptiva y sincrónica ya que las limitaciones espacio temporales dificultan la comparación causal y diacrónica. Las fases del proceso comparativo son: fase pre-descriptiva; fase descriptiva; fase interpretativa; fase de yuxtaposición; y por último, la fase prospectiva. Tras la realización del análisis histórico-comparado se puede dar confirmación a la hipótesis de trabajo planteada. A modo de conclusión se puede afirmar que la calidad que la LOCE pretendía aportar a la etapa de primaria debería haber requerido más profundización en cuanto a sus contenidos ya que como se comprueba en el proyecto de Investigación, el área de Educación Física no ha sido suficientemente tratada para que realmente hubiera un cambio de calidad en el proceso de enseñanza-aprendizaje, haciéndolo únicamente como hemos visto en la estructura de algunos de los elementos de la estructura del currículum.

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Se pretenden analizar los cambios que se producirán por la implantación de la LOCE, realizando un repaso por la historia de las leyes que se han implantado en España y amparadas por la Constitución, para finalmente establecer los cambios que surgirán entorno a la Educación Musical. La hipótesis de trabajo consiste en: 'El articulado de la LOCE cotejado con la LOGSE hace ostensible una mejora en el nivel de desarrollo curricular de la Educación Musical'. El método de Investigación es el histórico comparado, debido a que en el estudio de las leyes que operan los Sistema Educativos, el conocimiento del contexto histórico, social, cultural e ideológico en el que se desarrolla cada ley, es fundamental para comprender los principios y fines que la inspiran, así como los efectos y consecuencias que tienen en educación. La comparación será descriptiva y sincrónica, ya que las limitaciones espacio temporales dificultan la comparación causal y diacrónica. La primera conclusión, es que en el área de Artística ha sufrido con la LOCE un cambio muy importante en cuanto a los diferentes lenguajes que se trabajan en el área. Ha desaparecido la dramatización como ámbito, quedando ahora incluida en el área sólo la Educación Plástica y Musical, cuando la LOGSE contaba con tres lenguajes. Se observa alguna mejora en la concreción de varios elementos del currículum para la Educación Musical, como es el caso de disfrutar de sus bloques de contenido por separado y de sus propios criterios de evaluación. Se considera beneficiosa la ampliación de conocimientos musicales, pero la carga horaria lectiva no se ha ampliado con la nueva ley, por lo que se sigue contando con una única hora semanal para desarrollar el trabajo con los alumnos y alumnas. A su vez se produce una falta de medios tanto instrumentales como tecnológicos, y en algunos casos la falta de un espacio específico para impartir las clases de música, lo que hace patente el poco impulso que da la LOCE a la Educación Musical en la práctica.

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Establecer una nueva consideración de las leyes de instrucción, al situarlas entre su reconocimiento constitucional y las leyes de libertad de imprenta, pilares fundamentales de un estado de derecho. Por otra parte, reconocer los medios de que se ha valido el Estado para conseguir el control ideológico de la sociedad, su evolución y repercusiones. Por último, destacar la escasez económica del estado para lograr sus objetivos: conseguir una instrucción general obligatoria, uniforme y gratuita. Las fuentes utilizadas para la elaboración de este trabajo han sido tres: en primer lugar, las Leyes, Decretos y Circulares aparecidas en la Gaceta de Madrid -actual Boletín Oficial del Estado-; en segundo lugar, las recopilaciones Legislativas de Alcubilla, a partir de 1868, y las de Aranzadi, desde 1930; por último, los anuarios editados por los Ministerios correspondientes, como pueden ser los de Gobernación y Fomento, Corporaciones Locales o Comunidades Autónomas. Conceptos relacionados con la enseñanza, tales como general, uniforme, gratuita, escuela pública y escuela privada, con previa o sin previa censura y religión, formarán un todo interrelacionado a partir de la Constitución de 1812 y de su Ley de Instrucción, siendo habituales en las Constituciones posteriores y en las Leyes de Instrucción y de libertad de expresión. La relación entre nación e Instrucción ha sido tan estrecha en las Constituciones y Leyes de Instrucción que los fines de la educación coincidían con los del engrandecimiento y progreso de esa misma nación. El término uniforme, referido a la enseñanza, se encuentra en todo momento hasta nuestros días, excepto en la legislación de 1869. La relación de la edad y los niveles educativos ha estado más supeditada a la economía y a la edad laboral que a la atención y consideración del ritmo desigual de aprendizaje de los niños.

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Pretender que la educación integral sirva simultáneamente para la maduración y determinación personal, para insertarse productivamente en el mundo laboral y facilitar las reconversiones libres o impuestas, para el uso y creación de bienes culturales, para encontrar sentido a la vida, etc. Consiste en una educación integral en tres sentidos: Integración de las distintas áreas de conocimiento. Integración de las actividades educativas en la experiencia personal global de los alumnos. Estrecha relación de la formación con el medio social de los alumnos. Permitir la decisión del adulto en la elaboración de su programa de estudio en función de sus necesidades e intereses, capacidades y especificas aspiraciones. Favorecer los ritmos de aprendizaje personales. Posibilitar que cada Centro configure su propio programa incluyendo respuestas a necesidades especificas de los grupos. Facilitar al adulto el acceso a los distintos aspectos formativos. Permitir la participación del alumno en el proceso educativo, organizativo y de gestión, programación, selección de contenidos y autoevaluación. Propiciar la interrelación disciplinar.

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Indagar en dos obras de Platón, La República y las Leyes, a cerca de la concepción de la persona, más en concreto del joven, de la configuración del efebo. El joven en Platón es ideal, tiene que ser un atleta del cumplimiento del deber, edificador de la Polis. Tener afán de inmortalidad, amante de los grandes valores. Que sea una persona educada y de continua superación. Se constata el entronque entre el joven de Platón y el actual, en que tiene un proyecto claro de realización; visión cósmica de la existencia humana; lograr la máxima bondad y belleza coordinando fuerzas para conseguirlo.

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Monográfico con el título: 'Escuelas rurales y nuevas identidades'. Resumen basado en el de la publicación