40 resultados para SANCION
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Pramática fechada en el Pardo, 12 de marzo de 1771 y publicación en Madrid, 20 de marzo de 1771
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Pragmática dada en San Ildefonso a 30 de agosto de 1800
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Tit. tomado de primeras lineas del texto
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Con port. propia en p. 43: "Pragmatica sancion de su magestad en fuerza de ley para el estrañamiento de estos Reynos à los Regulares de la Compañia, ocupacion de sus Temporalidades, y prohibicion de su restablecimiento en tiempo alguno, con las demàs precauciones que expresa" En Madrid : en la Imprenta Real de la Gazeta, 1767.
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En la Provincia de Buenos Aires en el año 2007, en el marco de un proceso de trasformación educativa de orden nacional y provincial se sancionó la Ley de Educación Provincial 13.688. Esta Ley pondría el acento en varios aspectos adeudados históricamente y no resueltos felizmente en el marco de la ley Federal de educación y la Ley provincial de la década precedente. Uno de los ejes de la nueva Ley será el de reconocer como necesario el fortalecimiento de la identidad de la escuela secundaria, entendida ésta como un espacio en el cual se definen prácticas culturales diferentes, y se atraviesan historias y procesos de construcción también diferentes. El reconocimiento del acceso a la educación secundaria en cuanto derecho universal, ha implicado que el Estado asumiera no solo la responsabilidad de garantizar la obligatoriedad de los niños, adolescentes y jóvenes a la escuela, sino también de reconocer la construcción de una nueva identidad en los propios espacios escolares. Se entenderá así a la educación como un derecho que se expresa en instituir la identidad y garantizar la inclusión de todos los/ las adolescentes, jóvenes y adultos. Cumplir asimismo con tres principios que en cuanto fines de la educación secundaria resultan prioritarios: la formación para la ciudadanía, la articulación con el mundo del trabajo y la continuidad de estudios superiores. El propósito de esta ponencia será describir y analizar el paradigma organizativo en el cuál se asienta la identidad de la escuela secundaria hoy en la provincia de Buenos Aires como así también analizar los fines de la educación y su sentido político atendiendo a dos dimensiones: en cuanto derechos y en cuanto constructos políticos de la propia gestión educativa de la Dirección Provincial de Educación Secundaria de la Provincia
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En la Antigua Roma las mujeres casadas no gozaban de ningún tipo de libertades y todos los placeres les eran vedados a su clase (Rousselle, 2000). Responsables de la gestación de los futuros ciudadanos, su esfera de acción se limitaba al hogar, donde, además de procurarles especial atención a sus maridos e hijos, estaban encargadas de realizar, entre otras tareas, el control de la servidumbre, la administración de los gastos y el tejido (Knapp, 2011). A diferencia de las mujeres de otras clases, prostitutas y esclavas, la conducta de las matronas debía estar regida por la castidad, la reserva, la modestia y la pietas, principales virtudes celebradas en las fuentes epigráficas (CIL 6.23773, 8.11294). Como consecuencia de la corrupción de las costumbres durante la República, Augusto sancionó una serie de leyes (Lex Iulia de maritandis ordinibus y de adulteriis coercendis en 18 a.C., Lex Papia Poppaea en 9 d.C.) que, basándose en la tradición de los antepasados, estaban destinadas a ejercer un fuerte dominio sobre las políticas familiares. Se obligaba a los estratos superiores de la sociedad a contraer uniones legítimas y a tener descendencia, y se sancionaba con severidad a aquellas mujeres que cometían adulterio y que no se ajustaban al modelo femenino que el Estado buscaba imponer (Pomeroy, 1999). Bajo la luz de estas consideraciones acerca de la matrona, nos proponemos ofrecer una lectura posible de los fragmentos 618-9 y 681 M del poeta satírico Lucilio, conservados únicamente por transmisión indirecta. Así pues, a partir de información recabada del contexto social y político, intentamos demostrar que en el horizonte del pensamiento romano se mantiene constante un único ideal de mujer, al mismo tiempo que, a partir de referencias intertextuales, logramos dar sentido(s) a un texto que sólo a simple vista parece no poder decirnos mucho.
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El presente tema de investigación, se centra en analizar las formas anticipadas para la terminación de procesos en todo lo referente a adolescentes infractores, sin embargo, previo a ello, hedesarrollado concepciones generales sobre los mismos, su reseña histórica y un análisis de las legislaciones de Brasil, Colombia y Chile; así mismo tomando en consideración que el adolescente es sumamente protegido a nivel internacional, he analizado los Tratados Internacionales de los que elEcuador es suscriptor. Considerando que el juzgamiento de los Adolescentes Infractores tiene cierto carácter especial, que le diferencia del juzgamiento de los adultos, en el Capítulo I también se ha abordado todo lo referente al proceso penal en relación directa a los adolescentes infractores y sus garantías, así como también he desarrollado cada una de las Etapas Procesales para el Juzgamiento de los mismos. Así mismo he realizado un análisis de cada una de las medidas socioeducativas que puedan aplicarse a un adolescente infractor una vez que se ha determinado su responsabilidad en el cometimiento de una infracción, considerándolas como una forma de reeducar al adolescente teniendo como fin su desarrollo.
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En la Antigua Roma las mujeres casadas no gozaban de ningún tipo de libertades y todos los placeres les eran vedados a su clase (Rousselle, 2000). Responsables de la gestación de los futuros ciudadanos, su esfera de acción se limitaba al hogar, donde, además de procurarles especial atención a sus maridos e hijos, estaban encargadas de realizar, entre otras tareas, el control de la servidumbre, la administración de los gastos y el tejido (Knapp, 2011). A diferencia de las mujeres de otras clases, prostitutas y esclavas, la conducta de las matronas debía estar regida por la castidad, la reserva, la modestia y la pietas, principales virtudes celebradas en las fuentes epigráficas (CIL 6.23773, 8.11294). Como consecuencia de la corrupción de las costumbres durante la República, Augusto sancionó una serie de leyes (Lex Iulia de maritandis ordinibus y de adulteriis coercendis en 18 a.C., Lex Papia Poppaea en 9 d.C.) que, basándose en la tradición de los antepasados, estaban destinadas a ejercer un fuerte dominio sobre las políticas familiares. Se obligaba a los estratos superiores de la sociedad a contraer uniones legítimas y a tener descendencia, y se sancionaba con severidad a aquellas mujeres que cometían adulterio y que no se ajustaban al modelo femenino que el Estado buscaba imponer (Pomeroy, 1999). Bajo la luz de estas consideraciones acerca de la matrona, nos proponemos ofrecer una lectura posible de los fragmentos 618-9 y 681 M del poeta satírico Lucilio, conservados únicamente por transmisión indirecta. Así pues, a partir de información recabada del contexto social y político, intentamos demostrar que en el horizonte del pensamiento romano se mantiene constante un único ideal de mujer, al mismo tiempo que, a partir de referencias intertextuales, logramos dar sentido(s) a un texto que sólo a simple vista parece no poder decirnos mucho
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En la Antigua Roma las mujeres casadas no gozaban de ningún tipo de libertades y todos los placeres les eran vedados a su clase (Rousselle, 2000). Responsables de la gestación de los futuros ciudadanos, su esfera de acción se limitaba al hogar, donde, además de procurarles especial atención a sus maridos e hijos, estaban encargadas de realizar, entre otras tareas, el control de la servidumbre, la administración de los gastos y el tejido (Knapp, 2011). A diferencia de las mujeres de otras clases, prostitutas y esclavas, la conducta de las matronas debía estar regida por la castidad, la reserva, la modestia y la pietas, principales virtudes celebradas en las fuentes epigráficas (CIL 6.23773, 8.11294). Como consecuencia de la corrupción de las costumbres durante la República, Augusto sancionó una serie de leyes (Lex Iulia de maritandis ordinibus y de adulteriis coercendis en 18 a.C., Lex Papia Poppaea en 9 d.C.) que, basándose en la tradición de los antepasados, estaban destinadas a ejercer un fuerte dominio sobre las políticas familiares. Se obligaba a los estratos superiores de la sociedad a contraer uniones legítimas y a tener descendencia, y se sancionaba con severidad a aquellas mujeres que cometían adulterio y que no se ajustaban al modelo femenino que el Estado buscaba imponer (Pomeroy, 1999). Bajo la luz de estas consideraciones acerca de la matrona, nos proponemos ofrecer una lectura posible de los fragmentos 618-9 y 681 M del poeta satírico Lucilio, conservados únicamente por transmisión indirecta. Así pues, a partir de información recabada del contexto social y político, intentamos demostrar que en el horizonte del pensamiento romano se mantiene constante un único ideal de mujer, al mismo tiempo que, a partir de referencias intertextuales, logramos dar sentido(s) a un texto que sólo a simple vista parece no poder decirnos mucho
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