868 resultados para Ley 1150 de 2007 - Artículo 5
Resumo:
Este artículo especializado se adentra en la definición, argumentación y demostración de un fenómeno comunicativo denominado regionalismo informativo. Esta problemática involucra a los canales de televisión privada y regional, así como pone de manifiesto las responsabilidades estatales. Con el objetivo de validar la hipótesis de la existencia del regionalismo informativo, se llevó a cabo una investigación que recolectó datos cuantitativos y cualitativos que, junto a la valiosa información brindada por especialistas en el tema, ayudó a desenmascarar las características más relevantes de este moderno fenómeno. Se determinó que la relación entre intereses comerciales y medios televisivos privados constituye un riesgo notable para las sanas prácticas del servicio de la televisión. Ante este panorama, se detectó que los canales regionales toman suprema importancia de acuerdo con los ideales y objetivos por los cuales fueron creados.
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El presente trabajo tiene como objetivo establecer un plan de de mejoramiento estratégico que permita optimizar el servicio de salud de la Institución Penitenciaria de Acacias. Para lograr este fin se hace un análisis del sector carcelario y penitenciario en Colombia con el fin de identificar la problemática que lo viene afectando en los últimos años, se establece un diagnostico en la Penitenciaria de Acacias con el fin de establecer la problemática que existe en la prestación de servicios de salud y se elaboran propuestas estratégicas que permitan una mejor atención de salud para los internos recluidos en dicha institución
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Existen en la actualidad múltiples modelos de gestión de conocimiento y medición del capital humano, los cuales son aplicados en las organizaciones, pero ninguno de éstos ha sido diseñado para Instituciones de Educación Superior. En este trabajo se hace un recuento de algunos de los modelos de gestión del conocimiento y capital intelectual más destacados como el Modelo de conversión del conocimiento de Nonaka y Takeuchi, el Modelo de GC de Arthur Andersen, el Cuadro de Mando Integral de Kaplan y Norton, entre otros, pero es a partir del Modelo Organizacional Estrella de Galbraith que se presenta una propuesta teórica para caracterizar un modelo de gestión del conocimiento aplicable a las funciones universitarias de investigación y extensión en la Universidad CES – Medellín, Colombia, a través de una investigación cualitativa en donde, a partir de la correlación entre la teoría general de la GC, particularmente de los modelos y el análisis de las características de la Universidad CES, así como la revisión sistemática, el grupo focal y el análisis documental se propone el Modelo Hexagonal de GC.
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La investigación tiene como propósito principal describir la incidencia del nuevo Sistema General de Regalías en el proceso de planificación que adelantó el departamento del Meta durante el año 2012. En virtud de lo anterior, se pretende demostrar, a partir del concepto: proceso de planificación territorial, cómo el nuevo sistema incidió de manera diversa en la medida que logró cambios, tanto positivos como negativos.
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El avance del Comercio Electrónico ha facilitado las transacciones mercantiles a nivel global y su uso se ha vuelto cada vez más común en las relaciones comerciales de la sociedad. Al respecto, el Secretario de las Naciones Unidas ha expresado lo siguiente: “El comercio electrónico es uno de los ejemplos más visibles, de la manera en la cual, las tecnologías de la información y la comunicaciones (TIC) pueden contribuir al crecimiento económico. El mismo ayuda a que los países mejoren la eficiencia comercial y facilita la integración de los países en vías de desarrollo dentro de la economía global. Permite que empresas y empresarios sean más competitivos, provee a los trabajadores de empleo, y de ese modo se facilita la creación de riquezas.”1 Es tanta la importancia del comercio electrónico hoy en día que nuestro ordenamiento jurídico no podía pasar por alto su aplicación y regulación. Como resultado de ello, se dio paso a la creación de la ley 527 de 1999, la cual define varios términos sobre el tema y conceptualmente sobre comercio electrónico relata lo siguiente: “Abarca las cuestiones suscitadas por toda relación de índole comercial, sea o no contractual, estructurada a partir de la utilización de uno o más mensajes de datos o de cualquier otro medio similar. Las relaciones de índole comercial comprenden, sin limitarse a ellas, las siguientes operaciones: toda operación comercial de suministro o intercambio de bienes o servicios; todo acuerdo de distribución; toda operación de representación o mandato comercial; todo tipo de operaciones financieras, bursátiles y de seguros; de construcción de obras; de consultoría; de ingeniería; de concesión de licencias; todo acuerdo de concesión o explotación de un servicio público; de empresa conjunta y otras formas de cooperación industrial o comercial; de transporte de mercancías o de pasajeros por vía aérea, marítima y férrea, o por carretera”. Además, con la entrada en vigencia de la presente ley, se dejo un precedente relativo a la validez jurídica contenida en los mensajes de datos y sobre los requisitos jurídicos que éstos deben contener, así, el artículo 5 sobre la validez de los mensajes de datos relata: “No se negarán efectos jurídicos, validez o fuerza obligatoria a todo tipo de información por la sola razón de que esté en forma de mensaje de datos.”
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Para el desarrollo de las actividades mineras en nuestro país, es imprescindible que los concesionarios cuenten con condiciones que permitan la continuidad de las actividades de exploración y explotación mineras, y con ello que las condiciones jurídicas, a partir del inicio del trámite precontractual y el contrato de concesión sean claras, y se encuentren inmersas en reglas para las partes de la relación contractual, fundamentadas en los principios de seguridad y estabilidad jurídica, como garantía para efectuar la actividad minera proyectada. Dentro del trabajo de investigación se aborda un análisis del sector minero, la problemática para el desarrollo de las actividades mineras, desde la perspectiva de los principios objeto de investigación, para determinar, si el contrato de concesión minero colombiano, como instrumento generador de derechos y obligaciones, brinda condiciones que permitan adelantar el proyecto minero y se alcancen los objetivos señalados por el Estado para el beneficio de la colectividad, y del contratista minero alcanzando los beneficios económicos proyectados.
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El interés de este estudio de caso es analizar la contribución de la Política Pública de Educación para la Ciudadanía (PPEC) en Bogotá, desde 1995 al 2011. En primer lugar, se estudiará la forma en la que el Estado colombiano entiende la formación del ciudadano y lo que se espera de éste para la construcción de la sociedad. Luego, se identificará la participación y la coordinación de las entidades públicas del orden Distrital con los actores privados, durante el desarrollo de esta PPEC. Finalmente, se caracterizará la implementación de la Política Pública en la construcción de la formación del ciudadano ideado desde el Gobierno Nacional. Esta investigación se desarrolló a partir del primer gobierno del ex alcalde Antanas Mockus, puesto que gracias a él se comenzó a hablar y tomar acciones con respecto a esta PPEC.
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Los procesos de formación de profesionales de salud idóneos en el mundo, complementan su conocimiento entre dos componentes fundamentales, un componente teórico y el otro componente práctico. La formación que recibe en las aulas y la realización de las prácticas académicas a las cuales pueda acceder, le permite al estudiante trasformar el conocimiento académico adquirido en conocimiento cercano a la realidad y con fundamento profesional, razón por la cual las Instituciones Educativas tienen la responsabilidad de formar profesionales que sean capaces de desempeñarse en componentes sociales, administrativos y prácticos. Dentro de las ventajas que aporta la realización de las prácticas en la formación de los profesionales en salud se reconocen: la posibilidad de tener una visión de la responsabilidad del trabajo a la cual se van a ver enfrentados, desarrollar habilidades de interrelaciones sociales, incrementar su nivel de madurez, desarrollar e implementar estrategias de supervisión y así lograr el reconocimiento personal del nivel de confianza en su desempeño. Sin embargo también se puede convertir en un aspecto negativo si la práctica no se desarrolla de manera adecuada y si no logra tener una integración exitosa con el conocimiento teórico. Para el caso de la formación de talento humano en salud, el espacio utilizado para la realización de estas prácticas son las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud, deben ser lugares que les faciliten a los estudiantes encontrar una relación integral entre la formación teórica y su aplicación a la práctica profesional, de esta manera el estudiante podrá incrementar su preparación específica. Las prácticas académicas tienen interés en la formación de profesionales y representan un período donde el estudiante se convierte en sujeto entre la Institución Educativa y la Institución Prestadora. Es un espacio de inducción que le permite al estudiante realizar una evaluación de sí mismo y a la vez puede evaluar el entorno donde se va a desarrollar en su colectivo profesional. El objetivo de esta investigación es desarrollar una herramienta técnica que le permita a la Dirección facilitar la supervisión, el monitoreo y la evaluación de convenios de Docencia-Servicio en las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud, garantizando el respeto a los derechos de los usuarios, la calidad de los servicios prestados, la seguridad del paciente y la humanización de la atención, aspectos que no pueden ser afectados negativamente por el desarrollo de las prácticas académicas. Todas las actividades asistenciales que sean desarrolladas por estudiantes en la realización de su práctica profesional, deben ser realizadas bajo una estricta supervisión de docentes y de personal especializado responsable de la prestación del servicio, dando cumplimiento con el Sistema de Garantía de la Calidad del Sistema de Seguridad en Salud en Colombia.
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Resumen basado en el de la publicación
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Discurso pronunciado por el Ministro de Educación Nacional, José Ibáñez Martín, en el acto de presentación de la Ley de Protección Escolar a las Cortes, el 14 de julio de 1944, ensalzando los valores patrióticos y católicos de dicha ley.
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Discurso pronunciado ante las Cortes Españolas en la sesión del 14 de julio de 1945, sobre la nueva estructura y postulados fundamentales de la primera enseñanza. Se describe el proceso de elaboración del nuevo texto legislativo y su transcendencia. Se repasa la tradición escolar española, el momento pedagógico internacional, la marcada presencia religiosa en la escuela, el espíritu patriótico, la batalla contra el analfabetismo, la renovación del sistema pedagógico, el papel del maestro y la justicia social.
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Se hace un repaso del desarrollo que experimentan las enseñanzas medias en España durante el periodo de vigencia de la Ley General de Educación de 1970. Se exponen una serie de tablas que recogen datos sobre la evolución de las cifras de matrícula desde el año académico 1974-1975, el primero de vigencia en la enseñanza secundaria. Se aborda también el tema de las desigualdades sociales, de género, de clase y étnicas que surgen ante las enseñanzas medias. Esta falta de neutralidad de la enseñanza ante las distintas categorías y grupos conlleva al fracaso escolar masivo, aunque se considera un fracaso del sistema escolar.
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La seguridad social de los maestros interinos se enfrenta al riesgo, como cualquier otro elemento de la Administración, de la disgregación, por la progresiva dispersión de los procesos de gestión. Hay partidarios de una situación contractual, frente a otros partidarios de una situación reglamentaria, lo cual conlleva la existencia del acto-condición. Pero el maestro interino pertenece sin dudas al trabajador sujeto a situación reglamentaria, ya que es un funcionario. Sin embargo es un funcionario con características especiales. Éstas vienen definidas en el Decreto 315/1964, de 7 de febrero, o Estatuto de los Funcionarios Civiles del Estado. En el artículo 5õ se define a los funcionarios interinos como 'aquellos que por razones de necesidad o urgencia, ocupan plazas de plantilla en tanto no se provean por funcionarios de carrera'. Se ahonda en los preceptos que la ley establece para los funcionarios interinos. Después se establecen una serie de conclusiones respecto a los maestros interinos, como que en dicho estatuto no se define la figura del maestro interino, aunque se detalla con precisión los requisitos para el nombramiento de los interinos, aspecto que es totalmente aplicable para los maestros. Se prosigue con el análisis de algunos artículos, que directamente hacen referencia a la profesión docente, y a los maestros interinos. El cumplimiento del Estatuto del Funcionario Público, requiere que se desarrolle el Decreto-ley 10/65, de 23 de septiembre, sobre Derechos pasivos y de Seguridad Social de los Funcionarios de empleo. Este decreto reconoce dos situaciones: la anterior a su promulgación, en 1965, en la que el funcionario de empleo se rige por el estatuto de clases pasivas; y la posterior a su promulgación, que tiene como novedad que los funcionarios se regirán por el Régimen General de la Seguridad Social, el cual sólo afectará a los funcionarios nombrados después del 1 de enero de 1965.
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Se pone de manifiesto la necesidad de promulgar una Ley General de Educación, y se señalan los contenidos principales a los que dicha ley debe hacer referencia. La necesidad de la Ley General de Educación se justifica en una serie de fenómenos como la cohesión y la estabilidad, el problema de la dispersión en la enseñanza, el de la inestabilidad y la debilidad. En cuanto a los contenidos de la ley, se hace referencia a los principios jurídicos, los principios pedagógicos, la necesidad de establecer un cuadro general de la enseñanza a modo de organigrama, la protección escolar o sistema de becas, y los derechos y deberes del profesorado. Por lo que respecta al aspecto formal de la ley, ésta debe ser cardinal o lo más concisa posible, concordada con la Iglesia y no ser una ley de bases, sino directamente un texto articulado.
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Se trata la importancia que tiene al arte en la vida de los alumnos del Bachillerato, ya que se considera un medio a través del cual se pueden expresar sentimientos y emociones. Se ofrecen unas pautas a seguir para desarrollar esa capacidad creadora en el programa artístico del Bachillerato, y se exponen unos métodos de trabajo durante una sesión de expresión plástica.