987 resultados para LEGISLACIÓN EUROPEA


Relevância:

30.00% 30.00%

Publicador:

Resumo:

La participación ciudadana es explicada desde la perspectiva de la legislación de la Comunidad Autónoma de Canarias, la Península y la Unión Europea. Se incide en la Ley Canaria de Fomento de la Participación y de Juventud como procesos participativos activos en los que se sustentan los sistemas democráticos, tal como se recoge en la propia Constitución.

Relevância:

30.00% 30.00%

Publicador:

Resumo:

En la proximidad del siglo XXI la agricultura ecuatoriana enfrenta grandes desafíos. La enorme transformación Internacional y los espectaculares avances tecnológicos, han llevado a la globalización de la economía mundial generando nuevas formas de organización y de competencia y aumentado fuertemente la interdependencia económica entre los paises. Además la adhesión del Ecuador al GATT-OMC han modificado las reglas del comercio agrícola, tomando en cuenta que tanto las orientaciones del crecimiento como los agentes y las prioridades del desarrollo son actualmente distintas a las del modelo anterior. El acceso de los productos agrícolas de exportación ecuatorianos a los mercados internacionales es afectado a nivel externo, por el proteccionismo desleal de• parte de los países industrializados especialmente de Estados Unidos, y la Unión Europea, los mercados principales del comercio exterior ecuatoriano, en un mercado distorsionado medidas y que se supone debe estar liberado de este tipo de prácticas en la actual época donde el liberalismo es la doctrina vigente. Y a nivel interno, la presente investigación confirma la incoherencia de las políticas gubernamentales del Ecuador en el sector agropecuario, a partir del análisis de tres pilares: enunciados del gobierno, cambios en el marco legal de productos agricolas de exporta ión y la evolución de las cifras sobre gasto publico agropecuario en el periodo 1988-1994. Esta falta de definición esta ocasionando el fracaso de los intentos del pais para orientar su desarrollo hacia el exterior, y la disminución de la presencia comercial del Ecuador en el contexto mundial con participaciones marginales en las exportaciones regionales e incluso mundiales.

Relevância:

30.00% 30.00%

Publicador:

Resumo:

Este trabajo analiza el proceso monitorio como mecanismo para revestir al derecho de crédito de tutela efectiva, así como la necesidad de su introducción a nuestra legislación, considerando que el mismo ha fluido con gran éxito en la legislación moderna, en especial en la europea; por lo tanto se ha partido de un análisis constitucional de la tutela efectiva con relación al derecho de crédito en especial en nuestro país, pasando por un estudio de nuestro vigente sistema procesal civil para el cobro de deudas dinerarias. Se estudia al proceso monitorio en su concepto, naturaleza jurídica, clases, características, objetivos y finalidades, así como los elementos formales para su procedencia; se concluye que esta figura jurídica constituye una respuesta eficaz para garantizar el derecho de crédito, tanto más que desde hace algunos años se ha visto la posibilidad de su introducción, como es al caso, a través del proyecto del Código de Procedimiento Civil del Instituto Ecuatoriano de Derecho Procesal, y actualmente a través del proyecto propuesto por el Consejo de la Judicatura a través del Centro de Estudios de Justicia para las Américas (CEJA); de todo lo cual se establece la gran vitalidad de esta nueva institución y por lo tanto como verdadera tutela judicial para el derecho de crédito, siempre que se aplique en debida forma los principios de debido proceso, lealtad y buena fe procesal.

Relevância:

30.00% 30.00%

Publicador:

Resumo:

No hay equívoco al afirmar que la internet, así como el avance de las tecnologías de la información y comunicación han bridando a la humanidad significativos beneficios. Hoy imaginarse un mundo sin internet es impensable. Casi dos mil millones de habitantes del planeta están conectados a la red, y en todos los sectores de la sociedad se han utilizado estos medios para el desarrollo de las operaciones cotidianas. Existen varias dificultades a la hora de aplicar la ley en los casos de pornografía infantil y procesar a los autores de este delito a través de los métodos tradicionales de investigación, es por esto que a lo largo del presente trabajo analizaremos aquellos problemas y a modo de propuesta determinaremos si es posible aplicar nuevos métodos de investigación como el agente encubierto cibernético o el allanamiento virtual para dar una respuesta efectiva a esta clase de delitos. Con la entrada en vigencia del Código Orgánico Integral Penal se dio un avance significativo en la tipificación del delito de pornografía infantil, y se incluyeron novedosas vías de investigación; no obstante, la carencia de instrumentos tecnológicos, la falta de planes de investigación consensuados, escasez de capacitación especializada, dificultades en la cooperación internacional y fundamentalmente la resistencia a la innovación, son circunstancias que dificultan su aplicación. El avance legislativo que enfrentan los países desarrollados sobre la temática, ha permitido generar un instrumento guía para el manejo judicial de los delitos generados por las nuevas tecnologías; en particular, el Convenio de Ciberdelincuencia (Budapest), contempla preceptos sustantivos y procesales para un adecuado manejo del delito de pornografía infantil; si bien es cierto ha sido desarrollado en el margen de la Unión Europea, su contenido rebasa las instancias nacionales, propias de los delitos transnacionales, instrumento que puede ser tomado en cuenta para establecer regulaciones sobre la materia en nuestra región.

Relevância:

30.00% 30.00%

Publicador:

Resumo:

Máster en Gestión Sostenible de Recursos Pesqueros

Relevância:

30.00% 30.00%

Publicador:

Resumo:

El bienestar animal es un aspecto de la producción pecuaria que ha adquirido enorme importancia en la Unión Europea en los últimos 10-15 años, lo que ha dado lugar a una amplia legislación, tanto en lo que concierne a manejo y condiciones de los alojamientos como en lo referente a condiciones de transporte de animales y de sacrificio.

Relevância:

30.00% 30.00%

Publicador:

Resumo:

Escherichia coli productor de toxina Shiga (STEC) es un grupo bacteriano asociado a enfermedades transmitidas por alimentos. Algunos serotipos de STEC representan un grave problema para la Salud Pública, causando diarrea, colitis hemorrágica y síndrome urémico hemolítico (SUH). En Argentina el SUH es endémico y constituye la primera causa de insuficiencia renal aguda en niños menores de 5 años. Los recientes brotes en el mundo de enfermedades causadas por E. coli no-O157, han resultado fuertemente impactantes no solo a nivel de la salud pública sino también a nivel comercial. Estos eventos han puesto en evidencia la necesidad de contar con un nuevo marco legislativo en materia alimentaria. En Argentina la reciente aprobación por parte dela Comisión Nacional de Alimentos (CONAL) respecto de la incorporación al Código Alimentario Argentino (CAA) de criterios microbiológicos que incluyen la ausencia de STEC no-O157 favorece la prevención de aquellos serogrupos prevalentes en el país. Estos criterios microbiológicos fueron establecidos para carne picada fresca, alimentos listos para consumir, chacinados, frutas, verduras y hortalizas mínimamente procesadas. Es fundamental destacar que los serogrupos (O145, O121, O26, O111 y O103) propuestos para la modificación del CAA son aquellos que exige la normativa actual de Estados Unidos, y los que indica la Norma ISO 13136, hoy por hoy, la utilizada en la Unión Europea (UE) como referencia en el tema. Esto conlleva beneficios futuros, ya que, al homologar las mismas exigencias técnicas microbiológicas se facilitara el intercambio de alimentos entre países. Teniendo en cuenta que la falta de criterios uniformes regulatorios a nivel internacional, generan discrepancias que traen aparejados, obstáculos técnicos al comercio (OTC), pudiendo llegar a ser barreras paraarancelarias encubiertas, con consiguientes perjuicios económicos que pueden ser transferidos a las naciones exportadoras de alimento.

Relevância:

30.00% 30.00%

Publicador:

Resumo:

El elevado consumo de azúcar en la infancia contribuye a la actual epidemia de caries dental y de obesidad infantil, además de influir de forma negativa en las bajas tasas de lactancia materna. Entre las medidas para controlar este consumo está la determinación, por parte de las autoridades sanitarias, de la cantidad máxima de azúcar existente en los alimentos infantiles elaborados por la industria alimentaria. El presente artículo inspecciona las normas que regulan en Europa y en España la presencia de azúcar en alimentos infantiles distintos a fórmulas lácteas (preparados para lactantes o preparados de continuación): la Directiva 2006/125/CE y el Real Decreto 490/1998. Tras revisar la técnica legislativa y de compilación o refundición de normas, el respeto de plazos y la idoneidad de los procedimientos, podemos concluir que la falta de rigor es patente. Con respecto a las cifras de azúcares permitidos en alimentos infantiles, distan mucho de ser idóneas, hasta el punto de que pueden considerarse un factor obesogénico y de promoción de malos hábitos alimentarios en la infancia. Por ello, cabe preguntarse a quién protege la legislación, si a la salud infantil, o más bien a los intereses de la industria alimentaria.

Relevância:

20.00% 20.00%

Publicador:

Resumo:

Between the 22nd and the 26th of March 2006, Barcelona hosted the 4th Biennal Europea de Paisatge (European Biennial of Landscape Architecture). It comprised a day of presentations for the Rosa Barba Prize for European Landscape Architecture, a day long symposium, and a half day discussion on IBA park projects. Approximately 300 people attended, including sizable groups from Barcelona, France, The Netherlands, Denmark, and Germany. Only three participants from English speaking countries were present, despite simultaneous translation into English throughout.

Relevância:

20.00% 20.00%

Publicador:

Resumo:

Decía Tomás de Aquino que “lex non est ipsum ius, proprie loquendo, sed aliqualis ratio iuris” 1: “[…] la ley no es el mismo derecho, propiamente hablando, sino cierta racionalización del derecho”. En concordancia con esto, entre nosotros enseñaba Alberdi que “saber, pues, leyes, no es saber derecho”, dado que “las leyes no son más que la imagen imperfecta y frecuentemente desleal del derecho que vive en la armonía viva del organismo social”, del cual hay que “conocer su genio, su misión, su rol”, porque “es el alma, la vida, el espíritu de las leyes” 2. Esto lleva, según el maestro argentino, a que “en materia de leyes, no se puede hacer nada, si no se sabe el derecho”3. El derecho no es la ley, entonces, pero sin embargo la ley tiene una relación estrecha con el derecho, del cual a veces es su causa eficiente, como ocurre con las materias de mero Derecho Positivo, y otras, es una suerte de causa ejemplar, cuando refleja la justicia natural de las cosas. La causa final inmediata de toda ley, por otra parte, debe ser el derecho, y la mediata, el bien común. El hecho, entonces, de que las leyes tengan una función segunda con respecto al derecho no las vuelve menos importantes. El conocimiento de las leyes, así, no es algo ajeno al oficio del jurista, sino que es un elemento fundamental para la búsqueda de la justicia en los casos concretos...

Relevância:

20.00% 20.00%

Publicador:

Resumo:

Resumen: Del mismo modo como hace no muchos años la ciudadanía europea se conmovió frente al planteo sobre las raíces cristianas en el momento de redactar la Constitución de la Unión Europea, dando lugar a numerosos discursos sobre la necesidad de no olvidar la verdadera cultura y enseñanza que había ennoblecido al Viejo Mundo, hace casi un año una sentencia proveniente de la Corte de Estrasburgo aplicable al Estado italiano, el caso “Lautsi c. Italy”, ha generado numerosas reacciones en diferentes sectores intelectuales permitiendo el desarrollo de notables argumentos que han intentado desenmascarar los verdaderos rostros que se encontraban velados detrás de los lugares comunes de la argumentación jurídico-política de los últimos dos siglos, especialmente los de laicidad, neutralidad, igualdad y libertad. De este modo la radicalización y desarrollo llevado al extremo de las premisas de la Ilustración ha mostrado su real fisonomía y consecuencia. Para tal propósito el análisis se concentra en la apelación a la Grande Chambre presentada por el Estado italiano y los sucesivos aportes provenientes de la doctrina europea, especialmente a través de valiosos Congresos y Jornadas dedicados a la problemática.

Relevância:

20.00% 20.00%

Publicador:

Resumo:

Contenido: Presentación -- Parte I. Contribuciones especiales con motivo del 35º Aniversario de la Revista: El derecho privado entre dos Bicentenarios : a propósito de los treinta y cinco años de Prudentia Iuris / Gabriel Limodio -- Breviario de la legislación civil (1980-2015) / Marcelo U. Salerno -- La transformación del derecho penal argentino / Guillermo J. Yacobucci -- Tendencias, cambios y desplazamientos en el campo jurídico / Roberto A. Punte -- Derecho administrativo y ética : una visión luego de treinta y cinco años / Pedro Coviello --- Parte II. Cátedra Internacional Ley Natural y Persona Humana: ¿Hacia un estado mundial de derecho global? / Daniel A. Herrera -- La persona humana en el Código Civil y Comercial, artículos 17 y 19 : una reflexión filosófica / Héctor Padrón -- "De F.A.I., a M.A.D. : el derecho a la vida en la Corte Suprema de Justicia de la Nación" : workshop del 19 de noviembre de 2015 / Jorge Nicolás Lafferriere -- Parte III. Estudios doctrinales : Hegel y la disolución de la tradición de la ley natural : el apogeo del gnosticismo moderno / Félix A. Lamas -- El aborto en la ley europea : derechos humanos, derechos sociales y la nueva tendencia cultural / Grégor Puppinck -- Hacia una política criminal integradora / Carlos M. Romero Berdullas -- La doctrina del control de convencionalidad : dificultades inherentes y criterios razonables para su aplicabilidad / Juan Alonso Tello Mendoza -- Parte IV. Notas y comentarios : Habla ahora o calla (forzosamente) para siempre : las Convenciones en contra de toda forma de discriminación e intolerancia y su amenaza a la libertad de expresión en los estados americanos / Tomás Henríquez C. -- The art of human rights : enriching the life of the law school through drawings and other visual resources / Santiago Legarre -- Las citas de leyes y otras normas : legislación comparada y nuevo Digesto Jurídico Argentino / Fernando M. Toller -- "Paradiso, Campanelli" y un contrato internacional de maternidad subrogada ante el TSribunal Europeo de Derechos Humanos / Julieta Monteroni -- Parte V. Documentos -- Recensiones

Relevância:

20.00% 20.00%

Publicador:

Resumo:

Han transcurrido tres décadas y un lustro desde que Prudentia Iuris salió a la luz, como revista jurídica de la UCA, período en que publicó trabajos relacionados con la ciencia del Derecho, a los que dedicaron amplio espacio sus directores. Los variados volúmenes de esta publicación reflejaron el pensamiento de autores diversos, por lo general docentes de esta casa, ceñidos a las pautas de seriedad en las investigaciones realizadas, cuanto en los juicios críticos emitidos. De ese modo, constituye un valioso testimonio de la evolución habida durante ese período en la doctrina sobre temas clásicos y también sobre cuestiones vinculadas a la actualidad. El homenaje a ese aniversario tiene por objeto brindar un panorama de la legislación civil dictada durante ese lapso que coincide con el retorno al pleno imperio de la Constitución Nacional, legislación abundante sujeta a la dinámica de los hechos vividos con una marcada afirmación de los Derechos Humanos, una tendencia hacia lo social y la búsqueda de mecanismos igualitarios. Desde esa perspectiva, se intenta trazar un bosquejo histórico de la normativa dictada en el campo del Derecho Civil, rama que ha ido ampliando su contenido. Esa normativa obedeció a tres factores principales: la política, la economía y la internacionalización del Derecho. Su característica inicial fue ser una legislación inorgánica, asistemática, circunstancial, con falta de rigor conceptual que desapareció en gran medida con la sanción del novísimo Código Civil y Comercial, más la vigencia del Digesto Jurídico Argentino...