Las citas de leyes y otras normas : legislación comparada y nuevo digesto jurídico argentino


Autoria(s): Toller, Fernando M.
Cobertura

ARGENTINA

Data(s)

2015

Resumo

Decía Tomás de Aquino que “lex non est ipsum ius, proprie loquendo, sed aliqualis ratio iuris” 1: “[…] la ley no es el mismo derecho, propiamente hablando, sino cierta racionalización del derecho”. En concordancia con esto, entre nosotros enseñaba Alberdi que “saber, pues, leyes, no es saber derecho”, dado que “las leyes no son más que la imagen imperfecta y frecuentemente desleal del derecho que vive en la armonía viva del organismo social”, del cual hay que “conocer su genio, su misión, su rol”, porque “es el alma, la vida, el espíritu de las leyes” 2. Esto lleva, según el maestro argentino, a que “en materia de leyes, no se puede hacer nada, si no se sabe el derecho”3. El derecho no es la ley, entonces, pero sin embargo la ley tiene una relación estrecha con el derecho, del cual a veces es su causa eficiente, como ocurre con las materias de mero Derecho Positivo, y otras, es una suerte de causa ejemplar, cuando refleja la justicia natural de las cosas. La causa final inmediata de toda ley, por otra parte, debe ser el derecho, y la mediata, el bien común. El hecho, entonces, de que las leyes tengan una función segunda con respecto al derecho no las vuelve menos importantes. El conocimiento de las leyes, así, no es algo ajeno al oficio del jurista, sino que es un elemento fundamental para la búsqueda de la justicia en los casos concretos...

Formato

application/pdf

Identificador

http://bibliotecadigital.uca.edu.ar/repositorio/revistas/citas-leyes-otras-normas-toller.pdf

Idioma(s)

spa

Publicador

EDUCA

Universidad Católica Argentina. Facultad de Derecho

Direitos

El autor ha autorizado al Sistema de Bibliotecas de la Universidad Católica Argentina a divulgar en línea la presente obra

Fonte

Prudentia Iuris, 80, 2015

ISSN: 0326-2774

Palavras-Chave #DERECHO #LEGISLACION #LEYES #NORMAS #DERECHO COMPARADO
Tipo

Artículo