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Concienciar con datos el fracaso en la escuela de hoy. Promover el desarrollo de la interdisciplinariedad en el ambiente educativo, proponiendo métodos alternativos y estilos creadores. Proporcionar medios de investigación con programas de Ciencias Integradas. Proponer un proyecto a experimentar con alumnos de sexto de EGB con la 'televisión' como centro de interés en un programa interdisciplinar. El trabajo está dividido en apartados claramente diferenciados que corresponden a cada uno de los objetivos planteados. Para concienciar el fracaso escolar actual en la escuela se hace un análisis de las causas del mismo. En la segunda parte del trabajo realiza una síntesis de las corrientes pedagógicas consideradas positivas: Bruner, Vigostki, Piaget. Se trata de dejar clara la metodología más idónea para hacer realidad los proyectos interdisciplinares, teniendo en cuenta las técnicas de Freinet, los centros de interés de Decroly y el método de proyectos de Dewey y Kilpatrik. En la última parte del trabajo, se recogen los datos de las experiencias que sobre el tema se han llevado a cabo a nivel de EGB y BUP tanto nacional como internacionalmente. Finalmente, una propuesta de proyecto de aprendizaje interdisciplinar, tomando como centro de interés la 'televisión'. Fuentes bibliográficas. Conjunto de experiencias sobre el particular que han sido consultadas y recogidas en un listado incluido en el trabajo. Experiencia personal del autor a lo largo de sus años de docencia. Análisis descriptivo de los datos recogidos y relacionados con el tema. Observación en el aula. Hoy día es escasa la función de transmitir conocimientos de la escuela, aunque muchos crean que ésa es la función principal y única. Un 20 del tiempo del maestro se dedica a la instrucción. El resto se reparte en el control de la conducta de los alumnos y en la rutina administrativa. El total de conocimientos impartidos en EGB y Enseñanza Media se podrían aprender en menos de dos años. La escuela y la educación tienen un papel conservador, que contribuye a mantener el orden social. Lo que en realidad se aprende en la escuela es a producir y a consumir, mientras fundamentalmente no cambia nada. La escuela actual es un lugar sin interés para casi todos los niños. El planteamiento del proyecto interdisciplinar lleva consigo la renovación del estilo docente e implica una transformación de la metodología. La renovación metodológica descansa sobre dos pilares: la actividad del alumno como agente activo de su propio trabajo y aprendizaje, siendo el profesor un colaborador del proceso de aprendizaje. Potenciar la metodología activa para que sea el alumno quien construya y busque las soluciones a los problemas planteados. El objetivo último de un proyecto de enseñanza interdisciplinar es desarrollar en el alumno la capacidad de observar, crear, criticar y colaborar.

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Monográfico con el título: 'La participación educativa a los 25 años de la LODE'. Resumen basado en el de la publicación

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Resumen basado en el de la publicaci??n

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Tengo la suerte de dedicarme, profesionalmente, a un deporte que goza amplia aceptación tanto en su acepción competitiva como re creativa; así como, cada día más, la educativa y, desde siempre, la utilitaria: la NATACIÓN. Lo considero así, entre otras cosas, porque de lo dicho anteriormente se desprende un vastísimo campo de trabajo en todos los sentidos. A esa gran suerte intento corresponder con mi trabajo diario y con la preocupación e interés por conocer cada vez un poco más de todo lo relacionado con el "mundo acuático". El presente trabajo es una muestra de esa preocupación, y aunque escueto, es un compendio antes que nada de ilusión porque en algo tan concreto he podido encontrar material que se dirige hacia los varios puntos de interés que repetidamente me han estimulado. Sin ninguna pretensión, es mi deseo que lo que este trabajo pueda aportar a mis conocimientos sirva también para todos aquellos profesionales que como yó "están al borde del agua". El primer punto de interés, que es además el eje central del trabajo es conocer si, en el aprendizaje de la natación, tiene alguna incidencia la utilización de agua salada; y, si la tiene, tener una referencia lo más clara posible del sentido positivo o negativo, en que se manifiesta. Este tema central es complementado por otros puntos que convergen con él, o de él arrancan, como seria el caso de la consecuencia directa, es decir, ¿es rentable, hablando en términos de aprendizaje, el proponer la utilización de agua salada en tales actividades?. Otros si, ¿no cabría la posibilidad de reivindicar una más amplia utilización de tantos y tantos kilómetros de costa para esas actividades?. También, ¿no podría pensarse que una iniciación en condiciones salinas pudiera favorecer el contacto y mayor conocimiento del mar y, por añadidura, de aquellas localizaciones de agua fuera del marco estanco de una instalación incrustada en la civilización como es el caso de la mayoría de las piscinas?. Es innegable que hoy se realizan gran cantidad de actividades natatorias en casi todo tipo de marcos, pero la práctica totalidad pa sa por un punto común que es la iniciación al nado en una piscina. En muchos casos es totalmente justificado; en otros, uno llega a tener la sensación de que la piscina es supravalorada como instalación acuática e incluso, que no tiene ninguna conexión con otras manifestaciones de "marco acuático". Probablemente haya sido este un proceso lógico en el desarrollo de la natación desde su punto de partida, precisamente en aguas abiertas, a su implantación como deporte utilitario y competitivo necesitado de una instalación concreta para su realización. Es mi parecer que, obviando la natación competitiva y las otras modalidades acuáticas competitivas reglamentadas para pileta, las otras formas de actividad acuática pueden desarrollarse igualmente bien en lugares distintos a la pileta que incluso pueden presentar un abanico mas amplio de actividades -posibilidades- y que pueden su poner un potencial formativo ampliado en aspectos de conocimiento de la naturaleza. Permítaseme expresar mi convencimiento de que si en este sentido existiera una mayor conciencia en general, no serían admisibles desmanes ecológicos como la terrible contaminación de rios, lagos y playas a la que, desgraciadamente, parece que nos estamos acostumbrando. Por último quiero dejar muy claro que no trato de descalificar la instalación "piscina", muy al contrario, pienso que sería interesante el poder rentabilizar más una instalación recogiendo este sen4 tido, por lo que se me ocurre pensar, que teniendo en cuenta que un alto porcentaje de actividades y por lo tanto tiempo de utilización de las piscinas, corresponde a tareas de iniciación, ¿no sería rentable económicamente, hacer funcionar instalaciones de iniciación con agua salada pensando en la realización/tiempo de participación (utilización)/rendimiento? ¿podría haber una relación inversa con el monto económico que supone todo el material de apoyo?. Parto de la base hipotética que la respuesta puede ser afirmativa en todos los casos, aunque estoy dispuesto a reconocer lo contra rio si así lo indican los datos referenciales que del trabajo puedan desprenderse, en una actitud marcadamente realista, puesto que no olvido que la misma circunstancia que puede dar el sentido positivo a este trabajo, la salinidad del agua, puede ser la primera razón para que sea negativo por las condiciones adversas que presenta sobre todo en cuanto a la visibilidad y por tanto en cuanto a dominio y seguridad.

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Acercarse a las obras de José M. García de Paredes, y mirarlas como un conjunto de ideas que nos indican una manera de pensar y de hacer arquitectura, nos explica un ideario que persiste en el tiempo. Tomando prestado el término “explicar” en el sentido que Stravinski le da en su Poética musical1: desplegar, desarrollar, describir una cosa, descubrir y aclarar su génesis, se comprueban las relaciones que cosas aparentemente dispersas tienen entre si, cómo se originan las obras para saber cómo determinan la arquitectura, una vez que ésta tiene vida propia y uso, pasado el tiempo. El motivo de esta tesis se encuentra en el orden, análisis y estudio de su archivo, realizado a partir del año 1990. García de Paredes, titulado en Madrid, fue arquitecto entre 1950 y 1990 y se inició en la arquitectura en un tiempo tan complejo como el actual. No fue un teórico de la arquitectura, si bien conoció en profundidad su teoría y dejó escritos y reflexiones sobre la manera de abordar el proyecto. Quizás no fue un arquitecto radicalmente innovador y sus obras son silenciosas, aunque muchas encierran planteamientos rotundos que permanecen voluntariamente en penumbra. Sin embargo sus obras son nítidas, tienen el valor de la coherencia y son valiosas por el conocimiento y por los valores que transmiten. Han cumplido su objetivo y ahora son parte de los lugares para los que se construyeron y parte de la vida de las personas para las que se proyectaron. En gran medida, poseen ya la pátina del tiempo. Su obra, no muy extensa, aúna ideas necesarias para abordar la práctica del proyecto y para llegar a ese voluntario resultado final en el que la arquitectura sea, además de una expresión personal, una actividad social capaz de hacer mejor la vida de las personas. Mirar la arquitectura de García de Paredes a través del estudio de todas las cuestiones que intervienen en ella y convertir su conocimiento en un instrumento útil de trabajo en el proyecto, es el objetivo de esta tesis. Así se analizan determinadas obras para exponer temas de antes y de ahora, ideas que son a la vez antiguas y contemporáneas. Este ideario sobre la arquitectura de García de Paredes no pertenece sólo a un tiempo, pues la bella utilidad social de la arquitectura y cómo llegar a ella a través del conocimiento y de la economía intelectual, sigue vigente. Y este objetivo tiene claramente una segunda lectura, pues al poner en valor el ideario de su obra, la presente tesis constituye tanto un homenaje como un agradecimiento al arquitecto. Sintetizar este ideario ha necesitado tanto del tiempo para organizar un archivo como de la práctica de la arquitectura para constatarlo. Durante una década, entre 1981 y 1990, trabajé en el estudio de José M. García de Paredes, con la mirada enfocada hacia los proyectos que entonces se desarrollaban en su estudio. En esos años, la música y las secciones de las salas de concierto llenaban las mesas de dibujo. En 1990, tras su inesperada marcha, me encontré con un legado de documentos que constituyen un fragmento de la arquitectura contemporánea española, que encierran la explicación de proyectos y planteamientos que son respuesta clara a la realidad de su momento. La preparación entonces de la documentación para las tres monografías sobre su obra me llevó a ordenar, clasificar y a documentar los fondos del estudio de manera sistemática y cronológicamente. Los documentos, conservados en archivadores y tubos sin numerar, desvelaban una obra en un momento en el cual el escenario de fondo del debate sobre arquitectura era ético. De manera casi artesanal y próximo de un grupo coherente de arquitectos, algunos vinculados también a las artes plásticas, García de Paredes utiliza los medios materiales a su alcance, interpretando la realidad de una forma personal, alejada de la frialdad del movimiento moderno estricto, con una voluntad de mejorarla y de prescindir de todo aquello que no fuera necesario. Las obras dan respuesta a esa realidad de tal manera que la transforman, como si de un “mágico realismo” se tratara. Estos documentos con olor a antiguo, más que narrar una historia, explican la manera en que se ha hecho esa historia, cómo las biografías y los acontecimientos se entrelazan para llegar al conocido resultado final. Y de un primer análisis, disponiéndolos a la vista de un mismo tiempo, va surgiendo otro interés que no es el de explicar su obra sino el de observar el proceso de trabajo de un arquitecto para desvelar un método de proyecto. Sobre el método de trabajo de un músico, Azorín se pregunta en su artículo “Vida imaginaria de Falla”: “Es fácil ver trabajar a un pintor, no es tan fácil ver enfrascado en su labor a un literato, aunque en las redacciones solamos ver cómo escribe un poeta que hace artículos para un periódico. ¿Pero cómo imaginamos a un músico en su tarea?. ¿Cómo escribe un músico?. ¿Es que siente de pronto un arrebato lírico y un poco desmelenado, los músicos deben llevar el pelo largo, se sienta al piano y comienza a tañer como una inspirada pitonisa?. ¿es que se levanta a media noche y, arrebatado por la inspiración y a la luz de la luna, si la hay, escribe febrilmente esas garrapatitas que vemos en los hilos telegráficos de la música?" Manuel de Falla en una carta le responde: “Nada de eso, mi querido amigo, mi trabajo de compositor no es tan misterioso como usted imagina: podría compararse al de un escritor que fuera a la vez arquitecto”. ¿Y cómo trabaja un arquitecto?. La complejidad del proceso arquitectónico nos presenta sin embargo resultados finales que sólo a través de una observación minuciosa permiten entrever el recorrido desde el pensamiento hasta la obra acabada. El escritor narra lo que ve o imagina y el arquitecto construye y da forma a esa realidad o a esos deseos y para ello debe mirar, escuchar y debe saber hacer. Analizar este proceso nos lleva inexorablemente a desvelar las claves que hacen valiosas determinadas arquitecturas. En junio de 1986 García de Paredes escribe el texto “Tres paisajes con arquitecturas”4. El texto describe tres paisajes culturales diferentes en distintos tiempos. El primero que describe es el Madrid neoclásico y el significado que tiene en este paisaje el Museo del Prado. El segundo paisaje se denomina “Alhambra versus Carlos V” y en él relata un delicado escenario donde se entrelazan distintas cuestiones relativas a la intervención en lugares históricos. En el tercer paisaje “Paisaje con Ruinas” tras describir las hermosas ruinas físicas del pasado concluye con una reflexión: “Hay ruinas y ruinas… Pero quizá no sean estas las verdaderas ruinas de nuestro tiempo. Qué clase de ruina producirá nuestra modesta arquitectura del siglo XX?. Nuestro legado no debería leerse en clave de piedras como las de otras épocas que no disponían de otro lenguaje que el de construir para los tiempos. Sin embargo es posible que surjan otras claves, quizá aún no bien conocidas, que sean para las generaciones futuras de tan clara lectura como la de este tercer Paisaje”. Encontrar esas claves contemporáneas, es el objeto de este paseo por las obras y escritos de García de Paredes. Mirar, suprimido el tiempo, los planos, dibujos, escritos, libros y fotografías del archivo del arquitecto, ordenando y comprendiendo los motivos que propiciaron cada obra, nos lleva a pensar que la arquitectura de cada momento es sólo un desplazamiento de los anteriores. Nada ahora es completamente distinto de lo que era entonces y la arquitectura de antes puede ser interpretada, más allá de aspectos formales, por otras generaciones, desdibujándose el tiempo donde pretendemos ordenarla. Este legado de claves conceptuales nos es útil ahora para conocer lo que permanece en la arquitectura pensando en cuestiones actuales a través de papeles antiguos. El legado de esa “modesta arquitectura” no se debe leer pues en clave de “piedras”, como expresaba García de Paredes. Gran parte de sus obras se construyen con materiales sencillos y la lectura de su valor no es directa. Sin embargo explican en qué momento la arquitectura pasa a ser un hecho capaz de transmitir intenciones ocultas y convertirse en una actividad social en sintonía con la realidad. Desvelar esta colección de ideas para enfocar cuestiones de arquitectura, en el convencimiento de que este ideario es tan válido hoy como entonces, nos acerca a ese utópico método de trabajo del arquitecto. En este ciclo abierto se han seleccionado determinadas obras que permiten plantear mejor las cuestiones que ilustran su razón de ser y así pues se suceden lugares y personas, números y geometrías, música, artes plásticas y arquitecturas. ABSTRACT Looking at the work of José M. García de Paredes as a set of ideas that outline a way of imagining and producing architecture, explains a vision that has persisted in time. Employing the word “explain” in the same sense as Stravinsky in his Poetics of Music: deploying, developing and describing something, discovering and clarifying its origins as a way of observing the relationships between things and the way designs originate in order to understand how they determine the architecture, once it has a life and use of its own after time has passed. This thesis is based on an analysis of the archives of José M. Garcia de Paredes, which began in 1990. After graduating from the Madrid School in 1950 —an equally complex time as today— he continued to practise architecture until 1990. He was not an architectural theorist but he had a deep understanding of theory and left essays and ideas on the way to tackle projects. Although he may not have been a radically innovative architect and his work may seem subdued, much of it embodies categorical approaches, which are deliberately overshadowed. Nevertheless, his work is sharp, consistent and is valuable for the knowledge and values it transmits. It has served its purpose, it now forms part of the places for which it was built and has become part of the lives of the people it was designed for. To a large extent, his buildings already show the patina of time. While not large in number, they bring together the ideas needed to put a project into practice and arrive at an end result in which the architecture is also a personal expression, a social activity that makes life better for people. The discourse takes a new look at the architecture of Garcia de Paredes through an analysis of all the issues involved in order to turn the resulting knowledge into a useful tool for project work. It therefore now, ideas that are old but at the same time contemporary. This vision time. The beautiful social utility of his architecture and the way he arrived at it through knowledge and intellectual economy still remain valid. The synthesis of this vision has required much time to organize the archive and also a professional architectural practice to put it into perspective. The preserved documents reveal a body of work that was designed at a time when ethics shaped the underlying scenario of the Relación de architectural debate. The architect used the material resources at his disposal in an almost craftsman-like way, in the company of a congruent group of architects. He interpreted reality in a personal way, removed from the coldness of the strict Modern Movement, striving to improve it and strip off anything that was unnecessary. His buildings responded to their context in such a way that transformed it, as if they were “magical realism”. Another line of analysis emerged from an initial analysis, with all the documents in view at the same time: not to explain his work but rather to study the design process of an architect in order to discover a method. In 1986, García de Paredes wrote “Three landscapes with architectures”, which describes three cultural landscapes in different times. After describing the beauty of the physical ruins of the past, the third landscape, “Landscape with Ruins”, concludes with this observation: “There are ruins and ruins ... But these might not be the real ruins of our time. What kind of ruin will be produced by our modest 20th century architecture? Our legacy should not be interpreted in the key of mere stones, like those of past eras which had access to no other language than construction for all times. Other keys, perhaps not yet familiar, may well emerge and be as legible for future generations as this third Landscape”. This tour of the work and writings of Garcia de Paredes is aimed at discovering these contemporary keys. The legacy of such keys can now help us to know what endures in architecture; thinking about current issues through the perspective of old papers. Having set aside the time factor, looking at the drawings, essays, books and photographs from the architect’s archives, organising and understanding the reasons that gave rise to each work, I now believe that the architecture of each moment is only previous work that has been shifted. Nothing is completely different now from what it was back then. The architecture of the past can be interpreted by other generations, looking beyond the aspects of form, blurring the time factor when we want to order it. For this purpose I have selected particular works that permit a better enunciation of the issues that illustrate their rationale, hence the succession of places and people, numbers and geometries, music, art and architectures.

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El Alto Minho es un territorio de frontera colindante con el sur de la Comunidad Autónoma de Galicia. Ambos territorios comparten una situación muy característica y común de los pueblos del noroeste, además de la historia, la cultura y la sangre, comparten un uso tradicional del fuego muy característico. Nuestros paisajes fueron desde el inicio de la humanización del territorio, moldeados por el fuego. El fuego “diseñó” y mantuvo el paisaje durante miles de años. Las implicaciones legales de la última década que lo limitaron, llevando casi al abandono de su uso, o de modo ilegal y por veces con consecuencias desastrosas, por otra parte conduce a excesivas acumulaciones de combustible que más tarde acaban alimentando los grandes incendios forestales. Los GIF’s son el resultado del cambio de paradigma de los incendios forestales asociados a las alteraciones en la ocupación y uso del suelo y del cambio climático que a su vez obligan a un cambio de actitud en relación a lo que hoy entendemos y miramos como prevención basada en la supresión del fuego, así como el modo como los enfrentamos en la acción de extinción. Hay que devolver al paisaje, a una escala temporal adecuada el fuego de baja intensidad basado en prácticas de antaño que moldearon y mantuvieron el paisaje, considerando que los GIF’s consumen paisaje, lo que obliga a intervenciones a la misma escala.

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A partir de la pregunta principal de investigación: ¿qué funciones sociales cumple la fotografía en las migraciones humanas internacionales, particularmente en la experiencia migratoria de pobladores de Tonatico, Estado de México, a Chicago, Illinois?, la tesis: (a) transcurre desde la indagación en los antecedentes de la fotografía de la migración entre México y Estados Unidos; (b) se apoya en obras de John Berger y Jean Mohr (Un séptimo hombre, y, Otra manera de contar), de Pierre Bourdieu (La fotografía: un arte intermedio, y, en Pierre Bourdieu. Argelia imágenes del desarraigo, obra concebida por Franz Schultheis y Christine Frisinghelli), y de Bruno Latour (París ciudad invisible, con fotografías de Emilie Hermant), en las que estos autores usan la fotografía ―y reflexionan sobre ese uso― para comprender la experiencia migratoria, la experiencia social, y los indicios, las huellas, los mapas y panoramas a que da lugar la fotografía ―o se hacen visibles a partir de ésta―; (c) desde la perspectiva de quien ha emigrado y de quien permanece en el lugar de origen, abunda en casos para comprender ―y aprehender― las funciones sociales que la fotografía cumple desde una experiencia migratoria de importancia histórica, social, demográfica, económica y cultural, como es la emigración de habitantes de Tonatico, Estado de México, a Chicago y el norte de su área metropolitana, particularmente a la municipalidad de Waukegan, Illinois ―ahí, y en comunión con el lugar de origen─, es donde la experiencia se concreta, se hace individual y única; ahí, en ese contexto, se define ―casi siempre― su rumbo y su destino; (d) la interpretación de la experiencia migratoria y el papel que la fotografía tiene en ésta, deviene de la mirada de los que emigraron y de los que permanecen en (o han retornado a) el lugar de origen. La fotografía da origen a la palabra de quienes viven la experiencia migratoria directamente, y su voz a las interpretaciones y supuestos que intentan recoger lo aprehendido; (e) finalmente, platea (e.1) que la fotografía de los emigrados (en su migración), y la fotografía que se hace para ellos (de su migración), se asocia a una búsqueda de sentido, de una razón práctica, objetiva, de la migración, y por tanto, de la separación y las rupturas que ésta produce. En la experiencia migratoria nada es impersonal, y cualquier conjetura involucra a las personas que la viven directamente. (e.2) que en Tonatico, si bien la experiencia migratoria es compartida socialmente, las fotografías siguen siendo fundamentalmente parte de la experiencia familiar y personal; aun en el contexto actual de producción, circulación, intercambio y almacenamiento masivo de imágenes fotográficas. (e.3) Mediante la fotografía se comunica y se comparte la experiencia social, aun en donde (como en Tonatico) la migración es tan común que no da ya lugar al asombro, pero sí a la memoria colectiva e individua. En ésta última, las fotografías más valoradas son las que no se comparten, son las que quedan reservadas al espacio privado. (e.4) La fotografía no totaliza la experiencia migratoria, pero es una forma de comunicar y significar ésta. El papel que la fotografía tiene en esa experiencia está ligado a pensamientos y sentimientos ─muchas veces impenetrables─ motivados por ausencia, distancia, zozobra, afectos, discontinuidades, pérdidas, rupturas, abandonos. La fotografía, entonces, se valora en la experiencia migratoria por su capacidad de evocar personas, lugares, tiempos, circunstancias, relaciones; de hacer las veces de alguien ausente; de animar la memoria, la nostalgia, la melancolía; de descubrir e informar novedades, advenimientos, logros, cambios, progresos, éxitos, realizaciones; de estimular o de reprimir el deseo de emigrar.

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Migration is as old as humanity, but since the 1990s migration flows in Western Europe have led to societies that are not just multicultural but so-called «super-diverse». As a result, Western towns now have very complex social structures, with amongst others large amounts of small immigrant communities that are in constant change. In this paper we argue that for social workers to be able to offer adequate professional help to non-native residents in town, they will need balanced view of ‘culture’ and of the role culture plays in social aid. Culture is never static, but is continually changing. By teaching social workers about how to look at cultural backgrounds of immigrant groups and about the limitations of then role that culture plays in communication, they will be better equipped to provide adequate aid and will contribute to making various groups grow towards each other and to avoid people thinking in terms of ‘out-group-homogeneity’. Nowadays, inclusion is a priority in social work that almost every social worker supports. Social workers should have an open attitude to allow them to approach every individual as a unique person. They will see the other person as the person they are, and not as a part of a specific cultural group. Knowledge about the others makes them see the cultural heterogeneity in every group. The social sector, though, must be aware not to fall into the trap of the ‘inclusion mania’! This will cause the social deprivation of a particular group to be forgotten. An inclusive policy requires an inclusive society. Otherwise, this could result in even more deprivation of other groups, already discriminated against. Emancipation of deprived people demands a certain target-group policymaking. Categorized aid will raise efficiency of working with immigrants and of acknowledging the cultural identity of the non-natives group. It will also create the possibility to work on fighting social deprivation, in which most immigrants can be found.

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En los mercados tan altamente competidos que se están dando actualmente se hace necesario que el comercializador promocione sus productos más frecuentemente, con promocionesmejor diseñadas y pensando en el cliente. Las promociones casi siempre han estado relacionadas con «regalar algo»; cuando a un productor o un comerciante le hablan de promoción por lo general piensa en «pague 2 y lleve 3», o en un porcentaje determinadode descuento por compra. La realidad es que la promoción esmucho más que un simple descuento y en este artículo pretendo crear conciencia entre productores y comercializadores del verdadero significado de la promoción y de la importancia que para alcanzar los objetivos de mercadeo y ventas tiene una bien estructurada estrategia promocional.

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ARGUMENTACION JURIDICA Y ESTADO CONSTITUCIONAL 1. La tesis de que existe una estrecha relación entre el Estado constitucional y la argumentación jurídica no pasa de ser una obviedad, pero quizás no sea ya tan obvio precisar como hay que entender esa relación. Como se sabe, por “Estado constitucional” no se entiende simplemente el Estado en el que está vigente una constitución, sino el Estado dotado de una Constitución (o incluso sin una constitución en sentido formal, sin un texto constitucional) con ciertas características: la constitución del “Estado constitucional” no supone sólo la distribución formal del poder entre los distintos órganos estatales (el “principio dinámico del sistema jurídico-político” [véase, Aguiló 2.001]), sino la existencia de ciertos contenidos (los derechos fundamentales) que limitan o condicionan la producción, la interpretación y la aplicación del Derecho. El Estado “constitucional” se contrapone así al Estado “legislativo”, puesto que ahora el poder del legislador (y el de cualquier órgano estatal) es un poder limitado y que tiene que justificarse en forma mucho más exigente. No basta con la referencia a la autoridad (al órgano competente) y a ciertos procedimientos, sino que se requiere también (siempre) un control en cuanto al contenido. El Estado constitucional supone así un incremento en cuanto a la tarea justificativa de los órganos públicos y, por tanto, una mayor demanda de argumentación jurídica (que la requerida por el Estado liberal de Derecho). En realidad, el ideal del Estado constitucional supone el sometimiento completo del poder al Derecho, a la razón: el imperio de la fuerza de la razón, frente a la razón de la fuerza. Parece por ello bastante lógico que el avance del Estado constitucional haya ido acompañado de un incremento cuantitativo y cualitativo de la exigencia de justificación de las decisiones de los órganos públicos; y que el desarrollo de la teoría de la argumentación jurídica haya corrido también paralela a la progresiva implantación del modelo del Estado constitucional. 2. En los últimos tiempos ha sido frecuente señalar que la nueva realidad de los sistemas jurídicos (en los países occidentales desarrollados) requería también la elaboración de nuevos modelos teóricos; en particular, el debate se ha centrado en la necesidad de superar el positivismo jurídico y sustituirlo por una concepción del Derecho (no positivista) que permita dar cuenta de la nueva realidad. En mi opinión, la inadecuación del positivismo jurídico es un hecho [en contra véase, por ejemplo, Comanducci 2.002]. O, dicho con más precisión: de las dos tesis que supuestamente caracterizan al positivismo jurídico, la primera, la de las fuentes sociales del Derecho, es sin duda verdadera, pero por sí sola no permite caracterizar una concepción del Derecho; y la segunda, la de la separación entre el Derecho y la moral, no permite reconstruir satisfactoriamente el funcionamiento real de nuestros sistemas jurídicos. Por supuesto, esta última distinción (entre el Derecho y la moral) puede trazarse con sentido en el contexto de cierto tipo de discurso jurídico, pero no en otros; en particular, el discurso jurídico justificativo contiene o presupone siempre un fragmento moral. Para decirlo en el lenguaje de Carlos Nino [1985]: las normas jurídicas no son razones autónomas para justificar decisiones, sino que toda justificación es una justificación moral (lo cual, ciertamente, no es otra cosa que una reformulación de la tesis de Alexy [1978] de que la argumentación jurídica es un caso especial de la argumentación práctica de carácter general). La crítica al positivismo jurídico no supone, por lo demás, la rehabilitación de alguna otra de las diversas concepciones que han tenido algún grado de vigencia en el siglo XX. En particular, no me parece que las insuficiencias del positivismo puedan superarse recurriendo a alguna versión de la teoría iusnaturalista. Es cierto, como ha hecho notar Ferrajoli [1989], que el constitucionalismo moderno “ha incorporado gran parte de los contenidos o valores de justicia elaborados por el iusnaturalismo racionalista e ilustrado” y, desde luego, ha pulverizado la tesis positivista (no de todos los positivistas) de que el Derecho puede tener cualquier contenido. Pero ello, por sí mismo, no permite tampoco (como ocurría antes en relación con la tesis de las fuentes sociales) caracterizar una concepción del Derecho. También es cierto -si se quiere- que el papel que desempeñaba antes el Derecho natural respecto del soberano lo desempeña ahora la constitución respecto del legislador [sobre esto, Prieto, p. 17], pero dar cuenta del paralelismo es una cosa, y contar con instrumentos teóricos que permitan reconstruir y orientar los procesos de producción, interpretación y aplicación del Derecho (y, en particular, cómo articular la relación entre el Derecho legal y el constitucional), otra bastante distinta. El iusnaturalismo (concretamente, el del siglo XX), no parece haberse interesado mucho por el discurso jurídico justificativo interno al propio Derecho (las argumentaciones de los jueces, de los abogados, de los legisladores...), ni siquiera cuando ha elaborado teorías (como en el caso de la de Fuller [1964]) que, en muchos aspectos, preanunciaba el constitucionalismo contemporáneo. En realidad, ninguna de las principales concepciones del Derecho del siglo XX ha sido proclive a desarrollar una teoría de la argumentación jurídica, a ver el Derecho como argumentación. Dicho en forma sumaria: El formalismo ha adolecido de una visión excesivamente simplificada de la interpretación y la aplicación del Derecho y, por tanto, del razonamiento jurídico. El iusnaturalismo tiende a desentenderse del Derecho en cuanto fenómeno social e histórico, o bien a presentarlo en forma mixtificada, ideológica (Holmes [1920] comparó en una ocasión a los juristas partidarios del Derecho natural con los caballeros a los que no basta que se reconozca que su dama es hermosa; tiene que ser la más bella que haya existido y pueda llegar a existir). Para el positivismo normativista el Derecho -podríamos decir- es una realidad dada de ante mano (las normas válidas) y que el teórico debe simplemente tratar de describir; y no una actividad, una praxis, configurada en parte por los propios procesos de la argumentación jurídica. El positivismo sociológico (el realismo jurídico) centró su atención en el discurso predictivo, no en el justificativo, seguramente como consecuencia de su fuerte relativismo axiológico y de la tendencia a ver el Derecho como un mero instrumento al servicio de fines externos. Y las teorías “críticas” del Derecho (marxistas o no) han tropezado siempre con la dificultad (o imposibilidad) de hacer compatible el escepticismo jurídico con la asunción de un punto de vista comprometido (interno) necesario para dar cuenta del discurso jurídico justificativo. 3. Me parece que los déficits anteriores (y los cambios en los sistemas jurídicos provocados por el avance del Estado constitucional) es lo que explica básicamente que en los últimos tiempos se esté gestando una nueva concepción del Derecho que, en un trabajo reciente [Atienza 2.000], he caracterizado con los siguientes rasgos: 1) La importancia otorgada a los principios como ingrediente necesario -además de las reglas- para comprender la estructura y el funcionamiento de un sistema jurídico. 2) La tendencia a considerar las normas -reglas y principios- no tanto desde la perspectiva de su estructura lógica, cuanto a partir del papel que juegan en el razonamiento práctico. 3) La idea de que el Derecho es una realidad dinámica y que consiste no tanto -o no sólo- en una serie de normas o de enunciados de diverso tipo, cuanto -o también- en una práctica social compleja que incluye, además de normas, procedimientos, valores, acciones, agentes, etc. 4) Ligado a lo anterior, la importancia que se concede a la interpretación que es vista, más que como resultado, como un proceso racional y conformador del Derecho. 5) El debilitamiento de la distinción entre lenguaje descriptivo y prescriptivo y, conectado con ello, la reivindicación del carácter práctico de la teoría y de la ciencia del Derecho que no pueden reducirse ya a discursos meramente descriptivos. 6) El entendimiento de la validez en términos sustantivos y no meramente formales (para ser válida, una norma debe respetar los principios y derechos establecidos en la constitución). 7) La idea de que la jurisdicción no puede verse en términos simplemente legalistas -de sujeción del juez a la ley-, pues la ley debe ser interpretada de acuerdo con los principios constitucionales.8) La tesis de que entre el Derecho y la moral existe una conexión no sólo en cuanto al contenido, sino de tipo conceptual; incluso aunque se piense que la identificación del Derecho se hace mediante algún criterio como el de la regla de reconocimiento hartiana, la aceptación de la misma parece tener carácter moral. 9) La tendencia a una integración entre las diversas esferas de la razón práctica: el Derecho, la moral y la política. 10) Como consecuencia de lo anterior, la idea de que la razón jurídica no es sólo razón instrumental, sino razón práctica; la actividad del jurista no está guiada -o no está guiada exclusivamente- por el éxito, sino por la corrección, por la pretensión de justicia. 11) La importancia puesta en la argumentación jurídica -en la necesidad de tratar de justificar racionalmente las decisiones-, como característica esencial de una sociedad democrática. 12) Ligado a lo anterior, la convicción de que existen criterios objetivos (como el principio de universalización o el de coherencia o integridad) que otorgan carácter racional a la práctica de la justificación de las decisiones, aunque no se acepte la tesis de que existe una respuesta correcta para cada caso. 13) La consideración de que el Derecho no es sólo un instrumento para lograr objetivos sociales, sino que incorpora valores morales y que esos valores no pertenecen simplemente a una determinada moral social, sino a una moral racionalmente fundamentada. 4. Ahora bien, aunque yo señalaba entonces como uno de los rasgos de esta “nueva” -o relativamente nueva- concepción del Derecho la importancia creciente de la argumentación jurídica, prácticamente todas las otras características están ligadas con eso, esto es, llevan a un aumento cuantitativo y cualitativo de los procesos de argumentación jurídica. Para mostrarlo, me referiré únicamente a dos de esas notas: la importancia de los principios y la creencia de que existen ciertos criterios objetivos que guían la práctica del discurso jurídico justificativo. 4.1. Como es bien sabido, la distinción entre reglas y principios es una cuestión sumamente controvertida, en la que no cabe entrar aquí. Me parece, sin embargo, que existe un consenso amplio en cuanto a la mayor dificultad -dificultad argumentativa- que supone el manejo de principios. Visto desde la perspectiva de la justificación de las decisiones judiciales (y los principios no operan únicamente en esta instancia del Derecho), cabría decir que la justificación supone varios niveles [Atienza y Ruiz Manero, 1996]. El primero es el nivel de las reglas. La aplicación de las reglas para resolver casos (casos fáciles) no requiere deliberación en el sentido estricto de la expresión, pero ello no supone tampoco que se trate de una operación meramente mecánica. En todo caso, el nivel de las reglas no es siempre suficiente. Con una frecuencia que puede cambiar de acuerdo con muchos factores, los jueces tienen que enfrentarse con casos para los que el sistema jurídico de referencia no provee reglas, o provee reglas contradictorias, o reglas que no pueden considerarse justificadas de acuerdo con los principios y valores del sistema. Naturalmente, esto no quiere decir que en tales supuestos el juez pueda prescindir de la reglas, sino que tiene que llevar a cabo un proceso de deliberación práctica (de ponderación) para transformar ciertos principios en reglas. Ello supone realizar operaciones como las siguientes: la construcción de una tipología de clases de casos a partir de un análisis de las semejanzas y de las diferencias consideradas relevantes; (en algunas ocasiones) la formulación de un principio a partir del material normativo establecido autoritativamente (la explicitación de un principio implícito); la priorización de un principio sobre otro, dadas determinadas circunstancias (el paso de los principios a las reglas). La argumentación jurídica en estos casos no puede reducirse, obviamente, a su esquematización en términos deductivos; el centro radica más bien en la confrontación entre razones de diversos tipos: perentorias o no perentorias, autoritativas o substantivas, finalistas o de corrección, institucionales o no... 4.2. La creencia en la existencia o no de criterios objetivos que controlan la justificación de las decisiones jurídicas es de radical importancia para abordar el problema de la discrecionalidad. Me limitaré a considerar la discrecionalidad de los órganos administrativos (la discrecionalidad jurídica no se agota aquí), sobre la que últimamente ha tenido lugar en España una interesante polémica [sobre ella, Atienza 1995] . La importancia de la cuestión radica en que, por un lado, se reconoce que las transformaciones del Estado contemporáneo, y en particular, el cambo en la función de la ley (el paso de una “vinculación positiva” a una “vinculación estratégica”) lleva a una revalorización de la discrecionalidad administrativa (la actividad administrativa no es mera ejecución jurídica); y, por otro lado, la Constitución española (en el art. 9, apartado 3) garantiza “la interdicción de arbitrariedad de los poderes públicos”. ¿Son entonces los actos discrecionales de la Administración (el ejercicio de la potestad de planeamiento urbanístico, las intervenciones y regulaciones económicas, etc.) susceptibles de control judicial? Si a la cuestión se desea responder en forma positiva (si se quiere respetar la prohibición de arbitrariedad), no queda en mi opinión más remedio que partir de la idea de que las decisiones de los órganos públicos no se justifican simplemente porque provengan de cierta autoridad, sino que se precisa además que el órgano en cuestión aporte razones intersubjetivamente válidas a la luz de los criterios generales de la racionalidad práctica y de los criterios positivizados en el ordenamiento jurídico (los cuales, a su vez, no pueden ser otra cosa -si pretenden estar justificados- que concreciones de los anteriores); o sea, hay que presuponer una concepción suficientemente amplia de la razón. El escepticismo en este campo no puede conducir a otra cosa que al decisionismo, a considerar que la cuestión decisiva es simplemente la de “quien está legitimado para establecer la decisión”. Es interesante darse cuenta de que la existencia de la discrecionalidad (en sentido estricto [sobre el concepto de discrecionalidad, Lifante 2.001]) es el resultado de regular de una cierta forma la conducta: no mediante normas de acción (normas condicionales), sino por medio de normas de fin, que otorgan la posibilidad de optar entre diversos medios para alcanzar un determinado fin y también (hasta cierto punto) de contribuir a la concreción de ese fin; el razonamiento con ese tipo de norma no es el razonamiento clasificatorio, subsuntivo, sino el razonamiento finalista que parece encajar en el esquema de lo que Aristóteles llamó “silogismo práctico”. Digamos que los principios (los principios en sentido estricto), por un lado, y las normas de fin, por el otro, ponen de manifiesto que la argumentación jurídica no puede verse únicamente en términos de subsunción, sino también en términos de ponderación y en términos finalistas. La teoría de los enunciados jurídicos tiene, pues, mucho que ver con la teoría de la argumentación jurídica lo que, naturalmente, no tiene nada de sorprendente. 5. Lo dicho hasta aquí podría quizás resumirse de esta manera: una idea central del Estado constitucional es que las decisiones públicas tienen que estar motivadas, razonadas, para que de esta forma puedan controlarse. Dado que el criterio de legitimidad (del poder) no es aquí de carácter carismático, ni tradicional, ni sólo formal-procedimental, sino que, en una amplia medida, exige recurrir a consideraciones materiales, substantivas, se comprende que el Estado constitucional ofrezca más espacios para la argumentación que ninguna otra organización jurídico-política. Ahora bien, eso no debe llevar tampoco a pensar que el Estado constitucional sea algo así como un Estado argumentativo, una especie de imperio de la razón. Las “teorías constitucionalistas del Derecho” ( Bongiovanni [2.000] incluye bajo el anterior título -como casos paradigmáticos- las obras de Dworkin y de Alexy) corren el riesgo de presentar una imagen excesivamente idealizada del Derecho, probablemente como consecuencia de que son teorías formuladas preferentemente o casi exclusivamente desde la perspectiva del aceptante, del “hombre bueno”. Por eso, conviene no perder de vista que, como ya hace tiempo advirtió Tugendhat [1980], el Derecho del Estado constitucional no es el mejor de los imaginables, sino simplemente el mejor de los realmente existentes. Por un lado, no cabe duda de que el Estado constitucional sigue dejando amplios espacios a un ejercicio del poder que para nada hace uso de instrumentos argumentativos. Pongamos algunos ejemplos. Por razones de economía comprensibles, muchas de las decisiones que toman los órganos públicos (incluidos los órganos judiciales) y que se considera no revisten gran importancia no son motivadas: si no fuera así, se haría imposible un funcionamiento eficiente de las instituciones. Además, la burocratización creciente, el aumento de la carga de trabajo de los jueces, etc. lleva a que la no argumentación (la práctica de utilizar modelos estereotipados es, con frecuencia, una forma de no motivar) se extienda a decisiones que pueden tener consecuencias graves. Tampoco son motivadas, como se sabe, las decisiones de los jurados; en España, precisamente, hay una experiencia interesante, pues recientemente se introdujo el jurado (un jurado de legos) y se estableció la obligación de que motivaran sus decisiones, lo cual (dada la dificultad de la tarea) es probablemente una de las causas del (relativo) fracaso de la institución. La argumentación legislativa presenta notables debilidades: el proceso de elaboración de las leyes exhibe, en nuestras democracias, más elementos de negociación que de discurso racional; y las exposiciones de motivos son paralelas, pero no equivalen del todo, a las motivaciones de las decisiones judiciales. Y, en fin, una de las consecuencias del 11 de septiembre es el incremento creciente (y la justificación) de los actos del poder ejecutivo que quedan al margen de cualquier tipo de control (jurídico o político). Por otro lado, el carácter argumentativamente deficitario de nuestras sociedades es especialmente preocupante en relación con el fenómeno de la globalización, esto es, en relación con importantes ámbitos de poder que escapan al control de las normas del Estado. Parece, por ejemplo, obvio que las instituciones empresariales (las grandes empresas multinacionales) detentan un inmenso poder sobre las poblaciones y que sería absurdo considerar simplemente como un poder privado regido básicamente por el principio de autonomía. Y no parece tampoco que haya ninguna razón sólida para limitar el campo del Derecho al Derecho del Estado y al Derecho internacional entendido como aquel que tiene por objeto las relaciones entre los Estados soberanos. Twining ha insistido recientemente en que uno de los retos que la globalización plantea a la teoría del Derecho es precisamente el de superar esa visión estrecha de lo jurídico [Twinning 2.000, p. 252], y creo que no le falta razón. El pluralismo plantea sin duda muchos problemas de carácter conceptual y puede resultar, por ello, una construcción insatisfactoria desde el punto de vista de una teoría exigente. Pero el paradigma jurídico estatista (prescindir de los fenómenos jurídicos -o, si se quiere, parajurídicos- que se producen más allá y más acá del ámbito estatal) cercena el potencial civilizatorio del Derecho y tiene el riesgo de condenar a la irrelevancia a la teoría del Derecho.

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‘¡Porque ni putas, ni peluqueras, ni nada… somos ciudadanas!’. Se pregunta por cómo se puede entender la ciudadanía desde las acciones comunitarias que llevaron a cabo un grupo de mujeres trans en la ciudad de Bogotá . Según informes nacionales y a nivel Latinoamérica son las mujeres trans pertenecientes al sector LGBT las que dijeron sentir, en mayor número, vulnerados sus derechos entorno a trabajo, salud y educación en la capital del país en comparación a la población LGB. La causa de tal vulneración pareció coincidir con su identidad de género, por ejemplo, al no poder encontrar trabajo por las expresiones de género que utilizaban. Por ende era necesario abordar cómo se entiende la ciudadanía desde corporalidades que no han tenido un óptimo acceso a la ciudad teniendo como referencia sus experiencias personales. Siendo el tránsito un proceso que se hace a lo largo del tiempo.

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Quais são os “modos de ser sendo junto ao outro no mundo” professores de Educação Física da Prefeitura Municipal da Serra, ES, situados no que se denomina “real” e do professor de Educação Física padre José no filme “Má Educação” de Pedro Almodóvar situado no que se denomina “ficcional”? Que contribuições reflexivas podem trazer tais dados (analisados hermeneuticamente) para a Formação Continuada de professores de Educação Física [3]? OBJETIVO: Descrever os “modos de ser sendo junto ao outro no mundo” de [1] professores de Educação Física que trabalham em escolas públicas da Prefeitura Municipal da Serra, ES & do [2] padre José, personagem ficcional, professor de Educação Física no filme espanhol de 2004 “Má Educação” fazendo-o primeiramente através de uma pesquisa clássica (descritiva e hermenêutica) e depois uma literaturalizada e artística (hermenêutica). MARCO TEÓRICO: Trata-se de uma proposta discursiva (teórica) fenomenológica existencial de tendência marxista criada por Pinel; METODOLOGIA: Tratou-se de uma pesquisa fenomenológica existencial seguindo recomendações de Forghieri (2001) e Pinel (2006; 2012) - dentre outros. Os 29 professores de Educação Física foram provocados a mostrarem os seus “modos de ser sendo junto ao outro no mundo” do ofício professor de Educação Física. Depois essa mesma provocação foi feita ao personagem do filme. RESULTADOS & DISCUSSÃO: Descreveram-se [1] os “modos de ser sendo junto ao outro no mundo” dos professores de Educação Física na dimensão do real e do ficcional (cinema), e não se objetivou comparação por mais que isso tenha ficado evidente. Esses professores, em 2011/2012, experienciando uma democracia (im)perfeita brasileira [que tem até tendências neofascistas], mais ainda assim democracia - foram compreendidos sempre tomando um norte/ rumo/ direção em subjetivação pelos Guias de Sentido (GS – Pinel) democráticos reconhecimento [demanda do grupo em ser valorizado, reconhecido], em (im) potência [impotência e potencia possível de vir a lume sempre; a força e seu outro lado, a fragilidade de ser], afetando [o que se pratica e pensa/sente afeta a si mesmo, o outro e o mundo; o afetar produz mais subjetivações], sonhando [há demanda sempre de realizar projetos de vida; o projeto de ser sempre devir, em construção sempre; é uma precisão imprecisa], saudavelmente insano [o quão perto pode estar a experienciar a sanidade e a loucura e o quanto uma loucura é sã, pois criativa, inventiva, produtiva, opositora ao estabelecido] – eles mesmos junto ao outro no mundo tornando-se sujeitos. [2] Já o professor de Educação Física padre José da película almodovariana é um professor que de imediato pode ser apreendido como sólido e fixo na sua perversão fascista, ele como parte legitimadora do Estado espanhol de Franco, na década de 60, provavelmente em 1964, que é, na ficção, o espaço-tempo de José e suas ações pedagógicas e psicológicas (e de Educação Física). Mas não é apenas o fascismo que torna o fascista um criador de um cotidiano fascista, pois afinal, paralelamente a ele, no concreto e na ficção, haviam pessoas generosas, resistentes e resilientes que atuavam contra essas pressões quase na maioria das vezes advindas do todo (Estado) – eram pessoas democráticas individualmente e em pequenos e grandes grupos; eram exemplo de resistência contra o estabelecido pela ideologia dominante de então. José numa instituição fascista não conseguiu refletir e agir diferentemente, isto é, com mais saúde mental, escolhendo (na liberdade) ser fascista, ser menor (pouco) – optou não ser-mais. Finalmente os mesmos dados são apresentados em outra estética possível e sempre aberta, inconclusa, devir... As artes e a poesia (bem como a literatura) procuram cuidadosamente desvelar os “modos de ser junto ao outro no mundo” professor de Educação Física do mundo real e do imaginário (fílmico) desvelando muitas vezes indissociados. PÓSCRITO: O autor descreve as possíveis implicações do seu estudo para educação física pautado sempre em uma proposta de criar um discursso insubmisso focando na ideia de que uma pesquisa demanda narrar a vida, e literaturalizar a ciência.

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O IMI é aliás, em si mesmo, um imposto profundamente injusto. A sua aplicação constitui, em muitos casos, uma situação de Abuso do Direito, art. 334º do Código Civil. A sua concretização implica uma violação do fim económico e social da própria Justiça no Direito. O sistema fiscal não objectiva apenas as necessidades financeiras do Estado e doutras entidades públicas, mas também, e sobretudo uma repartição justa dos rendimentos e da riqueza: art. 103º da Constituição. É claro que, para isso, tem que existir também um controlo rigoroso e honesto da gestão e da distribuição constitucional dos dinheiros públicos. § IMI is indeed in itself a profoundly unfair tax. Its use is in many cases a right Abuse situation art. 334 of the Civil Code. Its implementation involves a violation of economic and social justice at the end of its law. The tax system does not seek only the financial needs of the state and of other public authorities, but also and especially a fair distribution of income and wealth: art. 103 of the Constitution. Of course, for this, it must also be a rigorous and honest control of the constitutional management and distribution of public funds.

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Revista da Faculdade de Ciências Sociais e Humanas, N.1(1980)

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Introdução: Osíndrome de encefalopatia posterior reversível, ou PRES, é uma entidade clinico-radiológica associada a uma grande variedade de contextos clínicos, nomeadamente em idade pediátrica, com padrões imagiológicos mais típicos com envolvimento dos lobos parietais e occipitais mas também com outras formas imagiológicas, mais ou menos frequentes dependendo dos locais envolvidos (frontais e temporais, tronco cerebral, ganglios da base, cerebelo...). Objectivos: Apresentar formas de PRES em idade pediátrica com características imagiológicas infrequentes. Casos Clínicos: Apresentam-se os casos em duas jovens de sexo feminino, ambas com HTA grave e insuficiência renal, que se apresentaram com cefaleias intensas e uma delas com crises convulsivas, alteração do estado consciência e hemiparésia esquerda. Num dos casos a RM demonstrou um envolvimento extenso da medula e bulbo, apenas com uma pequena lesão parietal direita, com total reversão destas alterações em estudos de controle. No outro caso, a TC e a RM evidenciaram inúmeras lesões de edema com envolvimento multifocal de todos os lobos cerebrais e com múltiplas áreas hemorrágicas igualmente dispersas, desde micro-hemorragias a um hematoma mais volumoso, tendo-se constatado nos estudos de controle uma regressão parcial destas alterações. Conclusão: Apesar do envolvimento mais típico das regiões parietais e occipitais no PRES por lesões de edema vasogénico, padrões atípicos e infrequentes estão documentados e devem ser reconhecidos, incluindo-se nestes padrões o envolvimento predominantemente medular e a presença de múltiplas hemorragias.