1000 resultados para Estatuto del contribuyente
Resumo:
El artículo trata de una manera extensiva la figura del "Accertamento con adesione del contribuente" o liquidaciones tributarias con acuerdo del contribuyente. Se incluye en el marco de los mecanismos de resolución alternativa de los conflictos tributarios en Italia.
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La interrupción del plazo de prescripción de la obligación tributaria por una actuación administrativa tendente a la regularización de la situación fiscal exige, además de la notificación de la actuación, que la misma esté efectivamente destinada a comprobar el correcto cumplimiento de las obligaciones tributarias. De ahí surge la necesidad de analizar la posible existencia de actuaciones irrelevantes en el procedimiento inspector que, en ocasiones, han sido denominadas diligencias - argucia por no cumplir el requisito material de estar dirigidas a hacer avanzar la regularización de la situación tributaria del contribuyente. Tales actuaciones irrelevantes presentan diferente tipologías por lo que se procede a sistematizar las diversas causas de pérdida de la capacidad de interrupción del plazo de prescripción. Entre las mismas destacan las actuaciones nulas de pleno derecho, los requerimientos de información a la que ya puede acceder por sí misma la Administración o los relativos a cuestiones o períodos diferentes de los que son objeto de inspección, o las actuaciones anodinas.
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Las peculiaridades del gravamen de las rentas obtenidas por no residentes determinan que su regulación contemple la mayor parte de los elementos personales actualmente previstos por nuestra legislación fiscal. El objeto de este artículo es proceder a un análisis sistemático del contribuyente, el sustituto, el responsable, los retenedores y el representante del Impuesto sobre la Renta de no Residentes, así como de las relaciones entre ellos, teniendo en cuenta las modificaciones que en la Ley 41/1998, de 9 de diciembre, del Impuesto sobre la Renta de no Residentes, ha introducido la Ley 46/2002, de 18 de diciembre, de reforma parcial del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación de los Impuestos sobre Sociedades y sobre la Renta de no Residentes.
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Este artículo se ocupa de la transformación del estatuto del objeto y de la obra de arte, y se desarrolla a partir de tres momentos: el primero aborda una genealogía de la representación y la belleza, que permite comprender cómo lejos del horizonte imitativo de la representación perspectiva del arte -que culminará en el Impresionismo- las vanguardias esgrimen para la práctica artística, la emancipación del mundo del objeto y en este sentido suscitan su disolución; el segundo momento expone que el Constructivismo y la Bauhaus, proponen la vuelta al objeto como la estrategia para un arte verdadero, en tanto el artista debe estar al servicio de la producción social y en el objeto se da la feliz alianza de lo bello y lo útil, por lo que se restituye el objeto al universo del arte por vía del diseño; y por último, el artículo propone que un número importante de obras de arte contemporáneo se inscribe en la noción de hiperobjeto, en tanto objetos ambiguos que intentan contrarrestar el fin del arte a partir de una saturación del objeto, resultado de constituirse en obras diseñadas, es decir, en ornamentos con la función de obra de arte.
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En los últimos años, la educación superior ha sufrido cambios que han influenciado directamente en la calidad educativa y el aprendizaje de los estudiantes. Estos procesos se han visto afectados en una evolución metodológica gracias al avance tecnológico a servicio de los estudiantes que es orientada por el cuerpo docente que a su vez ha sido partícipe en dicha evolución. Por su parte la Universidad del Rosario se ha preocupado por darle relevancia a la opinión de los estudiantes, quienes pueden calificar a los profesores y señalar sus virtudes o sus fallas y dar sugerencias personales al respecto. Esta preocupación ha incidido directamente en la observación de las prácticas, actividades y conocimientos pedagógicos del cuerpo profesoral de la universidad y ha generado la necesidad de nuevos retos y enfoques en la formación del profesorado a través de los cursos de desarrollo profesoral ofrecidos por la universidad y que busca que el saber de los profesores sea transformado para transmitirlo óptimamente a los estudiantes. No obstante, la falta de interés y de acogida así como la deserción por parte de los profesores en los cursos de Desarrollo profesoral, han sido detonante para indagar las razones y los elementos de juicio que han llevado al cuestionamiento de la calidad de los cursos y del interés de los docentes en transmitir los saberes a los estudiantes generando conocimiento constructivo y de calidad que genere competitividad y posicionamiento en el ámbito de la educación.
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La obsolescencia programada es el deseo de tener algo un poco más nuevo, un poco mejor, un poco más rápido de lo necesario. El texto estudia este fenómeno a la luz del Estatuto del Consumidor – Ley 1480 de 2011 para determinar si el consumidor colombiano está suficientemente protegido con él.
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La ley 1480 de 2011 conocida también como Estatuto del Consumidor, es una norma creada para proteger en la mayor medida posible a los consumidores en Colombia en todos los sectores de la economía nacional, como regla general. A pesar de esto, fue expedida la Ley 1558 de 2011 que busca reformar la Ley del Turismo, la cual dispone que en materia de servicios de transporte aéreo, el Estatuto del Consumidor se encuentra excluido. En consecuencia los consumidores de este sector económico se encuentran protegidos exclusivamente por las normas especiales que menciona dicha ley, las cuales al ser analizadas y confrontadas con las disposiciones del Estatuto del Consumidor, se evidencia una precariedad en los derechos de protección que otorga la ley especial frente a la ley general. Por lo tanto se concluye que los usuarios de los servicios de transporta aéreo se encuentran desprotegidos en sus derechos como consumidores, al ser la norma especial significativamente menos proteccionista que la norma general. La Tesis de grado analiza la situación descrita, haciendo un análisis comparativo del régimen especial que busca proteger a los usuarios de servicios de transporte aéreo, con la norma general que aplica para el resto de consumidores en Colombia; Ley 1480 de 2011. Así mismo realiza un examen de constitucionalidad de la norma especial, para determinar la violación de las disposiciones Constitucionales, que la ley 1558 de 2012 causa, especialmente respecto del derecho a la igualdad y al derecho a la protección de los consumidores de el sector económico en mención.
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El presente estudio de caso analiza los aportes del Centro de Estudios Estratégicos de Defensa (CEED) de la Unión de Naciones Suramericanas (Unasur) en la formación de un pensamiento estratégico regional. Cuatro años han transcurrido desde la creación de dicho Centro, por lo que resulta pertinente estudiar sus principales logros y los aportes realizados al Consejo de Defensa Suramericano (CDS) para la formación de un pensamiento estratégico regional en materia de seguridad y defensa.
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Se plantea la necesidad de establecer un Estatuto del Profesorado que coordine las respectivas actuaciones del Ministerio de Educación y Cultura y la Consejería de Educación, de tal forma que se compaginen objetivos y metas compartidas. El Estatuto tendría que ser de ámbito estatal y de carácter general para desarrollar las particularidades regionales y la identidad estatal. Se abordan tres aspectos para conseguir la coordinación entre las comunidades autónomas. Primero, determinar el rango normativo y de autonomía funcional. Segundo, decisión política para ponerse de acuerdo en lo común a todos los cuerpos docentes, sin que prevalezcan intereses partidistas. Tercero, el Estatuto del Profesorado debería incluir los controles del Estado para garantizar los derechos y deberes básicos, comunes en todo el territorio español.
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Una vez hecho público el anteproyecto de Ley Orgánica de Educación, el Ministerio de Educación y Ciencia inicia la apertura de un proceso negociador con los representantes del profesorado y de las Comunidades autónomas encaminado a la promulgación de un Estatuto de la Función Pública docente. Este estatuto debe contener la normativa básica referida al conjunto de derechos y deberes del profesorado, a sus perfiles profesionales, sus condiciones, etc. En los últimos años se han llevado a cabo varios intentos para realizar este estatuto, pero estos intentos han fracasado y aún no se ha logrado llevar a cabo este estatuto del que se espera que dote a los docentes de un núcleo común normativo, marco de referencia en todo el Estado.
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Monográfico con el título: 'El Estatuto Profesional Docente'
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Resumen de lo acontecido durante el primer Congreso Nacional de Estudiantes, cuya sesión de inauguración se celebró el 6 de abril de 1953, bajo la presidencia del Caudillo y del Jefe Nacional del Sindicato Universitario de Estudiantes, S.E.U., en la Escuela de Estomatología de la Ciudad Universitaria. Se reunieron unos mil doscientos congresistas, de los que ochocientos, eran delegados de curso. En el primer pleno se trató del 'Estatuto del Estudiante' y de otras ponencias como la de 'Estética Universitaria', 'Ciudadanía Cultural Hispánica' o 'Proyección Cultural Universitaria'. En el segundo pleno, entre otras cosas, se aprobaron las conclusiones de las ponencias de 'Formación Política', 'Aula de cultura', 'Educación Física' y 'Formación Profesional'. En el tercer pleno, la ponencia más destacable fue la dedicada a 'Relaciones Internacionales'. El cuarto pleno se dedicó a la 'Previsión social y asistencial' y a la 'Formación religiosa'. La clausura del Congreso se celebró el 11 de abril con la presencia del Caudillo y los Delegados Nacionales de las F.E.T y de las J.O.N.S., entre otras importantes personalidades, en donde el Franco pronunció un discurso sobre la misión de la Universidad.
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El derecho a solicitar la devolución del IVA a favor de las instituciones del Sector Público, dio pie a un sinnúmero de inconvenientes que lo único que lograron fue obstaculizar el proceso de devolución de IVA mensual, perjudicando a las instituciones públicas que se veían privadas de capital para poder continuar con el cumplimiento de sus fines. Este trabajo pretende exponer los principales problemas que surgen por la no tipificación en la ley del plazo de prescripción del derecho para pedir la devolución del IVA debidamente pagado, tema en el cual encontramos criterios opuestos, de lo que nace la importancia de legislar este tema que causa graves inconvenientes. Problema que aunque ya no pertenece a las instituciones del sector público, actualmente causa inconvenientes a los demás organismos que tienen derecho a la devolución de IVA, de conformidad al art. 73 de la Ley de Régimen Tributario Interno, reformado por el art. 128 de la Ley Reformatoria para la Equidad Tributaria del Ecuador. Además analizaremos el no reconocimiento de intereses a favor de estos organismos, por parte del Servicio de Rentas Internas, a pesar de haber transcurrido más de un año en la resolución de un reclamo y que este haya sido favorable. Revisando los temas expuestos podemos percibir en muchas ocasiones la violación de derechos constitucionales que no son considerados por el SRI al emitir sus resoluciones en contra del contribuyente; siendo a veces censurable la actitud de la administración tributaria en el sentido de entorpecer su operación práctica, mediante inadmisiones injustificadas y caracterizadas por un formalismo inaceptable que no se separa en mucho de la arbitrariedad. El propósito de este trabajo es encontrar la base legal apropiada, a fin de evitar inconvenientes a los contribuyentes y a la administración tributaria, por la falta de normativa clara y expresa, que se debe aplicar en los casos motivo del presente estudio.
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Toda reforma tributaria responde a la necesidad del Estado de obtener recursos para solventar el gasto público; y, aunque los ciudadanos están moral y jurídicamente obligados a coadyuvar en dicha satisfacción, ha existido en la sociedad ecuatoriana una tendencia al rechazo de las mismas, pues se considera afectada la capacidad económica de los contribuyentes u obligados. Como consecuencia, toda reforma implementada en un sistema o régimen tributario, bien sea que trate la creación, modificación o extinción de tributos; o, relativa a la transformación de la parte operativa en cuanto a la determinación del tributo y la solución o pago del mismo; es decir su metodología, genera dificultades tanto para contribuyentes como para la administración tributaria. Para los contribuyentes el impacto no deviene en forma exclusiva de la capacidad económica para solventar nuevas tarifas, se trata además de asumir nuevas responsabilidades durante los procesos de determinación y fiscalización. Para la administración tributaria, las dificultades no están ausentes, por cuanto las facultades de determinación y recaudación entre las más importantes sufren gran impacto al momento de afrontar del mismo modo las reformas tributarias; toda vez que debe asumir el cambio con eficiencia y eficacia administrativa. El punto de quiebre entre los sujetos activo y pasivo se produce mayormente debido a una percepción de desigualdad de condiciones entre contribuyentes y administración tributaria; generalmente el poder tributario e impositivo genera una apariencia de arbitrariedad por parte del organismo de administración al aplicar las reformas fiscales; con todo lo dicho, se destaca la necesidad de identificar hasta qué punto dichas transformaciones han tomado o deberían tomar en cuenta la situación del contribuyente en relación al principio de justicia tributaria. Con todo lo expuesto se avista una interrogante de vital importancia a ser satisfecha durante del desarrollo de la presente investigación: ¿Cómo han incidido las reformas tributarias efectuadas durante la última década en la suficiencia recaudatoria y capacidad contributiva de los principales tributos de recaudación nacional? Para efectos de contestarla, a lo largo de este trabajo de investigación, se analiza tanto la situación actual como la evolución histórica de del Régimen Tributario Ecuatoriano, haciendo énfasis en los cambios efectuados a partir de 1999 en los impuestos de recaudación nacional más importantes, como son el Impuesto a la Renta, el Impuesto al Valor Agregado IVA y el Impuesto a los Consumos Especiales ICE.
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Las leyes son la expresión de los intereses de grupos económicos o sociales que en un momento determinado del desarrollo social se encuentran a disposición del Estado. Nuestro país, tradicionalmente, ha estado dirigido por grupos económicos que han emitido, a través de sus representantes en el poder Legislativo y en el poder Ejecutivo, leyes a favor casi exclusivo de sus intereses y que en su mayoría no han respondido a las necesidades de la sociedad. Éstas se han reformado gracias a la lucha de los sectores sociales oprimidos y desfavorecidos en el reconocimiento legal de ciertos beneficios. Uno de los objetivos de la Ley de Equidad Tributaria es conseguir una reforma de carácter integral para el Impuesto a la Renta, que cumpla el principio de equidad entre los ecuatorianos respecto a la distribución del ingreso público que genera su recaudación, y el cumplimiento de dicha obligación tributaria. Reformar para que exista mayor cumplimiento por parte del contribuyente, y un mejor control por el lado de la administración tributaria. Por ello, el presente trabajo está destinado a identificar cuál es la incidencia que tiene el Impuesto a la Renta a partir de la Ley Reformatoria para la Equidad Tributaria en las sociedades ecuatorianas. Se analiza cada uno de los artículos reformados sobre Impuesto a la Renta de Sociedades, y cuán beneficiosa resulta su aplicación. Para comprender mejor el tema de investigación se desarrollaron cuatro capítulos. El capítulo uno define los artículos reformados sobre Impuesto a la Renta de Sociedades y una síntesis general del procedimiento que tuvo la reforma. El capítulo dos analiza cada ley reformada que tiene incidencia en el Impuesto a la Renta de Sociedades, su cambio con relación a la ley vigente hasta el año 2007, objetivo, aplicabilidad y efecto. El capítulo tres analiza a tres sociedades en las que se observará la apreciación que tienen respecto de la reforma; los datos estadísticos de recaudación del Impuesto a la Renta desde el año 2005 hasta el año 2009 sobre los cuales se fundamenta la reforma para determinar su viabilidad. Finalmente, el capítulo cuatro concluye y recomienda el tema de investigación planteado y desarrollado.