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Las Escuelas de Magisterio en el primer tercio del siglo XX : la formación de maestros de La Laguna.
Resumo:
El objetivo de la presente investigación, al tratar el tema de la Escuela de Magisterio y la formación de maestros en La Laguna, es abordar el panorama local referido a la formación del profesorado en el primer tercio del siglo XX. Intenta descubrir y analizar la evolución seguida por las escuelas normales de La Laguna: Escuela elemental de maestros (1899-1901), Sección de estudios elementales de Magisterio (1901-1914), Escuela Normal Elemental de Maestras (1902-1907), Escuela Superior de Maestras (1907-1914), Escuela Normal de Maestras (1914-1931), Escuela Normal de Maestros (1927-1931) y Escuela de Magisterio Primario (1930-1936). Asímismo, se valora su importancia dentro del marco sociocultural tinerfeño, como instituciones que se convirtieron en centros difusores de innovaciones educativas y contribuyeron a la elevación cultural en la isla.. Dentro del primer capítulo se exponen los rasgos que caracterizan la realidad canaria del primer tercio del siglo XX, descubriendo las especificidades insulares con respecto a las coordenadas de ámbito nacional. Se intenta con ello recomponer la realidad global en la que se asienta el sistema educativo partiendo del análisis de los factores demográficos, sociales, políticos, económicos y culturales. Cierra esta visión histórica el segundo capítulo dedicado a la evolución de la formación de maestros, así como la preparación del magisterio en La Laguna. En este sentido, cabe señalar que la Escuela Normal de La Laguna fue fundada en 1849 como escuela masculina, viéndose obligadas las mujeres a examinarse libres. El centro funcionó como Escuela Elemental desde 1849 a 1866 hasta 1898 fue Escuela Superior, para retomar, finalmente, la categoría de Elemental en 1898. Ya en el tercer capítulo se trata el perfil evolutivo de estos centros en un intento de búsqueda de su propia identidad tras la superación de algunas etapas de inestabilidad y postergación académica. A través del estudio histórico-legal se intenta abordar el desarrollo institucional de las escuelas normales y su concreción en las normas laguneras. También se realiza una aproximación a la legislación y a los diferentes planes de estudio. El cuarto capítulo,titulado Infraestructura, Material y Recursos, se hace hincapié en las limitaciones presupuestarias así como en los problemas de espacio y ubicación de estos establecimientos. En el quinto capítulo se estudia al Profesorado: su procedencia geográfica -fundamentalmente rural- extracción social, rendimiento académico, etc. En el séptimo capítulo se intenta una aproximación a la metodología aplicada en la formación de maestros, investigando la capacidad formativa de las Escuelas de Magisterio. Se aborda, la aportación del profesorado a la renovación y transmisión de métodos didácticos, los métodos de instrucción, el sistema de evaluación y el régimen disciplinario. Se analizan, asímismo, los horarios, exámenes, las memorias de prácticas, la bibliografía pedagógica y los programas. El capítulo octavo se dedica a proyección pedagógico cultural y a la proyección benéfica de las normales. Los epigrafes referidos a las fuentes documentales y a la bibliografía consultada, así como el apéndice correspondiente, culminan el presente trabajo. . Se puede afirmar, una vez concluido el rastreo documental y bibliográfico, y analizada toda la información disponible, que las Escuelas Normales de La Laguna registraron la misma línea evolutiva que marcó el desarrollo normalista del resto del Estado Español. Por tanto, durante el primer tercio del siglo XX los centros laguneros respondieron a los criterios de uniformidad emanados del poder central, tanto desde el punto de vista institucional como administrativo; no obstante, hay que resaltar el hecho de la insularidad como condicionante que entraña retraso en las comunicaciones y una evidente dificultad en las relaciones con la administración radicada en Madrid..
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Posición frente a lo que en otros ordenamientos jurídicos se ha denominado como derecho administrativo sancionador que aplicándolo al caso colombiano en donde, además de carecer de una legislación especial, no hay un concepto uniforme
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En la rama ejecutiva del poder público, se viene presentando como modalidad de vinculación a la administración, la contratación de servicios profesionales de un buen número de personas naturales. Servicios éstos que son prestados en las diferentes
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El lector tiene entre sus manos un manual esencialmente práctico, el interés ha sido sobre todo recopilar y ordenar los datos normativos y jurisprudenciales existentes en nuestro ordenamiento sobre régimen disciplinario de los funcionarios públicos
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Uno de los graves problemas de la administración pública en Colombia y que ha hecho posible, entre otras cosas, parte del establecimiento de la corrupción administrativa, es la institucionalización de la irresponsabilidad de los servidores públicos
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Teniendo en cuenta tres casos dentro del contexto del conflicto armado donde la jurisdicción penal colombiana estudia la admisión o exclusión de medios probatorios producidos a partir de injerencias de comunicaciones, encontramos que no siempre se aplica la regla de exclusión cuando no cuentan con una orden judicial previa. Ante este problema, buscamos como se ha solucionado, teniendo como referente la el Derecho Internacional Humanitario, el Derecho Internacional de los Derechos Humanos. Lo anterior nos da base para entender la regla de exclusión de que se ha venido desarrollando dentro del Derecho Internacional Penal. Si bien estas reglas nos sirven para solucionar estos tres casos, terminan siendo contradictorios a lo que ha venido desarrollando la Corte Constitucional. De esta manera, si bien esta Corte consideró que la regla de Estatuto de Roma, va en concordancia con la nuestra regla de exclusión nacional, tal afirmación es errónea.
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El retiro del servicio de los empleados públicos aparece como una facultad reglada en las normas del empleo público que, cuando se da alguna de las hipótesis legales que lo hacen procedente, facultan al nominador para ejercer sus atribuciones legales, persiguiendo, ante todo, razones del servicio: su mejora, renovación, eficiencia y moralidad, entre otras. A partir del concepto de una buena administración del Estado, establecer la procedencia y elementos estructurales de una política de prevención del daño antijurídico en relación con el retiro del servicio de servidores públicos que, conforme al ordenamiento jurídico gozan de una especial protección constitucional. Conocer el concepto, el alcance, la regulación y desarrollo jurisprudencial de esta trascendental atribución para el servicio público, resulta indispensable para la debida aplicación del derecho, del ejercicio de las atribuciones públicas por parte de la Administración, y para la prevención del daño antijurídico.
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El retiro del servicio de los empleados públicos aparece como una facultad reglada en las normas del empleo público que, cuando se da alguna de las hipótesis legales que lo hacen procedente, facultan al nominador para ejercer sus atribuciones legales, persiguiendo, ante todo, razones del servicio: su mejora, renovación, eficiencia y moralidad, entre otras. El problema jurídico a resolver con el presente trabajo se plantea a partir del concepto de una buena administración del Estado, establecer la procedencia y elementos estructurales de una política para la prevención del daño antijurídico por el retiro del servicio de servidores públicos que, conforme al ordenamiento jurídico, gozan de una especial protección constitucional o legal. Conocer el concepto, el alcance, la regulación y desarrollo jurisprudencial de esta trascendental atribución para el servicio público, resulta indispensable para la debida aplicación del derecho, del ejercicio de las atribuciones públicas por parte de la Administración, y para la prevención del daño antijurídico.
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La corrupción sigue siendo uno de los principales problemas del Estado de Derecho en el siglo XXI. Su incidencia reduce la eficacia de la inversión, aumenta el valor de los bienes y servicios, reduce la competitividad de las empresas, vulnera la confianza de los ciudadanos en el ordenamiento jurídico y sobre todo condena a la miseria a quienes deben ser destinatarios de las políticas públicas.Sin embrago, la lucha que han realizado muchos gobiernos y funcionarios judiciales contra este fenómeno ha modificado sus formas de aparición, pues es cada vez menos frecuente la apropiación directa de los caudales públicos o la entrega de sobornos a los funcionarios, prefiriéndose métodos mucho más sutiles como los sobrecostos, la subcontratación masiva o la constitución de complicadas sociedades, en las cuales tienen participación los funcionarios públicos o sus familias.Este libro constituye un esfuerzo por el estudio jurídico y criminológico de la corrupción y los delitos contra la administración pública en Europa y Latinoamérica y reúne la selección de los temas penales más relevantes de la tesis doctoral del profesor Carlos Guillermo Castro Cuenca, denominada Aproximación a la Corrupción en la contratación pública y defendida en la universidad de Salamanca en febrero de 2008, con lo cual obtuvo la calificación de sobresaliente por unanimidad.
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El presente libro, es el producto de varios años de ejercicio profesional en cargos de dirección administrativa y de asesoría externa en la función pública en los órganos y las entidades de la rama ejecutiva en los niveles nacional y territorial, y en los sectores central y descentralizado. La novedad del libro se encuentra en el hecho de reunir y presentar de manera analítica conceptos de la función pública, su origen y evolución en Colombia, los grandes interrogantes que debe resolver, sus reglas de juego, la doctrina y la jurisprudencia pertinentes para solventar problemas tomados de la vida real que, a medida que se estudian, se analizan y se proponen soluciones, hacen posible aclarar la nomenclatura, es decir, el lenguaje respectivo y que permiten construir, de manera sistemática, las competencias que deben tener y poner a prueba tanto los estudiosos del tema como los funcionarios que se desempeñan en este campo, así como los servidores públicos que de manera directa o indirecta son afectados por el ejercicio de la función pública.
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La categorización jurídica de los mal llamados “falsos positivos” en Colombia es un tema controversial: en algunas ocasiones se habla de ejecuciones extrajudiciales, otras veces de homicidio en persona protegida y en otros casos de desapariciones forzadas, dependiendo de la institución que juzgue los casos. Ahora bien, al no existir unidad de criterios en la categorización jurídica de los “falsos positivos”, se hace imprescindible la integración de conceptos en torno a entender dichos hechos ilícitos inequívocamente como tales, toda vez que esto permitiría generar seguridad jurídica al interior del derecho administrativo colombiano. Precisamente, en lo a referente a la responsabilidad extracontractual del Estado. De igual manera, el concepto de reparación adoptado en los estamentos de Derecho Administrativo Colombiano, no siempre coincide con los estándares delineados por el Sistema interamericano de protección de Derechos Humanos, lo cual repercute de manera negativa en el tratamiento dado a las víctimas de los “falsos positivos” que encuadran en la categoría de desapariciones forzadas, lo que hace necesario el estudio detallado de las decisiones propias de cada sistema y compararlas, para buscar un mejoramiento de los estándares nacionales de reparación. Para dar un aporte teórico importante, esta investigación partirá del análisis sistemático de la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas, y la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, y después inspeccionará los elementos fácticos y la reparación de los “falsos positivos”, determinando el grado de aplicación que se ha dado del sistema interamericano en los fallos proferidos por el Consejo de Estado.
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Resumen basado en el de la publicación
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