838 resultados para Francia, José Gaspar Rodríguez de, 1766-1840.
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Los grandes aportes generados por las antiguas civilizaciones y los filósofos más destacados a lo largo del tiempo, permiten entender la procedencia de algunos términos de los que hoy en día se hace uso. Estas contribuciones comienzan a través de la concepción del término tiempo, desde la antigüedad hasta los tiempos modernos, las cuales conllevan a entender que el tiempo es aquel que define la durabilidad de las cosas. De acuerdo a esto, se propone un acercamiento sobre el origen del término perdurabilidad, el cual será la base de la presente investigación. Entender la procedencia del término y el uso que se le da a sí mismo, facilita la aplicación el ámbito empresarial; el cual, a partir de diferentes posturas de autores nacionales e internacionales y basados en los parámetros que ha establecido la Universidad del Rosario, se establece un marco teórico de apoyo para futuras investigaciones dedicadas a la perdurabilidad empresarial. Asimismo, se establecen o se plasman algunos principios o factores de éxito que ayudan a que una empresa logre traspasar fronteras en tiempo y en rentabilidad; es decir que no solo permanezca muchos años en el mercado, sino que además se mantenga en constante crecimiento y rentabilidad.
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En este trabajo se propone la teoría de los convenios de la administración, bajo la concepción de que esta figura –el convenio de la administración- constituye un género que además de ser un instrumento negocial diferente del contrato administrativo6, involucra dos grandes tipos
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Colombia es un país que aún no llega al pleno desarrollo de sus relaciones comerciales más cuando de intercambios comerciales con Europa se trata. Este desarrollo se entiende como el hecho de haber trazado un largo trayecto del comercio internacional
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El Estado como institución político-jurídica, así como las estructuras de poder y organización social, han sufrido grandes transformaciones en el mundo contemporáneo, producto de discusiones y tendencias como la globalización, la reconfiguración de la legitimidad de las instituciones burocráticas, el establecimiento de estándares, políticas y prácticas de calidad internacional, el impacto de las crisis de la hacienda pública, entre otros factores que influenciaron la creciente intervención de los particulares y sus mecanismos de regulación en la gestión de los asuntos públicos. El Estado Colombiano no ha sido ajeno a tales situaciones, y la creciente injerencia del sector privado en lo público, se ha visto representada en la expedición del régimen legal de las Asociaciones Público Privadas (Ley 1508 de 2012), en virtud del cual los particulares estructuran, ejecutan y desarrollan proyectos conjugando el ánimo de lucro con la promoción del interés general. De conformidad con lo anterior, el presente trabajo tiene como objetivo sistematizar y analizar las disposiciones legales y reglamentarias relacionadas con el régimen de las Asociaciones Público Privadas, así como abordar reflexiones sobre la transformación del Estado y el papel de los particulares en el ámbito de lo público.
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Este texto describe las conclusiones del estudio de la jurisprudencia colombiana de control constitucional sobre derechos humanos del período 1886-2005. Fue realizada por el Grupo de Investigación en Derechos Humanos con el apoyo de investigadores externos. El estudio evidencia las diferencias cualitativas y cuantitativas de la producción de la Corte Suprema de Justicia y de la Corte Constitucional, y esboza las líneas jurisprudenciales más importantes de cada corporación. Está dirigida a docentes, investigadores, estudiantes, funcionarios públicos y litigantes interesados en derecho constitucional y derechos humanos. La investigación se divide en dos partes. La primera incluye la descripción metodológica de la investigación, un análisis del camino hacia una cultura del precedente constitucional, la contextualización de los derechos que se abordó, la evolución del control judicial constitucional, los guardianes de la Constitución y un análisis de la producción jurisprudencial constitucional; se reseñan las premisas teóricas, informaciones historias, jurídicas e ideológicas, y la producción cuantitativa de la Corte Suprema y la Corte Constitucional.
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La historia de la Independencia no cesa de escribirse. Su escritura se inició en el momento mismo de los acontecimientos. El Diario Político de Santafé de Bogotá, creado apenas unos días después del 20 de julio de 1810, se ocupó, casi exclusivamente, de contar y, por supuesto, de justificar el levantamiento de los criollos y la creación de la nueva Junta de Gobierno. Y aún más importante, en el temprano año 1825, el político e intelectual José Manuel Restrepo dio a conocer su Historia de la Revolución de Colombia, obra ambiciosa y sorprendente sobre el curso de los aconteceres que habían fracturado el imperio español y dado origen a las nuevas repúblicas. Obviamente, hoy la historia de la Independencia es algo mucho más complejo que un minucioso relato de las confrontaciones militares entre patriotas y realistas.
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Se precisa el régimen de contratación al que el Estado se sujeta al crear o autorizar la creación de un establecimiento de crédito de orden nacional. Para ello, se analizan la normatividad que los regula y algunos de sus manuales de contratación.
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En la presente investigación se estudió la organización administrativa y territorial de la República Bolivariana de Venezuela, para poder identificar si se podían definir y catalogar a Venezuela como un Estado federal como manda su Constitución, o si por el contrario, podríamos estar hablando de una organización distinta llámese autonómica o unitaria, o simplemente un modelo federal diferente al dual influenciado por las diferentes formas de organización.
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Carta desde Madrid de Lorenzo Fernández Munilla y Foronda al rector Miguel José Masústegui sobre documentos referentes a pagos que se le deben al Colegio Mayor del Rosario.
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Solicitud de una licencia del catedrático de teología moral en el Colegio Mayor del Rosario José Manuel de Vergara, para nombrar a un sustituto que se encargue de su cátedra por dos años, durante su viaje a Europa. El permiso fue concedido por el virrey de la Nueva Granada Pedro Messía de la Cerda, se nombró como sustituto a Nicolás de Neyra Castro y Medina.
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En la presente investigación se contrasta el Modelo Tradicional de Concesión con el Renovado Esquema de Asociación Público Privada propuesto por la Ley 1508 de 2011 y sus decretos reglamentarios, para establecer, a partir de puntos de contacto y fuga entre una y otra institución, que existe una verdadera transformación del paradigma; y que, este modelo mejorado de participación privada que cuenta con sus propios rasgos definitorios, se erige en principio, como una solución a las exigencias actuales de los proyectos viales de la Cuarta Generación de Concesiones en Colombia, pero a la vez da apertura al debate para la construcción académica del conocimiento, por su reciente implementación.
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Este texto describe las conclusiones del estudio de la jurisprudencia colombiana de control constitucional sobre derechos humanos del período 1886-2005. Fue realizada por el Grupo de Investigación en Derechos Humanos con el apoyo de investigadores externos. El estudio evidencia las diferencias cualitativas y cuantitativas de la producción de la Corte Suprema de Justicia y de la Corte Constitucional, y esboza las líneas jurisprudenciales más importantes de cada corporación.Está dirigida a docentes, investigadores, estudiantes, funcionarios públicos y litigantes interesados en derecho constitucional y derechos humanos.La investigación se divide en dos partes. La primera incluye la descripción metodológica de la investigación, un análisis del camino hacia una cultura del precedente constitucional, la contextualización de los derechos que se abordó, la evolución del control judicial constitucional, los guardianes de la Constitución y un análisis de la producción jurisprudencial constitucional; se reseñan las premisas teóricas, informaciones historias, jurídicas e ideológicas, y la producción cuantitativa de la Corte Suprema y la Corte Constitucional. La segunda recoge la carta de los derechos cuya jurisprudencia fue objeto de análisis y se centra en la de las sentencias más relevantes. Al final se incluyen las conclusiones, que vienen a constituir la epistemología de la jurisprudencia constitucional colombiana.Está dirigida a docentes, investigadores, estudiantes, funcionarios públicos y litigantes interesados en derecho constitucional y derechos humanos.La investigación se divide en dos partes. La primera incluye la descripción metodológica de la investigación, un análisis del camino hacia una cultura del precedente constitucional, la contextualización de los derechos que se abordó, la evolución del control judicial constitucional, los guardianes de la Constitución y un análisis de la producción jurisprudencial constitucional; se reseñan las premisas teóricas, informaciones historias, jurídicas e ideológicas, y la producción cuantitativa de la Corte Suprema y la Corte Constitucional. La segunda recoge la carta de los derechos cuya jurisprudencia fue objeto de análisis y se centra en la de las sentencias más relevantes. Al final se incluyen las conclusiones, que vienen a constituir la epistemología de la jurisprudencia constitucional colombiana.La investigación se divide en dos partes. La primera incluye la descripción metodológica de la investigación, un análisis del camino hacia una cultura del precedente constitucional, la contextualización de los derechos que se abordó, la evolución del control judicial constitucional, los guardianes de la Constitución y un análisis de la producción jurisprudencial constitucional; se reseñan las premisas teóricas, informaciones historias, jurídicas e ideológicas, y la producción cuantitativa de la Corte Suprema y la Corte Constitucional. La segunda recoge la carta de los derechos cuya jurisprudencia fue objeto de análisis y se centra en la de las sentencias más relevantes. Al final se incluyen las conclusiones, que vienen a constituir la epistemología de la jurisprudencia constitucional colombiana.ratio decidendi de las sentencias más relevantes. Al final se incluyen las conclusiones, que vienen a constituir la epistemología de la jurisprudencia constitucional colombiana.
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Hipótesis: 1) Profunda dependencia entre los principios, métodos y finalidades de la acción educativa en 'animación' y las variables que configuran la sociedad en la que aquella se desarrolla. 2) Cataluña y Francia presentan diferencias en los aspectos cuantitativo y cualitativo. 3) Las diferencias se explican por razones socioculturales. 4) La vida democrática en Cataluña conduce a una crisis del movimiento. 5) A consecuencia, las diferencias respecto de Francia dependerán del camino que lleve la legalidad vigente. La intervención en la animación infantil bajo una perspectiva global de Educación. Estudio comparativo del movimiento entre Cataluña y Francia: 1) Recogida de informacion en base a las hipótesis formuladas sobre la realidad del movimiento en Cataluña y Francia. 2) Descripción comparativa entre Cataluña y Francia respecto al movimiento, tanto desde un criterio cuantitativo como cualitativo. 3) Interpretación de las diferencias constatadas y conclusiones. Consulta bibliográfica referente a ambos países. Búsqueda directa de información a través de necesarios estudios de área. Análisis de la información obtenida. Gráficos. Mapas. La evolución del modelo de sociedad catalana tenderá a exigir una mayor extensión del movimiento: se propone una federación o confederacion unitaria que salvando las diferencias ideológicas consiga ejercer una mayor presión sobre organismos públicos y otras entidades; consiga profundizar en la tarea que lleva a cabo mediante actividades enriquecedoras para los educadores y que consiga imagen pública. Se debe tener en cuenta, sin embargo, que la Educación en animación es sólo una opción posible dentro del tiempo libre infantil.
La orientación escolar y profesional de Francia, Suiza francesa, Bélgica comparada con la de España.
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Realizar una comparación entre los servicios de orientación escolar y profesional en Francia, Suiza, Bélgica y España. Expone cómo son los servicios orientativos en los diversos países, realiza un análisis comparativo entre los aspectos estudiados de los 4 países. Hace una yuxtaposición de datos comparativos (años de escolaridad obligatoria, concepto de orientación, legislación sobre orientación, medios utilizados, organismos oficiales, selección del personal, financiamiento, funciones, técnicas y métodos). Establece la comparación y da conclusioness. Hay sistemas de orientación que dan más importancia al individuo y otros a la relación individuo-sociedad. Las publicaciones son muy cuidadas excepto en España. La TV, el cine, la radio, etc. son utilizados para transmitir programas orientativos. El orientador debe ser persona de más de 30 años, con formación universitaria y con experiencia en el campo educativo. El servicio orientativo es en equipo de diversos profesionales, gratuito y en ocasiones obligatorio, excepto en España.
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Crédito variable para Bachillerato sobre Lengua Francesa, Forma e Imagen. Destinado a alumnos que cursen Francés como primera lengua extranjera. Analizando la publicidad en Francia se pretende dara a conocer recursos publicitarios, establecer comparaciones entre la cultura francesa y española, trabajar recursos lingüísticos fundamentales como la polisemia, la creación lexical o las características de la imagen. Se ofrece material para el profesorado y para el alumnado. La introducción al crédito se redacta en catalán y francés, pero el material de trabajo para el alumnado está escrito totalmente en francés.