998 resultados para Derechos civiles y políticos
Resumo:
[spa] Tras largas y complejas negociaciones, la Unión Europea celebró un acuerdo comercial con Colombia en 2010 que ha empezado a aplicarse provisionalmente el 1 de agosto de 2013. El artículo se centra en las relaciones entre Colombia y la Unión y analiza el impacto que dicho acuerdo pueda tener en el marco de las obligaciones de las partes de respetar los derechos humanos universalmente reconocidos, incluyendo derechos sociales y los derechos de los pueblos indígenas. De dicho análisis se deriva que la presencia de cláusulas democráticas o de derechos humanos en el Acuerdo es insuficiente, habida cuenta los antecedentes del SGP+ vigente hasta la entrada en vigor del nuevo acuerdo, mientras que algunos aspectos sustantivos del Acuerdo permiten augurar consecuencias negativas respecto de los sectores sociales más desfavorecidos en la República de Colombia.
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[spa] Tras largas y complejas negociaciones, la Unión Europea celebró un acuerdo comercial con Colombia en 2010 que ha empezado a aplicarse provisionalmente el 1 de agosto de 2013. El artículo se centra en las relaciones entre Colombia y la Unión y analiza el impacto que dicho acuerdo pueda tener en el marco de las obligaciones de las partes de respetar los derechos humanos universalmente reconocidos, incluyendo derechos sociales y los derechos de los pueblos indígenas. De dicho análisis se deriva que la presencia de cláusulas democráticas o de derechos humanos en el Acuerdo es insuficiente, habida cuenta los antecedentes del SGP+ vigente hasta la entrada en vigor del nuevo acuerdo, mientras que algunos aspectos sustantivos del Acuerdo permiten augurar consecuencias negativas respecto de los sectores sociales más desfavorecidos en la República de Colombia.
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La externalización mediante actores privados del uso de la fuerza en conflictos internos e internacionales es un fenómeno creciente que el artículo analiza desde la perspectiva de sus repercusiones en el respeto de las normas internacionales de protección de los derechos humanos y tomando como caso de estudio en conflicto en Irak.
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Tesis (Maestría en Derecho Público) U.A.N.L.
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Este trabajo propone acercarse a la interpretación de las representaciones sociales de los derechos sexuales y reproductivos de la población adolescente y de las instituciones que los garantizan en tres localidades de Bogotá. Mediante una mirada integradora e interdisciplinaria, se realizan pesquisas en el universo simbólico de los adolescentes sobre cómo estos construyen cotidianamente sus comportamientos y prácticas sociales en el campo de la sexualidad y cuál es la respuesta institucional de los sectores educativo y salud que interactúan con ellos. Finalmente se presenta una alternativa de trabajo en el campo de los derechos sexuales y reproductivos para los adolescentes, que se traduce en comunicación educativa. La investigación apoya el trabajo del personal del campo de la salud responsable de los actuales programas de salud sexual y reproductiva, tanto en el campo de la prestación de servicios, como en el aseguramiento. Es una mirada útil para los tomadores de decisiones a nivel local y nacional, pues ofrece al sector educativo elementos de reflexión que ayudan a una búsqueda de encuentros con los adolescentes. Además, brinda a estos jóvenes herramientas de apoyo para su encuentro con los adultos.
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Una de las etapas procesales de mayor importancia en las nuevas acciones populares corresponde a la denominada audiencia especial para pacto de cumplimiento. En apariencia se trata de una audiencia similar a la de conciliación, pero sus antecedentes, interpretación jurisprudencial práctica y judicial, muestran novedosos aspectos que vale la pena conocer e investigar. La audiencia especial para pacto de cumplimiento es, ante todo, la oportunidad para analizar los acuerdos que permitan la protección efectiva de los derechos colectivos y, si es posible, el restablecimiento de las cosas al estado en que se encontraban antes de ser perturbadas. La ventaja de esta audiencia es que en ella se pueden obtener soluciones reales, discutidas entre los intervinientes, con el compromiso respaldado por sus firmas de levar a cabo las medidas convenidas y con el seguimiento de un comité o de una auditor para apoyar al juez en la búsqueda del cumplimiento de los acuerdos plasmados en la sentencia.
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En esta publicación se hace una presentación general de las acciones de grupo, con el objetivo de darle al lector herramientas para comprender cuál es la finalidad de este procedimiento y cuál es la razón por la que fue insertado en nuestro ordenamiento procesal como una herramienta especifica para obtener la reparación de los perjuicios masivos de entidad moderada, los cuales no tenían un medio idóneo para su efectiva reclamación. Debido a lo anterior, se realiza un análisis de las dificultades surgidas a partir de este procedimiento, con ocasión de la aplicación de la Ley 472 de 1998 por parte de la jurisprudencia, derivadas particularmente de haber confundido esta acción con la simple acumulación de pretensiones de más de veinte victimas. Dicho análisis se presenta enmarcado en la perspectiva desde la cual, dentro del estricto contexto legal, estas acciones deberían desarrollarse. En una segunda parte, de carácter más práctico, la obra trata los aspectos procesales propios de la acción de grupo que han generado discusiones o dificultades en su aplicación por la jurisprudencia. El libro permite a estudiantes, abogados y jueces adentrarse en este nuevo procedimiento y advertir las dificultades que encontrarán en su desarrollo.
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Las tradicionales formulaciones del poder político -como “el poder nace del cañón del fusil” y “las minorías organizadas (compuestas por grupos económicos, políticos y tecnócratas) dominan a las mayorías dispersas”- son parcialmente ciertas y forman parte del realismo cínico. El poder social es una posibilidad factible y una fórmula deseable, que tiene dos características básicas a saber: primera, el poder está disperso en la sociedad, en las diversas agrupaciones, que van desde la familia, el vecindario, la comunidad, el sindicato, etc., y segunda, el poder político es una relación de interdependencia, el poder de los gobernantes y de otros grupos con pretensiones de dominación sólo se hace efectivo con el consentimiento o la aquiescencia de la sociedad civil. En este libro se abre una ventana para vislumbrar perspectivas de poder social, un poder público y transparente que evoca escenarios como el ágora y la plaza. El texto contiene propuestas en materia de acción no violenta, insurrecciones no armadas, participación, pedagogía de la no violencia, desobediencias civiles, experiencias de paz, banco de los pobres y negocios sociales.
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Desde su aparición, a comienzos de la década de los años noventa, el concepto de seguridad democrática ha sido objeto de distintos enfoques y diversas políticas. Inicialmente, éste fue considerado por un grupo de intelectuales y políticos que, agrupados en lo que se denominó la Comisión Sudamericana de Pas, concibieron la noción de seguridad democrática regional. En 1995, el mismo sirvió de sustento al Tratado Marco de Seguridad Democrática en Centroamérica. En Colombia, durante los gobiernos de Álvaro Uribe, se ha alimentado la política de defensa y de seguridad. Sin desconocer la capacidad de la seguridad democrática como alternativa a concepciones tradicionales de seguridad, el presente libro tiene como propósito central ofrecer algunos elementos teóricos, políticos y metodológicos que contribuyan a perfilar lo que significa la seguridad democrática y, por supuesto, lo que implica en términos operativos. Estas propuestas surgen en un momento en el que se requieren conceptos de seguridad acordes con los desafíos del nuevo orden internacional y en el que la provisión de la seguridad parece desconocer los valores democráticos más emblemáticos.
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En los juicios, como advierte Ambrose Bierce, la justicia obedece a un ejército de contraste, este es: hacer aparecer a los jueces, abogados y jurados como ángeles, y a los acusados como demonios dignos de los más horrendos suplicios. En los procesos de reconciliación deberíamos transitar por la acera mundana del mutuo reconocimiento de errores, y comprobar que las líneas fronterizas entre victimas y victimarios son demasiado tenues y que la culpa está socialmente distribuida, más aun cuando existen cuantiosos colaboradores y beneficiarios del crimen. En conflictos como el colombiano, con empresas delictivas muy participativas como los mercados negros, la llamada cultura del atajo, y grandes elementos de una guerra civil, deberíamos, todas y todos, reconocer nuestras fallas. Uno de los problemas son, justamente, los umbrales de reconocimiento social y los obstáculos de la memoria y de la emoción, que afortunada o infortunadamente nos impiden avanzar rápidamente hacia el perdón incondicional. La acción política no violenta es un arte y una ciencia, está encaminada a preservar el orden social o transformarlo sin recurrir a la destrucción de la vida y de la naturaleza. Pero nada tiene que ver con visiones románticas e inocentes, como la flor en la punta del fusil o el pacifismo a ultranza. Su esencia radica en suprimir las fuentes de poder del adversario, sin llegar a exterminarle. Su enseñanza elemental es que el poder radica en al voluntad de las personas, en su sentido de dignidad para dejar de desobedecer a actores políticos corruptos, autoritarios, violentos e injustos.
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Desde hace unos quince años aproximadamente, con el fin de la guerra de los carteles de la droga, cuando la guerrilla colombiana empezó a ser perseguida por los grupos paramilitares, la población rural, Prisionada entre un fuego cruzado, empezó a abandonar sus tierras y a emigrar asivamente a las grandes ciudades. Sobre todo, después de que fue declarado el estado de conmoción interior en el gobierno de César Gaviria, cuando se suspenden de forma indefinida los diálogos con la Coordinadora Guerrillera Simón Bolívar, dándole un tratamiento de enemigos militares a quienes no estuvieran en favor del Estado. Se comienza entonces con una escalada beligerante que agrava la situación de derechos humanos en el país, lo que prende las alarmas internacionales en cuanto a la eminente violación del derecho internacional humanitario.
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Con el objetivo de realizar un acercamiento preciso al tema migratorio y de Derechos Humanos y de comprender de manera global la complejidad y variables que intervienen, esta investigación estudiará el caso de Argentina y Bolivia en el periodo de 1997 y 2008, tiempo durante el cual surge la cooperación de actores tanto internos como externos que le dan importancia al control de fenómenos migratorios. Igualmente, se analizará la forma en la que el problema migratorio incide en la violación de los Derechos Humanos, como segunda variable, demostrando que es un problema que afecta las relaciones bilaterales.
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En cuanto que las minorías étnicas son reconocidas constitucionalmente, se encuentra un ambiente propicio para lograr con éxito la necesidad de reconocer a los pueblos indígenas como una cultura diferenciada, razón por la cual, constitucionalmente se otorgó status constitucional a su propio sistema de impartir justicia, es decir, su sistema judicial, al punto que es el artículo 246 de la Constitución Política así lo consagra, siendo de ésta manera como se hizo improrrogable hacer efectivo un mecanismo que permita el funcionamiento armónico de la jurisdicción especial indígena y Sistema Jurídico Nacional. Por ésta razón el presente trabajo investigativo, se desarrollará con base en los resultados arrojados por el proyecto Extensión de la coordinación del Sistema Judicial Nacional (SJN) y la Jurisdicción Especial Indígena (JEI), exponiendo una serie de componentes y elementos jurídicos que pretenden analizar la problemática de coexistencia de culturas jurídicas diferentes, en el marco del Estado Social de Derecho, con base en el pluralismo jurídico, diversidad cultural e interculturalismo.
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Aceptando hipotéticamente que se ha de considerar moralmente a los animales el texto se pregunta por las razones que validan dicha tesis y, además, por los mecanismos a través de los cuales dicha consideración sería efectiva. Frente a estas preguntas se revisarán tres enfoques teóricos que ofrecen respuestas diversas a los interrogantes planteados: el enfoque de los intereses de Peter Singer, la perspectiva de los derechos de Salt y Regan, y la teoría de las capacidades de Martha Nussbaum. No obstante, en el curso de la reconstrucción mencionada el texto evidenciará algunos problemas de estos planteamientos y su alcance a la hora de impulsar la transformación de las prácticas cotidianas de los humanos con los animales ya que carecen de fuerza política para validar y extender nuevas formas de relacionarnos con los animales. El texto sostendrá que una alianza de los mejores elementos de estas tres teorías puede conformar una base sólida para la creación y fundamentación de movimientos sociales y políticos que impulsen la renovación de la relación de los hombres con los animales.
Resumo:
Resumen tomado de la publicación