965 resultados para Consejo administrativo -- Nombramiento


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1. Poder de Ignacio Pabón concedido a Agustín Alarcón para que intervenga por su hijo Fernando Pabón para obtener una de las becas del Colegio Mayor del Rosario destinadas a los naturales de la ciudad de Tunja. 2. Solicitud de Agustín de Alarcón de una beca en el Colegio Mayor del Rosario para Fernando Pabón que fue aprobada y concedida por el rector y el virrey.

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Solicitud y aprobación de una de las becas del Colegio Mayor del Rosario destinadas a los naturales de la ciudad de Tunja a Ignacio Antonio Gutiérrez del Rincón, colegial porcionista.

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Solicitud y concesión de beca en el Colegio Mayor del Rosario para el curso de filosofía a Joaquín Prieto, al haber terminado sus clases de gramática y encontrarse en estado de orfandad.

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Solicitud de una de las becas del Colegio Mayor del Rosario destinadas a los naturales de la ciudad de Pamplona, concedida a Nicolás María Peña.

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Solicitud de Ignacio Londoño y Zapata de una beca disponible en el Colegio Mayor del Rosario destinada a los naturales de Tocaima. Aprobada y concedida por el rector del Colegio y el virrey de la Nueva Granada.

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Solicitud de una beca disponible en el Colegio Mayor del Rosario destinada a los naturales de la ciudad de Pamplona, a favor de Francisco Ramírez Maldonado. Aprobada y concedida por el rector del Colegio y el virrey de la Nueva Granada.

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Solicitud de beca en el Colegio Mayor del Rosario para Agustín Vélez Ladrón de Guevara. La beca fue concedida para que el colegial cursará sus estudios de filosofía al término de los estudios del colegial Antonio González Manrique.

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El presidente de la Real Audiencia Diego del Corro y Carrascal aprueba el nombramiento de Gregorio de Borja y Espeleta como colegial formal en el Colegio Mayor del Rosario, el nombramiento fue efectuado posteriormente por el rector del Colegio Mayor Juan Mosquera de Nuguerol.

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Solicitud de beca de colegial formal para Francisco Javier Echevarría concedida y aprobada por el virrey de la Nueva Granada Pedro Messía de la Cerda.

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Solicitud de una beca formal en el Colegio Mayor del Rosario, que se halla disponible para los naturales de la ciudad de Muzo, por parte de Juan Antonio de Guzmán colegial porcionista. La beca fue aprobada y concedida por el rector del Colegio y por el virrey de la Nueva Granada Pedro Messía de la Cerda.

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Solicitud de una de las becas en el Colegio Mayor del Rosario destinada a los naturales de la ciudad de Ibagué por parte del colegial Rafael de Guzmán. La beca fue concedida y aprobada por el rector del Colegio Mayor y el virrey de la Nueva Granada.

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En materia de control fiscal territorial, se ha evidenciado la urgencia de una reforma en su estructura orgánica como consecuencia de los casos de corrupción que se han presentado en las entidades territoriales, los cuales han generado la intervención de la Contraloría General de la República en asuntos de carácter territorial, a través de una facultad constitucional denominada control fiscal excepcional. Dicha facultad no es ampliamente conocida y genera inquietud, pues no ha recibido un profundo estudio que permita determinar con claridad su carácter de excepcional, ya que en ciertos casos limita la competencia de las contralorías territoriales que puede traducirse en una nueva centralización. Es entonces que se emprende un análisis desde la perspectiva de la estructura del Estado, en el modelo descentralizado de las funciones de la Contraloría General de la República, donde el carácter limitante del control fiscal excepcional puede ser parte de un fenómeno que se denomina “recentralización. Es así que, a través del primer capítulo se desarrollan los conceptos de control fiscal, terminando con el análisis del modelo en la constitución de 1991, en el cual quedó establecido la facultad excepcional objeto de estudio. En el mismo sentido se estudia los pronunciamientos jurisprudenciales, como también los conceptos de descentralización y centralización para entender la finalidad del objeto de análisis, asimismo se revisó los casos relevantes entorno al control fiscal excepcional. Adicionalmente se construye un marco jurisprudencial para identificar la posición dominante de la Corte Constitucional y del Consejo de Estado, respecto al control fiscal excepcional. En la segunda parte del documento, primero se analiza cómo ha sido el proceso de centralización a la descentralización respecto del control fiscal, asimismo se expondrá el concepto de recentralización. Finalmente, se establece cuáles son los retos que se presentan en el fortalecimiento del control fiscal territorial, el papel en la lucha contra la corrupción y cómo se ha planteado desde otras esferas, un cambio del modelo del control fiscal territorial y una propuesta que recoge las apreciaciones estudiadas a lo largo de los cuatro capítulos de la investigación. Sobre la base de las consideraciones anteriores, se pretende dar un punto de vista diferente a la comunidad académica y además un estudio que permita una visión sobre la necesidad de reforzar el control fiscal territorial, como también frenar el retroceso que ha tenido a través del control fiscal excepcional, y de la misma manera la descentralización en Colombia.

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Este trabajo es el resultado del proyecto de investigación financiado por Colciencias y la Universidad del Rosario, que incorporó la Cátedra Viva Intercultural, constituyéndose así un escenario para el intercambio de saberes y constumbres propias de las comunidades étnicas de nuestro país. Un espacio en el que se reconocen afrocolombianos, indígenas, gitanos, y raizales, y se analiza su realidad social y la jurisprudencia que garantiza la efectividad de sus derechos. El presente texto contiene un estudio metodológico para consolidar el proceso de enseñanza de los saberes tradicionales de las comunidades étnicas en el aula universitaria. Es un documento guía para las futuras cátedras étnicas, dirigido a estudiantes, docentes y a entidades gubernamentales y ONG que trabajen por el respeto de la diversidad étnica de Colombia.El presente texto contiene un estudio metodológico para consolidar el proceso de enseñanza de los saberes tradicionales de las comunidades étnicas en el aula universitaria. Es un documento guía para las futuras cátedras étnicas, dirigido a estudiantes, docentes y a entidades gubernamentales y ONG que trabajen por el respeto de la diversidad étnica de Colombia.

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El propósito de la presente investigación es identificar la incidencia que tuvo la participación de la población de Barú en el diseño del modelo de desarrollo sostenible para el área marina protegida del Archipiélago de Nuestra Señora del Rosario y San Bernardo (2013 - 2040), para el cual se empleó la metodología de planeación participativa durante el periodo 2011 - 2013. En un primer momento se analiza la importancia política que tiene la planeación participativa en Colombia, para luego explicar en qué consiste el modelo de desarrollo sostenible y comprender qué problemáticas motivaron su construcción y descubrir por qué era importante la utilización de la planeación participativa como metodología para el diseño del modelo y por último ofrecer la visión de los habitantes de Barú sobre el modelo de desarrollo sostenible y cómo se vieron involucrados en el proceso.

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Los indígenas como sujeto jurídico para el reconocimiento de derechos étnicos han sido definidos desde el paradigma del multiculturalismo liberal, basado en características esencialistas de la identidad, como el vínculo con el territorio ancestral rural, el uso de la lengua nativa, y la organización colectiva y comunitaria. Sin embargo, el conflicto armado colombiano ha generado el desplazamiento forzado de gran parte de esta población i1, en su mayoría hacia áreas urbanas y metropolitanas, donde son inaplicables las características que eran tenidas en cuenta para el reconocimiento y la garantía de sus derechos. La ausencia de un sujeto jurídico étnico que responda a las condiciones de un indígena desterritorializado víctima de desplazamiento forzado a causa del conflicto armado que solicita atención individual, se convierte en un obstáculo para la garantía de sus derechos étnicos en la implementación de la política pública de atención, asistencia y reparación a víctimas del conflicto armado, porque las medidas afirmativas y el enfoque diferencial étnico, obligación del ejecutivo, queda a la discrecionalidad de las decisiones administrativas, poniendo en riesgo la garantía del derecho a la identidad cultural y, por lo tanto, a la diversidad étnica y cultural de la nación.