1000 resultados para Desplazamiento de personas - Aspectos jurídicos


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La Organización Mundial del Comercio es una organización internacional que cumple una doble función. Como lo sugiere su nombre, busca la apertura en materia comercial sirviendo como foro a los Estados, para que estos puedan negociar la eliminación de barreras técnicas y económicas para el comercio. Cuenta también con un Órgano de Solución de Diferencias, fruto de un proceso de casi cinco décadas de ensayos, errores y reformas que son de vital importancia para que los Estados, sin importar su tamaño o la asimetría en temas de desarrollo, puedan participar del comercio mundial en condiciones de igualdad relativa1. Se habla de igualdad relativa y no absoluta, porque la OMC comprende que los países en vías de desarrollo necesitan tiempo, asesoría y recibir inicialmente un trato diferenciado en razón de su condición, para poder entrar a hacer parte de la cadena de comercio internacional. La Organización Mundial del Comercio se basa en la creencia firme de que el comercio internacional abierto conlleva al desarrollo, dado que incentiva la inversión extranjera directa y la expansión de las oportunidades comerciales de los productores y empresarios locales.

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Resumen basado en el de la publicación

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El desplazamiento forzado es uno de los fenómenos más dolorosos y críticos de la historia reciente a nivel mundial e interno. En respuesta a estas circunstancias han emanado de la comunidad internacional y de los Estados afectados diversas normativas y sistemas de atención, todavía en construcción, que pretenden dar respuesta efectiva a las adversas circunstancias de la población que es víctima de este flagelo. El Estado colombiano desafortunadamente no ha sido ajeno a este drama y a partir del año 1995 comenzó a registrar un inmenso número de casos en los que las personas se desplazaban a sus lugares de origen en busca de la protección de sus vidas y de su integridad. La respuesta estatal a esta problemática estuvo dada por la Ley 387 de 1997 y algunos otros instrumentos jurídicos que pretendieron establecer un marco de acción y un direccionamiento de la política pública interna que brindara un adecuado tratamiento a la población desplazada. A pesar de la existencia de la reglamentación, con el paso del tiempo el problema se agudiza, las expectativas de atención a las víctimas se incrementan y son cada vez mayores las demandas sociales de personas en estas circunstancias que pretenden hacer exigibles sus derechos. Con esta crítica situación la Corte Constitucional declara el estado de cosas inconstitucional y fija unos plazos específicos de cumplimiento por parte de los entes que conforman el sistema nacional de atención a la población desplazada, buscando un redireccionamiento de los sistemas de atención y política pública en la materia desde un perspectiva integral de derechos humanos. El presente trabajo pretende realizar una exhaustiva mirada a la respuesta estatal y jurisprudencial, la coordinación y planificación del sistema, presentar las condiciones de los grupos vulnerables y evidenciar el rol de la capital de la república, como principal receptora de quienes se desplazan de sus asentamientos.El Estado colombiano desafortunadamente no ha sido ajeno a este drama y a partir del año 1995 comenzó a registrar un inmenso número de casos en los que las personas se desplazaban a sus lugares de origen en busca de la protección de sus vidas y de su integridad. La respuesta estatal a esta problemática estuvo dada por la Ley 387 de 1997 y algunos otros instrumentos jurídicos que pretendieron establecer un marco de acción y un direccionamiento de la política pública interna que brindara un adecuado tratamiento a la población desplazada. A pesar de la existencia de la reglamentación, con el paso del tiempo el problema se agudiza, las expectativas de atención a las víctimas se incrementan y son cada vez mayores las demandas sociales de personas en estas circunstancias que pretenden hacer exigibles sus derechos. Con esta crítica situación la Corte Constitucional declara el estado de cosas inconstitucional y fija unos plazos específicos de cumplimiento por parte de los entes que conforman el sistema nacional de atención a la población desplazada, buscando un redireccionamiento de los sistemas de atención y política pública en la materia desde un perspectiva integral de derechos humanos. El presente trabajo pretende realizar una exhaustiva mirada a la respuesta estatal y jurisprudencial, la coordinación y planificación del sistema, presentar las condiciones de los grupos vulnerables y evidenciar el rol de la capital de la república, como principal receptora de quienes se desplazan de sus asentamientos.A pesar de la existencia de la reglamentación, con el paso del tiempo el problema se agudiza, las expectativas de atención a las víctimas se incrementan y son cada vez mayores las demandas sociales de personas en estas circunstancias que pretenden hacer exigibles sus derechos. Con esta crítica situación la Corte Constitucional declara el estado de cosas inconstitucional y fija unos plazos específicos de cumplimiento por parte de los entes que conforman el sistema nacional de atención a la población desplazada, buscando un redireccionamiento de los sistemas de atención y política pública en la materia desde un perspectiva integral de derechos humanos. El presente trabajo pretende realizar una exhaustiva mirada a la respuesta estatal y jurisprudencial, la coordinación y planificación del sistema, presentar las condiciones de los grupos vulnerables y evidenciar el rol de la capital de la república, como principal receptora de quienes se desplazan de sus asentamientos.El presente trabajo pretende realizar una exhaustiva mirada a la respuesta estatal y jurisprudencial, la coordinación y planificación del sistema, presentar las condiciones de los grupos vulnerables y evidenciar el rol de la capital de la república, como principal receptora de quienes se desplazan de sus asentamientos.

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Este libro presenta un balance del primer decenio de la ley de acciones populares y de grupo en Colombia, elaborado por el Grupo de Investigación en Derechos Humanos de la Universidad del Rosario, con el apoyo de la Defensoría del Pueblo y la Corporación Excelencia en la Justicia. El Diagnóstico realizado con una metodología cuantitativa y cualitativa, presenta aspectos significativos de la aplicación de la Ley 472 de 1998 a fin de formular propuestas, elevar los niveles de protección de los derechos colectivos, perfeccionar y fortalecer estas acciones constitucionales de interés público y plantear una agenda futura de investigaciones en la materia. El texto contiene artículos y ponencias presentados por reconocidos conferencistas nacionales e internacionales que participaron en el Seminario Internacional Las acciones populares y de grupo. Balance de los diez años de la Ley 472 de 1998. Diagnósticos, retos y perspectivas realizado los días 16, 27 y 28 de agosto de 2008. Las ponencias fueron organizadas en páneles: balance del constituyente, del legislador, de los operadores judiciales, del ministerio público y finalmente, avances en la garantía de los derechos colectivos y retos de las acciones de grupo.

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Conocer los aspectos psico-sociales del Sida en Cataluña. Valorar qué se está haciendo sobre el tema, constatar qué falta y sugerir qué se tendría o convendría hacer. 130 personas del ámbito socio-sanitario de un total de 53 centros o entidades de Cataluña. El informe consta de tres partes. En la primera se presentan unos principios básicos que constituyen el marco ideológico de la investigación hecha en Cataluña. En la segunda, se expone la metodología del estudio realizado con cada una de las etapas seguidas. En la tercera, se compila lo que han manifestado las personas entrevistadas. Seguidamente expone las conclusiones y recomendaciones. Estudio de campo. La Administración Pública de Cataluña tendría que conocer realmente el número de personas enfermas de Sida y de seropositivos, así como su situación médica, psicológica y social. No se puede continuar sin mecanismos institucionales para detectar las necesidades existentes en el campo del Sida y las soluciones que se dan en la actualidad y sin acoger las demandas que se hacen y los sugerimientos de diversas personas y entidades. A la vez, se tendría que realizar un estudio de previsión de la evolución del Sida en Cataluña, de sus implicaciones asistenciales y sus gastos aproximados.

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Impulsar un modelo de educación de personas adultas que confíe en las personas y aspire a mejorar la sociedad. Exponer las teorías de Habermas y Freire como pilares fundamentales de esta tesis. Fundamentar teóricamente una perspectiva emancipadora de la educación de personas adultas basada en el diálogo y la solidaridad. Lectura de la obra de Habermas, Giddens, Beck y Bruner a partir de fuentes primarias y las investigaciones más recientes elaboradas desde el Centre de Recerca d'Educación de Persones Adultes de la Universitat de Barcelona (CREA). La autora divide la tesis en cuatro partes: En la primera se ve como la teoría de la acción comunicativa de Habermas ayuda a superar todos aquellos planteamientos que han limitado su visión de la sociedad a la función y al poder de las instituciones o las estructuras sociales. En la segunda se analiza cómo la perspectiva liberadora de la educación de Freire ofrece la posibilidad de profundizar en algunos aspectos clave para el desarrollo de este modelo. En la tercera parte se analizan las características de la sociedad actual, y en la última parte se plantea un modelo de educación de personas adultas que pretende contribuir al proceso de radicalización de la democracia. La educación ha de organizarse a partir de las características del contexto sociocultural de los participantes y de las competencias que han desarrollado para ser funcionalmente competentes. La educación se ha de apoyar en el universo lingüístico de los participantes sin menospreciar su lenguaje y sin renunciar, por eso, a que dominen el mayor número de códigos posibles. El modelo comunicativo se apoya en la confianza en los sujetos que aprenden y en el diálogo como fuente de aprendizaje y motor de iniciativas sociales de cambio.

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Demostrar que participar en un curso educativo para el crecimiento personal o mejora de sí mismo beneficia al sujeto o grupo participante. Aplicar el programa educativo SDACC. Crear un cuestionario que mida el grado de crecimiento personal y coherencia del grupo. Grupo control: 12 sujetos. Grupo clase de l'Escola de l'Esplai de Barcelona, durante el curso 1990-1991: 12 sujetos (7 mujeres y 5 hombres). Desarrolla una historia de la vejez y las implicaciones educativas con los ancianos actuales. Analiza el estudio teórico de la vejez a lo largo del tiempo y la educación para el crecimento personal. Lleva a cabo la investigación siguiendo el programa del curso. Cuestionario ad hoc, llamado SDACC (Salud, Dinero, Amor, Comunicación y Crecimiento). Estadística: análisis de varianza, F. de Snedecor. El curso ha sido provechoso en los cuatro aspectos temáticos estudiados mediante el cuestionario: dinero, amor, comunicación y crecimiento. Después del programa impartido, el grado de madurez de los sujetos ha aumentado significativamente. El cuestionario SDACC ha sido validado aceptablemente. Aparece una mayor coherencia entre los procesos de pensamiento y los sentimientos del grupo. Los sujetos tienen un comportamiento mejor y un sentido unitario de sus vidas, moviéndose en un estado de tensión, reestructurándose y facilitando su autorrealización.

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deo acompañado de dos documentos

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Resumen tomado de la publicación. El artículo recoge el texto de la comunicación del autor presentada en las Jornadas organizadas por la ONCE en abril de 2003

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Resumen tomado de la publicación

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Se desarrolla un proyecto de innovación educativa que pretende sensibilizar al alumnado hacia comportamientos correctos en los espacios comunes: en la calle, en los parques, o en las carreteras. Pretende desarrollar hábitos de comportamiento correcto en relación con los desplazamientos a pie, en los desplazamientos en vehículos y en los desplazamientos colectivos. Se trata de aprender a valorar el riesgo que supone para uno mismo y para los demás el uso inadecuado de los espacios comunes y el incumplimiento de las normas en los desplazamientos. El proyecto trata de conocer las señalizaciones relacionadas con el tráfico y la circulación en general y valorar la importancia de respetar esas normas de seguridad y señales. Se trata de tomar conciencia de las dificultades de desplazamiento que se presentan a personas con discapacidad, transitoria o permanente, y de las barreras que creamos para esas mismas personas, contribuyendo a una sensibilización hacia comportamientos correctos en el seno de la familia. La experiencia se ha llevado a cabo en todos los niveles de Infantil y Primaria. El proyecto ha incidido en muchas familias, a pesar de su escasa asistencia a la charla organizada para ellas y ha tenido repercusión también en el barrio, al participar la Policía de Barrio en el desarrollo de algunas actividades. En la etapa de Educación Infantil se ha desarrollado programación de dos unidades didácticas que han servido para realizar actividades de grupo e individuales, y para Educación Primaria se ha creado un cuaderno de trabajo adaptado a cada nivel. El proyecto de innovación ha destacado con resultados favorables: la verbalización de conductas positivas y negativas en los comportamientos propios y en el seno de la familia relacionadas con los desplazamientos en la calle, en el coche familiar; la reflexión sobre algunos aspectos que habitualmente mantenemos inconscientes, tales como las consecuencias de los accidentes y las dificultades que sufren las personas con alguna discapacidad; la estimulación de actitudes de respeto a las normas de tráfico, tratando de desarraigar hábitos peligrosos en los desplazamientos.