999 resultados para PRINCIPIO DE OPORTUNIDAD
Resumo:
Resumen basado en el de la publicaci??n
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Resumen basado en el de la publicaci??n
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El arteterapia es un acompañamiento (Klein 2006, 2008; López Fdez. Cao, 2009), a través de sus producciones artísticas, de personas que sufren en mayor o menor medida ya sea psicológica, física o socialmente. El arteterapia busca permitir a esas personas el recrearse a sí mismas, construirse de nuevo por medio de un recorrido simbólico que va de creación en creación. Su objetivo es facilitar y hacer posible un cambio significativo y permanente en el sujeto ante un desequilibrio humano. Dice el catedrático en psiquiatría Dr. José Guimón (2004) “que la pintura encierra un gran valor homeostático. "Homeostasis" significa "equilibrio", y la pintura es, a mi juicio, un poderoso guardador de la homeostasis”
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L'article és una reflexió sobre els requisits de formació dels professionals que demana la societat del coneixement. Un dels objectius més importants que ha de tenir la universitat en la societat del coneixement és la formació de professionals competents que tinguin prou eines intel·lectuals per a enfrontar-se a la incertesa de la informació, a la consciència que aquesta té una data de caducitat a curt termini i a l'ansietat que això provoca. Però, a més, també han de ser capaços de definir i crear les eines de treball amb què donaran sentit i eficàcia a aquest coneixement mudable i mutant. Per això, l'espai europeu d'ensenyament superior prioritza la competència transversal del treball col·laboratiu amb l'objectiu de promoure un aprenentatge autònom, compromès i adaptat a les noves necessitats de l'empresa del segle xxi. En aquest context, es presenta l'entorn teòric que fonamenta el treball desenvolupat a la plataforma informàtica ACME, que uneix el treball col·laboratiu i l'aprenentatge semipresencial o blended learning. Així mateix, es descriuen amb detall alguns exemples de wikis, paradigma del treball col·laboratiu, fets en assignatures impartides per la Universitat de Girona en l'espai virtual ACME
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Los SIG permiten al alumnado la inmersión en situaciones reales y lo sitúa como agente crítico delante de la realidad. Se le plantean problemas reales a los que debe buscar soluciones o escenarios. De esta manera la enseñanza con los SIG permite formar individuos capaces de resolver problemas espaciales
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La implantación del Espacio Europeo de Educación Superior y las diferencias existentes entre la Educación Secundaria Obligatoria y los Grados Universitarios, hacen necesaria la labor de los sistemas de tutorización. Durante el curso 2009-2010 en la Facultad de Farmacia de la Universidad de Granada, se llevó a cabo un Programa de Tutoría Entre Iguales, en el que alumnos de primer curso son tutorizados por alumnos de último curso o de doctorado. Como alumnos de doctorado, esta oportunidad, nos ha posibilitado el desarrollo de competencias que serán posteriormente requeridas en nuestra labor como docentes
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Presentació sobre la implementació de Software Lliure en empreses tant privades com públiques
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Esta investigación busca dar cuenta del estado de cumplimiento del derecho a la educación a partir del principio de igualdad y no discriminación de los niños y niñas colombianos/as en condición de refugio en Ecuador. El derecho a la educación posibilita la disminución de las brechas sociales a partir del cumplimiento de las obligaciones de asequibilidad, accesibilidad, adaptabilidad y aceptabilidad del Estado, implica el principio de igualdad y no discriminación durante todo el proceso educativo. Colombia sufre un conflicto armado de más de 50 años, que ha provocado el desplazamiento de muchas personas. A partir del año 2000 se presenta una afluencia masiva de personas colombianas en situación de refugio al Ecuador. El marco normativo nacional e internacional en materia del derecho a la educación de los niños y niñas en situación de refugio, ratificado por Ecuador, es amplio y ofrece un marco importante para la realización de este derecho. Sin embargo, las condiciones sociales y políticas de Ecuador, el aumento de la discriminación, el desconocimiento de los derechos, entro otros factores, dificultan la realización de este derecho. Las políticas públicas desde el enfoque de derechos humanos implican el cumplimiento de las obligaciones estatales y la participación de la población, sobretodo de aquella más vulnerada en sus derechos, en la definición de los problemas públicos y en el diseño, ejecución y evaluación de las políticas públicas. La adopción de acciones positivas es necesaria para el logro de condiciones de igualdad de oportunidades en el acceso de niños y niñas colombianos/as en situación de refugio. La atención psicosocial brinda posibilidades para subsanar las secuelas del conflicto armado y la situación de desplazamiento y refugio en niños y niñas y además contribuye a la reconstrucción del tejido social que fortalece a las comunidades en la participación política.
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Se orienta a establecer si los poderes públicos cumplen con el principio constitucional de motivación consagrado en el Art. 76, numeral 7, letra e) de la Constitución de la República, que consagra que las resoluciones de los poderes públicos deben ser motivadas. Por otra parte, se ahonda en el propósito de que el Estado Ecuatoriano a través de los diferentes órganos del poder estatal cumpla con el precepto constitucional de la seguridad jurídica, respetando y haciendo respetar el debido proceso, previsto en el Art. 82 de la Carta Magna. También contiene un muestreo de las resoluciones dictadas por las diferentes Salas de la ex-Corte Suprema de Justicia y que guardan relación tanto con el principio de motivación, como con el debido proceso y que es materia del presente estudio.
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Las resoluciones judiciales pueden contener vicios que las afecten en cuanto al objeto del proceso; esto sucede cuando los jueces resuelven de manera defectuosa o excesiva la causa, en relación con las pretensiones formuladas por los justiciables. Por ello, es importante analizar el principio de congruencia, sus manifestaciones, sus vicios y la forma en que pueden impugnarse tales vicios, dentro del marco que ha establecido la nueva Constitución ecuatoriana. En tal virtud, la investigación se centra, en su primer capítulo, en el estudio del debido proceso y el derecho a la defensa, así como del principio dispositivo. El capítulo segundo se dedica, en su primera parte, al análisis del principio de congruencia; así, se consigna su definición doctrinaria y jurisprudencial, se determina su naturaleza jurídica, se revisan los vicios de incongruencia (ultra petita, citra petita y extra petita), y los remedios procesales a los que pueden acudir los justiciables para impugnarlos. Una segunda parte del capítulo se consagra a las actuaciones oficiosas del juez y su relación con el principio de congruencia; dichas actuaciones son: la resolución de peticiones implícitas, el análisis de los presupuestos procesales, la consideración de excepciones no alegadas y las diligencias para mejor proveer. Con ello se obtiene una visión global y completa del principio de congruencia. Finalmente, en el capítulo tercero se realiza una diferenciación entre la congruencia y la motivación de las resoluciones judiciales, y se establecen también cuáles son sus coincidencias, lo que se complementa, además, con el análisis de dos causales de la Ley de Casación ecuatoriana.
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La presente tesis tiene como propósito analizar la vigencia de un principio contractual de suma importancia como lo es el principio de la autonomía de la voluntad, el cual ha pasado por diversas etapas de evolución. Este principio es fundamental puesto que no solamente se manifiesta en la contratación, sino que constituye un pilar esencial de todo el ordenamiento social, pero sobre todo, responde de manera idónea a las tendencias de la economía actual. Por lo anterior, este trabajo busca exaltar la correspondencia existente entre la autonomía de la voluntad, como principio general, y la libertad contractual, manifestación del primero en el ámbito jurídico, y el comercio actual. Se parte así con un esbozo de las características más importantes que presenta el comercio en la actualidad, cuyo principal rasgo es su internacionalización y complejidad, dada la globalización ineludible. Posteriormente, se expone lo que significa el principio de la autonomía de la voluntad como principio general y se describe su desarrollo en el ámbito jurídico (libertad contractual), exaltando las limitaciones tradicionales de las que ha sido y es objeto. Esta somera descripción de lo que en esencia guarda dicho principio tiene como finalidad exaltar la correspondencia entre este principio y el modelo económico imperante en el mundo, constituyéndose en el fundamento que le ha permitido desarrollarse al orden económico. Finalmente, se analiza la aplicación del principio en mención en el comercio internacional. La autonomía de la voluntad como fundamento económico ha jugado un rol muy importante en el desarrollo del comercio internacional. Con sus postulados y las facultades que otorga a los sujetos, ha permitido que el Derecho se adapte a las nuevas formas que el comercio ha adoptado con los cambios del contexto internacional. Sin este principio no habría sido posible responder a los nuevos desafíos que presenta la complejidad del mundo y sus múltiples interrelaciones. En la parte final de este trabajo, se exaltarán los beneficios de la aplicación del principio de la autonomía de la voluntad en el comercio internacional, pero asimismo, se expondrán las consecuencias negativas, para el mismo comercio, que provoca su aplicación extrema. Dichos aspectos negativos se relacionan con los mismos problemas por los cuales en el pasado se promovía el desconocimiento del principio en mención: el desequilibrio de las partes; no obstante, en el ámbito internacional, esa realidad se torna aún más compleja por el contexto en el cual se desarrolla. Por esto, es esencial que se trabaje a nivel internacional conjuntamente entre Estados y actores privados a fin de, consensualmente, definir formas contractuales que beneficien a todas las partes, que se evite la desigualdad negocial y se prevenga la inequidad de derechos en general, tendencias que siempre han estado presentes y que el Derecho ha tenido y tiene el papel de prevenir.
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A partir de la reforma y codificación constitucional de 1998, realizado por la autoproclamada Asamblea Nacional Constituyente de 1997, se introdujo el principio de competencia en la Constitución ecuatoriana, determinando así la regulación de ciertas materias por ley orgánica, ciertas por ley ordinaria y ciertas por actos normativos con categoría normativa inferior a la ley. El mencionado principio de competencia tiene relevancia desde que ya no se aplica a rajatabla el principio de jerarquía que hasta antes de dicha codificación se utilizaba con mucha frecuencia cuando existían problemas de contradicciones normativas, ya que las normas jurídicas en general estaban perfectamente jerarquizadas, sin dar pábulo a confusiones sobre la aplicación de las normas. Evidentemente la Constitución ecuatoriana no determina expresamente la aplicación del principio de competencia, es más, en el artículo 272 de la Constitución se trata de jerarquizar el ámbito normativo, pero sucede que esto no es así, ya que no se puede interpretar la Constitución de manera absoluta y en contra de si misma. Es por lo dicho que en derecho constitucional existen mecanismos y métodos propios de interpretación constitucional como es el método tópico que en suma nos dice que a la constitución hay que interpretarla en función de los principios de unidad de la Constitución, concordancia práctica, corrección funcional, función integradora y fuerza normativa de la Constitución, que se explicarán ampliamente en el desarrollo de la tesis y mediante el cual llegaremos a la conclusión que la Constitución ecuatoriana determina claramente el principio de competencia. Es debido precisamente a este problema de interpretación de la Constitución, que en los actuales momentos, con este nuevo principio introducido en la constitución ecuatoriana, ha llevado a que el Congreso Nacional trate de regular mediante ley (sea esta orgánica u ordinaria) materias que la constitución ha asignado a otros órganos del Estado, lo que se traduce en una evidente arbitrariedad por parte del legislativo sobre potestades que la Constitución no le ha asignado, contrariando así el principio de legalidad consagrado en el artículo 119 de la Constitución que determina: “Las instituciones del Estado, sus organismos y dependencias y lo funcionarios públicos no podrá ejercer otras atribuciones que las consignadas en la Constitución y la ley...”. La importancia de este tema desde el punto de vista académico es interesante desde que la aplicación del principio de competencia no es una invención ecuatoriana, es así que este principio de origen francés con la V República de 1958 es tomado en sistemas como el español, el chileno, el colombiano entre otros ya han determinado claramente la aplicación de este principio por sobre el principio clásico de jerarquía, determinando en su jurisprudencia que la creación y aplicación de la norma se la realiza en virtud de las competencias que la Constitución de cada país ha determinado a los órganos del poder público respectivos. Por último, la importancia social de este tema es evidente ya que el Congreso Nacional ecuatoriano utilizando un concepto ya superado, como es el de que la soberanía radica en ellos, pretende arbitrariamente regular materias que no le competen, provocando así una confusión en los operadores de la norma, como son la administración pública, los jueces y los administrados, utilizando el criterio de que una ley y mejor aun que una ley orgánica se aplica por sobre el resto del ordenamiento jurídico inferior en aplicación del principio de jerarquía y no del principio de competencia vigente a partir de la codificación y reforma constitucional de 1998.
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En este trabajo se investigan los usos que los operadores jurídicos ecuatorianos hacen del llamado principio de legalidad administrativa, para, luego de una confrontación con los presupuestos teóricos que lo fundamentan y de la evaluación de su correspondencia, plantear las reformulaciones teóricas pertinentes.
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La educación en nuestro país, después de largos años de deterioro, se encuentra atravesando por una etapa de cambios, entre los que se encuentra el proceso de renovación de las autoridades educativas, proceso que fuera establecido en el Decreto Ejecutivo No. 708 de 5 de noviembre de 2007, mediante el cual se efectúan reformas al Reglamento a la Ley de Carrera Docente, disponiéndose que en aplicación del principio constitucional de la alternabilidad, el período de permanencia en los cargos directivos de establecimientos educativos públicos, será de 4 años, pudiendo ser reelegidos por un período más. En la normativa anterior nada se decía al respecto, razón por la cual quienes se encontraban en ese momento desempeñando las funciones de rector, vicerrector, inspector general, directores de escuelas, interpusieron los recursos de los que se creían asistidos, para defender sus derechos supuestamente conculcados, como por ejemplo su derecho a la estabilidad. Esto ha motivado mi interés por desarrollar el presente tema de investigación, y en su proceso pretendo establecer las ventajas y desventajas de dichas reformas. A mi juicio la alternabilidad debe darse y aplicarse no solo para los cargos directivos de establecimientos educativos sino en todas las áreas del sector público, para evitar el abuso de poder y renovar el liderazgo, dando relevancia al surgimiento y oportunidad de nuevos profesionales, cuatro años son suficientes para que un profesional demuestre su capacidad.
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La educación es el proceso por el cual las sociedades humanas a lo largo de la historia han perpetuado sus saberes, costumbres, hábitos, normas, etc., es decir, ha existido educación siempre que han existido sociedades humanas, por lo tanto, habría diferentes formas de “educar”, teniendo en cuenta la diversidad de sociedades humanas que han existido a través de la historia y las que permanecen en la actualidad. La complejidad del proceso educativo no está aislada de las situaciones históricas, sociales, culturales, económicas y políticas en los que se enmarca, es decir, la educación como fenómeno social está vinculada a las realidades específicas de quienes la dinamizan y las particularidades de los contextos en los que tiene lugar el acto educativo.