1000 resultados para política económica intensidad del carbono


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Este artículo se centra en la identificación y análisis de los agentes específicos involucrados en el proceso de internacionalización económica de México a partir de analizar su penetración e impacto en el aparato de Estado. Ponderaremos su influencia en el diseño e implementación de la política del país, en el área económica y ecológica.Se revisan casos documentalmente específicos, dando cuenta de las operaciones desplegadas en México, con su peculiar manejo lingüístico y modus operandi del Grupo del Banco Mundial, así como otros actores que trabajan de manera coordinada con el último: el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) y el Global Environmental Facility (GEF). Tarea que se realizará en el marco de las continuidades y discontinuidades históricas observables en la esfera de la economía internacional, identificando las distintas formas en que se materializan los procesos de ordenación y subordinación en estos rubros.

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El impulso de un estilo de desarrollo alternativo requiere la superación de la tradicional dicotomía de las políticas públicas en los campos económico y social a efectos de armonizar el crecimiento económico, la integración social y la convivencia democrática.En este capítulo se exploran las vinculaciones de la política social con los logros sociales alcanzados por el país en materia de desarrollo humano en el mediano y largo plazo, así como los retos y propósitos de la construcción de una política social en diálogo abierto con la política económica, todo ello en el contexto contemporáneo de la transformación del estilo de desarrollo costarricense. Su premisa es que el diálogo entre la política social y la política económica deviene en condición necesaria de los procesos de promoción del desarrollo sostenible y de construcción de la ciudadanía y, por ende, de una nueva ética del desarrollo.

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De 1800 a 1808, diferentes comerciantes y funcionarios reales en Cartagena de Indias solicitaron la ejecución de una política económica que les permitiera sobrevenir los bloqueos portuarios generados por las guerras que España libró en aquellos años: el comercio neutral. Al tomar la historia de las discusiones alrededor de esta política comercial como una puerta de entrada a la reflexión sobre economía política en el Nuevo Reino de Granada, este artículo busca explorar los fundamentos teóricos del comercio neutral. Tres momentos de la discusión sobre la medida se ponen de relieve en el artículo: 1800, 1805 y 1808. En cada uno de ellos, defensores y opositores del comercio neutral argumentaron a favor y en contra sustentados en dos premisas fundamentales. Primera, la observación de la aplicación de políticas económicas en territorios vecinos era un método válido para analizar su pertinencia y, segunda, un comercio activo era inexcusable para alcanzar la “felicidad pública” del reino. Estas dos premisas y su finalidad pragmática señalan el sincretismo ideológico que informó los fundamentos teóricos del reformismo borbónico, del cual emergió el comercio neutral. Este artículo propone una respuesta a la pregunta sobre la naturaleza de la reflexión económica novogranadina al situarla dentro de su intención práctica, esto es, la formulación y evalución de políticas económicas, y al sugerir que dentro de estos límites pragmáticos se encuentran nuevas voces, nuevos documentos y una nueva propuesta historiográfica sobre la economía política en el Nuevo Reino de Granada.

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El presente trabajo tiene por objetivo analizar la evolución presentada por la rentabilidad industrial y financiera bajo el actual esquema de desarrollo de economía abierta y liberalización de mercados que ha sido implementado en Colombia a partir de 1990.

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El tema de este texto es la elusión constitucional. Esta es una forma de manipulación constitucional que consiste en adoptar un texto normativo concreto (usualmente un decreto reglamentario o cualquier otra clase de decreto administrativo, un acto legislativo o un acuerdo simplificado) y usarlo de modo tal, que se contengan dentro de él enunciados que logran escapar al control constitucional. El asunto consiste en hacer una mímesis o "camuflaje": se expide una norma con nombre de decreto administrativo, usualmente un decreto reglamentario (esa su apariencia o "camuflaje") y se le dan contenidos con reserva de ley. De esta manera se logran varios efectos perversos: se usurpan las reservas legales (que son verdaderas garantías para el ciudadano); se suprime el debate democrático a la vez que se diluye la división de poderes, para dejarlo todo en la voluntad del presidente; y se evita el control constitucional, pues al usarse el "camuflaje" de un decreto de contenido administrativo, la competencia para su "control" pasa al Consejo de Estado, que como se sabe, es un órgano judicial que se comporta con frecuencia como cumpliendo funciones notariales al presidente.

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Este trabajo propone un marco de trabajo para una política económica regional en Colombia. Se estudian las características regionales y se muestra que las disparidades regionales son significativas y persistentes a lo largo del tiempo. Por ello, se hace necesario llevar a cabo una política económica que promueva el desarrollo de las regiones más pobres del país. Este estudio aprovecha lecciones de otros casos de política económica regional y propone un marco de trabajo basado en una iniciativa de política regional que actualmente se está implementando en Brasil.

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El desempleo es uno de los problemas más graves de las economías occidentales. Se analiza, en particular, el desempleo juvenil dentro del contexto socioeconómico global. Las mutaciones estructurales y tecnológicas, los cambios en la producción y organización del trabajo y la evolución demográfica, contribuyen a configurar esta situación. La política educativa puede ayudar a mejorar la situación inicial del individuo en el mercado de trabajo. Así, las reformas en la enseñanza y en la formación profesional en el marco escolar contribuyen a evitar aquella parte del paro que es consecuencia de una preparación inadecuada. Los países industrializados occidentales desarrollan medidas que forman parte de programas generales por la restauración del pleno empleo y, otras específicas relativas al desempleo juvenil. El esfuerzo de los gobiernos de los países de la CEE ha servido para disminuir el paro juvenil, sin embargo, las políticas diseñadas a corto plazo presentan el peligro de no cubrir todo el período de recesión que atraviesan las economías europeas. De ahí, la necesidad de adaptar la política económica general a la lucha contra en paro a largo plazo. La solución al problema del desempleo juvenil debe buscarse bajo una perspectiva global, donde se vinculen estructuralmente la política económica, la del empleo y las políticas educativas.

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Presentación de un trabajo de análisis sobre la reforma de la enseñanza en Francia en un contexto de expansión económica. El trabajo recoge extractos del Informe del Comité Rueff-Armand, presentado al Gobierno francés en septiembre de 1961. Para remediar las insuficiencias de la información y de las actuaciones que repercuten desfavorablemente en la vida económica de Francia, el Informe del Comité Rueff-Armand menciona los extremos siguientes: es importante que los jóvenes, en todos los grados de la enseñanza, sean iniciados en los aspectos fundamentales de la vida económica y social y en su evolución. Por tanto es indispensable que las enseñanzas que reciban les lleven a tomar conciencia tanto de los gravea problemas franceses del momento y del porvenir como de la extensión del horizonte político, económico y social, característico de nuestra época. Por otro lado se destaca la necesidad de poner en marcha medidas excepcionales para remediar la falta de maestros y de profesores y para preparar un mayor número de jóvenes en la investigación. Al mismo tiempo deben utilizarse métodos de enseñanza más eficaces Para concluir se destaca que el coste financiero de una extensa acción de promoción social sería ampliamente amortizado por las ventajas que de ella se deducirían en los planos material y humano.

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Las Zonas Francas son áreas de territorio nacional delimitado y autorizado por el Presidente de la República mediante decreto, sujetos a regímenes de carácter especial determinados por Ley, en temas de comercio exterior, aduanera, tributaria, financiera, de capital y laboral, existiendo varios tipos de zonas como las comerciales, industriales, de servicios, turísticas y especiales, estas zonas tienen como ventaja de atraer inversiones, crear empleos y generar ingresos con divisas extranjeras promoviendo las inversiones extranjeras, esperando también inversiones extranjeras directas en temas de transferencia de tecnologías. Las Zonas Francas en el Ecuador estuvieron vigentes hasta el año 2010, regida por la Ley de Zonas Francas, aprobada por el ex Presidente Rodrigo Borja y publicada en 1991, siendo estas cambiadas en diciembre del 2010 reformándolas a Zonas Especiales de Desarrollo Económico. (ZEDES), las zonas francas tenían una estructura basada en administraciones reguladas por el Consejo Nacional de Zonas Francas (COZANOFRA), además estas deberían ubicarse en zonas o áreas deprimidas del país, para impulsar su desarrollo. En la actualidad con el nuevo Código de la Producción existen la Zonas Especiales de Desarrollo Económico, en la que prevalece el aprovechamiento de recursos naturales para la expansión productiva y la generación de empleo, con fines desconcentradores, caracterizado por ser un instrumento para impulsar la economía a corto plazo de estas áreas, así Las ZEDES serán destinos aduaneros donde se buscará desarrollar las actividades de logística, transferencia de tecnología y diversificación de exportaciones cuya autorización es por un plazo de 20 años prorrogables una vez cumplidas las respectivas evaluaciones, estas no son un instrumento de ventaja comparativa sino que potencia las ya existentes.

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La vinculación entre los derechos humanos y la tributación ha evidenciando una nueva perspectiva respecto de este principio constitucional. De modo que, hoy en día, la igualdad fiscal no puede ser apreciada materialmente desde la sola perspectiva de la generalidad, sino que supone un juicio integrado visto desde la interdependencia de los principios de generalidad, capacidad contributiva y no confiscatoriedad. La capacidad contributiva es el eje sobre el cual se construyen tratos tributarios diferenciados legítimos, que garantizan un tratamiento igual para los iguales y uno desigual para los desiguales, en mérito a su desigualdad – precisamente – en su capacidad para contribuir. De esto trata el primer capítulo del presente trabajo de investigación; y, en uno de los títulos del segundo capítulo se propone, en definitiva, como consecuencia de lo dicho, como un principio tributario propiamente, el de no discriminación fiscal como la manifestación de la igualdad jurídica en esta materia. Ahora bien, la apreciación que antecede está relacionada directamente con el fin esencial de los tributos: recaudar dinero suficiente para el sostenimiento del gasto público; sin embargo, existen también tributos en los que prevalecen los fines extra-fiscales, es decir, aquellos ligados a la promoción o a la inhibición de determinados actos o hechos económicos, en cuyo caso, los principios que matizan la igualdad jurídica en el régimen tributario no son ya los mismos, pues, bajo la perspectiva de la política tributaria, son legítimos los tratos tributarios diferenciados fundados en una razón suficiente, sin que ésta trate ya de la capacidad contributiva. En el segundo capítulo se hace una reseña de este particular y se propone que en dichas condiciones, deben considerase nuevos límites materiales que garanticen la igualdad jurídica en los tributos finalistas (no recaudatorios). A dicho efecto realizó un breve análisis de los posibles supuestos de desigualdad que promueven ciertas normas dictadas recientemente: (1) la potestad de los Gobiernos Autónomos Descentralizados Municipales en Ecuador para reducir el valor de los tributos impuestos por ley por motivo del cumplimiento de ciertos fines de orden económico, (2) los incentivos tributarios de las Zonas Especiales de Desarrollo Económico, y (3) la exclusión del Régimen Impositivo Simplificado Ecuatoriano a quienes se dedican a la actividad del libre ejercicio profesional que requiera título terminal universitario. En tal virtud, finalmente, propongo como límites materiales que garantizan la igualdad en las figuras tributarias utilizadas como herramientas de política fiscal los principios de razonabilidad, el de equidad en la redistribución de la riqueza y el de neutralidad o de incidencia económica menor.