999 resultados para Precio de la tierra agraria


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Antes de que Colombia fuera país, ya existían disputas, enfrentamientos e injusticias en torno a la estructura de acceso, tenencia y usufructo de la tierra. Tal situación engendró tensiones espaciales, que se pueden abordar y caracterizar a partir de un marco teórico sobre neoinstitucionalismo político. Con lo anterior en mente, el objetivo de ésta investigación , fue el de determinar la manera en que las dinámicas entre tensiones espaciales históricas como instituciones, delinearon el contexto del cual surgió la Ley 1448 de 2011 (Restitución de tierras y reparación de víctimas del conflicto armado) y la intervención e incidencia que ésta pretende, en la coyuntura actual.

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La situación del país por más de un siglo y medio, con respecto a la concentración y uso de la tierra, no ha permanecido inmóvil ante la mirada desobligante de los gobiernos y de la sociedad civil. El campo colombiano podría ser uno de los motores de la economía del país, puesto que ha pesar de la rápida urbanización, el campo es un factor de gran importancia para Colombia; sin embargo la estructura económica que se mantiene aun en estos tiempos es la del capitalismo dominante, al lado de grandes acumulaciones de tierra subutilizadas. Esta Monografía se dedico a realizar una documentación de las leyes que enmarcaron la colonización y el conflicto que han ocurrido en Colombia desde 1850, con el fin de presentar algunas soluciones al drama de la tierra, debido a que las conclusiones de este análisis, confirman la hipótesis de que la concentración de la tierra es la causa fundamental del conflicto colombiano. El problema acá planteado tiene sus orígenes en la formación de la República, y ha evolucionado a los largo del tiempo sin ninguna solución. El estudio de las Reformas Agrarias y de algunos decretos y leyes relevantes, demuestran la incapacidad de los gobiernos y de los congresistas, para cerrar la brecha existente entre campesinos y latifundistas. De esta forma haciendo un análisis por la historia de nuestro país, nos encontramos ante una realidad cada vez más compleja a la que se enfrenta la población campesina, pero que debe interesar a la nación entera, en tanto que este tema tiene que ver con asuntos económicos, políticos, ecológicos, entre otros, de cuya solución depende en gran parte el futuro de nuestro país.

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Este artículo plantea que el diseño institucional contenido en las normas jurídicas sobre propiedad agraria, en el período 1991-2010 no tiene como fundamento la distribución de la tierra y que, por el contrario, incentiva o permite la concentración de la misma; esto, distanciándose de las tesis que aborda el problema de la tierra como una consecuencia de la indebida aplicación de las normas que regulan el tema rural. Además, en materia de propiedad agraria, la Constitución de 1991, a pesar de su sesgo garantista y de haber cambiado un sinnúmero de estructuras sociales y políticas, en el tema de propiedad de la tierra conservó la estructura decimonónica y liberal clásica de los derechos de propiedad regulados en el Código Civil. Si bien los fenómenos de la concentración y el despojo de la tierra no se pueden explicar únicamente desde la variable de la norma jurídica, esta sí puede arrojar indicios sobre dichas situaciones. Así las cosas, se realizará un análisis desde las normas jurídicas para determinar si, desde su diseño, existen elementos que hayan contribuido a la concentración y al despojo de la tierra en Colombia.

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La adquisición masiva de tierras por parte de empresas extranjeras en países africanos, asiáticos y latinoamericanos refleja una nueva fase del capitalismo global (Sassen, 2013). Colombia no ha escapado a esta lógica mundial del capitalismo, pues en la última década la influencia de las empresas extranjeras en el mercado de tierras ha sido notoria. En esa lógica, este artículo compara, desde un enfoque de Derechos Humanos, las prácticas de adquisición de tierras de tres compañías extranjeras que han explotado carbón a cielo abierto en La Guajira y Cesar. Los resultados indican que la formalidad de la propiedad agraria y las restricciones institucionales de las empresas —asociadas al gobierno corporativo, la participación en bolsa de valores y el veto de compradores internacionales—influyen significativamente en el respeto a los derechos humanos.

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La presente monografía busca establecer una conexión argumentada entre la expedición de la ley 200 de 1936 y la creación de Autodefensas Campesinas en la primera mitad del siglo XX en Colombia. Se buscan las razones estructurales por las cuales la sociedad rural se vio abocada a impulsar agrupaciones armadas para defender sus derechos fundamentales, debido a que el Estado demostró ser incapaz de protegerlos mientras que el odio entre clases rurales aumentó conforme se implementaba el capitalismo agrario en el país. Desde la Teoría del Conflicto de Clases Rurales de Jeffery Paige, se explicará la forma en la que se articulan las variables que no permiten una revolución social, pero si propician la aparición de este tipo de grupos campesinos armados e ilegales; que luego se transformarían en “Guerrillas”.

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El presente estudio de caso parte analizando el proceso de ocupación y despojo de la tierra en el Caquetá, con el objetivo de mostrar las formas de usurpación histórica legales e ilegales, que han dado paso a la consolidación de una estructura de poder desigual y violento. Sobre este escenario inequitativo y violento se pone de manifiesto como la puesta en marcha de la política minero-energética es el resultado de un proceso de negociación entre empresas y gobernantes, que tiene por objetivo vaciar los territorios para recrear nuevos espacios sobre los cuales sea posible reproducir la dinámica de acumulación capitalista, ahondando de paso, las desigualdades, la marginación de la población campesina y la violencia en los territorios en donde se posa dicha estrategia. Este análisis se enmarca, principalmente, en la perspectiva de Saskia Sassen sobre el Estado Corporativo y la perspectiva de David Harvey sobre las nuevas formas del capitalismo.

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El propósito de esta investigación socio - educativa es analizar la experiencia local de la escuela Franz Warzawa en el contexto histórico de Reforma Agraria, planteando como problemática el papel que juega la escuela rural en la dinamización de procesos que no son estrictamente escolares, sino que atañen al mundo social al que pertenece. Por lo tanto, este trabajo presenta a la escuela como un mecanismo desde el cual se puede construir la sociedad disminuyendo la diferenciación o injusticia social, en base a la reconquista de espacios en los que se realizan y concretan las expectativas y los sueños de la gente. Para la reflexión sobre la experiencia de escuela Franz Warzawa, desde su fundación en los años 30 hasta los 70, se recurrió a documentos de primera fuente y a registrar los testimonios de los mayores de la localidad; así nos ubicarnos temporalmente en una época de transición de la hacienda hacia el establecimiento de una moderna, circunstancia histórica en la que los campesinos, en actividad conjunta con la escuela rural, reconquistaron el territorio donde habitaban con formas de vida más apropiadas para su existencia. Esta escuela fue un fruto de la Reforma Educativa Liberal y sus resultados y efectos se concretaron a través de un profesor, quien fue estudiante del primer Normal Rural ecuatoriano, al que se debe su formación de maestro rural. Con Carlos Regalado Parra esta escuela transcendió las aulas y la pedagogía, porque durante sus años de trabajo abarcó el entorno social de los moradores al involucrarlos en procesos de cambio y reconstrucción del espacio donde habían nacido como campesinos sin tierra; les brindó las condiciones para que ellos se conviertan en propietarios privados y protagonistas del pueblo El Vallecito de Rumipamba.

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La Reforma Agraria del 1953 trajo un nuevo régimen y nuevas políticas agrarias que estaban dirigidos a la modernización de Bolivia, y logró la abolición de las formas de servidumbre a las que estaba sometida la población indígena originario campesina. Sin embargo, a más tardar en los años 70, quedó claro que la Reforma Agraria no pudo cumplir con las expectaciones de la población indígena campesina, y que no hubo voluntad política de implementarla. Entre los numerosos déficit de la reforma, destacan la continua inequidad en el acceso y en la distribución de la tierra; la creación de nuevos latifundios de carácter capitalista en el oriente y de minifundios en el altiplano y valle; la inseguridad jurídica; la sobreposición de derechos; y una institucionalidad pública desacreditada. En el marco de cambios políticos en todo Latinoamerica en los años 90, se introdujo una serie de reformas que reconocen el carácter multi-étnico y pluricultural del país. La Ley INRA (Ley del Instituto Nacional de Reforma Agraria) del 1996 trajo un reconocimiento formal de los sistemas de tenencia de la tierra indígenas bajo el patrocinio del neoliberalismo. Un eje central de la ley es el saneamiento de la propiedad agraria. Después de una década de vigencia, la ley resultó ser insuficiente, el saneamiento burocrático, lento, costoso y con resultados no muy satisfactorios. En 2006, el gobierno de Evo Morales modificó la ley mediante la Ley de Reconducción Comunitaria de la Reforma Agraria. Desde entonces, el proceso de saneamiento ha avanzado significantamente en las tierras bajas y el altiplano norte, mientras en Potosí, Tarija, Oruro y Cochabamba el proceso sigue siendo lento. Eso tiene que ver con las particularidades históricas, culturales, sociales, económicas y ecológicas de las diferentes regiones de Bolivia, cuales la Ley INRA no logra a captar. La presente tesis tiene como objetivo analizar las formas de tenencia y uso de la tierra y las instituciones sociales mediantes las cuales estos están reguladas en dos comunidades del Valle de Cochabamba. Las sistemas de tenencia de la tierra elaboradas por las familias campesinas luego se analizaron en relación a la Ley INRA. El área de estudio es localizado en el municipio de Sipe Sipe, provincia de Quillacollo, departamento de Cochabamba. La población consiste de campesinos perteneciendo al grupo etno-lingüistico quechua, cuya subsistencia depende de la producción agropecuaria y, en la mayoría de los casos, del trabajo asalariado. Las comunidades están situadas total- o parcialmente dentro del Parque Nacional Tunari. La ley del parque del 1991 expropia a las personas que viven dentro de los límites de este. Sin embargo, hasta hoy no ha sido implementada, excepto en 1% de la superficie total; las dos comunidades hasta ahora no han sido afectadas. Las dos comunidades de estudio han desarrollado una compleja combinación de propiedad familiar y propiedad comunal, que tiene su raíz en el sistema de haciendas, la forma predominante de tenencia de la tierra en el departamento de Cochabamba hasta la Reforma Agraria. El acceso al territorio comunal y el uso de los recursos naturales es gestionado por un sindicato agrario y una variedad de instituciones sociales. Se analizaron las estrategias de hogar de seis familias de Link’u comparandolas con las demás datos obtenidos. En Lap’iani, la comunidad menos accesible, las familias dependen de gran parte de la producción agropecuaria, mientras en Link’u, que está localizado cerca del pueblo de Sipe Sipe, la mayoría de las familias combina la agricultura con el trabajo asalariado. En ambas comunidades, la educación formal de los hijos y la migración temporal o permanente constituyen pilares fundamentales de las estrategias familiares. En Link’u se ha mostrado un proceso de urbanización que se expresa en un plan de desarrollo futuro que prevée la transformación de la zona periurbana de la comunidad en propiedad familiar o área urbana. Estos cambios en las estrategias de las familias y de la comunidad pueden explicarse por condiciones dinámico socioeconómicas, ecológicas y político-administrativas. Los resultados de la investigación muestran que los campesinos en las comunidades de estudio diversifican sus estrategias de vida para enfrentar al minifundio. Estas estrategias consisten en la producción agropecuaria en diferentes pisos ecológicos (control vertical de la ecología), la educación, la migración, la integración al mercado, el trabajo asalariado, y, en el caso de Link’u, en la propiedad individual de la tierra. El sistema de tenencia de la tierra es marcado por la interlegalidad o el bricolage de leyes formales y normas consuetudinarias. La Ley INRA desempeña para ambas comunidades un papel marginal. Se mostró que el sistema de tenencia y uso de la tierra es complejo, flexible y persistente. Combina diferentes tipos de propiedad y permite diferentes formas de organización dependiendo del área (rural/urbana).