971 resultados para DERECHO DE SOCIEDADES
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The search for funding is an ongoing task of the company, which is exacerbated, particularly in times of economic crisis, affecting also to the cooperatives. Cooperative legislation available to these entities various instruments of external financing through the issuance of securities (bonds, equity securities, special shares), to them accounts are added in participation, but without much detail in the legal texts. At work we investigate their potential, by looking, especially in those last; We seek to clarify their legal status and contrast their potential as a technical instrument, alternative for funding in the area of cooperative societies. Finally, we also see the impact of the recent Law 5/2015, of promoting business financing in the cooperative sector and ended up proposing some policy adjustments.
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El principal objeto de este contexto consisite en sistematicar el fragmentario, disperso, parco e incompleto material legal (LSA, Cde C, LMV, LCCH, y normativa de rango inferior) que ofrece el ordenamiento en materia de documentación y transmisión de acciones. Un material que conduce a la ambigüedad, la duda y, en no pocas ocaciones, a la discrepancia y contradicción, amén de errores de una mala traducción cuando se toman sin más figuras e institutos que pasan por ser análogas en otro ordenamiento y cuya esencia es distina.Así mismo, este libro pretende arrojar luz sobre la importancia que ha tenido la teoría de valor, para el derecho mercantil, genuina aportación donde los hubiere al derecho privado, la teoría del título valor a través del fenómeno de la representación de la acción, la incorporación del derecho al título, la tipología del título que no de la acción, pues la acción es lo que es como derecho, como valor y como alícuota, y es el título el que es nominativo, al portador o la orden, lo que ha supuesto la desincorporación o desdanar un camino que no es tal pues irrumpe el derecho valor, etc.; estos elementos constituyen un apasionante reto que lleva a hallar y bucear en la médula misma del derecho de sociedades y de los título valor.
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Trabajo realizado en el área de Derecho mercantil del Departamento de derecho privado de la Facultad de Derecho de la Universidad de Salamanca. Los profesores implicados son catorce que desarrollan su actividad docente e investigadora en las áreas de derecho civil y mercantil en la Facultad de Derecho de la Universidad de Salamanca. Los objetivos perseguidos han sido realizar con fines didácticos, un compendio de análisis jurisprudencial en materia de derecho de sociedades anónimas, para así favorecer tanto el aprendizaje de los alumnos como el desarrollo de sus competencias profesionales. Los materiales utilizados han sido resoluciones de diversos organos jurisdiccionales, y diverso material bibliográfico referente a los temas objeto de estudio.
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A pesar de que en la realidad actual son muchas las situaciones que justifican plenamente la aplicación del levantamiento del velo societario, gozando esta figura de aceptación en numerosos ordenamientos jurídicos, se cuestiona cuál debe ser su aplicación y alcance dado a las delicadas consecuencias que la misma puede generar tanto en el orden jurídico como económico, pues la sociedad mercantil es el motor -o al menos un importante actor- en el desarrollo de las sociedades actuales. Ni en las distintas legislaciones ni a nivel doctrinario se han determinado con claridad las causales específicas que justifican prescindir del ente social y revisar la aplicabilidad de los beneficios que la figura societaria concede a los socios así como del régimen de responsabilidades previsto para terceros como administradores y liquidadores de las sociedades. En este escenario, el presente trabajo tiene por finalidad demostrar que la aplicación de esta institución debe ser de índole excepcional, lo que a su vez lleva a reflexionar sobre la necesidad de contar con otros mecanismos jurídicos que junto con la inoponibilidad de la personalidad jurídica permitan mantener un adecuado y efectivo control sobre las sociedades mercantiles, sin afectar la esencia de las mismas ni obstaculizar el trascendente papel que éstas juegan en nuestro medio. A efectos de lo anterior, el presente trabajo incluye una breve revisión sobre la situación actual de la sociedad mercantil, de la noción y entendimiento de la figura del levantamiento del velo societario, su aplicación en el sistema anglosajón y continental, y finalmente, una propuesta sobre su aplicación y alcance.
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El objeto del presente trabajo es analizar las fuentes de financiamiento más utilizadas en la actualidad por las PyMEs y presentar en mayor detalle como una opción conveniente, la negociación de cheques de pago diferido avalados por Sociedades de Garantía Recíproca (S.G.R) en el mercado bursátil, para aportar a su difusión entre los empresarios locales.
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Contiene : T.1 ?y 2?
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En port.: Ouvrage qui fait suite à celui de M. Toullier, mais dans lequel on a adopté la forme plus commode du commentaire.
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Mode of access: Internet.
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Entre los deberes de los miembros de los órganos de gobierno de las diferentes entidades, vinculados al buen gobierno de éstas, destaca el deber de lealtad, derivado del deber de buena fe, y consistente en la obligación de actuar en interés de la entidad en caso de conflicto de intereses con ésta, subordinando los propios a favor de aquélla, salvo que se autorice tal situación. Se trata de un deber predicable tanto respecto de los miembros del órgano de administración, que deben gestionar el interés de la sociedad, como de los socios, tomando en consideración el fin común que deriva del contrato de sociedad. Este deber, al mismo tiempo se concreta en una serie de normas más precisas, relativas a la transparencia, la remuneración, la prohibición de competencia, la autocontratación, etc. Partiendo de lo anterior, este estudio recoge una comparativa de la regulación del deber de lealtad y sus distintas concreciones en las Leyes de cooperativas en España, tanto en relación con los administradores sociales, como de los socios en general, comparando ésta al mismo tiempo con la regulación de estos aspectos en el Derecho de sociedades en general, y en la Ley de Sociedades en General en particular, con el objetivo de obtener una visión general de la cuestión, base necesaria para poder profundizar en ella, planteando una serie de conclusiones o valoraciones preliminares.
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En este artículo, basado en el derecho a la libertad de iniciativa, se discute la constitucionalidad de la medida judicial que determina la intervención en sociedades comerciales en conflicto mediante administradores judiciales provisionales. Por lo tanto, se eligió el método hipotético-deductivo de enfoque, comenzando con laclasificación de la libre empresa como un derecho fundamental. Posteriormente, se presenta el panorama de las medidas judiciales dichas. Más que buscar y proporcionar una respuesta simple, se diseñan métricas de constitucionalidad basadas en argumentos que se encuentran en la teoría de los derechos fundamentales y en el derecho de sociedades. Como resultado principal, se vio que, incluso si toman la designación de terceros a la función de gestor comercial, la intervención judicial en conflictos societarios conserva el núcleo esencial de la libre empresa y los intereses corporativos y extra-sociales que rodea la organización empresarial, estableciendose de forma abstracta, como una medida legítima y constitucional.
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La composición del Consejo de Administración de las sociedades cotizadas responde a unas normas específicas que la diferencian del resto de sociedades mercantiles de capital por la amplitud de su masa accionarial, su significación económica y por los diferentes grupos de interés presentes en la compañía. Por ello, confluyen normas de carácter imperativo con otras de Derecho blando a través de las diferentes recomendaciones del Gobierno Corporativo. En este TFM, se analizan los principios del Derecho de sociedades aplicado a las cotizadas, las normas de Gobierno Corporativo y la estructura interna del Consejo de Administración ante la cuestión de las diferentes clases de consejeros y las distintas omisiones, y cómo todo ello ha supuesto una paulatina pérdida de poder de la Junta General.
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Servicios registrales
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La presente tesis trata sobre los conocimientos y técnicas tradicionales cura ti vas de los pueblos indígenas amazónicos, asociados a la biodiversidad y la factibilidad de que se constituyan en objeto jurídico de la propiedad industrial en el régimen de las invenciones. Dicho régimen tiene como objeto jurídico el hallazgo inventivo aplicable industrialmente, novedoso y no evidente. Los conocimientos y técnicas tradicionales conforman un objeto jurídico, el denominado componente intangible, en tanto que la biodiversidad, a la que se asocian, forma un distinto objeto jurídico, sin embargo las características de ambos imposibilitan el que puedan regularse en el ámbito de la propiedad industrial inventiva. Los componentes intangibles como las prácticas cura ti vas no pueden enmarcarse dentro del régimen inventivo industrial por ser un conjunto de constataciones de hechos que se dan en la naturaleza circundante y que es utilizado por medio de técnicas determinadas por la cosmogonía de cada grupo étnico pero compartidas ampliamente, caracterizándose dichas técnicas por aprovechar la biodiversidad sin afectar cualitativamente su estado efectivo. Sin embargo los componentes intangibles son un objeto jurídico sobre el cual existen derechos y obligaciones de los cuales las comunidades son los titulares. Se recomienda por lo tanto un sistema contractual que permita a comunidades y empresas interesadas en sus conocimientos negociar en un marco jurídico en que se prevea la protección y justa compensación para los proveedores de intangibles. La biodiversidad, producto de naturales procesos biológicos, es un recurso y toca al Estado su administración.
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La libertad de establecimiento y la movilidad de las empresas juegan un papel fundamental en el proceso comunitario de integración. Las empresas buscan nuevas formas de cooperación e integración que les permitan ocupar cuotas de mercado cada vez más importantes. De entre las modalidades de integración y cooperación que tienen a su disposición, la fusión transfronteriza de sociedades es, sin duda, una de las más relevantes. Es evidente que las fusiones de sociedades pertenecientes a Estados miembros distintos podrían tener una enorme importancia en el proceso de integración del mercado único. Sin embargo, la posibilidad de llevar a cabo con éxito una fusión transfronteriza en el ámbito comunitario era improbable hasta época reciente. Dos tipos de impedimentos la dificultaban: por una parte, obstáculos a la libertad de establecimiento por parte de los ordenamientos jurídicos de los Estados miembros; por otro, obstáculos de Derecho internacional privado. En cambio, hoy la mayor parte de estos impedimentos han sido superados gracias, en primer lugar, al progresivo reconocimiento del derecho de establecimiento de las sociedades por el Tribunal de Justicia, y en segundo, a la importante Directiva 2005/56/CE relativa a las fusiones transfronterizas de sociedades de capital. Esta Directiva impone a los Estados miembros una serie de normas de mínimos de derecho material a fin de armonizar la tutela de los intereses de los sujetos implicados más débiles (sobre todo, los trabajadores y los socios). De igual manera, establece una serie de normas de conflicto para resolver la cuestión de la ley aplicable a las fusiones transfronterizas. Este trabajo tiene como objetivo principal valorar la relevancia de los pronunciamientos del Tribunal de Justicia y de las actuaciones del legislador europeo orientados a impedir las restricciones a las fusiones transfronterizas de sociedades en el territorio comunitario.
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"Bibliografía": leaf at end.