994 resultados para úraco patente


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Resumen basado en el de la publicaci??n

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Como explicar a qualquer Império – a cada Cidade absoluta – que cada homem pode aceder a um horizonte que a ultrapassa? Se não conhece outro fim que não o de constituir todo o sentido da existência humana, como pode conceber relativizar-se sem se anular? Nenhum Mandarim tinha conhecimento das duas esferas irredutíveis do Poder a que o cristianismo entretanto habituou o Ocidente. Por isso, não se podia dar uma pertença que não ameaçasse a outra. Aqui radicava, com vimos, a incapacidade de compromisso, em matéria ritual, entre a Cúria em Roma e o Palácio Celeste, em Pequim.

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El presente artículo estudia la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina sobre el concepto de legítimo interés necesario para oponerse a una solicitud de patente de invención. Ante la insuficiencia de referentes específicos en esta materia, se estudian también los pronunciamientos del Tribunal sobre este mismo concepto en el campo del derecho mercario. De este modo, el autor sostiene que no se ha realizado, en la mayoría de las veces, la debida diferenciación entre legitimado para formular oposición, y fundamento de ésta. La identificación de estos extremos de análisis en la jurisprudencia comunitaria andina, junto con el recurso al derecho administrativo y la doctrina y la jurisprudencia del derecho de la propiedad industrial, demuestran que dicha legitimación obedece al perjuicio que puede resultar para el oponente, en caso que el privilegio sea otorgado, y que el fundamento de su oposición, al menos en principio, puede constituir cualquier norma jurídica que discipline la actuación administrativa para la concesión de la solicitud de patente. Por tanto, la titularidad de un derecho subjetivo no es necesaria para legitimar la intervención del oponente ni para fundar su oposición.

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El presente trabajo de investigación estudia una de las intersecciones entre dos ramas jurídicas de actualidad, el derecho de la propiedad intelectual y el de la competencia económica. En concreto, es objeto de tratamiento el derecho de patente de invención como fuente de una posición de dominio en un determinado mercado relevante y la negativa a licenciar como ejercicio abusivo de dicha posición. Dos son las principales conclusiones arribadas. En primer lugar, un derecho de patente de invención –de manera similar a otros derechos de propiedad intelectual- puede conferir a su titular el poder de mercado suficiente para configurar una posición dominante en un mercado relevante. Mas, ello no es una situación invariable, motivo por el cual no existe ecuación entre derecho de patente y posición de dominio –o monopólica-. De otro lado, bajo ciertos respectos, cabe considerar a la negativa a conceder licencias por parte del patentado como un comportamiento contrario a la competencia. Mas, en este punto, debe buscarse un equilibrio entre los derechos del patentado y las prescripciones del régimen de la competencia económica a fin de no privar a alguno de ellos del cumplimiento de sus objetivos. Por tanto, proponemos como solución, la excepcionalidad de la calificación de ilicitud de la negativa a licenciar. Dadas la complejidad y novedad de la temática, el presente es un estudio introductorio. Esperamos que sirva de aporte para trabajos posteriores.

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El objetivo principal de la presente investigación es conocer la transformación que el impuesto de patente ha sufrido desde el momento de su creación hasta nuestros días, y en ese sentido, evidenciar su evolución histórica en relación con los principios de capacidad contributiva y de legalidad. Para lograr este objetivo, hemos dividido la investigación en tres capítulos. El primero, referente a los aspectos generales del impuesto que devela sus elementos esenciales como el hecho generador, sujetos, la cuantificación relacionada con la base imponible y la tarifa, las exenciones, deducciones y el período de causación. El segundo capítulo trata específicamente de un análisis de los principios de legalidad y capacidad contributiva en base al desarrollo normativo experimentado en este impuesto; para lo cual hemos visto conveniente de entrada, aludir dichos principios en un plano conceptual, para de allí evidenciar su desarrollo en el marco normativo aplicable en la esfera municipal. En el tercer capítulo nos adentramos en la historia y buscamos conocer el origen y evolución del impuesto de patente en el Ecuador con breves antecedentes también en los tiempos anteriores a la república. En ese ejercicio investigativo, auscultamos las fuentes normativas de este impuesto que se han venido generando, y procedemos a analizar cada una de las Leyes de Régimen Municipal a partir del año de 1966 hasta el actual Código Orgánico de Organización Territorial Autonomía y Descentralización –COOTAD-, estableciendo los avances y retrocesos respecto a las regulaciones de este impuesto.

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Se trata del análisis, en perspectiva teórico-aplicada, de la imposición local a las actividades económicas, expresada en los impuestos de patente y del 1.5 por mil sobre los activos totales, a la luz del actual marco normativo que los rige, que al tiempo de develar sus virtudes ponga también en evidencia las inconsistencias del esquema impositivo local en la materia, en aspectos sustanciales y formales, para con ejercicio crítico y propositivo, acompañado con el debido fundamento teórico, plantear los ajustes que, en mérito de la investigación, merezcan considerarse.

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Este trabajo permite conocer la gestión del impuesto predial rural y del impuesto de patente con relación a los actores del sector agropecuario de los municipios de Rumiñahui y Mejía durante los años 2012 y 2013. A través de esta investigación se expone y analiza los aspectos más relevantes en el ámbito conceptual, normativo y aplicativo de estos tributos dentro de la delimitación espacial y temporal referida. Considerando la importancia del sector agropecuario en el Ecuador como un eje primordial del desarrollo económico, resulta vital conocer el tratamiento tributario local hacia el sector, tomando como referencia el impuesto predial rural y el impuesto de patente, con base en la normativa legal que deviene del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización y de la normativa reglamentaria contenida en las ordenanzas que cada uno de los gobiernos municipales objeto de estudio han expedido para la aplicación de tributos locales. El primer capítulo comprende la descripción de políticas públicas, el régimen tributario establecido para el sector, así como tratamientos tributarios diferenciados que mantienen otros países hacia el sector agropecuario. El segundo capítulo abarca el análisis de la normativa aplicada al sector agropecuario atinente al impuesto predial rural y al impuesto de patente con atención a los casos específicos que motivan esta investigación, complementado con una revisión comparada de las legislaciones de Bolivia, Colombia y Perú, a efectos de determinar el tratamiento tributario respecto a este tipo de impuestos en países andinos, con realidades similares a la ecuatoriana. El tercer capítulo refleja la investigación de campo, enfocando la evolución de los dos impuestos en los gobiernos municipales de Rumiñahui y Mejía con datos cuantitativos que evidencian los volúmenes de recaudación de dichos impuestos en el sector agropecuario por el período analizado, y su peso con relación al resto de tributos gestionados y cobrados por dichos gobiernos locales.

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Son múltiples las formas de imposición que están relacionadas con la actividad económica, materializada en hechos, actos, contratos y situaciones, constituyendo una fuente rica de ingresos para el erario fiscal; en lo local, la tendencia histórica ha sido gravar estas actividades que se realicen de manera permanente, con estas consideraciones se establece el impuesto de patente. En la época medieval, los señores feudales otorgaban una carta –patente- que consistía en una autorización al súbdito para ejercer determinadas actividades de comercio, industria u oficio. En el Ecuador en 1917 aparece la patente como la concesión o permiso para la venta de timbres postales y, será en la Ley de Régimen Municipal publicada en el Registro Oficial No. 680 de 31 de enero de 1966, que se instaura la obligación de obtener la patente para todos los comerciantes e industriales, mientras que en otros países del continente, se grava a la actividad económica con la patente de industria y comercio o el impuesto al activo. La Administración Tributaria Municipal, basa su clasificación económica para efecto de determinar el valor a satisfacer por patente para las personas naturales no obligadas a llevar contabilidad en la Clasificación Industrial Internacional Uniforme a todas las Actividades Económicas (CIIU), mientras que para sociedades y personas naturales obligadas a llevar contabilidad se establece en función del capital o patrimonio, entendido como la diferencia entre el activo y el pasivo. Este impuesto aglutina dos situaciones que se concatenan entre sí, por una parte hay el requerimiento de inscripción de la actividad económica en un catastro municipal, con lo que se obtiene el permiso para ejercer la actividad, y por otra se satisface un gravamen previo una declaración, con lo que se habilita la autorización. Por la actuación subjetiva en muchos casos y los parámetros de determinación presuntiva dispuestos por la Dirección Metropolitana Tributaria del DM de Quito, se han emitido títulos de crédito que han originado múltiples reclamos, en especial del ejercicio económico 2013, lo que demanda mejoras en el accionar de la gestión tributaria municipal, para lo cual emito recomendaciones y propongo un proyecto de ley que reforme y acopie en un solo sistema impositivo, impuestos fiscales y locales a las actividades económicas: renta, patente y 1.5 por mil a los activos totales.

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La Constitución de la República del Ecuador estipula que el régimen tributario se regirá por los principios de generalidad, progresividad, eficiencia, simplicidad administrativa, irretroactividad, equidad, transparencia y suficiencia recaudatoria. El Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización establece la obligación de obtener la patente municipal o metropolitana y al pago anual del impuesto, a las personas naturales, jurídicas, sociedades, nacionales o extranjeras, domiciliadas o con establecimiento en la respectiva jurisdicción municipal o metropolitana, que ejerzan permanentemente actividades comerciales, industriales, financieras, inmobiliarias y profesionales, se determina mediante ordenanza y en función del patrimonio de los sujetos pasivos dentro del cantón. Bajo este esquema jurídico, el objetivo del presente trabajo de investigación es realizar un análisis sobre el posible efecto económico negativo en las utilidades del sujeto pasivo, como consecuencia de un sistema tarifario débil del impuesto de patente municipal, originado porque el modelo de descentralización ocasiona que no exista una política única que regule este tributo a escala nacional, por lo que la normativa establecida en ciudades como Quito, Guayaquil y Cuenca, puede causar en los contribuyentes cierto nivel de desconcierto y contrariedad debido a que se encuentran sometidos en cada cantón a la ordenanza respectiva para cumplir con sus compromisos tributarios. El estudio se encuentra dividido en tres capítulos el primero de los cuáles aborda aspectos normativos para la inmersión en el estudio del tema abordado; en el segundo acápite se establece un estudio comparativo entre los cantones Quito, Guayaquil y Cuenca en cuanto a capacidad contributiva y legalidad de cada uno de ellos, para finalizar con un análisis comparativo que sustentará el trabajo investigativo.

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Um experimento foi realizado visando avaliar o fornecimento de rações úmidas e de água de consumo e rações com edulcorante para leitões desmamados e seus efeitos sobre o desempenho até o 90kg de peso vivo. Foram utilizados 32 leitões Large White x Landrace, desmamados aos 21 dias, submetidos, durante a fase inicial I (21 a 42 dias de idade), a 8 tratamentos correspondentes à combinação dos fatores: forma de apresentação da ração (seca e úmida), tipo de ração (sem e com edulcorante) e água de consumo (sem e com edulcorante). Foram avaliados a ocorrência de diarréia até o 10º dia pós-desmame, o ganho diário de peso (GDP), o consumo diário de ração (CDR) e a conversão alimentar (CA) até os 90kg de peso vivo. O consumo diário de água (CDA) foi avaliado na fase inicial I. O delineamento foi em blocos ao acaso, com arranjo fatorial 2³, com quatro repetições, sendo as médias comparadas pelo teste de Tukey e a incidência de diarréia pelo teste de qui-quadrado. Foram observadas diferenças (P<0,05), na fase inicial I, para o CDA para os grupos tratados com ração seca e para o CDR para os animais que receberam água com edulcorante. A ocorrência de diarréia foi maior (P<0,05) para os animais tratados com ração seca. O desempenho até os 90 kg de peso vivo foi semelhante entre os fatores (P>0,05). O experimento demonstrou que os tratamentos dirigidos na fase pós-desmame são insuficientes para melhorar os resultados até os 90kg de peso vivo.

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Abstract: Several factors can affect the development of the broiler, among them we can highlight nutrition and management. In the context nutritional, mineral supplementation is a necessary practice because, in general, the diets did not contain these elements in sufficient quantity to meet the needs of poultry. Zinc is a trace mineral essential to life, participating in several important functions in the body. Generally zinc is added to diets of birds in inorganic forms (oxides, carbonates or sufatos), however in its organic form or chelated presents more bioavailable. The objective of this study was to evaluate the effect of levels of organic zinc (ZnO) in the diet of broilers from 1 to 42 days, housed in new or reused litter. The experiment was conducted in the poultry sector of the Special Unit for Agricultural Sciences EAJ / UFRN. 576 chicks were used 1 day of commercial strain Cobb, distributed in a completely randomized in a 4x2 factorial arrangement with four levels of ZnO 0, 40, 80 and 120 ppm and two environments, new bed (COn) and reused litter (CRE) resulting in eight treatments with six replications of 12 birds. In the pre-initial responses were linearly increasing levels of ZnO on feed intake and quadratic effect on body weight and weight gain. The levels of 72.41 and 70.05 ppm of ZnO in the diet of chicks improved body weight and weight gain, respectively. There was interaction between ZnO and the type of bedding used. The ZnO did not affect broiler performance in the growing phase. There was an interaction between levels of ZnO and type of bed used. The levels of 61.50 and 85.30 ppm organic zinc improves immunity and increases the deposition of zinc in tibia of broilers at 42 days, respectively. ZnO also increases the resistance of the skin of broilers at 42 days of age. Using Cre improves performance of broilers from 1 to 42 days old

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Descrevem-se os aspectos clínicos da dilatação cística do úraco e uroperitônio em cinco touros. Os animais apresentaram, em datas distintas, distensão abdominal e diminuição da ingestão de alimentos e água, até culminar com inapetência, cerca de duas semanas após o aparecimento dos primeiros sintomas. Ocorreu distensão abdominal bilateral progressiva, que, no início do processo, era discreta e restrita ao quadrante inferior do abdômen; com cerca de duas semanas de evolução, o abdômen assumiu forma arredondada semelhante à pera. Observou-se bruxismo, atonia ruminal e desidratação. A abdominocentese revelou a presença de líquido amarelado com concentração de ureia superior a 200mg/dL. A concentração de ureia no soro sanguíneo variou de 220 a 280mg/dL e a creatinina de 65 a 82mg/dL. A ligadura do divertículo do úraco próximo ao vértex da bexiga foi eficaz nos quatro touros operados

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