1000 resultados para derecho a la educación


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Se hace un repaso de las prácticas educativas poniendo de manifiesto las aportaciones sucesivas de formaciones sociales muy diversas. La modelización de la función educativa que se propone define el ámbito de la Educación y el oficio de educador. Las necesidades de la educación dependen, total o parcialmente, del estado de derecho en general y, en especial, de las garantías que se ofrezcan a las libertades públicas en una formación social determinada.

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Trata del derecho que tienen todos los seres humanos a acceder a la educación. El Estado y los poderes públicos son los encargados de satisfacer las necesidades educativas de la sociedad ofreciendo una educación plural, creando centros docentes y proyectos educativos diferentes que garanticen la libre elección de la educación por parte de la familia. La familia es en última instancia la responsable de la educación que ofrece a sus hijos eligiendo libremente la opción educativa adecuada a sus convicciones. La educación debe introducirse en los países pobres como medio de formación de la infancia y erradicación de la miseria.

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La educación es un derecho de todo ciudadano. La educación de aquellos miembros de la sociedad con cualquier tipo de deficiencia busca fundamentalmente la readaptación escolar y social del individuo, para posibilitar finalmente su desempeño profesional. El tipo de deficiencia más frecuente es de tipo intelectual, que se clasifica en diversos grados, en función de su severidad: grado leve o ligero, con un coeficiente intelectual entre 0,70 y 0,90; grado medio, con un coeficiente comprendido entre 0,50 y 0,70 y grado profundo, con un coeficiente inferior a 0,50. Para cada uno de estos grados de deficiencia intelectual, el sistema escolar ha previsto instituciones educativas distintas. Estas son: clases de educación especial para deficientes intelectuales ligeros y medios, centros de educación especial para deficiencias bien marcadas y centros de beneficencia para los deficientes más graves. Para finalizar se profundiza en el tema de la formación profesional del deficiente.

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Trata de la pobreza que sufre el continente africano. Una forma de atajarla es mediante la educación y la escoralización; sin embargo, no se destinan recursos económicos para desarrollarla, se invierte en armamento y gastos militares. El acceso a la educación es un derecho de todos y los estados africanos la utilizan para escapar de la pobreza. Adoptan modelos de escuelas occidentales y las clases privilegiadas que acceden a este tipo de educación escapan de su tierra y no vuelven a vivir en ella.

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Se pretende relacionar el derecho al estudio con su rentabilidad económica y social, refiriéndonos a la cuestión de su financiación: de un lado para aquello que constituye su esencia genérica, la educación, y de otro, en su apreciación más singular, la de la ayuda al estudio. Se pone de manifiesto la necesidad de esbozar un radiograma de inversiones en el ámbito nacional e individual, dedicado a la educación. Se hace referencia al capital suscrito y al capital desembolsado, a la base contable normal, y a la base contable específica.

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Se realiza un balance de los principales retos de la educación en los años 70, con proyección hacia el año 2000. El decenio de los años 70 se inicia en todos los campos con una creciente impaciencia social por alcanzar soluciones de largo alcance. Los sistemas educativos sufren el impacto de una exigente demanda social, espoleada por una nueva forma, socialmente más consciente, de sentir la necesidad de progreso e igualdad, que en el campo educativo se traduce en realizar plenamente el derecho a la enseñanza y de eliminar discriminaciones. Para hacer frente a esta demanda, los sistemas educativos absorben recursos humanos y financieros de enormes proporciones e intentan sobre todo servirse de técnicas avanzadas.

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Se estudian los problemas de la organización de la educación preescolar. Según la Recomendación 53, dirigida a los Ministros de Instrucción Pública de los distintos países y acordada en la sesión plenaria de 14 de julio de 1961 por la Conferencia internacional de las Naciones Unidas para la Educación y la Cultura, la educación básica de la infancia en sus primeros años de edad es enormemente positiva para el desarrollo futuro del niño. Se analiza en profundidad esta recomendación, en especial sus conclusiones, que son: la necesidad de asegurar al niño, en su más tierna edad, una educación que sea propicia a su completo desarrolló espiritual, moral, intelectual y físico; la educación de todo niño constituye un deber primordial y un derecho inalienable; y que el niño tiene necesidad de ser formado, además de por la familia, en condiciones diferentes, ya que la familia por si sola no puede atender todas las exigencias educativas del niño etc. Consecuencia de estas conclusiones, la Recomendación 53 comprende 46 puntos, clasificados en los siguientes capítulos: posibilidades de la creación y desenvolvimiento de la educación preescolar, administración, inspección y financiamiento, problemas de estructura y organización, medidas concernientes a los edificios y su instalación, colaboración internacional y medidas de aplicación, tanto en lo que afecta a las posibilidades de la creación y desarrollo de la educación preescolar, como en aquellos lugares en que se haya conseguido la enseñanza obligatoria. Así se enumeran hasta 46 puntos, que condensan los principales problemas y soluciones que se han recogido en la nombrada resolución, acordada en sesión plenaria por la UNESCO y los países participantes.

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Análisis sobre la conveniencia de la enseñanza de unas nociones básicas de derecho en la enseñanza media y en las escuelas de magisterio, en un contexto de importantes cambios dinamizadores de la sociedad. Las bases de la convivencia social, de la estructura política y económica, no pueden sentarse sin contar, por parte de todos, con el conocimiento de cuanto supone derechos y deberes. No se trata de formar especialistas en derecho, sino de poner a cada ciudadano en condiciones de interpretar un texto legal y tomar conciencia del valor que esto tiene dentro de la vida del país. Se ponen de manifiesto los antecedentes con los que cuenta el campo de la docencia española en la programación de estos conocimientos, las consecuencias y para terminar, una serie de conclusiones.

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Educación y derecho son compañeros de viaje, pero ¿a cuál de los dos corresponde señalar su término su camino y el modo de recorrerlo? Si dirigimos una mirada al mundo jurídico podemos encontrar casos en que el papel del derecho ha sido reducido y otras, se ha sobrevalorado y ha encerrado a la educación entre unas normas rígidas que acabarían por atrofiarla. Es verdad que la educación tiene un fin propio, que el derecho no debe señalarle; pero a este corresponde establecer las vías y los modos de una gran parte se su cometido. Cuando la sociedad está en orden, el entendimiento debe ser prefecto; el derecho respetará el fin de la educación y todas las aspiraciones de ésta para conseguirlo con más perfección y más rapidez, aquélla por su parte se acogerá gustosa a los cauces del derecho, porque ambos parten de la misma moral y, es a ésta, a quien le compete cuanto se relaciona con el fin último del hombre, al que deben tender tanto la educación como la regulación jurídica. Así, el papel de la educación consiste en brindar y defender sus fines supremos e intermedios; el del derecho garantizar los derechos naturales de la educación, pero no sólo del derecho a la educación, sino también del derecho de educar y de las condiciones de su ejercicio, anticipándose a la realidad social siempre que sea posible.

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Debe existir una relación entre derecho y formalismo. Pero en un plano existencial y concreto dichas relaciones aparecen frecuentemente enturbiadas. El Derecho no agota la totalidad de las normas y de los imperativos morales que gravitan sobre cada situación y cada actividad humana. Es un arte de separar. Algo similar ocurre con mayor gravedad en el orden docente. Existe una separación orgánica entre los cuadros de técnicos administrativos y los de inspectores; a aquellos debería corresponderles la función jurídica y a éstos, la función técnico-pedagógica. Pero, nadie sabría distinguir seguramente la ocupación de cada uno de ellos, quien el administrativo y quien el educador. Lo curioso es que en cuanto a personas privadas, esos pedagogos sienten muchas veces sincero entusiasmo por sus funciones propias. Pero el Estado no les pide que se muevan precisamente en esta línea, sino en la jurídica. A través de este problema, como a través de otros muchos, vemos una inclinación peligrosa de nuestro espíritu nacional al formalismo. En definitiva, existe una perezosa inclinación a la línea del mínimo esfuerzo. El problema estriba no en quién tiene la culpa, sino en buscar solución y de forma profunda y rápida.

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Carta dirigida a la redacción

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Las políticas de población y planificación familiares de Europa occidental han llegado a un consenso para introducir la educación sexual en los planes de enseñanza y en el ámbito de la socialización familiar la Conferencia de el Cairo (1994) ha permitido ampliar este consenso a los países del tercer mundo mediante orientaciones para que incluyan la educación sexual en sus políticas demográficas. En España desde la transición democrática aparece expresamente recomendad su inclusión en los programas oficiales del Ministerio de Educación, al igual que la prevención del SIDA y otras enfermedades de transmisión sexual y sobre todo la preocupación por los embarazos no deseados entre adolescentes, etcétera. Estas campañas dirigidas por ejemplo a la utilización de preservativos entre los adolescentes han generado sonadas polémicas en los últimos años. Pero nadie pone en duda la necesidad de educar a los jóvenes en el conocimiento de su sexualidad. A partir del periodo simbolizado por el Plan Beveridge (1942) que significó también el comienzo del estado del bienestar, cambia el modo de entender el ejercicio del poder en relación con la salud de los ciudadanos y el propio concepto de salud. Desde este momento el Estado se preocupa por el bienestar y la calidad de vida individuales no con el objeto de aumentar el vigor de la nación y fortalecer al Estado, sino al servicio de los individuos, a los que se reconoce el derecho de mantener el cuerpo y la existencia propios, en buena salud y permanente bienestar. En este marco de gestión de la salud, que en España, por la dictadura, se desvincula tardíamente del Estado interventor, no se trata de convertir a la familia en un medio de tutela estatal, sino en una esfera que por si misma, demanda ayuda par resolver sus conflictos: problemas de comunicación de la pareja, consejos sobre planificación familiar, etcétera. Así, la educación sexual está regida por el imperativo orgásmico (deber del orgasmo) en el interior de la democracia sexual (respeto al goce recíproco). Estas garantías en la vida sexual de las parejas ayudarán a promover una correcta comunicación intrafamiliar, una afectividad idónea para la vida en sociedad. Pero en todos estos frentes de herencias y transformaciones se hace una crítica a la educación sexual formal por que no es sólo un conjunto de técnicas, de saberes, de valores; implica la producción de un modelo antropológico, un modelo de sujeto que impide la posibilidad de invertarnos, de experimentarnos a nosotros mismos y a los demás como sujetos de deseo. Si los defensores del sexo por el sexo no llegaron al delirio de un cuerpo, los amantes del sexo nos ofertan el suelo de un individuo feliz, anonadado en un climax sin fin.

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Según la constitución brasileña de 1988, la educación es derecho de todos y deber del Estado y la familia. De promoverla para el claro desarrollo de la persona, su preparación para el ejercicio de lo cívico y su cualificación para el trabajo. la educación brasileña viene sistemáticamente marcada por la gran diferencia entre la teoria y la realidad. La constitución mencionada amplió los derechos educativos, a pesar de que cuando se promulgó el país tenía fuertes deficiencias en la atención de las necesidades básicas del sector. Desde entonces, aunque muy lentamente, las conquistas constitucionales van haciéndose realidad. Los altos índices de pobreza y la escasa igualdad en la oferta de oportunidades educativas por los poderes públicos son los responsables de la persistencia de los bajos índices de eficiencia de sus escuelas, principalmente en la enseñanza básica. Aunque Brasil no gaste mucho en educación sus fondos deberían ser suficientes para conseguir una situación más favorable. Parece ser que una mayor sensibilización de los poderes públicos y de los diversos segmentos de la sociedad hacia la necesidad de cambios profundos en educación ha hecho que se tomen medidas importantes al igual que programas más eficaces están cambiando la situación. La creación de políticas sociales de mayor equidad debe hacer frente a los obstáculos de los intereses político-partidarios y a la resistencia de los sectores privilegiados. Se trata de barreras que es necesario superar para acabar con la pobreza y baja escolaridad.

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La educación en Roma, como en cualquier sistema educativo, estuvo condicionada por una serie de factores económicos, políticos e ideológicos, experimentando cambios a través de las épocas. Al principio, estuvo dominada por una aristocracia rentista. Así, la educación fue un código de vida nobiliaria en el respeto a la tradición, primero respecto a los gens y después a la familia y en tercer lugar, el respeto a los ritos tradicionales. En el siglo III antes de Cristo la educación sufre un cambio. Tras conquistar Grecia la cultura romana comienza a helenizarse. El ideal que se va imponiendo es el orador. Surgido en la democracia ateniense, dotaba al que se dedicara a estos estudios de amplios conocimientos: matemáticas, geografía, geometría, astronomía, música, arte, lengua, mitología, literatura, derecho e historia. Se trataba de que el orador tuviera recursos para hablar de cualquier tema propuesto, y al mismo tiempo hablar bien. Desde el siglo II antes de Cristo la aristocracia romana dio a sus hijos una educación griega, a través de la enseñanza privada con clases a domicilio de numerosos esclavos griegos, que eran muy cotizados en el mundo y muy rentables. También aparecieron escuelas públicas, pero no estatales, una especie de academias donde los libertos trabajaban por cuenta propia. Poco a poco empiezan a abrirse escuelas en lengua latina, paralelas a las griegas. Escuelas primarias, secundarias y superiores. En las primeras se enseña a leer, a escribir y el cálculo; en las segundas, una cultura general y en las terceras, la técnica de la retórica. Pero hasta la época de Augusto la enseñanza en latín difícilmente puede competir con la griega. Así, al superponerse los dos tipos de enseñanza la educación romana se extiende a las provincias, creándose una red de escuelas a lo largo del Mediterráneo. Finalmente la autoridad se acaba extendiendo a los métodos como a las materias. A fines del siglo II de nuestra era preocupación por los métodos pedagógicos. El griego retrocede ante el avance de la lengua de la romanización. Las escuelas públicas jamás fueron inspeccionadas por el Estado y siempre favorecidas por los emperadores. La cultura pagana del bajo imperio acaba convirtiéndose en una preparación de escribas y funcionarios, ya que la burocracia se ha desarrollado considerablemente.

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