999 resultados para contrato de seguro
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Presenta los resultados de una investigación comparativa entre Francia e Inglaterra llevada a cabo dentro del marco del Observatorio Europeo sobre el clima escolar y la violencia en los centros educativos de Educación Secundaria Obligatoria en el medio urbano. Se trata de identificar las características que influyen sobre el clima escolar y los niveles de violencia en los centros investigados basándose en las percepciones y experiencias de los jóvenes en sus escuelas y cuáles son los valores y procesos que permiten asegurar un clima positivo a pesar de las dificultades sociales. Como elemento metodológico se han utilizado los indicadores de clima de Derbarbieux y como variable independiente se tomó el país de origen de los encuestados. Se dan los resultado con respecto al clima general, las relaciones entre alumnos y adultos en los centros educativos, la diferencia de cultura profesional del profesorado y de los directores de centro, la diferente gestión de la disciplina; y, la participación de los padres y la apertura de la escuela a su entorno. Al final se presentan los resultados del estudio.
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Describe la experiencia de integración de un sordo en un aula ordinaria de 4õ de la ESO. Con el fin de subsanar las deficiencias observadas en el aprendicaje de las áreas de matemáticas y ciencias experimentales, se elaboró un plan de acción en cuya elaboración participaron la profesora de estas materias y la logopeda. Después de analizar las dificutades que conlleva el trabajo en los grupos con alumnos de integración, entre las que destaca la coordinación entre diferentes profesionales, concluye informando del éxito de la experiencia, ya que el alumno con deficiencias auditivas consiguió el graduado escolar..
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Analiza las relaciones laborales establecidas en virtud de la firma del contrato laboral para los centros privados. En primer lugar se define el concepto de contrato laboral y se señalan los requisitos legales para establecer vínculos profesionales. A continuación se describen algunas modalidades de contratación. Además se analizan los programas de fomento del empleo. También, se aborda el tema de la contratación a personas discapacitadas y ciudadanos extranjeros. Finalmente, se incluye un apartado relativo a la subcontratación de empresas.
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Resumen tomado de la publicación
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Se estudia la nueva concepción de la formación profesional en un sentido amplio y con independencia de las concretas articulaciones en diferentes sistemas de enseñanza con una formación integrada. Se analiza la adecuación de la formación profesional como respuesta a los cambios tecnológicos que modifican los puestos de trabajo y su organización. Recoge los objetivos y acciones que la Unión Europea desarrolla como apoyo a las políticas estatales internas y los que propone a los estados miembros. Se analizan los intentos del sistema educativo para facilitar la integración laboral, las relaciones de formación práctica en regimen de beca, las relaciones de beca y contrato de trabajo y las relaciones de prácticas con una especial caracterización jurídica.
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Poner de manifiesto la necesidad de una concreción jurídica del complejo relacional educativo, constituido por los padres, el centro docente y el alumno menor de edad. Se analizan las más modernas reclamaciones de responsabilidad contra centros docentes generadas por la prestación defectuosa de servicios educativos. También se estudia el tratamiento jurídico-privado de los derechos fundamentales en el ámbito de la educación. Además, se comparan las características del complejo relacional educativo con las del contrato a favor de tercero. Consulta de bibliografía. El contrato a favor de tercero es la configuración jurídica más adecuada para el complejo relacional educativo y, además, permite la articulación recíproca y la protección eficaz de la libertad de enseñanza y del derecho a la educación, incluyendo los supuestos de contratación de servicios de centros docentes de titularidad pública.
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Esta investigación se centra en la configuración del contrato de educación privada, como contrato atípico en el ordenamiento jurídico español, un tema poco abordado para contribuir a llenar este vacío.. La estructura del trabajo responde a la sistemática tradicional de todo contrato, en este caso un contrato de servicios educativos. Entre las conclusiones aportadas, discutibles, pero fundamentadas, destacan la consideración del derecho a la educación como un derecho de la personalidad y no solo como derecho humano fundamental, la aptitud del menor de edad con capacidad natural reconocida, que tenga suficiente juicio y las necesarias condiciones de madurez, para ser sujeto de su propio contrato de educación. El concepto amplio de educación está integrado, en primer lugar por la instrucción, la formación y la custodia o vigilancia de los menores educandos; en segundo lugar, por la consideración del ideario o carácter propio del centro educativo como elemento subjetivo de la causa del contrato; y por la exclusión del ámbito de aplicación de los supuestos de daños sufridos por el menor en el desarrollo del contrato educativo, denominado 'accidente escolar', y de daños producidos por el menor en el inmueble del centro docente o en el mobiliario.. Estos casos son considerados 'de culpa contractual', derivada, para el centro docente de su obligación de custodia y para los padres contratantes, de su obligación, también 'ex contractu', de facilitar la realización de la prestación educativa..
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Resumen tomado de la publicación
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Este cuaderno de trabajo forma parte del material para actividades de consolidaci??n de competencias b??sicas. Basado en el autoaprendizaje y con un enfoque de investigaci??n en la acci??n, est?? formado por cuatro cuadernos (nos. 5 al 8) y va dirigido a participantes del Ciclo Intermedio de Educaci??n B??sica Alternativa (personas adultas). Por sus caracter??sticas puede ser utilizado tanto en forma presencial como semipresencial. La organizaci??n interna de las unidades de trabajo comprende los siguientes componenetes: Di??logo y relexi??n participativa en torno al tema. Confrontaci??n de saberes y Retos de Investigaci??n. Cada componente presenta un desaf??o a modo de evaluaci??n.
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Un equipo ciclista colombiano recibe una oferta para ser patrocinado por una empresa que produce fármacos que pueden ser utilizados como sustancias dopantes. La empresa, está interesada en asociar su imagen a los valores de lo saludable propios del deporte. Pero el equipo ciclista se debate entre el interés de los corredores que quieren obtener la máxima retribución por su dura actividad y otras consideraciones como las del prestigio del equipo y el país si se acepta el mecenazgo de una empresa que produce sustancias prohibidas para los deportistas. Los usos socialmente aceptados y prohibidos de los fármacos, la posibilidad de encontrar soluciones químicas para el desenmascaramiento del fraude por dopaje en la competición deportiva, el uso que la sociedad hace del deporte como instancia refrendadora o sancionadora de ciertos valores sociales o la responsabilidad de los anunciantes respecto de aquello que apoyan, son algunos de los aspectos que se plantean en una decisión tan compleja como aceptar o no este contrato de patrocinio.
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Se analiza el seguro escolar, transcurridos los diez primeros años desde su implantación, por medio de la Ley de 17 de julio de 1953. Desde entonces se han ido desarrollando muchas de sus posibilidades institucionales. La meta era acoger en su ámbito de aplicación a la totalidad de los estudiantes, en sus diferentes grados de enseñanza, y cubrir la totalidad de los riesgos normales a que los mismos están sujetos. Se estudia al estudiante como trabajador escolar y su protección mediante el seguro escolar, el seguro escolar en su fase constitutiva y las bases legales para su desarrollo y el progresivo desarrollo institucional del seguro escolar.
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Resumen tomado de la publicación
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Resumen basado en el de la publicación
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Resumen basado en el de la publicación
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Se examina la Ley de Seguro Escolar, aprobada en julio de 1953 que definía como seguro escolar aquel que se establece en España con la finalidad de ejercer la previsión social en beneficio del estudiante, atendiendo a su más amplia protección y ayuda contra circunstancias adversas, fortuitas y previsibles. El seguro escolar concedía a sus beneficiarios las siguientes prestaciones: por infortunio familiar, por accidente, por enfermedad y por ayuda al graduado. El seguro escolar tendría carácter personal e intransferible. Se define el 'accidente escolar' y las coberturas del seguro escolar para los diversos tipos de incapacidades. Se describe la prestación por enfermedad que se percibiría según la gravedad de la misma. En cuanto al infortunio familiar se aprueba una ayuda económica que permitiría al alumno poder terminar sus estudios en caso de que el cabeza de familia falleciese y se diera una situación económica sobrevenida en el hogar. Con la ayuda al graduado, el asegurado podría disponer por parte del seguro, de una ayuda económica dentro de los tres años siguientes a su graduación, para poder establecer su vida profesional futura. La entidad aseguradora sería el Instituto Nacional de Previsión, por medio de una Mutualidad, dependiente del Servicio de Seguros Voluntarios. El Ministerio de Educación sería el encargado de regular el régimen económico y financiero del seguro escolar y la inspección correría a cargo de la Mutualidad.