262 resultados para Procedimental
Resumo:
El texto revisa los problemas que ha suscitado el abandono, por parte de Habermas, de una concepción epistémica de la verdad. Este autor ha sostenido que los enunciados descriptivos pueden ser verdaderos o falsos (en un sentido no epistémico) y los juicios morales correctos o incorrectos (en un sentido epistémico). Las expresiones evaluativas no se encontrarían en ninguno de esos casos y no podrían aspirar a una validez independiente del contexto. El artículo examina —a la luz de la literatura— las críticas que esa posición ha suscitado. En general, se ha sostenido que mientras un enunciado descriptivo podría ser verdadero aunque no sepamos cómo justificarlo, no tendría sentido decir que un enunciado moral es correcto aunque no sepamos cómo justificarlo. Ello ocurriría porque mientras el concepto de verdad de Habermas es no epistémico, el concepto de corrección lo es. Para superar esa asimetría, McCarthy ha sugerido un concepto de corrección puramente procedimental; Putnam un concepto de verdad deflacionada; y Lafont una tesis realista tanto en el plano natural como moral.
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Este artículo sugiere que el personal de hotel ante un trato (in)justo del hotel hacia los clientes atribuye tal trato a la responsabilidad del hotel y, dependiendo que éste sea justo o injusto, aumentaría o disminuiría sus conductas orientadas al cliente (COBs). Los datos fueron recogidos mediante cuestionarios pasados a 204 empleados de ocho hoteles de lujo en las Islas Canarias (España). Para examinar las hipótesis se utilizaron modelos de ecuaciones estructurales (SEM). No así en el caso de percepciones de justicia distributiva, los resultados muestran que cuanta más justicia procedimental e interpersonal hacia los huéspedes perciban los empleados, más se implican en conductas orientadas al cliente (COBs). Los hallazgos sugieren la necesidad de prevenir episodios de maltrato a los huéspedes por parte del hotel, haciendo especial hincapié en aquellos que son visibles para los empleados, para promover así conductas orientadas al cliente (COBs). Hasta donde nosotros sabemos, este es el primer estudio empírico en donde la justicia organizativa (distributiva, procedimental e interpersonal) dirigida hacia los clientes y las conductas orientadas al cliente (COBs) de los empleados son examinadas conjuntamente en un mismo modelo.
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Las dificultades manifestadas, en los primeros meses de funcionamiento de la herramienta informatizada de evaluación del Practicum del Grado en Enfermería, por alumnos, tutores y profesores hace necesario analizar la pertinencia de los objetivos de aprendizaje y de sus criterios de evaluación incluidos en la herramienta. Se realizó un análisis de contenido de la herramienta de evaluación del Practicum mediante el juicio de expertos. El grupo de expertos estuvo formado por 8 profesores que analizaron individualmente todos los objetivos y sus criterios de evaluación. La información se cruzó por pares obteniendo acuerdo entre observadores y las conclusiones de los 4 pares se debatieron en un grupo de discusión. Se observa redundancia de objetivos: un 32.6% de ellos son considerados parte de objetivos más generales; un 21.2% son objetivos idénticos pero enunciados como objetivo conceptual, procedimental o actitudinal; otro 10% aparece en distintas competencias y un 5% hacen referencia a un Practicum específico. Al eliminar las redundancias, los 124 objetivos actuales quedan reducidos en más de la mitad. La reducción de objetivos y la reformulación de los criterios de evaluación aportan más claridad y aplicabilidad a la herramienta de evaluación.
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A acção de condenação à prática de acto devido corresponde à concretização, com o Código de Processo nos Tribunais Administrativos, do princípio da tutela jurisdicional efectiva previsto no art. 268º/4 da Constituição da República Portuguesa, assegurando aos particulares a obtenção de uma pronúncia condenatória na prática do acto administrativo que tenha sido recusado ou omitido. Esta pronúncia sofre as limitações decorrentes do princípio da separação de poderes, entre o Administrativo e o Judicial, nos termos expressos no art. 71º/2 do Código de Processo, que determina que quando a emissão do acto pretendido envolva a formulação de valorações próprias do exercício da função administrativa (…) o tribunal não pode determinar o conteúdo do acto a praticar, mas deve explicitar as vinculações a observar (…) na emissão do acto devido. À limitação enunciada acresce outra, sem reflexo no texto do Código mas que se impõe por via do mesmo princípio, e que respeita aos poderes do tribunal no conhecimento e determinação dos pressupostos do acto devido, nos casos em que estes são questionados em juízo. A determinação dos pressupostos de facto do acto devido pelo tribunal está limitada pela natureza da actividade instrutória procedimental, pelo (in)cumprimento do ónus da prova no procedimento pelo interessado, nos casos limitados em que este tem relevância e pelo princípio da decisão prévia administrativa, nos termos do qual é à Administração que compete o conhecimento e decisão das pretensões que lhe são dirigidas e cuja competência que lhe foi determinada pela lei. Os limites enunciados não prejudicam a sindicabilidade, pelos tribunais, dos actos de recolha e valoração das provas pela Administração, que, nos casos em que configurem espaços de margem de livre decisão administrativa, são sindicáveis nos termos em que pode ser controlada a actividade autodeterminada da Administração, sem qualquer limitação quanto aos meios de prova.
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Tese de doutoramento, Direito (Ciências Jurídico-Políticas), Universidade de Lisboa, Faculdade de Direito, 2016
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O presente estudo procura estabelecer a relação entre a Percepção de Justiça e Satisfação com o Sistema de Avaliação de Desempenho. A metodologia utilizada foi a quantitativa, pois permite validar a revisão da literatura efetuada, onde se procura analisar a relação entre a Percepção de Justiça e a Satisfação com o Sistema de Avaliação de Desempenho através de um conjunto de hipóteses que posteriormente serão testadas. Para se testar as hipóteses recolheu-se os dados através da adaptação de um questionário já aplicado em Portugal (Porfírio, 2006). O mesmo foi aplicado a 89 funcionários de uma empresa do ramo Transitário. Para o tratamento dos dados recolhidos vai ser utilizado o programa IBM SPSS Statistics 20. De acordo com os resultados obtidos verificou-se que existe uma relação positiva e significativa entre a Percepção de Justiça na dimensão Distributiva e a Satisfação com o Sistema de Avaliação de Desempenho. Não se tendo verificado o mesmo para a dimensão Procedimental. Em relação ao Big Five podemos constatar que é significativo e que exerce controlo entre a Percepção de Justiça Distributiva e a Satisfação com o Sistema de Avaliação de Desempenho, não se tendo comprovado o mesmo para a Percepção de Justiça Procedimental.
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A avaliação de desempenho é utilizada pelas organizações para aprovisionar os programas de desenvolvimento, distribuição de recompensas e, também, para fornecer uma perceção de justiça aos trabalhadores em relação às suas tarefas, aos postos de trabalho, à organização, às chefias e aos departamentos. É um processo contínuo através do qual a comunicação é afetivamente feita entre as chefias e os funcionários de uma organização. O objetivo deste trabalho é explorar o sistema de avaliação de desempenho no âmbito da justiça organizacional, e, mais especificamente, dos três tipos de justiça, designadamente, a justiça distributiva, a justiça procedimental e a justiça interacional. Assim, pretende-se conhecer a perceção dos militares em relação à distribuição de resultados na avaliação de desempenho, à forma como se processa a avaliação de desempenho e à dinâmica das relações na avaliação de desempenho. A amostra deste estudo foram 231 militares, das categorias de Oficiais e Sargentos, de várias especialidades, da Força Aérea Portuguesa. Os dados foram recolhidos através de um questionário disponibilizado a todos os militares dos Quadros Permanentes da Força Aérea. Pelos resultados obtidos, observou-se que há perceção de justiça organizacional no sistema de avaliação do mérito nos militares da Força Aérea, com coeficientes positivos em todas as dimensões de justiça. Destaca-se a justiça interpessoal, seguida da distributiva, procedimental, e informacional. Verifica-se ainda que as perceções de justiça procedimental e informacional estão muito próximas.
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En Argentina la discusión referente a los contenidos de la enseñanza, ha dominado la escena de las políticas educativas de los noventa. Sin embargo, lejos de ponerse en práctica, es un debate pendiente para la Educación Corporal. Este trabajo avanza en un análisis teórico y epistemológico respecto de los saberes y prácticas en el espacio escolar y propone centrar el debate en relación a los contenidos de la enseñanza, entendidos como saberes y prácticas, históricas, situadas y políticas. Los contenidos, no forman parte de ninguna naturaleza humana, sino que conforman un continente construido, acordado y legitimado, que resulta de la historia y las luchas que caracterizan el campo escolar. Sostenemos que un contenido es a la vez un saber y una práctica, diferenciamos el saber, del conocimiento y expresamos la imposibilidad de atomizarlo, es decir, un contenido es a la vez conceptual, procedimental y actitudinal. Por último, entendemos que un contenido es aprendido cuando es incorporado. Nuestra hipótesis de trabajo consiste en analizar los saberes tomando como herramienta teórico-explicativa el concepto de habitus bourdieuano. Para hacerlo, retomamos como ejes centrales la propuesta teórico-metodológica de Pierre Bourdieu, las publicaciones de Ricardo Crisorio en relación al Problema de los Contenidos de la enseñanza y los aportes del Grupo de Estudios en Educación Corporal (UNLP)
Resumo:
Partiendo de los estudios de la interfaz semántico-sintáctica de Ken Hale y Jay Keyser (1993, 1998) y Jaume Mateu i Fontanals (2000, 2002), asumimos que la estructura argumental determinante de la organización de la sintaxis oracional tiene su origen en constructos semánticos sintácticamente estructurados. Estos constructos definen relaciones configuracionales entre predicados primitivos y argumentos. Existe, por lo tanto, una relación de transparencia entre la semántica y la sintaxis, la cual permite definir el significado oracional en función tanto del contenido conceptual-intencional, opaco para la sintaxis, como del constructo semántico, transparente para la sintaxis. A diferencia de otras propuestas, que postulan un máximo de cuatro constructos semánticos básicos, como es el caso de Hale y Keyser, o de tres constructos semánticos básicos, como es el caso de Mateu i Fontanals, proponemos que la Gramática Universal define un máximo de sólo dos constructos semánticos básicos, uno espacial y uno causativo, los cuales, por recursividad, darían origen a todas las configuraciones sintácticas de cualquier lengua natural. En un sistema lingüístico como el de la Morfología Distribuida, los constructos semánticos así definidos formarían parte de una lista "A" presintáctica, conformada por morfemas abstractos, vg. sin matriz fonológica asociada, los cuales codifican tanto rasgos intencionales-funcionales de índole procedimental, vg. instrucciones sobre la asignación de referencia, como raíces semántico-conceptuales de índole nominal, vg. entidades conceptuales genéricas. Estos constructos, seleccionables por el sistema computacional, definen esqueletos configuracionales básicos que organizan el ensamble de los morfemas abstractos pertinentes a cada derivación. Este modelo, por lo tanto, define la conformación composicional de los apareamientos entre significado y forma, a partir de procesos computacionales previos a la inserción de las piezas de vocabulario. Ofrecemos evidencia morfosintáctica que probaría la pertinencia y la productividad de un sistema binario de constructos semánticos
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Partiendo de los estudios de la interfaz semántico-sintáctica de Ken Hale y Jay Keyser (1993, 1998) y Jaume Mateu i Fontanals (2000, 2002), asumimos que la estructura argumental determinante de la organización de la sintaxis oracional tiene su origen en constructos semánticos sintácticamente estructurados. Estos constructos definen relaciones configuracionales entre predicados primitivos y argumentos. Existe, por lo tanto, una relación de transparencia entre la semántica y la sintaxis, la cual permite definir el significado oracional en función tanto del contenido conceptual-intencional, opaco para la sintaxis, como del constructo semántico, transparente para la sintaxis. A diferencia de otras propuestas, que postulan un máximo de cuatro constructos semánticos básicos, como es el caso de Hale y Keyser, o de tres constructos semánticos básicos, como es el caso de Mateu i Fontanals, proponemos que la Gramática Universal define un máximo de sólo dos constructos semánticos básicos, uno espacial y uno causativo, los cuales, por recursividad, darían origen a todas las configuraciones sintácticas de cualquier lengua natural. En un sistema lingüístico como el de la Morfología Distribuida, los constructos semánticos así definidos formarían parte de una lista "A" presintáctica, conformada por morfemas abstractos, vg. sin matriz fonológica asociada, los cuales codifican tanto rasgos intencionales-funcionales de índole procedimental, vg. instrucciones sobre la asignación de referencia, como raíces semántico-conceptuales de índole nominal, vg. entidades conceptuales genéricas. Estos constructos, seleccionables por el sistema computacional, definen esqueletos configuracionales básicos que organizan el ensamble de los morfemas abstractos pertinentes a cada derivación. Este modelo, por lo tanto, define la conformación composicional de los apareamientos entre significado y forma, a partir de procesos computacionales previos a la inserción de las piezas de vocabulario. Ofrecemos evidencia morfosintáctica que probaría la pertinencia y la productividad de un sistema binario de constructos semánticos
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En trabajos anteriores (Romero, 2008a y b, Alabart Lago, L., P. Díaz y G. Herrera, 2012, Alabart Lago, L. y Herrera, G., 2013) se intentó mostrar que el mecanismo interpretativo que propone la TR podría resultar adecuado como uno de los sistemas externos (también interpretativos) postulados por la GG, más precisamente, el sistema llamado CI. La relación que intentamos establecer tendrá en cuenta lo siguiente como marco teórico: a) En TR se afirma que la interpretación de un enunciado se deriva de las estructuras sintácticas, y esta derivación se realiza "en paralelo" con la derivación de estructuras llevada a cabo por las operaciones del componente sintáctico. b) En las últimas propuestas de la GG, extensiones y revisiones del PM propuesto en Chomsky (1995) no solo se dejan de lado los niveles de representación internos SP y ES sino también se considera prescindible la interfaz FL (Chomsky, 2005). Las estructuras generadas se transfieren a los sistemas externos en cuanto rasgos formales de las Categorías Funcionales son valorados. Mantendremos la noción de que el sistema computacional es relativamente irrestricto y que sus operaciones son condicionadas solo por Atracción y las llamadas "condiciones de legibilidad" impuestas por los sistemas externos, fundamentalmente el Principio de Interpretación Completa (PIC). c) Tendremos en cuenta la propuesta de Leonetti y Escandell Vidal (2004), que sostiene que las CCFF de la GG pueden considerarse equivalentes a las Categoría Procedimentales propuestas por la TR. En este sentido consideraremos válida la afirmación de Chomsky (1998) acerca de que las CCFF centrales (C, T, v y D) tienen propiedades semánticas. d) Otro factor que tendremos en cuenta es la noción de fase en la derivación, considerándola correcta en los términos expuestos en Chomsky (2001 y 2005) y Gallego (2007 y 2009), con ciertas modificaciones. Nuestra hipótesis puede resumirse en lo siguiente: Las operaciones de extracción de inferencias propuestas por TR se aplican durante la derivación sintáctica independientemente de que se haya transferido o no una fase. Es más, esperamos poder demostrar que algunos mecanismos inferenciales imponen ciertas condiciones que afectan a la valoración de los rasgos de las CCFF. Pretendemos también intentar mostrar que además de los núcleos de fase reconocidos, C y v, debe considerarse fase a SD, porque contiene rasgos específicos de cuyo cotejo y valoración se desprende el valor que recibirán otros rasgos en el curso de la derivación. Con estos fundamentos esperamos poder elaborar una descripción de cómo interactúan ambos sistemas en la derivación de una oración y la asignación (casi simultánea) de significado
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En Argentina la discusión referente a los contenidos de la enseñanza, ha dominado la escena de las políticas educativas de los noventa. Sin embargo, lejos de ponerse en práctica, es un debate pendiente para la Educación Corporal. Este trabajo avanza en un análisis teórico y epistemológico respecto de los saberes y prácticas en el espacio escolar y propone centrar el debate en relación a los contenidos de la enseñanza, entendidos como saberes y prácticas, históricas, situadas y políticas. Los contenidos, no forman parte de ninguna naturaleza humana, sino que conforman un continente construido, acordado y legitimado, que resulta de la historia y las luchas que caracterizan el campo escolar. Sostenemos que un contenido es a la vez un saber y una práctica, diferenciamos el saber, del conocimiento y expresamos la imposibilidad de atomizarlo, es decir, un contenido es a la vez conceptual, procedimental y actitudinal. Por último, entendemos que un contenido es aprendido cuando es incorporado. Nuestra hipótesis de trabajo consiste en analizar los saberes tomando como herramienta teórico-explicativa el concepto de habitus bourdieuano. Para hacerlo, retomamos como ejes centrales la propuesta teórico-metodológica de Pierre Bourdieu, las publicaciones de Ricardo Crisorio en relación al Problema de los Contenidos de la enseñanza y los aportes del Grupo de Estudios en Educación Corporal (UNLP)
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Partiendo de los estudios de la interfaz semántico-sintáctica de Ken Hale y Jay Keyser (1993, 1998) y Jaume Mateu i Fontanals (2000, 2002), asumimos que la estructura argumental determinante de la organización de la sintaxis oracional tiene su origen en constructos semánticos sintácticamente estructurados. Estos constructos definen relaciones configuracionales entre predicados primitivos y argumentos. Existe, por lo tanto, una relación de transparencia entre la semántica y la sintaxis, la cual permite definir el significado oracional en función tanto del contenido conceptual-intencional, opaco para la sintaxis, como del constructo semántico, transparente para la sintaxis. A diferencia de otras propuestas, que postulan un máximo de cuatro constructos semánticos básicos, como es el caso de Hale y Keyser, o de tres constructos semánticos básicos, como es el caso de Mateu i Fontanals, proponemos que la Gramática Universal define un máximo de sólo dos constructos semánticos básicos, uno espacial y uno causativo, los cuales, por recursividad, darían origen a todas las configuraciones sintácticas de cualquier lengua natural. En un sistema lingüístico como el de la Morfología Distribuida, los constructos semánticos así definidos formarían parte de una lista "A" presintáctica, conformada por morfemas abstractos, vg. sin matriz fonológica asociada, los cuales codifican tanto rasgos intencionales-funcionales de índole procedimental, vg. instrucciones sobre la asignación de referencia, como raíces semántico-conceptuales de índole nominal, vg. entidades conceptuales genéricas. Estos constructos, seleccionables por el sistema computacional, definen esqueletos configuracionales básicos que organizan el ensamble de los morfemas abstractos pertinentes a cada derivación. Este modelo, por lo tanto, define la conformación composicional de los apareamientos entre significado y forma, a partir de procesos computacionales previos a la inserción de las piezas de vocabulario. Ofrecemos evidencia morfosintáctica que probaría la pertinencia y la productividad de un sistema binario de constructos semánticos
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OBJECTIVE: To dev elop and evaluate the use of a body adjustable device for training of peripheral venous catheterization for healthcare undergraduate students . METHODS: This study involved two phases: I) development of the innovative simulator and II) a controlled trial co mparing the performance of the body adjustable device in relation to the commercial simulator for the training of venipuncture skills. A total of 79 first - year medical students participated in the intervention phase, which consisted of pretest assessment, lecture on peripheral venous access, randomization into two groups according to the simulator used for training (Commercial Simulator and Experimental Simulator), real venipuncture procedure, post - test assessment and evaluation of satisfaction. RESULTS: Gr oups were homogeneous in age, sex, pre - test and post - test scores, attitudinal assessment and performance in performing the real venipuncture. Students from the Experimental Simulator group performed better on the filling of simulated records. At the end of the study, cognitive gain significantly increased in both groups. The degree of realism perceived by students was equivalent for two groups. A total of 85.7% of students rated the Experimental Simulator as good or excellent. CONCLUSIONS: Experimental simu lator proved to be a low cost alternative for the training of venipuncture skills in upper limb. The cognitive procedural and attitudinal performances of students who used the experimental simulator were similar to those observed in the group trained with commercial simulator.
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This master thesis aims to research the tension established between the judicial review and democratic theory which was always present in the constitutional doctrine of separation of powers. In this regard, the expansion of the Brazilian constitutional jurisdiction checked after the occurrence of the Federal Constitution of 1988 and the inertia of the Legislature in disciplinary relevant legal aspects of Brazilian society contributed to a hyperactivity of the Supreme Court. However, in a complex society of context, as is the Brazilian society, there are contained demands and political controversies that hardly would be well represented or resolved through the action of the Court of ministers at the expense of other government bodies. Among the supremacy of Parliament and the legitimacy deficit of these magistrates, is the constitutional text and the social fabric that makes this legal status of the political. Participatory democracy established by the guidelines of the Federal Constitution requires this perspective when the Supreme Court acting in place of concentrated constitutionality control. In a plural society, there is no reason to get rid of state decision moments popular participation. Lack the Supreme Court, this time, the democratizing perception that the institute brings to the interior of the Court, as state determination of space in which to come together and meet the aspirations of society and state claims. The dissertation investigates thus the possibility of amicus curiae Institute serve as a mediator of the democratic debate, to assist the Supreme Court in the preparation of the decision is, historically, that which is of greater legitimacy, from the perspective of a theory participatory democracy. Analyzes, likewise, the unfolding of abstract judicial review in the context of Brazilian law. Proposes, incidentally, a rereading of the separation of powers, with the call for the Judiciary be careful not to become the protagonist of national political decisions. It maintains, finally, that procedural opening the interpreters of the constitution, through the amicus curiae Institute, shows up as able to decrease the legitimacy deficit in the performance of the Brazilian Supreme Court.