1000 resultados para Derecho civil -- Colombia
Resumo:
El propósito central de la propuesta de investigación es responder a la siguiente pregunta: ¿la proliferación de respuestas teóricas al desplazamiento forzado, impulsada con la declaratoria del estado de cosas inconstitucional (ECI) en 2004, generó algún cambio en el paradigma de la responsabilidad patrimonial del Estado (REPE), que orientó al Consejo de Estado al definir la responsabilidad de las autoridades por desplazamiento forzado (DEFO), entre 2004 y 2010? Para lograrlo, comenzamos por aproximarnos a los elementos del paradigma tradicional de la responsabilidad estatal y luego tratamos de desarrollar las etapas de la teoría de las revoluciones científicas, propuesta por el profesor Thomas Kuhn. En ese orden, encontramos en primer lugar, que es posible hablar de un paradigma tradicional de la REPE pero muy difícil hallar sus contornos con absoluta precisión. Se trata de un complejo andamiaje de conceptos, creencias y valores en constante formación y redefinición. En segundo lugar, intentamos tomar consciencia de la anomalía del DEFO, esto es, apreciar de cerca sus características. Fue así como logramos evidenciar que se trata de un fenómeno fuertemente arraigado en nuestra historia, cuyas soluciones requieren esfuerzos interdisciplinares. En tercer lugar, emprendimos la exploración conceptual: buscamos dentro de una amplia urdimbre de propuestas académicas aquellas que se pudieran conectar mejor con los elementos del paradigma de la REPE. Identificamos 18 líneas de fuga teórica alrededor de los conceptos del daño, imputación y reparación. Todas apuntan hacia la ampliación de sus alcances y la búsqueda de remedios más eficaces y democráticos para las víctimas del DEFO. En cuarto lugar, contrastamos dichas propuestas con las respuestas que ofreció el Consejo de Estado a la población en desplazamiento, en sus fallos proferidos entre 2004 y 2010 en esta materia. Finalmente, después de dicha exploración encontramos que el paradigma de la REPE no fue radicalmente alterado por la proliferación de respuestas teóricas ofrecidas después de 2004. El máximo juez contencioso tomó cierta consciencia de la anomalía, exploró algunas aristas del fenómeno, pero se quedó corto a la hora de evaluar el alcance de sus herramientas tradicionales y proponer soluciones novedosas y eficaces. Presenciamos algunos cambios en el concepto y alcance de la reparación, originados en decisiones anteriores poco relacionadas con eventos de desplazamiento, que resultan insuficientes a la luz de las exigencias de la problemática del DEFO.
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En Colombia, la construcción, operación y administración de los puertos, exige el otorgamiento por parte del Estado, de una concesión portuaria a sociedades portuarias, la cual se concede previo el agotamiento de un trámite administrativo especial de iniciativa privada, mediante el ejercicio del derecho de petición en interés particular, o por medio de una oferta oficiosa impulsada por el Estado. Los trámites enunciados están previstos en la Ley 1ª de 10 de enero de 1991 y en el Decreto 4735 de 2 de diciembre de 2009. Si bien, el régimen legal prevé mecanismos que permiten la comparecencia de terceros dentro del trámite, no contempla la manera como debe tramitarse la solicitud de concesión portuaria, radicada por fuera del término previsto en el artículo 10 de la Ley 1ª de 1991, sin que constituya una oposición o propuesta alternativa a una solicitud, sobre una misma área en estudio de petición de concesión.
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La responsabilidad disciplinaria no se puede ser entendida como la existencia de dolo o culpa en la actuación del funcionario público sino como el juicio de exigibilidad en el cual el juez disciplinario debe establecer si el deber funcional era exigible en las específicas circunstancias del caso, dependiendo de los requisitos necesarios para el ejercicio del cargo de representante legal de una Entidad estatal y dados los conocimientos requeridos para la ejecución del deber funcional.
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En resumen, se puede establecer que en la actualidad existe un problema en torno a las políticas penitenciaria y carcelaria generadas a partir del gobierno de Álvaro Uribe Vélez en Colombia, debido a que aun cuando su formulación parecen adecuarse a los 10 fundamentos constitucionales que deben inspirar de por sí toda política generada a partir de un Estado Social de Derecho y procuran un manejo de la problemática básica, no gozan de toda claridad, profundidad y efectividad, tema que se analizará en las siguientes páginas.
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El cuidado del Medio Ambiente es un tema que desde las últimas décadas ha venido tomando cada vez más importancia en el mundo entero. Después de dos devastadoras guerras Mundiales y de una acelerada industrialización de países que hoy se constituyen como los más desarrollados a nivel global, la Comunidad Internacional se ha puesto a través de los años en la tarea de reunirse y tratar de encontrar soluciones a los problemas que afectan hoy el Medio Ambiente y su conservación en todo el mundo. Desde la creación de las Naciones Unidas en 1945, se pensó en darle un espacio a la discusión del cuidado del planeta y fue en 1972 cuando se decidió crear el Programa de las naciones Unidas para el Medio Ambiente PNUMA1. La Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo (CNUMAD)2 hecha en 1992 fue tal vez la reunión más importante que propuso una actividad concreta de los Estados para el cuidado ambiental, tuvo la oportunidad de convocar a 172 gobiernos y a otras organizaciones que para ese entonces ya se interesaban por este tema de talla mundial.
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Es necesario agregar que la finalidad de este proyecto de tesis es la de pretender que la administración del impuesto tenga un manejo sencillo tanto para los fiscos locales como para los contribuyentes del tributo, con el fin de respetar así los principios constitucionales de legalidad, equidad, eficiencia, progresividad y seguridad jurídica de los que tanto habla la doctrina colombiana pero que en situaciones como la presente no son respetados en su totalidad.
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El trabajo a desarrollar tratará en una primera instancia las concepciones que surgieron con antelación a la Constitución Política de 1991, en donde la L ey adoptó a la infracción tributaria como ilícito (sin elevarlo a la categoría de delito y/o contravención), teniendo en cuenta las tendencias legales en materia penal y tributaria vigentes para la época, con in cidencia en la doctrina y la jurisprudencia. Con posterioridad se analizarán los cambios que la nueva Constitución introdujo para que fuesen acatados por los ordenamientos inferiores, y las consecuentes reacciones jurisprudenciales, legales y de doctrina que conllevaron la promulgación de dicha Carta y del Código Penal de 2000. Todo éste estudio se concreta sobre la discusión que surge al respecto de la responsabilidad de un infractor, pues se debe ser contundente al momento de expresar si dicha responsabilidad deriva objetivamente, o si por el contrario deriva de factores subjetivos que desentrañan el concepto de culpa
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Existe una tendencia generalizada que se ha venido gestando a los largo de los años con relación a la autonomía del Derecho Concursal como una disciplina jurídica independiente, en la medida en que algunas reglas e instituciones propias que rigen y estructuran a este tipo de procesos (los concursales) tienden a variar, desplazar o sustituir la aplicación de algunas normas que rigen en un contexto de normalidad. Por lo tanto, por medio del presente escrito se busca confirmar dicho planteamiento en relación con el Derecho de Obligaciones, es decir, veremos cómo instituciones propias del régimen concursal suscitan trascendentales incidencias en múltiples instituciones del Derecho de Obligaciones, en ocasiones confirmando las soluciones y reglas esbozadas en este último, y, en otras, introduciendo muy importantes variantes. Como consecuencia se propone que en el estudio de las instituciones del Derecho Concursal se considere la Teoría General de las Obligaciones, la cual irradia a aquél y el cual en gran medida se supedita a ésta.
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Water, considered as an environmental resource and as an economic and social good, should be part of the Colombian public agenda, not only not only in terms of the use and preservation of hydro resources, but also in terms of the social implications of its possession and use. The world wide preoccupation with the diminution of natural resources, species extinction and water shortage has its origins in the seventies. One of the results was the establishment of international conventions and agreements to achieve responsible management of natural resources. Regarding water as a resource, it is intrinsically bound to the Earth’s natural processes and ecosystems. As regards the Colombian case, the “right to water in Colombia” is analyzed taking into account: water as an integral part of sustainable development, the right to water as a global debate and, finally, the right to water in the Colombian context within the explanatory framework of the Water Referendum.
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Este tema abarca aspectos esenciales del ser humano como son: la perpetuación de la especie humana, el mejoramiento de la calidad biológica en sus distintas facetas, la disminución y prevención de enfermedades hereditarias mediante la manipulación genética.
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El Derecho Internacional Privado clásico contemplaba un ordenamiento jurídico aplicable exclusivamente a los nacionales de un Estado y a los actos que estos realizaban dentro de un territorio previamente delimitado.
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La importancia del control constitucional, ha sido no sólo subestimada en nuestro país, sino que ha recibido reiterados ataques, hasta de otras ramas del poder publico, que sienten lesionadas sus facultades y su autonomía.
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Organizaciones internacionales como la ONU, que gracias a un análisis de las funciones y finalidades de la CNUDMI el objetivo es comprender la razón por la que este órgano elaboró la Convención sobre la Cesión de Créditos en el Comercio Internacional
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La responsabilidad civil contractual analiza la actuación del deudor frente a las obligaciones contraídas en un acto jurídico. Para que se pueda demostrar su responsabilidad, se debe probar el contrato, el daño producido y el vínculo de causalidad existente entre la inejecución y ese perjuicio ocasionado al acreedor de la relación
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Examinar el concepto de abuso del derecho, es una tarea extensa, pero imprescindible para los fines que nos ocupan, pues, si no conocemos la figura, mal podríamos derivar sus aplicaciones.