829 resultados para Salarios – Legislación – Colombia
Resumo:
The possibility of commercially exploiting plant, animal and human genetic resources unlocked by biotechnology has given rise to a wide range of cultural, environmental, ethical and economic conflicts. While supporters describe this activity as bioprospecting, critics refer to it as biopiracy. According to this latter view, international legal agreements and treaties have disregarded opposition and legalized the possibility of appropriating genetic resources and their derivative products through the use of patents. The legal framework that permits the appropriation of natural genetic products in Colombia also criminalizes aspects of traditional ways of life and enables a legally approved but socially harmful land-grabbing process. The article describes these processes and impact in terms of the inversion of justice and the erosion of environmental sustainability.
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Los estudios sobre seguridad en Colombia han incorporado en sus análisis las implicaciones políticas que la seguridad tiene para la consolidación de la democracia, la ciudadanía, la memoria, la verdad o los Derechos Humanos. Por esta razón, este artículo analiza la primera política estatal sobre seguridad que se implementó entre 1978 a 1982, conocida como el Estatuto de Seguridad y los efectos que tuvo en la institucionalización de la protección y defensa de los Derechos Humanos. El texto esta dividido en tres partes: La primera parte, analiza la instrumentalización del Estatuto a través de las relaciones cívico-militares, la ideologización y la ocupación y administración de las instituciones; la segunda parte, los alcances del Estatuto respecto a las violaciones de los derechos fundamentales y de los procedimientos legales, así como un intento por ver este fenómeno a través de la dinámica campo-ciudad. La última parte, explica el desmantelamiento del Estatuto en las postrimerías del gobierno en 1982.
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Decía Tomás de Aquino que “lex non est ipsum ius, proprie loquendo, sed aliqualis ratio iuris” 1: “[…] la ley no es el mismo derecho, propiamente hablando, sino cierta racionalización del derecho”. En concordancia con esto, entre nosotros enseñaba Alberdi que “saber, pues, leyes, no es saber derecho”, dado que “las leyes no son más que la imagen imperfecta y frecuentemente desleal del derecho que vive en la armonía viva del organismo social”, del cual hay que “conocer su genio, su misión, su rol”, porque “es el alma, la vida, el espíritu de las leyes” 2. Esto lleva, según el maestro argentino, a que “en materia de leyes, no se puede hacer nada, si no se sabe el derecho”3. El derecho no es la ley, entonces, pero sin embargo la ley tiene una relación estrecha con el derecho, del cual a veces es su causa eficiente, como ocurre con las materias de mero Derecho Positivo, y otras, es una suerte de causa ejemplar, cuando refleja la justicia natural de las cosas. La causa final inmediata de toda ley, por otra parte, debe ser el derecho, y la mediata, el bien común. El hecho, entonces, de que las leyes tengan una función segunda con respecto al derecho no las vuelve menos importantes. El conocimiento de las leyes, así, no es algo ajeno al oficio del jurista, sino que es un elemento fundamental para la búsqueda de la justicia en los casos concretos...
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Resumen: Los hallazgos de instrumentos musicales en entierros y cuevas de Santanderhan permitido reconstruir algunas de las características del arte musical Guane. El grupo de artefactos estudiado esta compuesto porocho quenas de caña, una quena de hueso, una ocarina de cerámica, una ocarina de caña, una zampoña de hueso y unas maracas; estos instrumentos son la única evidenciaen existencia de la práctica musical Guane más allá de los escritos realizados por los cronistas españoles, por lo que han sido estudiados y consignados aún cuando algunos presentan un avanzado estado de deterioro. El estudio acústico y la observación realizada con la aprobación de las instituciones en las cuales reposan estos artefactos han permitido obtenerinformación acerca de la organología, las técnicas de construcción y organización modal de los instrumentos, con lo cual se diluyen las nociones de una cultura musical caótica para dar paso al encuentro de los sistemas sonoros específicos utilizados por esta comunidad prehispánica.
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Han transcurrido tres décadas y un lustro desde que Prudentia Iuris salió a la luz, como revista jurídica de la UCA, período en que publicó trabajos relacionados con la ciencia del Derecho, a los que dedicaron amplio espacio sus directores. Los variados volúmenes de esta publicación reflejaron el pensamiento de autores diversos, por lo general docentes de esta casa, ceñidos a las pautas de seriedad en las investigaciones realizadas, cuanto en los juicios críticos emitidos. De ese modo, constituye un valioso testimonio de la evolución habida durante ese período en la doctrina sobre temas clásicos y también sobre cuestiones vinculadas a la actualidad. El homenaje a ese aniversario tiene por objeto brindar un panorama de la legislación civil dictada durante ese lapso que coincide con el retorno al pleno imperio de la Constitución Nacional, legislación abundante sujeta a la dinámica de los hechos vividos con una marcada afirmación de los Derechos Humanos, una tendencia hacia lo social y la búsqueda de mecanismos igualitarios. Desde esa perspectiva, se intenta trazar un bosquejo histórico de la normativa dictada en el campo del Derecho Civil, rama que ha ido ampliando su contenido. Esa normativa obedeció a tres factores principales: la política, la economía y la internacionalización del Derecho. Su característica inicial fue ser una legislación inorgánica, asistemática, circunstancial, con falta de rigor conceptual que desapareció en gran medida con la sanción del novísimo Código Civil y Comercial, más la vigencia del Digesto Jurídico Argentino...
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Resumen: En el presente artículo nos abocaremos al estudio de las relaciones cristiano- judías en Castilla entre los siglos X y XIII a partir del análisis de la legislación castellana contenida en cartas pueblas, fueros, ordenanzas, Partidas y otros tantos instrumentos jurídico legales.
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Resumen: En esta propuesta se discuten las consideraciones éticas sobre la investigación, hechas en tres códigos, a saber, la ley 1090 de 2006, que rige el ejercicio profesional del psicólogo en Colombia, el Código de Ética Profissional do Psicólogo do Conselho Federal de Psicología en Brasil y el Código Nacional de Ética de la Federación de Psicólogos de la República Argentina. El análisis de los preceptos sobre trato con personas, consentimiento informado y manejo de información, así como las investigaciones con animales, permiten apreciar carencias y fortalezas en cada país, además de las particularidades propias de una concepción del rol del psicólogo como investigador en la sociedad actual.
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Resumen: Nadie, de entre los historiadores del derecho, podría animarse a negar la presencia de fuentes romanas (en especial esa compilación tardía denominada Corpus Iuris Civilis) dentro de Partidas; con particular acento en el caso del Digesto. Por esto, en términos de su materialidad, lo que se presentará aquí será un trabajo de cotejo entre títulos específicos de las obras citadas y que refieren al tópico de la tortura. Por un lado, el título 18 del libro XLVIII del Digesto junto con el título 41 del libro IX del Codex. Del otro lado, el título 30 del libro VII de Partidas. Esta comparación buscará no tanto las equivalencias textuales (que son conscientemente obviadas por los redactores a pesar de conocer a la perfección los sistemas de citado) como el sentido último de introducir estos textos en el corpus legislativo castellano. En este sentido, lo que se buscará será plantear métodos posibles para sortear el problema de la intertextualidad en un mundo sin autores.
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Este ensayo propone que la crianza debe ser objeto de renovada investigación. Esto con el fin de que una forma de crianza llamada humanizada, que es aquella en la que se educa con base en el reconocimiento de los derechos de los niños y adolescentes, se promocione y se posicione en las políticas sociales. Para ello se exponen someramente las condiciones político-legislativas colombianas e internacionales.
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Contenido: El Derecho Agrario y la cuestión ambiental / Fernando P. Brebbia – Agricultura asociativa y recursos naturales / Nancy Malanos – Teoría de la frustración del fin del contrato / María Rosa Rey – El Defensor del Pueblo en la legislación y la praxis colombiana / Guillermo Jorge Yacobucci – Las reformas introducidas a la Constitución Nacional en agosto de 1994 / Silvana S. González Napolitano – La filosofía política y la teoría de las relaciones internacionales en la perspectiva de Martin Wight / Hernando V. Cañardo – Notas bibliográficas
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Introducción: Desde el 2006 a la fecha se han promulgado una notable cantidad de leyes de cobertura algunas regulando el tratamiento de diferentes patologías y otras estableciendo prestaciones que parecen exceder el marco estrictamente sanitario. En el presente trabajo nos hemos enfocado en las diez normas más recientes con el objetivo de comparar la cobertura que brinda cada una de ellas, lo que nos permitirá describir tendencias legislativas y la actualidad del sistema de salud. En ese marco surgen interrogantes respecto de la pertinencia de las nuevas prestaciones contempladas y se plantean dudas en relación con otros cuerpos normativos que no las incluyen. ¿Son las normas analizadas equitativas? ¿Son claras a la hora de definir el alcance de su cobertura? ¿Cómo repercuten estas cuestiones en el paciente? ¿Representan una mayor cobertura en materia de salud?
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PRIMERA PARTE RECONOCIMIENTO Y COLECCION DE DATOS I. HISTORIA FORESTAL DE NICARAGUA II.- DIBTRIBUCION Y CLASES DE BOSQUES EN NICARAGUA III. INFLUENCIA PROTECTORA DE LA VEGETACION EN NICARAGUA IV.- ADMINISTRACION FORESTAL V.- FORMAS DE PROPIEDAD DE LAS TIERRAS FORESTALES VI.- CONCESIONES MADERERAS VII.- LA INDUSTRIA MADERERA EN NICARAGUA VIII. RESUMEN DE LA LEGISLACION FORESTAL VIGENTE SEGUNDA PARTE DETERMINACION DE LAS NECESIDADES IX.- EL GOBIERNO Y LOS BOSQUES X.- ANALISIS DE LAS LEYES FORESTALES VIGENTES XI.- POLITICA FORESTAL PARA NICARAGUA TERCERA PARTE CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES XII.- CONCLUSIONES XIII.- RECOMENDACIONES BIBLIOGRAFIA APENDICE (Leyes Forestales vigentes de Nicaragua)
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The first of January, 1912, E. A. Goldman, of the Biological Survey, Department of Agriculture, was again detailed on the Smithsonian Biological Survey of the Canal Zone. He returned to Panama in January and remained there until the last of June passing most of this period in collecting birds and mammals on the slopes of Mount Pirri on the Pacific side of eastern Panama, near the Colombian border...(Document contains 27 pages)
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[ES] El objetivo del presente trabajo es reflejar las acciones legislativas que se han emprendido desde el estado argentino en sus diferentes jurisdicciones en materia de responsabilidad social empresaria. A partir del mismo se pretende fijar posición desde la perspectiva de los autores sobre su escenario futuro.