493 resultados para garantias


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O objetivo deste trabalho foi analisar fertilizantes tipo fritas comercializados no Brasil, utilizando o método prescrito para análise de fertilizantes minerais não-fritas, o que normalmente tem sido feito na rotina pelos laboratórios de análises de fertilizantes. Também foram analisados os teores de Cd, Ni e Pb nesses fertilizantes. Observou-se que o método utilizado foi adequado para a análise dos fertilizantes tipo fritas, o que indica que as fritas comercializadas no Brasil não são realmente fritas, isto é, silicatos fundidos com micronutrientes. A presença de micronutrientes metálicos nos produtos sem as respectivas garantias e a alta concentração de metais indesejáveis, principalmente Pb, são fortes indícios de utilização de resíduos industriais na fabricação desses fertilizantes. Sugere-se que sejam estudados e propostos extratores químicos para avaliar a eficiência agrícola desses produtos.

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O artigo busca comparar algumas das razões diversas subjacentes à crítica comum de Leibniz e de Hume à idéia de uma liberdade de indiferença. Em Leibniz, como a ligação harmônica entre as substâncias individuais concretas se dá exclusivamente por meio de relações intrínsecas a seus conceitos completos, só é possível haver indiferença no domínio das noções incompletas ou de razão, o único em que podemos privilegiar e isolar termos e relações uns dos outros. Em Hume, a impossibilidade de fato de escaparmos da regularidade das relações extrínsecas, que, pela aplicação das regras gerais, acabam por se estender a toda a experiência, ainda que sem garantias racionais, relega a indiferença à situação quase fictícia de um estado original da mente, anterior à experiência, ou então ao domínio restrito de situações que provocam o afloramento desse estado no interior da experiência.

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Nas últimas décadas, a maior preocupação ambiental vem tendo reflexos em vários setores da economia e na maneira como os produtos são avaliados pelos consumidores. Especificamente com relação aos produtos florestais, o mercado passou a exigir garantias de que estes não sejam oriundos de atividades ilegais. Um dos instrumentos desenvolvidos para tal fim foi a certificação florestal, representada atualmente no Brasil pelos sistemas Forest Stewardship Council (FSC) e CERFLOR/PEFC. A certificação, além de atestar o sistema de manejo da operação florestal, exige o cumprimento das legislações nacionais vigentes no país. O Brasil, apesar de possuir legislação ambiental e trabalhista bastante completa, apresenta, de forma geral, dificuldade em seu efetivo cumprimento. Nas organizações florestais, o quadro não é diferente, pois as questões legais foram um dos principais desvios verificados nos relatórios de certificação. Assim, este trabalho teve por objetivo verificar a contribuição da certificação florestal no Estado de Minas Gerais no que diz respeito a aspectos de conformidade com a legislação ambiental e social. Para isso, buscaram-se os dados nos relatórios públicos das unidades de manejo florestal certificadas pelo FSC até dezembro de 2008. A análise teve foco em dois dos 10 princípios do FSC: Princípio 1 "Obediência às leis a aos princípios e critérios do FSC" e Princípio 4 "Relações comunitárias e direitos dos trabalhadores", que estão diretamente ligados ao atendimento das questões ambientais e sociais. Os resultados indicaram que o principal problema no âmbito legal foi o descumprimento da legislação ambiental, especificamente relacionado às áreas de preservação permanente e reserva legal. Já as questões sociais mais relatadas se referem aos requisitos de saúde e segurança do trabalho, em especial à Norma Regulamentadora NR -31. Para que se obtenha e mantenha o certificado de manejo, é exigido que todas as não conformidades sejam tratadas no sentido de serem corrigidas. Dessa forma, concluiu-se que a certificação florestal é um mecanismo que efetivamente contribui para o cumprimento da legislação ambiental e social do setor florestal no Estado de Minas Gerais.

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Una de las etapas procesales de mayor importancia en las nuevas acciones populares corresponde a la denominada audiencia especial para pacto de cumplimiento. En apariencia se trata de una audiencia similar a la de conciliación, pero sus antecedentes, interpretación jurisprudencial práctica y judicial, muestran novedosos aspectos que vale la pena conocer e investigar. La audiencia especial para pacto de cumplimiento es, ante todo, la oportunidad para analizar los acuerdos que permitan la protección efectiva de los derechos colectivos y, si es posible, el restablecimiento de las cosas al estado en que se encontraban antes de ser perturbadas. La ventaja de esta audiencia es que en ella se pueden obtener soluciones reales, discutidas entre los intervinientes, con el compromiso respaldado por sus firmas de levar a cabo las medidas convenidas y con el seguimiento de un comité o de una auditor para apoyar al juez en la búsqueda del cumplimiento de los acuerdos plasmados en la sentencia.

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En esta publicación se hace una presentación general de las acciones de grupo, con el objetivo de darle al lector herramientas para comprender cuál es la finalidad de este procedimiento y cuál es la razón por la que fue insertado en nuestro ordenamiento procesal como una herramienta especifica para obtener la reparación de los perjuicios masivos de entidad moderada, los cuales no tenían un medio idóneo para su efectiva reclamación. Debido a lo anterior, se realiza un análisis de las dificultades surgidas a partir de este procedimiento, con ocasión de la aplicación de la Ley 472 de 1998 por parte de la jurisprudencia, derivadas particularmente de haber confundido esta acción con la simple acumulación de pretensiones de más de veinte victimas. Dicho análisis se presenta enmarcado en la perspectiva desde la cual, dentro del estricto contexto legal, estas acciones deberían desarrollarse. En una segunda parte, de carácter más práctico, la obra trata los aspectos procesales propios de la acción de grupo que han generado discusiones o dificultades en su aplicación por la jurisprudencia. El libro permite a estudiantes, abogados y jueces adentrarse en este nuevo procedimiento y advertir las dificultades que encontrarán en su desarrollo.

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Este libro trabaja el tema de la acción de tutela en contra de providencias judiciales, que es el asunto más polémico del sistema colombiano. El lector encontrará aquí el desarrollo de tres dimensiones dogmáticas de la figura: la dimensión analítica, presente en la determinación de los conceptos fundamentales de la vía de hecho, sus características, su clasificación y la determinación del lugar que ocupa en la estructura del sistema constitucional colombiano; la dimensión empírica, que dispone el comportamiento real de la tutela contra sentencias, desde las violaciones concretas de los derechos fundamentales, efectuadas por los fiscales, jueces y magistrados en Colombia, y la dimensión normativa, que permite el balance de la práctica jurisprudencial, desde la consideración de las soluciones argumentalmente consistentes ofrecidas por la justicia constitucional. En lo descriptivo, la obra reconstruye quince años de evolución jurisprudencial de la figura, desarrolla cada una de las causales genéricas de procedibilidad de la tutela contra sentencias y hace el balance analítico de lo que impropiamente ha sido denominado como el “choque de trenes”.

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La educación está definida por la Constitución Política como derecho y como servicio público con función social. A su vez, para lograr este cometido se la ha definido como política pública, es decir, de máximo interés para el Estado. No obstante, lo plasmado en norma y programas no corresponde con la realidad. Aún hay actuaciones de la administración que vulneran el derecho a la educación por deficiencias en la prestación del servicio público educativo. De ahí el interés legítimo que tiene la colectividad para exigir de la administración, mediante las acciones populares, que se garantice la prestación del servicio público de la educación en las mejores condiciones posibles. La educación como servicio público es un derecho colectivo, y la comunidad puede exigir que se garantice su prestación adecuadamente, pues en la medida en que haya más personas bien educadas, ello redunda en beneficio de la sociedad y del Estado.

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El trabajo consta de dos artículos. El primero es una crónica la cual describe la difícil situación de la mujer en situación de desplazamiento en la ciudad de Bogotá. En el segundo trabajo se realiza un análisis en torno a si la política distrital de desplazamiento es eficaz para atender las necesidades y los derechos de estas mujeres en situación de vulnerabilidad.

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La Ley General Forestal en Colombia fue declarada inconstitucional luego de casi dos años de vigencia por violar el derecho a la consulta previa de las comunidades indígenas y afrocolombianas. Esta ley pretendía brindar un marco jurídico estable que estimulara la inversión privada en el sector forestal colombiano. La declaración de inexequibilidad fue vista por los promotores de la ley como la obstaculización del avance de la economía privada de este sector. Sin embargo, los grupos étnicos y ambientalistas celebraron la decisión como un reconocimiento al valor del bosque en términos ecológicos y culturales. El Ministerio de Agricultura adelanta ahora nuevos proyectos de ley para el manejo del recurso forestal. En el presente artículo analizo los proyectos de ley forestal a la luz de las diferentes concepciones e intereses que giran en torno al recurso forestal y en general a la naturaleza, para observar cómo las visiones de naturaleza determinan las formas en las que debe aprovecharse el recurso.

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Esta investigación describe la manera cómo interviene el Estado Colombiano en la promoción, protección y fortalecimiento de las formas solidarias, partiendo del respeto a los principios de autonomía, autodeterminación y autogobierno en que éstas se fundan.

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Se trata de explicar la procedencia de la Acción de Amparo contra providencias judiciales en donde el sujeto pasivo de la acción es la Corte Constitucional. Todo esto expuesto en un caso concreto.

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Lo que me propongo desarrollar a continuación es la idea según la cual, los procesos de justicia transicional deberían incluir entre sus mínimos normativos una noción de ciudadanía y de agencia política mucho más exigente que aquella que tradicionalmente está asociada al marco conceptual de la democracia liberal. En esta dirección, considero que la aproximación realizada por Hannah Arendt sobre la revolución como constitutio libertatis arroja elementos claves que pueden ser de utilidad en la búsqueda de consolidar la ciudadanía en los procesos de justicia transicional cuyo principal objetivo es la transición hacia regímenes democráticos.

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1) Elaborar un programa instruccional emotivo dirigido a la prevención de los desajustes, que fuera sistemático y facilmente aplicable a la dinámica de la clase. 2) Comprobar la persistencia de las mejoras obtenidas con el programa. 3) La eficacia del feedback escrito y personalizado sobre la adaptación. 4) Los efectos del tipo de monitor, maestro o psicólogo, sobre su eficacia. 5) Si dicho programa es más eficaz cuando se transmite en lenguaje metafórico que cuando se hace en lenguaje literal. Muestra 1: 61 alumnos de sexto de EGB de un colegio. Muestra 2: 159 alumnos de sexto de EGB de diversos colegios. Diseño pretest posttest con grupo placebo. Se seleccionaron los grupos teniendo en cuenta una equiparabilidad en su nivel de adaptación y de inteligencia. Asignándose al azar a cada una de las condiciones experimentales. Grupo 1: lenguaje directo; grupo 2: lenguaje figurativo; grupo 3: placebo. Los grupos 1 y 2 recibieron el programa instruccional emotivo en lenguaje escrito, modificando el tipo de lenguaje utilizado, directo o figurativo. Se desarrollaron 10 sesiones: de autoconcepto, miedos y temores, etc. El programa placebo recibió 10 unidades relativas a temas de salud, cortesia, etc. Los dos grupos experimentales, directo y figurativo, recibía la mitad feedback y la otra mitad no lo recibía. 1) Los alumnos que recibieron el programa instruccional escrito, redujeron más sus inadaptaciones que el grupo placebo. 2) El lenguaje figurativo logra ganancias adaptativas más globales, pero las pierde con el tiempo. El lenguaje directo logra ganancias adaptativas más puntuales pero las mantiene. 3) El maestro logra mejorar, en mayor medida que el psicólogo, las inadaptaciones de los alumnos que conduce con el programa. 4) El feedback escrito y personalizado incide en mejorar,la tendencia a las somatizaciones, a la inhibición social y al ensimismamiento. 5) En general, los alumnos que recibieron el programa mantienen mejoras adaptativas un año despues del tratamiento. 1) Es evidente la viabilidad y eficacia de los procedimientos instruccionales emotivos sobre la adaptación personal, escolar, social y familiar y para lograr autovaloraciones de cambio positivas. 2) El que los resultados sean consistentes a través de dos tipos de lenguaje, habla a favor de la modificabilidad vivencial de los alumnos a través de procedimientos cognitivos conductuales. 3) La existencia de un grupo placebo, tratado de forma idéntica a los grupos de tratamiento, es otra de las garantias metodológicas de esta investigación. 4) La facilidad del programa para ser impartido en el aula, la escasa influencia del terapeuta y las posibilidades de realización en situación de clase, son aspectos de gran valor en una educación de la adaptación.

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Con motivo del reciente cumplimiento del centésimo aniversario del natalicio del prestigioso jurista y profesor chileno Don Manuel Somarriva Undurraga, el Departamento de Derecho privado de la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile y la facultad de jurisprudencia del Colegio Mayor de Nuestra Señora del Rosario de Colombia, proyectan la publicación de la obra colectiva , que reúne artículos inéditos en Chile y Colombia y traducciones de estudios comparados relativos a las garantías. El profesor Manuel Somarriva, ilustre académico de la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile, dedicó una parte importante de sus actividades de investigación al estudio de las garantías. En 1940 dictó en la Universidad de Chile la cátedra de Derecho Civil Comparado y Profundizado, sobre el tema de las cauciones. Así como ocurrió con otras célebres obras del derecho chileno, esa cátedra dio origen a una investigación del profesor Manuel Somarriva que finalizó con la redacción del conocido (Santiago, Editorial Nacimiento, 1943). La obra del profesor Somarriva trascendió las fronteras chilenas y desplegó su influencia en diversos países de Latinoamérica.

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Diseñar un método de iniciación a la Química en octavo de EGB, adecuar los contenidos, racionalizar su enseñanza, motivar al alumno, demostrar empíricamente como el nuevo método elaborado potencia la comprensión y adquisición de conocimientos de la materia y el lenguaje químico. Contenidos del programa oficial de Química de octavo de EGB recursos pedagógicos. Un número indeterminado de alumnos de octavo de EGB y 98 de octavo, tambien de 10 colegios públicos de la provincia de Pontevedra. Representativa. Simplificación de los actuales contenidos de Química para la EGB buscando una formación más básica y general del alumno y evitando complicar las exposiciones con conceptos más complejos. Unidad y secuenciación lógica de los contenidos de forma que, siendo independientes unos de otros, no puedan ser aprendidos sin seguir el orden establecido. Representación e interpretación intuitiva de modelos químicos y apoyo continuo con experimento en clase que formen, junto a la teoría, una unidad en la explicación para alcanzar. Se considera la variable independiente del método elaborado y la dependiente del rendimiento. Pretest sobre la muestra 1 y experimentación y validación sobre la muestra 2. Se ha elaborado un método de iniciación a la Química en EGB, plasmado en un texto y una guía de actividades del átomo a la formulación, pasando por los elementos, su tendencia a la estabilidad, enlaces y compuestos iónicos y covalentes, valencias; el texto presenta los contenidos intuitivamente, no se entenderán por completo hasta no abordar los siguientes y razonadamente, no se entenderán sin ayuda de los precedentes presenta temas identificables por su unidad, habiendo sido ajustado en su conjunto al número de horas oficialmente fijadas para la enseñanza de la Química en EGB. En cada experimento, guía de actividades, a realizar en clase consta su articulación en el método, contexto explicativo, materiales y productos necesarios, realización, objetivos que persigue, esquemas, observaciones y advertencias. Por último, se realizó un cursillo para el profesorado a fin de aunar criterios y como ensayo de programación. Respecto a la fase pretest, se demuestra la eficacia del método para aumentar el rendimiento (no se modifica el método). El método elaborado ha demostrado en una primera aplicación su superioridad sobre textos y programaciones usualmente empleadas a falta del análisis final de los resultados obtenidos en la fase experimental, no parece necesario realizar cambios importantes en su estructuración. Por tanto, se perfila como un útil instrumento pedagógico en manos del profesorado, en cuanto aborda, con garantias de éxito, la enseñanza de aquellos conceptos químicos que conforman la base necesaria para encarar adecuadamente la Enseñanza Secundaria.