1000 resultados para DERECHO INTERNACIONAL PUBLICO - COLOMBIA


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El trabajo, analiza en impacto de la Cooperación Internacional del Japón a Colombia estudiando la transformación que la Agencia de Cooperación Internacional del Japón (JICA) implementó durante el periodo 2003 - 2008. Para ello, parte del recorrido histórico de la actividad de la Agencia hasta 2003, en su entorno internacional y nacional, para luego determinar los diferentes factores-reto que enfrentó durante el periodo sugerido; su reorganización administrativa y presupuesta, así como los nuevos desafíos internacionales, así como sus respuestas para concluir en el decrecimiento de la ayuda a Colombia, con miras a una mejora en el mediano plazo. Emplea como herramientas teóricas la aproximación a la Cooperación Internacional planteada por Robert Keohane y el modelo básico de acción o cambio organizacional propuesto por Ernst Haas.

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El Derecho Penal Internacional es una rama bastante reciente del Derecho Internacional Público. En ese orden de ideas, el Derecho Penal Internacional le debe mucho a otras especialidades del Derecho Internacional, como lo son el Derecho de los Derechos Humanos y el Derecho Internacional Humanitario, puesto que si bien estas dos especialidades pueden y deben separarse del Derecho Penal Internacional, ciertos crímenes involucran tanto infracciones a las normas de DIH como a las de Derechos Humanos. En consecuencia, han dotado al Derecho Penal Internacional de parte de su contenido y por tanto podríamos considerarlas –guardadas las proporciones- como ancestros evolutivos de la especialidad, materia de esta monografía.

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Con el paso del tiempo la humanidad ha vivido cruentas confrontaciones armadas, siendo las dos guerras mundiales, sucedidas durante la primera mitad del siglo XX las más determinantes en la transformación de las dinámicas en el Sistema Internacional y en el período de posguerra. Dichos conflictos trajeron importantes consecuencias entre ellas el desplazamiento forzado de más de 40 millones de refugiados en toda Europa. Por lo tanto, el recrudecimiento de algunas confrontaciones ya existentes, y el surgimiento de nuevos conflictos internos que en ocasiones trascienden la esfera mundial, son factores que han permitido violaciones masivas de Derechos Humanos e infracciones al Derecho Internacional Humanitario, siendo las principales víctimas miembros de la población civil. Entonces, han sido estos escenarios de conflictividad interna en varios países, los que han dado paso a nuevas dinámicas en los procesos migratorios, en donde los afectados deben huir forzosamente de sus lugares de origen para salvaguardar sus vidas ante la constante situación de amenaza. Sin embargo, la problemática que supone el desplazamiento forzado no se limita a una movilización al interior del territorio nacional en presencia de conflictos armados, pues en muchas ocasiones los desplazados se ven obligados a cruzar las fronteras para escapar de la hostilidad y persecución, llevándolos a adquirir el estatus de refugiados.

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A raíz de la promulgación de la Ley 1328 de 2009 y de la celebración del Tratado de Libre Comercio (TLC) con los Estados Unidos, el sistema normativo colombiano será testigo de un negocio jurídico que, hasta antes de esos eventos, no había visto factible su celebración: el contrato de seguro internacional. Al vernos frente a esta realidad, no queda más remedio que empezar a dar respuesta a las preguntas que surgen con ocasión de que un residente en nuestro país contrate con una compañía de seguros ubicada en el exterior; y, tal vez, la primera de ellas es ¿cuál es la ley aplicable al contrato de seguro internacional? El presente trabajo pretende contribuir a la búsqueda de una respuesta a este cuestionamiento de no poca trascendencia; con el estudio de legislación, doctrina y jurisprudencia extranjeras, junto con el análisis de la particular regulación del contrato de seguro en Colombia, además de consideraciones en torno a la jurisdicción local y foránea, "La ley aplicable al contrato de seguro internacional" se convierte en, si bien una sugerencia de respuesta al ya enunciado interrogante, igualmente en un llamado para que sean las autoridades, Magistrados y expertos en el tema, quienes reparen en ese punto desde este momento y, así, no vernos sorprendidos en 2013, cuando vea la luz el primer contrato de seguro internacional en Colombia.

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Esta monografía aborda el estudio de la guerra que se suscitó en 1932 entre Colombia y Perú, por la invasión de un grupo de peruanos en Leticia. Las circunstancias históricas, políticas y económicas, desempeñaron un papel muy importante ya que Colombia y Perú enfrentaron un conflicto bélico en medio de la gran depresión económica mundial. En 1922 con la firma del Tratado Lozano Salomón se establecieron las fronteras entre ambos Estados. Pese a esto el 1 de septiembre de 1932 ciudadanos de Loreto inconformes con dicho Tratado, invadieron Leticia lo que conllevo el repudio de la comunidad internacional y el apoyo de la Sociedad de Naciones y Brasil para que la situación se resolviera de la mejor manera posible, y evitando en cualquier caso una confrontación de grandes proporciones. La teoría del Realismo de Hans Morgenthau y más específicamente el concepto del interés nacional explica como Colombia defendió en todo momento su interés nacional, de igual manera el autor Clausewitz con conceptos claves como que es la guerra, la guerra como continuación de la política por otros medios, y los objetivos políticos y militares en común darán al lector una aproximación teórica para explicar el tema de esta monografía. Finalmente la guerra que se suscitó en 1932, concluyó favorablemente a los intereses colombianos, gracias a papel que desempeñaron actores claves, que apelaron siempre al derecho internacional y a las instancias internacionales.

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El fenómeno del desplazamiento forzado en Colombia ha sido y sigue siendo uno de los temas más importantes tanto a nivel nacional como internacional. Colombia se encuentra hoy entre los países del mundo con más número de desplazamientos forzados, lo cual implica una violación a los derechos humanos y al Derecho Internacional Humanitario. Por tal razón, el fenómeno de desplazamiento en Colombia no solo ha sido tema de preocupación a nivel interno, sino que ha llamado la atención de la comunidad internacional, quien desde los últimos años ha contribuido con el Gobierno para hacer frente a la problemática. Teniendo esto en cuenta, el presente trabajo busca hacer una aproximación a lo que ha sido la ayuda internacional frente al tema del desplazamiento forzado en Colombia, mediante el análisis de la Cooperación Internacional entre Organismos Internacionales y el Gobierno colombiano, específicamente en materia de protección y asistencia de la población desplazada por la violencia. Se hará especial énfasis en el papel del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) junto con el de la Agencia Presidencial para la Acción Social y la Cooperación Internacional, que se deriva en la Unidad Técnica Conjunta (UTEC).

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Esta monografía busca identificar y analizar los efectos de la cooperación internacional en materia de extradición en las relaciones bilaterales de Estados Unidos y Colombia durante 1997 y 2008. Para la obtención de lo anterior, se analizaron los motivos que indujeron tanto a Estados Unidos como a Colombia para llevar a cabo este tipo de procesos; igualmente se analizó la reciprocidad en materia de extradición en las relaciones bilaterales entre dichos actores internacionales; las condiciones favorables y/o desfavorables que trae consigo la cooperación internacional en materia de extradición; y finalmente, determinar si la relación costo-beneficio es el móvil para la ejecución de los procesos de extradición o si existen otras circunstancias que motivan a los Estados objeto de investigación a mantener dicha relación bilateral. El análisis de las relaciones bilaterales entre Estados Unidos y Colombia en el contexto de la cooperación internacional en materia de extradición se realizó con base en la teoría de la interdependencia compleja de Keohane y Nye, y el análisis de la relación costo-beneficio de dicha relación bilateral se basó en la teoría del neoliberalismo.

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La vinculación de Niños, Niñas y Adolescentes a los conflictos armados está catalogada como una infracción al Derecho Internacional Humanitario. En ese sentido, la comunidad internacional ha desarrollado instrumentos e instituciones en procura de la promoción y defensa de los derechos de esta población.Colombia, a pesar de contar con la aprobación de los mecanismos dispuestos por la Organización de Naciones Unidas para prevenir este fenómeno, utilizado por los Grupos Organizados al Margen de la Ley, la situación no ha cambiado mucho. Por tanto, el estudio de caso pretende determinar cuál ha sido la incidencia de las Naciones Unidas en la prevención del reclutamiento infantil en Colombia.

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El alcance de esta Investigación Diagnóstica es analizar la implementación del programa ART-REDES del Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) para Colombia, durante el periodo 2008 - 2010, con el fin de generar propuestas de ajuste para el desarrollo de iniciativas de cooperación descentralizada en el país.

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El trabajo constituye en primer lugar, un ejercicio importante de recopilación y sistematización de la regulación existente en materia de competencia, y en especial, de la colusión en licitaciones como una de las prácticas restrictivas de la Competencia. De igual forma, contiene un análisis microeconómico de un cartel, a efectos de explicar las razones que lo promueven y lo desestimulan. Luego de ello, se hace un análisis profundo de las normas específicas en la materia, contenidas en el Decreto 2153 de 1992 y la Ley 1474 de 2011 y de las acciones que eventualmente podrían iniciarse para combatirla, dependiendo del momento en que se encuentre la licitación y del bien jurídico que pretenda protegerse.

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Desde 1947, cuando se suscribió el Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio – GATT -, los retos para el sistema de negociación de comercio internacional han estado vigentes. Se han realizado diferentes reuniones de instituciones y países, y se han creado acuerdos y proyectos para tratar de generar un sistema que permita el desarrollo equitativo de todos los países: desarrollados, en vías de desarrollo y hasta los más pobres. Sin embargo, hasta el día de hoy muchos de los propósitos no se han cumplido, lo cual afecta la posibilidad de progreso de los más débiles. De ahí que la Organización Mundial del Comercio (OMC) enfrente uno de los mayores retos del momento: lograr la equidad. Para saber cuál es el panorama real y qué ha sucedido durante las últimas décadas, el Grupo de Investigación en Derecho Internacional y Globalización, de la Universidad del Rosario, hizo un completo estudio de la situación que se vive en el comercio internacional.

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El esquema de protección de derechos es un elemento esencial en el ordenamiento jurídico de las naciones organizadas bajo la modalidad de Estado Social de Derecho, y en ese sentido, la implementación de las garantías a los derechos de las minorías existentes en la Nación. Colombia no es la excepción dentro del modelo señalado; en la Constitución Política de 1991 se plantea una amplia gama de derechos y garantías, haciendo un especial reconocimiento a la existencia del pluriculturalismo y el multilingüismo propio de una Nación marcada por la presencia de diferentes grupos étnicos que han determinado su legado histórico y cultural. Así las cosas, surge un escenario de interrelación entre los derechos de las minorías y los del resto de la colectividad, a partir del cual se pueden establecer elementos de armonía y correspondencia, así como también evidenciar posibles conflictos derivados del choque de intereses de una y otra parte. Para el caso de la presente investigación, se ha decidido centrar el estudio en una etnia específica respecto de la cual se han detectado una serie de problemas los cuales permiten efectuar un análisis detallado y con ello evidenciar los objetivos pretendidos. En ese sentido, el grupo étnico escogido es el raizal, residente en las Islas de San Andrés, Providencia y Santa Catalina. El eje central de investigación apunta a plantear que el reconocimiento constitucional que se le ha dado a la comunidad raizal no tiene, ni los alcances, ni las implicaciones que debería tener en los escenarios legislativo, jurídico y político, pues la entidad y relevancia que se la ha otorgado a la mencionada etnia no cumple con el verdadero objeto de pluriculturalidad con que se pretende catalogar a nuestra Nación. El discurso étnico por medio del cual los grupos buscan autodeterminarse, manifestar el esplendor de su cultura y demostrar la existencia de una memoria histórica colectiva, no ha sido considerado en su totalidad como es el caso de la etnia estudiada, pues elementos indispensables de su legado, de su historia y de su presente se han visto ignorados o readaptados a otros escenarios con discursos diferentes, con intereses disímiles y con enfoques diversos, generando una alteración del verdadero pluriculturalismo en el sentido estricto de la palabra. En ese orden de ideas, el estado de las cosas y de los derechos ha llevado a situaciones en las cuales el discurso ha tomado un enfoque distinto del carácter étnico que ha de caracterizarlo, tornándose en un discurso político marcado por la presencia de múltiples opiniones al interior de la misma etnia, pero que a su turno evidencia la necesidad de dar una revisión a las condiciones en que jurídica, social y culturalmente está reconocida dicha etnia y con ello demostrar que el panorama no se agota en una simple denominación constitucional o legal, sino que ha de acompañarse con la práctica política y legislativa justa que demuestre una real existencia de la minoría en el entorno social y jurídico de la Nación. La etnia raizal ha padecido un impacto cultural inmedible desde el momento de la abierta inmigración de continentales al Archipiélago, generándose con ello un sentimiento de marginación frente a las otras etnias y en general, frente el resto de la colectividad. Para el cumplimiento de los objetivos de la presente investigación, se utilizó la metodología de búsqueda en fuentes secundarias, con un especial énfasis en el análisis legislativo y la revisión jurisprudencial, orientado a la obtención de parámetros de guía para la determinación de aspectos relevantes, así como también al poder efectuar comparaciones con miras a obtener conclusiones. Así las cosas, la investigación se complementó con un trabajo de campo en el Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, territorio de la comunidad raizal, el cual se desarrollo a través de la modalidad de entrevistas semiestructuradas aplicadas a diferentes miembros de la etnia, procurando incluir personas de diferente tipo, esto es, algunas que ocupan cargos públicos, otras que se desempeñan como líderes activistas y otras del común.

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Este trabajo se soporta sobre una base conformada por dos conceptos, que constituyen el horizonte contextual de la investigación: Derecho Administrativo y Comunidad de integración. Es claro que al hablar de una Comunidad de integración específica como la Comunidad Andina (CAN), incide de forma directa en la actividad del derecho administrativo.Ha sido necesario que los países que conforman los grupos de integración económica cedan parte de sus competencias para crear un ordenamiento jurídico de orden supranacional, el cual modifica la dinámica social de las relaciones comerciales y afecta la estructura de la administración pública, haciendo que el derecho administrativo no se limite a interactuar solo con derecho nacional. Esta mutua dependencia de las políticas internas y las regionales se realiza, entonces, cada vez que existe participación y compromiso de los Estados frente a las decisiones, de carácter vinculante o no. En esa medida surge el problema de investigación tendiente a esclarecer cómo ha sido la adopción de las decisiones e interpretaciones, emanadas de los mecanismos oficiales del Derecho Comunitario Andino, en el ordenamiento jurídico colombiano. La existencia de varios puntos de vista con respecto a la obligatoriedad o no de dicha adopción, moldea un tema de suficiente amplitud y profundidad para ser estudiado en un trabajo de investigación.

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La jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de los últimos años, ha establecido una serie de criterios y medidas que configurarían un catálogo de disposiciones que deben emprender los Estados para garantizar la real protección del derecho de propiedad de las comunidades indígenas y tribales. Dichas medidas deben ser implementadas en los procesos de formalización y titularización de las tierras ancestrales ocupadas, en la delimitación y demarcación del terreno, en la restitución de porciones de tierra pérdida, en la estipulación de criterios para el otorgamiento de tierras alternativas; y en los estudios que tiendan a establecer políticas públicas para la satisfacción de las necesidades de las comunidades relativas a la producción y posesión de la tierra como mecanismo idóneo para el mantenimiento de condiciones de vida digna. La regulación colombiana para las tierras de las comunidades indígenas y las comunidades afrocolombianas presenta aspectos divergentes: las primeras poseen una reglamentación destinada a la ampliación, reestructuración y saneamiento de los resguardos indígenas, y las segundas están regidas bajo un estatuto general de la propiedad colectiva y adjudicación de baldíos. En los dos sistemas, los procedimientos son complejos, tardíos, confusos, requieren de sofisticados prerrequisitos, y ante todo su estructura está basada bajo criterios de una sociedad no indígena y no tribal. Adicionalmente, el compendio normativo en materia de titulación, delimitación y demarcación de tierras de comunidades afrocolombianas antes enunciado, presenta diversas lagunas normativas que se acentúan con la carencia de actualización de dicha regulación a las condiciones actuales si se tiene en cuenta que no ha existido modificación a la misma en los últimos 19 años, y que hacen necesario aplicar analógicamente las disposiciones del Código Civil en materia de propiedad individual a efectos de dar respuesta a los supuestos de hecho no contemplados.

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Este trabajo final de grado evalúa la existencia de la pena de muerte en Colombia en su visión formal y real, a través del estudio de caso de la masacre de El Salado, en la cual las Autodefensas Unidas de Colombia toman la justicia en sus manos ejecutando a más de 60 civiles. Inicialmente se hace una descripción de cómo se ha tratado el tema de la pena de muerte a lo largo de la historia, dando una breve apreciación de lo que representa y ha representado para la civilización occidental, así como del concepto y de los tipos de penas de muerte y ejecuciones. Seguidamente se describe la historia de la pena de muerte en Colombia; como ha sido planteada la discusión del tema y como ha sido abordada institucionalmente desde la Constitución colombiana. Posteriormente se hace una breve descripción de los hechos que acontecieron durante la masacre de El Salado, los juicios aplicados, los medios de eliminación bélica y no bélica que allí tuvieron lugar y las consecuencias psicosociales para la población. La masacre tuvo lugar entre el 16 y el 21 de febrero del 2000. Finalmente se evalúa el concepto de pena de muerte y cómo ha sido la visión formal de su aplicación, así como la responsabilidad del Estado ante la aplicación de esta por parte de actores armados no institucionales. Asimismo, se evalúa la existencia de la pena de muerte desde tres puntos de vista: desde el Estado, desde las victimas y desde los victimarios.