1000 resultados para CORTE NACIONAL DE JUSTICIA. SALA ESPECIALIZADA DE LO CONTENCIOSO TRIBUTARIO
Resumo:
La problemática que aborda este trabajo comprende el análisis de las implicaciones y del significado de la reafirmación del trámite de los recursos administrativos como un requisito de procedibilidad que el particular debe agotar para poder acudir a la jurisdicción administrativa cuando pretende dirimir una controversia originada en una decisión adoptada por una autoridad pública. Nos preguntamos, si con ello, se cumplió todo aquello que inspiró a los precursores de la expedición del nuevo código de procedimiento administrativo y de lo contencioso administrativo. La investigación se desarrolló a partir de un plan de trabajo divido en dos partes. En la primera, se analizó la doble connotación que caracteriza a los recursos administrativos, así como la evolución, la efectividad y la importancia de aquellos de cara a los privilegios de la administración pública. También se abordaron las modificaciones que el legislador ha efectuado a esta herramienta de autocontrol de las decisiones administrativas y la jurisprudencia expedida por el Consejo de Estado y la Corte Constitucional en esta materia. En la segunda parte, con el fin de establecer si la reafirmación del agotamiento del recurso de apelación como requisito de procedibilidad para acudir a la jurisdicción administrativa, traduce los propósitos del legislador al expedir el nuevo código administrativo y de lo contencioso administrativo, se plasmaron aspectos que debieron considerarse en esta reforma, en el marco de las tendencias de un Estado Social de Derecho y de la problemática de la congestión judicial que intenta afrontar el legislador. En ese marco, se explicaron los aspectos que permitieron constatar que los propósitos del legislador se desdibujaron al mantener la obligatoriedad de agotar los recursos administrativos para que el particular pueda someter una controversia a la jurisdicción administrativa.
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Conocer las realizaciones educativas y culturales de las dos espa??as en conflicto, durante el per??odo de la Guerra Civil. La educaci??n y la cultura en la Guerra Civil. An??lisis descriptivo de la pol??tica educativa durante la Segunda Rep??blica. An??lisis de la ense??anza institucional y en la llamada por el autor, ense??anza paralela, tanto en la Espa??a rep??blicana como en la nacional. Interpretaci??n de los datos descritos. Bibliograf??a. Art??culos de publicaciones peri??dicas. Documentos de archivo. Textos legales. M??todo anal??tico-descriptivo. Investigaci??n hist??rica. Durante la Guerra Civil la producci??n educativa y cultural es enorme a pesar de la confrontaci??n. Pero es la Espa??a rep??blicana con manifestaciones culturales y educativas de toda ??ndole, la que m??s se destaca, la Espa??a nacional comienza a actuar tarde, s??lo cuando se sabe ganadora. A partir de la guerra y en la zona rep??blicana, empiezan a florecer pr??cticas ideol??gicas puestas en marcha por los diversos partidos lo que tiene como consecuencia la variedad e intensidad de los ensayos educativos. En el bando nacional no se pudo alcanzar esa fecundidad cultural, y al principio de la guerra, la preocupaci??n cultural es nula. Existe desconfianza hacia el intelectual, propugn??ndose la dependencia de pensamiento. La nueva educaci??n nacional se sustenta sobre ideas imperiales como el nacionalismo, patriotismo, catolicismo, militarismo, humanismo, etc. La pol??tica educativa de la Segunda Rep??blica, considera la instrucci??n como un derecho del hombre y la cultura como un motor de redenci??n del individuo, la escuela que nace de julio del 36 es antifascista, comprometida, beligerante, y por ello, aneutral. En ambas Espa??as la escuela y el proceso de culturizaci??n es utilizado, por unos y por otros, como un mecanismo m??s de transmisi??n del poder.
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Resumen tomado de la publicaci??n. Monogr??fico con el t??tulo: interdisciplinariedad y educaci??n f??sica
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Se estudia la reforma de la educación emprendida en Francia y los problemas que ha planteado esta reforma. Las medidas recogidas en el decreto de enero de 1959, al entrar en vigor, encauzan toda una época de reformas y cambios dentro de la estructura nacional francesa. Con herencia del pasado, lo que no se puede saber es si el sistema educativo francés con esta reforma ofrece garantías de éxito, o si serán necesarias nuevas modificaciones. Se afirma que reformas emprendidas son insuficientes y que serán necesarias nuevas mejoras. Esto se justifica en el hecho de que la ley escolar citada se encamina por sendas hasta ahora delimitadas de otro modo; por ejemplo, la educación de la población del mundo rural y campesinado se deja en manos de organismos que dependerán del Ministerio de Agricultura, lo cual levanta importantes protestas. En definitiva, la educación nacional en Francia a raíz de la reforma de 1959, presenta escollos importantes a solventar, pero lo esencial es que la educación gane en eficacia y en prestigio de forma definitiva, para lo cual es preciso que poco a poco se vayan solucionando los problemas.
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Título anterior: Boletín de la Comisión Nacional de la UNESCO
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Monográfico con el título: 'Mejorar la escuela: perspectivas didácticas y organizativas'. Resumen basado en el de la publicación
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Se orienta a establecer si los poderes públicos cumplen con el principio constitucional de motivación consagrado en el Art. 76, numeral 7, letra e) de la Constitución de la República, que consagra que las resoluciones de los poderes públicos deben ser motivadas. Por otra parte, se ahonda en el propósito de que el Estado Ecuatoriano a través de los diferentes órganos del poder estatal cumpla con el precepto constitucional de la seguridad jurídica, respetando y haciendo respetar el debido proceso, previsto en el Art. 82 de la Carta Magna. También contiene un muestreo de las resoluciones dictadas por las diferentes Salas de la ex-Corte Suprema de Justicia y que guardan relación tanto con el principio de motivación, como con el debido proceso y que es materia del presente estudio.
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Este trabajo tratará sobre el marco jurídico que rige la solución de conflictos de los contratos de concesión a partir de la expedición de la Ley de Modernización del Estado, la misma que trajo algunas innovaciones en materia de contratos administrativos. Analizaremos brevemente el proceso de modernización del Estado Ecuatoriano que avanza lentamente desde el año de 1993. Normas constitucionales, legales y reglamentarias, así como comentarios de valiosos tratadistas ecuatorianos sobre la “modernización” del estado ecuatoriano. Vamos a analizar el Contrato de Concesión desde la perspectiva doctrinal y legal, ya que es el contrato que más ha sido utilizado por el Estado ecuatoriano en los procesos de modernización, para la prestación de servicios públicos. En el desarrollo de este trabajo no se analizará el proceso de concesiones en materia petrolera, minera, telefónica o de cualquier otra índole de una manera específica. No es el objetivo de este trabajo entrar en detalle sobre éstas materias complejas, sujetas a un régimen jurídico propio. En cuanto a los conflictos que se han presentado, hay que analizar cuáles son los mecanismos de solución de controversias previstos en la legislación nacional, que generalmente han sido jurisdiccionales, existiendo una serie de cambios de la competencia para conocer de estos procesos entre las Cortes Superiores y los Tribunales Distritales de lo Contencioso Administrativo. Finalmente, existe una reciente práctica para la solución no jurisdiccional de los conflictos de estos contratos, donde podemos destacar a la Mediación y a Arbitraje, que tienen su base normativa tanto en la Constitución como en la Ley especial de la materia, por lo que este trabajo analizará también la aplicabilidad de estos procedimientos para la solución de conflictos.
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A través de este trabajo, el autor pretende evidenciar, en una primera parte, la estrecha relación y dependencia existente entre las diferentes denominaciones que la legislación comercial y tributaria ecuatoriana otorga a la factura, manteniendo ésta, independientemente del enfoque -tributario, mercantil y comercial, de comercio electrónico-, su esencia, cual es la de constituirse en uno de los medios probatorios más eficaces en relación con diversas transacciones comerciales realizadas. Por otro lado, el autor resalta la legalidad de la factura electrónica en el Ecuador, manteniendo como base, la especializada legislación vigente y los diferentes principios jurídicos aplicables al comercio electrónico. Finalmente se revelan las razones de la imperiosa necesidad de que nuestro país instituya, de manera urgente, entidades de certificación de información y un adecuado sistema regulatorio.
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La Constitución de la República del Ecuador 2008 concibió la estructura organizacional de diferente manera a la que tradicionalmente se mantenía, allí se establecen los Gobiernos Autónomos Descentralizados (GAD), conformados por municipios, consejos provinciales y juntas parroquiales, con sus atribuciones y deberes debidamente definidos. En este contexto la política tributaria de los GAD se norma a través de la Ley Orgánica de Régimen Municipal y el Proyecto de Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización que guardan relación con los principios constitucionales y buscan la equidad y proporcionalidad de los tributos. El presente trabajo tiene como objetivo central el conocer, revisar y analizar la aplicación tributaria en los Municipios de Quito y Cuenca, mediante la recaudación de impuestos, tasas y contribuciones especiales de mejoras; lo que también conlleva a conocer el ámbito de aplicación; los hechos generadores; los sujetos partícipes; las cuantías de los tributos; plazos y fechas de exigibilidad y, otros que contribuyen a una efectiva recaudación para revertirlos en obras que sirven para el bienestar común. Los capítulos que se desarrollan buscan brindar el material necesario que sirva como base para la elaboración de un Manual Práctico Tributario que permita, a todos los GAD, contar con un instrumento eficaz y eficiente para una segura recaudación de tributos, ya que su consecución permite generar el desarrollo seccional y contribuir al nacional.
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Las Islas Galápagos son mucho más que los títulos y reconocimientos que les han traído popularidad en el ámbito mundial. Detrás de esta imagen de naturaleza casi “prístina”, se encuentran unas islas habitadas cuya dinámica social desborda muchas veces lo esperado. Las comunidades humanas asentadas en las Islas afrontan diversas problemáticas, las mismas que no son aleatorias sino producto de un modelo de desarrollo inequitativo que ha sido impulsado desde diferentes instancias (nacionales e internacionales). El establecer la relación que se da entre el diseño de políticas públicas y el desencadenamiento de conflictos socioambientales en las Islas, es la tarea que nos ocupa a lo largo de esta investigación. En el primer capítulo, analizaremos cómo la conformación de un imaginario externo a las Islas constituye la causa de muchos de los problemas presentes, pues choca con las aspiraciones locales que enfatizan en conseguir un mayor grado de desarrollo. En el segundo capítulo, nos enfocamos en el rol del Estado Ecuatoriano a lo largo del siglo XX, con la creación del Parque Nacional, la posterior provincialización de las Islas y las consecuencias de esta doble figura. Nuevas fuentes de conflicto se enmarcan dentro de un débil marco de gobernanza local y nacional. En el tercer capítulo, evidenciamos lo señalado con el análisis de un caso específico como es la designación del Director del Parque Nacional Galápagos. Para finalizar, realizamos una breve síntesis de lo estudiado y delineamos alternativas que podrán ser consideradas por los actores locales para enfrentar estos nuevos desafíos.
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La falta de definición de las normas para juzgamiento de los delitos tributarios, ha producido conflictos de competencia, concretamente a partir de la vigencia de la Ley para la Reforma de las Finanzas Públicas; y, posteriormente el problema toma mayores magnitudes con la aplicación del actual Código del Procedimiento Penal, publicado en el Registro Oficial No. S-360 /13 de enero de 2000) que empezó a regir a partir dell3 de julio del2001, con el cual el sistema procesal penal en nuestro país experimentó un cambio estructural al sustituirse el sistema inquisitivo por el acusatorio. Este cambio reestructuro también el juzgamiento de los delitos tributarios en donde se evidencia graves problemas de aplicación de las normas procesales. El presente trabajo investigativo tiene como objetivo principal determinar cuales son los conflictos de competencia que se están presentando en el juzgamiento de los delitos tributarios. Además establecer cual es la normativa que debe aplicarse en el juzgamiento de esta clase de delitos, por los órganos de encargados de administrar justicia en materia penal tributaria, luego de la expedición del nuevo Código de Procedimiento Penal. En la presente investigación analizaré las principales reformas al Libro IV del Código Tributario con la Ley 99-24 y la resolución de la Corte Suprema, que estableció un giro en cuanto a la competencia y jurisdicción en materia penal tributaria, provocando con ello claras incoherencias con preceptos constitucionales, normas sobre la competencia en materia penal y sobre todo normas procesales respecto al juzgamiento de los delitos tributarios previstas en el Código Tributario. Otro de los temas analizados es la legalidad de la resolución emitida por la Corte Suprema de Justicia en contra de normas constitucionales que garantizan el debido proceso, el derecho a una justicia sin dilaciones, y otras discordancias normativas. Esta problemática se aborda en la investigación que pongo a consideración, en la que examinaré conceptos centrales referentes al delito tributario, naturaleza de las normas tributarias, la competencia en materia penal-tributaria, las normas previstas para el juzgamiento del delito tributario, análisis de jurisprudencia, resultados de encuestas y entrevistas realizadas, para luego proponer las conclusiones y recomendaciones respectivas.
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En el presente trabajo de investigación se ha hecho un esfuerzo por revalorizar el contenido del principio de No Confiscatoriedad, como un principio de carácter transcendental dentro del Régimen Tributario ecuatoriano, entendiéndolo a la vez como un derecho que tienen los contribuyentes y como una regla a respetarse por parte de los poderes del Estado, en particular del poder tributario. En tal virtud, el principio de No Confiscatoriedad tiene sus diferentes campos de aplicación, siendo uno de ellos el del respeto al mínimo exento, beneficio fiscal que tiene que ser protegido como prerrogativa de una vida digna, tanto en impuestos directos e indirectos. Por tal razón se ha procedido a realizar un análisis de supuestos de confiscatoriedad que pueden presentarse en algunos impuestos de recaudación nacional (renta, IVA e ICE), para lo cual hemos estudiado la naturaleza de estos impuestos para llegar a tales supuestos o escenarios. De todo lo anteriormente analizado ha resultado crucial el tema de la presión tributaria, pero ya no analizado solo como un mero dato macroeconómico, sino, como un criterio básico de investigación aplicado a situaciones concretas (personas, empresas o comunidades), para esto es fundamental el análisis de índices de pobreza de desigualdad, de desempleo para utilizarlo como parámetros tanto en la formación (capacidad contributiva abstracta) como en la gestión de tributos (capacidad contributiva concreta). Se trata de conciliar por medio del principio de No Conficatoriedad, al principio de igualdad con eficiencia, la equidad y suficiencia recaudatoria, en fin conciliar derecho y economía.
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En la presente tesis se estudian los principios dispositivo y de oficiosidad a la luz del proceso contencioso tributario ecuatoriano para, a partir del análisis crítico de la situación vigente, desde un punto de vista doctrinario, normativo y práctico, establecer la problemática que se evidencia de su aplicación y convivencia simultánea, con el fin de definir perspectivas de solución a la misma. Los objetivos de este trabajo investigativo consisten en estudiar teóricamente las particularidades de los principios dispositivo y de oficiosidad en el marco del Derecho Procesal y frente al proceso contencioso tributario ecuatoriano, en el ordenamiento jurídico nacional, con elementos de derecho comparado, tomándose como referencia a la legislación argentina; y, se busca evidenciar las tensiones entre ambos principios enfrentados en el contencioso tributario, que provocan una actuación eminente del juez en el ejercicio de su rol. El alcance del trabajo se extiende a la normativa vigente y revisión de jurisprudencia nacional; y, está delimitado por el estudio descriptivo de fuentes bibliográficas ecuatorianas y argentinas y por la experiencia práctica del autor como juez tributario. La tesis se justifica pues prima facie se requiere identificar qué puntos del contencioso tributario se contraponen con el principio dispositivo y de oficiosidad y, fundamentalmente, por la trascendencia de los derechos que se discuten en esta materia, que opone al contribuyente con el Estado. Los métodos que se han aplicado son el deductivo y el inductivo y se han utilizado como principales herramientas, las teorías de tratadistas de la materia, estableciendo un diálogo entre éstos, matizado por las reflexiones del autor y los aportes de la jurisprudencia, los que han guiado a definir perspectivas de armonización y conclusiones propias. A lo largo de la presente tesis se ha examinado, de forma pormenorizada, los aspectos en que existen rigidez entre los principios dispositivo y de oficiosidad en el contencioso tributario, llegando a plantearse, como principal aporte de la investigación, soluciones desde dos ámbitos posibles: el legislativo y el jurisdiccional.
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Esta tesis trata de discutir y entender los diversos tipos de redes sociales y formas de interacción social presentes en el sistema penitenciario de Rio Grande do Norte. Nuestro problema se basa en un incremento significativo en las tasas de encarcelamiento y la prisión en Brasil y el mundo en los últimos diez años. Asimismo, la aparición del crimen organizado ya, en cierta medida, el control de las prisiones brasileñas, como el Comando Vermelho (CV) y el Primeiro Comando da Capital (PCC), una consecuencia directa de las terribles condiciones de las prisiones de Brasil y aumento de la violencia y el crimen en nuestro país. Para resolver el problema, se optó por utilizar las categorías de análisis de Michel Foucault (prisión y la disciplina), Pierre Bourdieu (habitus y campo), Ervirng Goffman (institución total, de interacción, de fachada y de equipo) y Mark Granovetter, Ricardo Abramovay e João Peixoto, entre otros, la nueva sociología económica (Redes, nodos y lazos) como principal apoyo. También construyó una revisión histórica de la cárcel en Brasil y Rio Grande do Norte hasta llegar al objeto. Esto, en términos de investigación cualitativa, se sumergió en el mundo de las prisiones Dr. Francisco Nogueira Fernandes, conocido como Penitenciario de Alcaçuz, ubicado en el municipio de Nísia Bosque, Rio Grande do Norte. Penitenciaría del Estado de origen, las casas de Alcaçuz seiscientos cuarenta y tres reclusos, divididos en cinco pabellones, un total de ciento cuarenta y siete células. Mediante la observación sistemática y la entrevista cualitativa s semi-estructurada como las principales fuentes de recopilación de datos, hemos tratado de explicar el universo que acabamos de analizar por las Ciencias Sociales. Nos dimos cuenta de que, para cumplir con la escena nacional, regaliz viola de manera flagrante lo que se denomina en la Constitución de 1988 y LEP (Ley de Ejecución Penal), sin tener en cuenta los derechos de los individuos a una porción de una oración con un mínimo de dignidad. Se ha demostrado que las personas que permean el universo proviene de un ambiente de la prisión, la sociabilidad violenta, sedo también tienen un habitus precario. La prisión, espacio disciplinario y un tipo específico de interacción social marcada por el control, contribuye a la profundización de habitus, pero que muestra que no es también como un espacio cerrado en absoluto, sino un lugar donde penetran las redes y dinámicas muy social. Al mismo tiempo, se encontró que más de la presencia de "grupos organizados" es el espacio en las cárceles para la interacción social y las redes sociales que pasan dentro y fuera de su espacio