176 resultados para prohibición
Resumo:
En nuestra investigación se pretende analizar y dar a conocer, a cerca de la Función Notarial y sus Limitantes en El Salvador, es importante mencionar que como objetivo se pretende estudiar el concepto de la función notarial y sus limitantes, considerando que el notario es un profesional del derecho que por delegación del Estado se le encarga la actividad de la fe pública, por haber reunido los requisitos indispensables para desarrollar tal acción dentro del esquema del notariado de tipo latino, sin que esta delegación importe ninguna de las funciones básicas del Estado como son: Legislativa, Ejecutiva o Judicial; para que produzca por medio de su actividad el instrumento público, el cual surge de todos los beneficios característicos de la función notarial: valor, seguridad y permanencia, como también dar asesoría a las partes como juristas que debe ser, y otros propios de su especial carácter. Asimismo se hace mención de las limitantes que existen en el ejercicio de la función notarial; enumerándolas así: la prohibición de autorizar instrumentos que resulten de provechos directos en beneficio para los notarios o para sus parientes dentro del cuarto grado civil de consanguinidad y segundo de afinidad, su cónyuge, no obstante se considera que no son taxativas si no que existen otras las cuales no son expresadas en la legislación notarial; La Metodología, de investigación se basara con una serie de entrevistas a profesionales sobre el tema, asimismo, nos estableceremos en los métodos científicos, analíticos e interpretativos, para con ello poder estructurar similitudes y diferencias con lo que respecta a la temática; las conclusiones de la investigación están dirigidas a evaluar la aplicación de la legislación existente con respecto a la función notarial para dar opciones o alternativas para su ejercicio con la finalidad que sean aplicadas especialmente a los empleados públicos.
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Las interpretaciones contemporáneas del De Motu Animalium de Aristóteles dependen en gran medida del primer comentario realizado acerca del tratado, los comentarios de Miguel de Efeso del siglo XII, editados como parte de los Commentaria in Aristotelem Graeca. A pesar de que muchas propuestas revistan originalidad por sus meritorios análisis y exposición, no pueden prescindir y por lo tanto se sirven de la interpretación que hizo Miguel de ciertos pasajes. Otras interpretaciones que realizó aquél del De Motu, sin embargo, no han prosperado. Mi trabajo se propone analizar la deuda a Miguel de dos momentos, a mi parecer, importantes del prólogo del De Motu, que han dirigido los estudios recientes acerca de la importancia del tratado para el estudio de la filosofía natural de Aristóteles y el rol de la analogía en su método. Por un lado, el reconocimiento (104.6-25) de la referencia en 698a7-14 a la Física, que conlleva la determinación del objeto y del método del tratado completo, e implica, para la mayoría, por no animarme a decir todos, un distanciamiento del principio de prohibición de la metábasis. Por el otro, la transmisión del diagrama (105.3-11) correspondiente al texto de 698a22-4, del que algunos sostienen que ciertos modelos "mecanicistas" son adelantados ya en el prólogo, debido a esta repentina explicación matemática del movimiento, mientras que otros señalan la conexión con otros tratados por la descripción del movimiento mediante la figura del círculo. A través de estos dos casos pretendo evidenciar entonces la medida en que Miguel influyó y sigue influyendo la consideración reciente de este tratado de Aristóteles
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El objetivo del trabajo es explorar en exponentes del pensamiento escolástico medieval algunos aspectos de la relación entre el dinero y el par Naturaleza/Creación. Se trata de un tópico que se moviliza en el contexto de la prohibición de la usura junto con otros tipos de argumento y que se ve estimulado en gran parte por el diálogo entablado con los textos de Aristóteles (Política, E0tica). La condena del cobro de intereses, leído como violación del orden natural al hacer que el dinero se comporte como un ser animado dotado de virtus generativa, remite a las maneras bajomedievales de concebir a la moneda en el marco de una creciente monetización de la vida social y su correspondiente incidencia en las formas de pensamiento. El lazo entre dinero y artificio legal resulta particularmente complejo en una sociedad que no se maneja con el régimen del dinero fiduciario y es por ello que se ha de tener en cuenta en el análisis las teorías convencionalistas (Tomás de Aquino) y metalistas (Juan Buridán, Nicolás Oresme) que operan en el campo de la escolástica bajomedieval
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Las interpretaciones contemporáneas del De Motu Animalium de Aristóteles dependen en gran medida del primer comentario realizado acerca del tratado, los comentarios de Miguel de Efeso del siglo XII, editados como parte de los Commentaria in Aristotelem Graeca. A pesar de que muchas propuestas revistan originalidad por sus meritorios análisis y exposición, no pueden prescindir y por lo tanto se sirven de la interpretación que hizo Miguel de ciertos pasajes. Otras interpretaciones que realizó aquél del De Motu, sin embargo, no han prosperado. Mi trabajo se propone analizar la deuda a Miguel de dos momentos, a mi parecer, importantes del prólogo del De Motu, que han dirigido los estudios recientes acerca de la importancia del tratado para el estudio de la filosofía natural de Aristóteles y el rol de la analogía en su método. Por un lado, el reconocimiento (104.6-25) de la referencia en 698a7-14 a la Física, que conlleva la determinación del objeto y del método del tratado completo, e implica, para la mayoría, por no animarme a decir todos, un distanciamiento del principio de prohibición de la metábasis. Por el otro, la transmisión del diagrama (105.3-11) correspondiente al texto de 698a22-4, del que algunos sostienen que ciertos modelos "mecanicistas" son adelantados ya en el prólogo, debido a esta repentina explicación matemática del movimiento, mientras que otros señalan la conexión con otros tratados por la descripción del movimiento mediante la figura del círculo. A través de estos dos casos pretendo evidenciar entonces la medida en que Miguel influyó y sigue influyendo la consideración reciente de este tratado de Aristóteles
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El objetivo del trabajo es explorar en exponentes del pensamiento escolástico medieval algunos aspectos de la relación entre el dinero y el par Naturaleza/Creación. Se trata de un tópico que se moviliza en el contexto de la prohibición de la usura junto con otros tipos de argumento y que se ve estimulado en gran parte por el diálogo entablado con los textos de Aristóteles (Política, E0tica). La condena del cobro de intereses, leído como violación del orden natural al hacer que el dinero se comporte como un ser animado dotado de virtus generativa, remite a las maneras bajomedievales de concebir a la moneda en el marco de una creciente monetización de la vida social y su correspondiente incidencia en las formas de pensamiento. El lazo entre dinero y artificio legal resulta particularmente complejo en una sociedad que no se maneja con el régimen del dinero fiduciario y es por ello que se ha de tener en cuenta en el análisis las teorías convencionalistas (Tomás de Aquino) y metalistas (Juan Buridán, Nicolás Oresme) que operan en el campo de la escolástica bajomedieval
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El objetivo principal de esta tesis doctoral supone una nueva propuesta de análisis del ciclo del incesto aún presente en el Romancero, y de forma más precisa, en las versiones cántabras de los romances Delgadina, Silvana, Tamar, Primos Romeros, Cura Traidor y Blancaflor y Filomena. Para el mejor manejo de los cientos de versiones existentes de estos romances, nos hemos centrado en los textos procedentes de Cantabria. Para tal fin, hemos confeccionado el corpus de Cantabria con los romances que se han venido publicando desde los albores del siglo XX hasta la actualidad, incluyendo mi aportación personal al corpus fruto del trabajo de campo realizado entre 1999 y 2003 en los que recopilé 250 versiones de romances, 190 textos de la tradición oral y entrevistado cerca de 192 informantes. Así, los romances Delgadina y Silvana tratan el incesto paterno filial, el romance Tamar versa sobre el incesto entre hermanos, el texto Primos romeros, el incesto entre primos, el romance vulgar Cura Sacrílego nos presenta el asunto del incesto espiritual, y, finalmente, el romance Blancaflor y Filomena trata la prohibición existente entre cuñados. Los romances nos informan sobre los argumentos de evitación del incesto en los que, en algunos casos, media la violencia. De este modo, se expresa la subversión de los roles de parentesco, la prohibición basada en un precepto divino y el infructuoso intercambio frente al argumento de la belleza de la joven. Incluso, se trata el tema de la venganza a través del infanticidio y del banquete ritual. Estos trágicos sucesos colocan a los lectores al lado de la víctima al tiempo que nos interpela y cuestiona sobre la actualidad de estos romances en un tema considerado tabú. Con todo, sigue resultando llamativo el hecho de que estos romances sigan transmitiéndose principalmente por la figura femenina...
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La Cámara de Comercio se abstuvo de registrar el acta de asamblea general de accionistas de la sociedad GOLDEN MEDICAL GROUP COLOMBIA SAS, por medio de la cual se nombraba el revisor fiscal y se aceptaba la renuncia del suplente del gerente. Esta decisión se fundamentó en 2 motivos: (1) No se indicó de manera clara el número de acciones representadas en la reunión. (con fundamento en los artículos 22 de la Ley 1258/08 y la ley 222/95) y (2) A título de recomendación: que por prohibición expresa del código, no es viable dejar un cargo de representación legal vacante, en consecuencia, debe o eliminarse el cargo, lo que acarrea una reforma estatutaria, o nombrar a alguien en dicho cargo.
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Supersociedades: de la prohibición a los administradores para enajenar o adquirir acciones - articulo 404 del código de comercio y otros aspectos.
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A raíz del impacto ambiental que produce la actividad minera sobre la biodiversidad y los recursos naturales, el sistema jurídico colombiano sustrajo de esta actividad, zonas de especial importancia ecológica y ambiental, que podrían llegar a deteriorarse en su totalidad. Sin embargo, si bien es clara la importancia de proteger estas zonas de la actividad extractiva, lo cierto es que en la actualidad se presenta un alto porcentaje de estas zonas que se superponen con títulos mineros. Circunstancia que conlleva a que entren en tensión intereses constitucionales protegidos. Por un lado, el interés general de proteger el medio ambiente y los recursos naturales y por el otro, el interés público de desarrollar la actividad minera. De acuerdo a lo anterior, a través de este trabajo de investigación, se busca describir y analizar las consecuencias en el ámbito jurídico, que se generan, al prohibir la actividad minera en zonas sobre las cuales el Estado había autorizado la realización de actividades de exploración y /o explotación minera con anterioridad al cambio regulatorio. En consecuencia, se expondrán los escenarios en que se puede encontrar un contrato de concesión, con la prohibición legal de desarrollar actividades mineras en ecosistemas de páramos. Específicamente, se analizará la situación de los títulos mineros que cuenten con licencia ambiental, títulos mineros que se encuentren en etapa de exploración y los títulos que habiendo terminado la etapa de exploración su licencia ambiental se encuentre en trámite.
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ResumenEstudia el impacto de la legislación anticlerical dictada en Costa Rica en 1884 sobre el quehacer del clero costarricense. Enfatiza en la ley de la secularización de los cementerios, la prohibición de celebraciones religiosas fuera de los templos y el análisis de las finanzas eclesiásticas.AbstractA study of the impact of anti-Church legislation adopted in 1884 in Costa Rica, as regards the activities of Costa Rican clergy. The article focuses on the secularization of cemeteries, the prohibition of religious celebrations outside the churches, and an analysis of the financial situation of the Church.
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El objetivo de la presente ponencia es evidenciar cómo la falta de una política migratoria ha afectado las relaciones de México con otros países, principalmente los centroamericanos, por los diferentes intereses que pretende resguardar: el respeto a los derechos humanos de los extranjeros y la prohibición de transitar para las personas indocumentadas. De esta manera, se demuestra la necesidad imperante de que el gobierno mexicano cuente con una política sólida la cual incida de manera positiva en cada uno de los flujos migratorios con los que se ve afectado México al ser un país de origen, tránsito y destino.This article aims to highlight that the lack of a migratory policy affects Mexican foreign affairs, especially with Central American countries, due to different interests in stake that it looks to safeguard such as foreigners human rights respect and the proscription of transit for undocumented people. It is obvious that Mexican Government needs to adopt a well grounded foreign policy with positive impact in each of the migratory flows currently affecting México, since it is a starting point, transit and destination country.