998 resultados para Sistema Interamericano de Protección de Derechos Humanos


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Se aborda el Derecho Internacional de los Derechos Humanos, detallando los temas de raza, mujer, tortura, niño, emigración, discapacidad, trata, corrupción, sistemas regionales de protección o tribunales que juzgan su incumplimiento. Incluye ocho anexos para ser utilizados en materia de docencia, periodismo, medios culturales, profesionales o familiares.

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resumen basado en el del autor

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Resumen basado en el de la revista; este artículo pertenece al tema monográfico Educación y Derechos Humanos

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Este artículo pertenece a un monográfico sobre la Globalización. Resumen basado en el del autor

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Anexo I Cuestionario sobre violencia en los centros escolares p. 359-361

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Título anterior de la publicación : Boletín de la Comisión Española de la UNESCO

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Se comenta que el mundo goza de una opulencia sin precedentes, donde se han registrado notables cambios en el terreno económico, social y político. Se está inmerso en la cultura de los derechos humanos. La gran idea de la humanidad es conciliar la universalidad de los valores con las diversas culturas. A partir de la Segunda Guerra Mundial se procedió al diseño de un sistema de gobernación mundial basado en la igual dignidad de todos los seres humanos. El fomento de la dignidad no es una utopía, es una necesidad indispensable para concretar los derechos y deberes humanos de los que dependen la seguridad, supervivencia y felicidad. La pedagogía de la educación en derechos humanos es asumir que todos los seres humanos somos diferentes en nuestras características pero iguales en dignidad y derechos. Esto lleva a evitar la discriminación como finalidad principal, ya que acepta y valora la diversidad como parte de la riqueza de las relaciones humanas. Así pues, del mismo modo que en 1945 se decidió elaborar una Declaración Universal de Derechos Humanos, sería apropiado, en la debacle ética que se encuentra la Unión Europea, una Declaración Universal sobre la Democracia.

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Explora la posibilidad de utilizar en Puerto Rico la Educación Popular como fundamento para la Educación en Derechos Humanos y su contribución para lograr la elaboración de un Plan Nacional de Educación en materia de tales derechos. Ante la inexistencia de este plan en el país y la falta de iniciativa política para su realización, la Educación Popular es considerada como esa práctica educativa que permitiría -entre otras cosas- convocar la organización, movilización y acción de sectores sociales, para reclamar al Estado su obligación con la educación en Derechos Humanos. De acuerdo con dicho propósito, el contenido de este trabajo investigativo consiste de varios momentos. El primer momento aborda teóricamente la Educación Popular y delimita el fundamento que habrá de ser considerado para su manejo. En un segundo momento, los conceptos principales de esta investigación son aplicados al contexto de Puerto Rico. Lo referente a Derechos Humanos, Educación Popular y Educación en Derechos Humanos, es profundizado para sustentar el por qué, para qué, cómo y en qué condiciones se pretende utilizar la práctica educativa propuesta. Los resultados y análisis sobre el proceso de consulta que validaría la posibilidad de utilizar la Educación Popular, se encuentran contenidos en el tercer momento de la investigación. La consulta que fuera realizada a representantes de la sociedad civil e instituciones que cuentan con el potencial de asumir la Educación Popular, generó varias consideraciones para hacer aplicable dicha práctica en el país. Lo que respecta a las implicaciones de elaborar en Puerto Rico un Plan Nacional de Educación en Derechos Humanos, constituye el cuarto y último momento de este trabajo investigativo.

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El problema investigado, se basa en la identificación de la forma en que han sido reconocidos los derechos humanos de los afrodescendientes, en las legislaciones de Colombia y de Ecuador. Para ello, considero pertinente realizar un análisis del desarrollo constitucional sobre el tema de los Afro en ambos países; en Ecuador estará enfocado a partir de la Constitución de 1998, y en Colombia a partir de la Constitución de 1991, hasta el momento actual. Esta tesis plantea un análisis crítico de la tensión que surge entre los derechos humanos planteados como derechos individuales, y los derechos colectivos de los afrodescendientes, que, tanto en Ecuador como en Colombia, fueron inicialmente asimilados conceptualmente como derechos indígenas. Es por ello, que considero de vital importancia en estos momentos, analizar la tensión entre la dimensión colectiva e individual de los derechos humanos para el pueblo afro, examinando cómo esta tensión se evidencia en las constituciones y legislaciones de ambos países. Esta tesis se limitó específicamente en las poblaciones fronterizas ubicadas en Esmeraldas (Ecuador) y Tumaco (Colombia). Dichas poblaciones, que comparten los mismos troncos familiares, serán clave para lograr la comprensión que tienen sobre sus derechos humanos. De este modo, el propósito de la investigación es repensar los derechos humanos colectivos, desde una colectividad afro, partiendo de su especificidad y realidad, y en diálogo con los propios sujetos y así generar impactos en las futuras Constituciones y legislaciones.

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Exigibilidad de los derechos humanos relacionados con la comunicación desde el ámbito de las políticas públicas La construcción de las políticas públicas, por medio de las cuales se concretan o no las condiciones generales disponibles para el disfrute de los derechos relacionados con la comunicación, ofrecen un terreno de acción de gran importancia en el cual es necesario participar, para hacer de él un espacio de exigibilidad con efectos de mayor cobertura que los que ofrece la justiciabilidad.

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A partir del año 1986, Venezuela se adhiere al Protocolo sobre el Estatuto de Refugiados de 1967, y lo publica en la Gaceta Oficial de la República Nº 33.503, de fecha 2 de julio de 1986, por lo cual, las normas sobre refugio consagradas en dicho instrumento y la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951(1), adquieren plena vigencia en nuestro ordenamiento jurídico desde 1986, con obligación para el Estado de adoptar la terminología y mecanismos internos necesarios para la aplicación de las normas consagradas en dicho instrumento. En este sentido, el camino de protección de los derechos de los refugiados en Venezuela a transitado desde un espacio meramente normativo, de reconocimiento de derechos contenidos en Convenios del Derecho Internacional de los Refugiados (2), lo que ha supuesto, la regulación constitucional (3), pasando por la vigente ley orgánica interna (4) y el recientemente promulgado reglamento general en la materia (5), todo lo cual, integra actualmente el marco normativo interno de protección de refugiados (as), en Venezuela, hasta llegar a la situación actual en la que nos encontramos con la instalación formal del órgano administrativo designado para el estudio y tramitación de las solicitudes de refugio, denominado "Comisión Nacional para los Refugiados"

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La administración de justicia oficial en las dos últimas décadas es interpelada permanentemente por el desafío de convivir y coordinar con la administración de justicia indígena. Este desafío asume diferentes matices, pero sin lugar a dudas se convierte en uno complejo y difícil de enfrentar cuando incorporamos a su análisis el tema de los derechos humanos traducido en los límites -discutibles en cuanto a su existencia- que deben imponerse a la justicia de los Pueblos indígenas ante la potencial violación a los derechos fundamentales. De este modo, la diversidad cultural frente a los derechos humanos se ha convertido en uno de los temas más sensibles tanto en su análisis teórico como en los modos de instrumentación. Pero antes de presentar concretamente el problema que constituye la relación entre diversidad y derechos humanos (y sus posibles soluciones), vale la pena señalar algunos presupuestos que dan forma y contenido al sistema de justicia frente a los Derechos de los Pueblos indígenas, dentro de un determinado modelo de Estado que se encuentra en permanente construcción.

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La Ley de Seguridad Pública y del Estado no se ha adecuado formal ni materialmente a lo previsto en la Constitución del Ecuador, esto permite que su ejecución provoque a largo plazo violaciones de derechos humanos en función de priorizar las labores de inteligencia, la protección del territorio nacional y el desarrollo de los sectores estratégicos del régimen de desarrollo, por sobre el ejercicio efectivo de derechos humanos de las personas que habitan en el Ecuador.

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Se registran importantes avances legales y constitucionales en el reconocimiento del derecho de las mujeres. Sin embargo, persisten situaciones de inequidad en los temas pobreza, violencia contra la mujer y acceso a la justicia. En el Ecuador, uno de cada cinco hogares pobres está jefaturado por una mujer, alcanzando el 20% de los mismos el nivel de indigencia. Un 41% de las mujeres encuestadas declara haber sido víctima de violencia psicológica, un 31% afirma haber sufrido violencia física y un 12% sexual. En las Comisarías de la Mujer y la Familia se recibieron 60,789 denuncias por violencia intrafamiliar (2005). La Unidad de Estadísticas del Ministerio Fiscal (2005) registró un total de 8,735 denuncias sobre delitos sexuales, de las cuales 3,842, casi la mitad de ellas, fueron violaciones. El sistema judicial no da respuestas efectivas a las denuncias sobre delitos sexuales y violencia intrafamiliar.

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La Iniciativa IIRSA, que consiste en el impulso de la integración regional sudamericana a través de obras de infraestructura para el comercio, amenaza seriamente los derechos de las poblaciones y los sistemas ecológicos del continente. Tanto el ambiente como las personas están en riesgo por proyectos de gran envergadura con inadecuada planificación, que abarcan represas hidroeléctricas, carreteras, oleoductos, gasoductos, hidrovías, etc. En Ecuador, el eje multimodal Manta-Manaos es el proyecto de IIRSA que más ha motivado la alerta en la sociedad civil y las organizaciones indígenas, ya que buscaría convertir al río Napo en una hidrovía para el transporte de mercaderías en grandes cantidades, poniendo en peligro uno de los puntos de mayor diversidad biológica del planeta por su especial ubicación, así como los derechos de las personas pertenecientes a las comunidades indígenas y campesinas de la zona. En este marco, es de suma importancia el respeto y garantía de los derechos colectivos de los pueblos indígenas y tribales, quienes han conservado su modo de vida tradicional a lo largo de los años. Dada la particular relación con sus territorios, son ellos quienes deben decidir, por medio de adecuados procesos de consulta previa y consentimiento libre e informado, sobre la posibilidad de ejecutar proyectos dedesarrollo” o “integración regional” en sus territorios ancestrales. Los objetivos específicos de este trabajo son dar a conocer la existencia de la Iniciativa IIRSA y su cartera de proyectos en el Ecuador, definir los estándares ambientales y de derechos humanos que debe cumplir un proyecto de infraestructura y analizar el proyecto Manta-Manaos desde un enfoque jurídico, tomando como eje su adecuación a los estándares nacionales e internacionales de derechos humanos. En este sentido, resultan fundamentales los avances jurídicos recogidos en la normativa internacional, principalmente en el Convenio No. 169 de la OIT sobre pueblos indígenas y tribales en países independientes, así como la Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas, que constituyen instrumentos jurídicos clave para la exigibilidad de estos derechos. Del mismo modo, el establecimiento de garantías ya no sólo jurisdiccionales, sino también políticas y normativas en la nueva Constitución, son avances que debemos aprender a utilizar para la protección de los derechos y el ambiente. En esta investigación, en primer lugar se hace una aproximación descriptiva a IIRSA, a continuación se describe la cartera de proyectos de la iniciativa en el Ecuador, tanto del Eje Andino como del Eje Amazónico, pasando directamente al análisis del proyecto del eje multimodal Manta-Manaos y los estándares internacionales ambientales y de derechos humanos aplicables en el diseño, ejecución y funcionamiento de proyectos de infraestructura. En esta sección se tratan los estándares internacionales en materia de participación social, consulta previa, consentimiento libre e informado en relación a derechos colectivos de los pueblos indígenas, acceso a la información pública, beneficios compartidos y la obligación de realizar estudios de impacto ambiental, así como del derecho al desarrollo como un derecho síntesis, que pretende un reforzamiento y profundización de la indivisibilidad e interdependencia de todos los derechos humanos. Finalmente, esbozamos algunas conclusiones y recomendaciones.