873 resultados para Régimen jurídico
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The substantive legislation on which Agricultural Processing Companies is based has some notable gaps with regard to the pertinent accounting system. There are grey areas concerning compulsory accounting records and their legalization, together with the process for drawing up, checking, approving and depositing the annual accounts.Consequently, in this paper, we will look first at the corporate and accounting records for Agricultural Processing Companies, putting forward proposals in the wake of recent legislation on the legalization of generally applied corporate and accounting documents.A critical analysis will also be made of the entire process of drafting, auditing, approving and depositing the annual accounts and other documents that Agricultural Processing Companies must send each year to their respective regional registries. Legal and mercantile registries will be differentiated from administrative ones and, in this last sense, changes will be suggested with regard to the place and objective of the deposit of such documents.After thirty-four years old, the substantive legislation in economic and accounting matters of the SAT is out of step with the current law, so a review is necessary. Recent regional regulations have not been a real breakthrough in this regard. We assert the existence of a gap between the substantive rules of the SAT and general accounting rules on financial statements, which is unsustainable and it needs a quick legislative action to be canceled.
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Act 44/2015, on 14th October, of labour and investee companies, aims to accommodate the different instruments, limits and requirements with which the legal regime of the labour companies is set, to the current economic and legal context where they must develop their economic activity. The purpose of the law is to preserve their special status, while it seeks to modernize its legal structure to ensure the economic solvency of the business plan, without weakening the social profile that is required. The new law includes two organisational figures, ‘labour companies’ and the calling ‘investee companies’, of the last one, only leaving evidence of what is to be understood by them referring its regulation to a subsequent regulatory development. Until the publication of the regulation, our work has focused on the corporate aspect of the labour companies by analysing the modifications made on the typological elements and legal regime of these organisational figures to determine whether the law is the necessary and sufficient instrument to achieve the challenge proposed.
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Estudio del régimen jurídico español y la significación del contrato de merchandising que parte del análisis de su noción y naturaleza jurídica distinguiendo entre el merchandising tradicional y el moderno, y comprende sus principales características, el régimen jurídico aplicable y las principales modalidades del contrato en la praxis. El artículo se ocupa asimismo de los elementos y del contenido del contrato, distinguiendo para ello las particularidades que surgen en virtud de la modalidad de merchandising de la que se trate.
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La gestación por sustitución es un tema de gran relevancia que ha originado distintos debates éticos, morales, biológicos, económicos y jurídicos. En este tema se trata de ver cual es el régimen jurídico actual de la gestación por sustitución y cuales son las carencias en la regulación de esta práctica a nivel nacional, abordar el tema del orden público internacional, así como ver cómo se regula esta figura en el mundo.
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La sociedad actual se enfrenta con problemas hasta ahora desconocidos que necesitan una rápida y efectiva solución. El progresivo aumento de la esperanza de vida ha dado lugar a que hoy en día nos encontremos con sociedades envejecidas y necesitadas de protección. Se habla incluso de la «cuarta edad» y de la aparición de un nuevo fenómeno demográfico denominado «envejecimiento del envejecimiento», esto es, el aumento de la población con edad superior a ochenta años. A demás, aunque la vejez no implica necesariamente enfermedad, la tasa de discapacidad crece con la edad. A lo que se debe añadir que muchas de estas personas tienen hijos discapacitados que, con toda probabilidad y debido a los avances médicos, sobrevivirán a sus ancianos padres y necesitarán medios materiales y/o personales para continuar con sus vidas. Para paliar estos problemas existe, entre otras medidas, el denominado contrato de alimentos; y especialmente útil para alcanzar este cometido resulta su configuración a favor de terceras personas. Pero su régimen jurídico cuando se celebra para beneficiar a una persona que no es parte contractual presenta importantes peculiaridades derivadas de la especial relación generada entre alimentista y alimentante. Estas particularidades serán objeto de análisis en este trabajo.
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El trabajo se centra en el estudio de una figura característica del Derecho Civil Autonómico Vasco, regulada en la Ley 3/1992, de 1 de julio de Derecho Civil del País Vasco: el apartamiento en la sucesión forzosa. Para ello, parte de una aproximación a los distintos Derechos sucesorios en los Territorios Históricos de Bizkaia y Álava, mostrando así la diferencia en cuanto a los límites y libertades de disposición del de cuius. Respecto a la figura del apartamiento, fondo del trabajo, se recoge su régimen jurídico mostrando la principal problemática de su regulación, especialmente en lo que se refiere a su aspecto formal, y su posible equiparación o no con la preterición; a este respecto existen dos posturas contrapuestas. Dado que las soluciones adoptadas en dicha Ley en ocasiones son confusas e incluso incompletas, se analizan desde una comparación con el Derecho Civil Foral Aragonés pues presenta similares características al régimen sucesorio vizcaíno. Así mismo, se establecen las principales diferencias en cuanto a otra figura con la que puede existir cierta confusión: la desheredación.
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El trabajo nocturno se articula y se define en función de dos conceptos: uno objetivo, el período nocturno, y otro subjetivo, el trabajador nocturno. Para la delimitación del trabajo nocturno, el Estatuto de los Trabajadores ofrece una definición objetiva y otra subjetiva. Por un lado, conforme a lo previsto en el artículo 36 de dicho cuerpo legal se considera trabajo nocturno el realizado entre las diez de la noche y las seis de la mañana; se trata de una definición objetiva en función del período en que se desarrolla tal trabajo. Por otro lado, se considerará trabajador nocturno a aquel que realice normalmente en período nocturno una parte no inferior a tres horas de su jornada diaria de trabajo, así como a aquel que se prevea que puede realizar en tal período una parte no inferior a un tercio de su jornada de trabajo anual; se trata aquí de una definición subjetiva en función de la entidad y habitualidad de la prestación de trabajo nocturno que desarrollan ciertos trabajadores, a los que se concede una particular condición. Mientras que "trabajo nocturno" –toda prestación laboral realizada entre las diez de la noche y las seis de la mañana– es un concepto absoluto, en el sentido de que es independiente del número de horas nocturnas efectuadas o de la frecuencia o periodicidad de su realización, "trabajador nocturno" es un concepto relativo, pues no todo trabajador que preste servicios durante la noche va a recibir la condición de nocturno, sino que ésta va a depender de que la jornada del trabajador sea nocturna en la proporción diaria o anual que el legislador ha considerado relevante. Además, la virtualidad de ambos conceptos es diferente: el concepto objetivo de trabajo nocturno sirve a los efectos de la retribución específica del mismo, a los de información a la autoridad laboral de la realización del mismo, a los de restricción del mismo a ciertos sujetos (menores, mujeres embarazadas o lactantes…) y, obviamente, a los de delimitación de la condición de trabajador nocturno, mientras que el concepto subjetivo de trabajador nocturno tiene efectos en materia de limitación de su jornada y de protección de su salud. En fin, siendo el trabajo nocturno una modalidad de trabajo –o, más exactamente, una modalidad de realización de la jornada de trabajo– definida objetivamente por el horario nocturno en que se presta, algunos aspectos de su régimen jurídico se han construido sobre la base de un elemento subjetivo –la consideración de ciertos trabajadores como nocturnos–. Al estudio del régimen jurídico aplicable al tiempo de trabajo de los trabajadores nocturnos y al del trabajo nocturno, en general, se dedican seis capítulos. En el capítulo I se estudia la distinción entre el concepto de trabajo nocturno y el de trabajador nocturno; en los capítulos II y III se abordan las garantías de los trabajadores nocturnos en materia de tiempo de trabajo y las excepciones a las mismas; el capítulo IV se dedica al derecho del trabajador nocturno con problemas de salud a ser destinado a un puesto de trabajo diurno que exista en la empresa; en el capítulo V se abordan las restricciones del trabajo nocturno de los menores y de las mujeres; y en el capítulo VI se analizan las limitaciones de la prestación laboral nocturna en el caso del trabajo a turnos, del contrato para la formación y el aprendizaje y de algunos sectores con peculiaridades. No se abordan, en este trabajo, ni las cuestiones retributivas ni el resto de materias relativas a la protección de la seguridad y salud de los trabajadores nocturnos (garantía de un nivel de protección adecuado, evaluación de su salud…), que merecen un estudio en profundidad que excede del ámbito de este trabajo, que se centra únicamente en los aspectos relativos a la organización del tiempo de trabajo. El estudio se centra, pues, en el análisis del sistema normativo vigente en materia de trabajo nocturno, tanto en lo que se refiere al trabajo prestado por la noche como en lo relativo al trabajo prestado por los trabajadores nocturnos, aunque sea en otro horario.
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Acontecimientos relevantes en la historia del ordenamiento territorial – Aspectos doctrinario sobre el ordenamiento territorial – Régimen jurídico sobre el derecho ambiental y ordenamiento territorial -- El ordenamiento territorial en el derecho comparado
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Las cooperativas agropecuarias tienen una gran tradición en Cuba; sin embargo, hasta diciembre de 2012 no existía la posibilidad de constituir cooperativas dedicadas a actividades diferentes de las agropecuarias. Con la promulgación de una serie de normas que, con carácter experimental, regulan su constitución, estructura, régimen laboral de los socios y obligaciones contables, se pretende actualizar el modelo económico cubano. El objeto de este estudio es describir las características básicas de estas nuevas cooperativas cubanas y comparar su régimen jurídico con el de las cooperativas españolas establecido por la Ley 27/1999.
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La búsqueda de financiación constituye un quehacer permanente de la empresa, que se agudiza, particularmente, en los momentos de crisis económica y afecta, también, a las cooperativas. La legislación cooperativa pone a disposición de estas entidades diversos instrumentos de financiación externa a través de la emisión de valores (obligaciones; títulos participativos; participaciones especiales), a ellos se añaden las cuentas en participación, aunque sin mucho detalle en los textos legales. En el trabajo indagamos sus posibilidades, fijándonos, especialmente, en esas últimas; buscamos clarificar su régimen jurídico y contrastar sus potencialidades como un instrumento técnico, alternativo, para la financiación en el ámbito de las sociedades cooperativas. En fin, vemos también la incidencia de la reciente Ley 5/2015, de fomento de la financiación empresarial, en el sector del cooperativo y terminamos proponiendo algunas adaptaciones normativas.
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El trabajo de grado se estructuró en tres capítulos. El primero constituye un marco teórico sobre el cual se fundamentan los siguientes, pues se realiza un análisis de la cláusula penal en el derecho privado, incluidas las prácticas comerciales internacionales. El segundo capítulo aborda el tema de las multas en la contratación estatal, para lo cual se estudió la normatividad y jurisprudencia pertinente; en esa parte del escrito se incluyó el apartado correspondiente al derecho comparado. Finalmente, en el tercer capítulo, se formula una propuesta que permite hacer de esta medida coercitiva provisional una herramienta idónea para lograr el correcto y oportuno cumplimiento del contrato.
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A raíz del impacto ambiental que produce la actividad minera sobre la biodiversidad y los recursos naturales, el sistema jurídico colombiano sustrajo de esta actividad, zonas de especial importancia ecológica y ambiental, que podrían llegar a deteriorarse en su totalidad. Sin embargo, si bien es clara la importancia de proteger estas zonas de la actividad extractiva, lo cierto es que en la actualidad se presenta un alto porcentaje de estas zonas que se superponen con títulos mineros. Circunstancia que conlleva a que entren en tensión intereses constitucionales protegidos. Por un lado, el interés general de proteger el medio ambiente y los recursos naturales y por el otro, el interés público de desarrollar la actividad minera. De acuerdo a lo anterior, a través de este trabajo de investigación, se busca describir y analizar las consecuencias en el ámbito jurídico, que se generan, al prohibir la actividad minera en zonas sobre las cuales el Estado había autorizado la realización de actividades de exploración y /o explotación minera con anterioridad al cambio regulatorio. En consecuencia, se expondrán los escenarios en que se puede encontrar un contrato de concesión, con la prohibición legal de desarrollar actividades mineras en ecosistemas de páramos. Específicamente, se analizará la situación de los títulos mineros que cuenten con licencia ambiental, títulos mineros que se encuentren en etapa de exploración y los títulos que habiendo terminado la etapa de exploración su licencia ambiental se encuentre en trámite.
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En este estudio se pretende exponer la situación actual de los derechos de propiedad de los bienes inmuebles rurales, principalmente bienes baldíos. Se parte de la base de los regímenes que han existido, sus principales características, su estado actual, la productividad económica de los mismos en determinadas regiones de Colombia, su seguridad jurídica y se planteará una propuesta de mejoramiento que podría obtener mejores resultados, tanto sociales como económicos, soportado en la experiencia del autor y en los diversos estudios que se han efectuado sobre el tema a nivel mundial.
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Describir el fenómeno de la corrupción es una manera de comprender el comportamiento desviado de los integrantes de determinada colectividad y el funcionamiento de su orden social. Por lo que resulta necesario abordar el tema como un fenómeno social, económico, político y también cultural.
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Los modelos de gestión urbana a nivel global, incorporan en la planeación y en el desarrollo de los entornos urbanos, al suelo natural de soporte como estructura fundamental; debido principalmente a sus funciones ecosistémicas y a los bienes ambientales que provee, incluyendo la biodiversidad y la conservación de entornos con calidad paisajística, entre otros. Teniendo en cuenta lo anterior, el objetivo principal de esta investigación, consiste en hacer un seguimiento y caracterización del ecosistema estratégico del corredor biológico borde norte en la ciudad de Bogotá, con el fin de identificar y dar visibilidad a los aspectos críticos, que son necesarios a tener en cuenta en la política e instrumentos de planeación, para el tratamiento de ésta área. En el desarrollo de esta investigación, se aplicaron las nociones metodológicas de la ecología urbana, dando inicio con una fase de diagnóstico y caracterización de la situación actual, seguido de la formulación de alternativas, entre las que se destacan, la restauración ecológica. En el diagnóstico se pudo identificar que, si bien existe disponibilidad de agua y de cobertura vegetal en las condiciones de suelo, también está presente una gran presión inmobiliaria en el sector, lo cual, ha promovido la alteración de los predios, haciendo urgente un tratamiento integral de restauración ecológica de éste corredor, que permita la recuperación de la función ecosistémica, aportando beneficios a la ciudad.