904 resultados para Principios rectores


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Posición frente a lo que en otros ordenamientos jurídicos se ha denominado como derecho administrativo sancionador que aplicándolo al caso colombiano en donde, además de carecer de una legislación especial, no hay un concepto uniforme

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Resumen del autor en catalán

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El proceso licitatorio está sometido a la ley y encaminado al cumplimiento de las finalidades que le asigna el ordenamiento jurídico circunstancias que han de tener en cuenta todas las entidades contratantes con la finalidad de evitar irregularidades

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Resumen del autor. Los autores son los responsables del equipo encargado del curso piloto de la formaci??n inicial del profesorado de la UPF

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Para el desarrollo de las actividades mineras en nuestro país, es imprescindible que los concesionarios cuenten con condiciones que permitan la continuidad de las actividades de exploración y explotación mineras, y con ello que las condiciones jurídicas, a partir del inicio del trámite precontractual y el contrato de concesión sean claras, y se encuentren inmersas en reglas para las partes de la relación contractual, fundamentadas en los principios de seguridad y estabilidad jurídica, como garantía para efectuar la actividad minera proyectada. Dentro del trabajo de investigación se aborda un análisis del sector minero, la problemática para el desarrollo de las actividades mineras, desde la perspectiva de los principios objeto de investigación, para determinar, si el contrato de concesión minero colombiano, como instrumento generador de derechos y obligaciones, brinda condiciones que permitan adelantar el proyecto minero y se alcancen los objetivos señalados por el Estado para el beneficio de la colectividad, y del contratista minero alcanzando los beneficios económicos proyectados.

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Comprender la fuerza como fenómeno fisiológico y mecánico es un elemento fundamental para aumentar el conocimiento de las técnicas y métodos de entrenamiento muscular basados en distintas formas de aplicar cargas de trabajo. En este sentido la fuerza muscular debe ser considerada como una cualidad física básica físico, de generar desplazamiento de los segmentos corporales o de vencer una resistencia se considera parte fundamental del Fitness físico, ya que se ha demostrado dentro de la evidencia científica sus beneficios para mantener y mejorar la condición de salud de las personas. El texto está divido en dos partes: la primera, presenta aspectos fisiológicos y mecánicos básicos del sistema músculo esquelético y la segunda, se centra en los distintos métodos de entrenamiento muscular; basados en esta propuesta conceptual lo estudiantes de pregrado podrán comprender de una manera sencilla los principios y métodos de entrenamiento de la fuerza.

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A la administración de justicia suelen formulársele todo tipo de críticas; sin embargo, una de las formas en que desde la academia podemos contribuir al mejoramiento de la misma consiste en conocer y estudiar con rigurosidad científica los diversos mecanismos que el legislador con apoyo en la doctrina y la jurisprudencia ha concebido para su puesta en práctica. Con ese propósito, en este libro conmemorativo de la expedición de los 40 años del Código de Procedimiento Civil colombiano el lector encontrará variadas, modernas y muy serias posturas ideológicas y jurídicas expresadas por juristas nacionales e internacionales, acerca de temas de tanta trascendencia para el derecho procesal como son el rol que debe asumir el juez en procura de hacer efectivas las garantías del proceso, la inseguridad jurídica que surge de una falta de metodología en la aplicación de los principios constitucionales y las reglas del procedimiento, el replanteamiento de la prueba de oficio, la actual visión en torno a las medidas cautelares y los medios de prueba electrónicos, el instituto de la perención o la figura del litisconsorcio necesario y las consecuencias de la solidaridad en los procesos ejecutivos que se adelantan con base en un título hipotecario.

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Los principios del Derecho del Trabajo constituyen el ADN de esta disciplina jurídica y la clave para resolver los problemas de interpretación y aplicación de las normas en materia laboral. Este libro tiene por objeto identificar, en los rangos constitucional y legal, esos fundamentos sobre los cuales descansa la rama del Derecho que regula la relación capital-trabajo, y determinar la naturaleza jurídica, el alcance y las aplicaciones de cada uno, para dar al lector un panorama completo sobre el tema. La Constitución Política de 1991 elevó a rango constitucional un elenco de principios que, a pesar de parecer reiterativos de los estipulados en el Código Sustantivo del Trabajo de 1950, han dado lugar al desarrollo de la jurisprudencia constitucional y han permitido actualizar las instituciones jurídico-laborales clásicas para acercarlas al modelo constitucional del Estado Social de Derecho.

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Resumen de la publicación traducido del catalán

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Este trabajo de grado busca analizar el papel que juegan los principios en las fallas del Régimen Internacional de Pagos a la hora de responder a situaciones de crisis, específicamente, en la actuación del Fondo Monetario Internacional durante la crisis económica argentina de 2001. El Régimen, atado al cumplimiento de sus principios, actuó de manera tal que produjo unas fallas que terminaron exacerbando la crisis. Mediante el análisis de fuentes primarias y secundarias, y con métodos tanto cualitativos como cuantitativos se busca demostrar que efectivamente, los principios en los que se fundamentan las actuaciones de los regímenes, que son creencias, tienden a tornarse dogmáticos, por lo tanto, se hacen resistentes al cambio y no permiten a las instituciones obrar de manera que se ajuste a la realidad. Es así que los principios llegan agravar las crisis que debían solucionar, tal y como sucedió en Argentina en 2001.

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1. Expediente en el que el rector del Colegio Mayor del Rosario José Joaquín de León y Herrera, pide que se puedan elegir rectores curas que hayan vestido la beca del Colegio Mayor, sin que estos pierdan los privilegios de los curatos al estar dirigiendo el Colegio. 2. El virrey de la Nueva Granada vice patrono del Colegio y el arzobispo de Santafé, autorizan la elección de un nuevo rector que puede ser cura. Prosigue con una copia del acto de reelección y nombramiento rectoral de José Joaquín de León y Herrera en abril 14 de 1763. 3. Acto seguido León y Herrera pide la anulación de su nombramiento y unas nuevas elecciones por ser prohibida la reelección en las constituciones y por ser insuficientes las rentas del Colegio Mayor y escasa la ganancia de su cargo, al tener que subsanar los problemas económicos con sus ingresos. 4. El expediente continúa con el decreto virreinal eximiendo al José de León de la reelección del cargo de rector y nombrando a José Miguel Masústegui en su lugar. 5. Se incluye una copia de las Cédulas Reales de 12 de junio y 19 de julio de 1752, en las que el Rey prohíbe el nombramiento de rectores que sean curas, porque descuidan sus obligaciones en las respectivas parroquias. 6. Continua con la copia de Cédula Real de 14 de abril de 1764 en la que se desaprueba la reelección de José Joaquín de León cura de Cajicá como rector del Colegio Mayor del Rosario y se exhorta a elegir a otro rector que no sea cura. 7. Petición de Miguel Masústegui rector del Colegio Mayor y cura de Guayabal, para conservar su cargo a pesar de la desaprobación del Rey; argumenta para su petición que el virrey y el Arzobispo ya habían concedido el permiso para que un cura pudiera ser rector y que ese mandato cobija su nombramiento. 8. Respuesta del fiscal José Peñalver, dando razón al rector Miguel Masústegui y permitiendo que los curas sean rectores del Colegio Mayor del Rosario, basó su decisión en la aprobación del virrey Messía y el Arzobispo de Arauz

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1. (Fol. 67- 75) Expediente de 1671 que enumera los argumentos por los que un cura puede ser nombrado rector del Colegio Mayor del Rosario, para justificar el rectorado de Enrique de Caldas Barbosa, se citan las constituciones del Colegio Mayor de Salamanca que son la base de las constituciones del Colegio Mayor del Rosario, además de algunas obras del derecho canónico. 2. (Fol. 76-77) Documentos de 1742 sobre el permiso para que el cura de Charalá Antonio Guzmán pudiera ser regente de la cátedra de vísperas en teología de el Colegio Mayor de Rosario y no residir en su parroquia dejando a un sacerdote encargado. 3. (Fol. 79 -84) Declaraciones de 1751 sobre el número de curas y seculares con cargos y cátedras en el Colegio Mayor del Rosario, y sobre los beneficios del curato que algunos de los catedráticos gozaban. 4. (Fol. 85- 119) Exposición de 1750 de los argumentos por los que los rectores y catedráticos del Colegio Mayor del Rosario deben ser dispensados de su obligación de residencia en la parroquia que encabezan, se citan distintas obras de autores de la antigüedad clásica, del derecho canónico y del derecho civil para justificar la gran utilidad de los curas en la educación de los jóvenes y de la República. 5. (Fol. 120- 127) Solicitud de 1759 del vicerrector del Colegio Mayor del Rosario Ignacio Moscoso ante la muerte del rector, para poder dar paso a una elección rectoral y de otros cargos en la que se puedan elegir párrocos, se incluyen copias de las cédulas reales de 12 de junio de 1752 y de 28 de mayo de 1758 en las que se le conceden permisos a dos curas para ser secretario y provisor del Obispo de Popayán, prosigue con el registro de la elección de Ignacio de Moya como procurador del Colegio Mayor. 6. (Fol. 129- 147) Expediente de los procuradores Ignacio Moya y Luis del Castillo para que la Real audiencia apruebe la elección de un rector cura, se realizan varios interrogatorios y peticiones (adjuntos) en los que se declaró la necesidad de emplear curas que hubieran sido colegiales como rectores del Colegio Mayor 7. (Fol. 150- 165) Petición de 1762 del rector José Joaquín de León para que se apruebe la elección de un cura para el siguiente rectorado, expone los documentos sobre la autorización que había dado el virrey y el Arzobispo de la Nueva Granada para tal elección, continúa con los registros de la reelección de José de León en el rectorado y de su rechazo del cargo. 8. (Fol. 170- 175 ) Copias de las cédulas reales de 19 de julio de 1752 y 14 de abril de 1764 sobre la desaprobación del Rey por concedérsele una cátedra en el Colegio Mayor del Rosario y posteriormente el rectorado a Antonio de Guzmán y Monasterio cura de Charalá. 9. (Fol. 176- 197) Petición de 1764 de Miguel Masústegui rector del Colegio Mayor del Rosario para suspender el cumplimiento de las cédulas reales que no permiten que los curas sean catedráticos o rectores y de esta manera poder continuar con su labor en la rectoría. Expone una argumentación basada en otras órdenes reales que aceptan dicha elección de curas, en las constituciones de Colegio Mayor de Salamanca cuyo modelo regía al Colegio Mayor del Rosario y a las Universidades de Lima y México; así como en las leyes de Indias y otras disposiciones del derecho, contiene copias de las autorizaciones del Virrey Messía de la Cerda y el Arzobispo José Javier de Arauz para el nombramiento de un cura rector del Colegio Mayor del Rosario.

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Investigar qué aspectos del movimiento de la Escuela Nueva (resumidos en los treinta principios de Ferriere) son considerados hoy válidos y cuáles han sido superados en la actual Escuela Nueva de Barcelona. Diez escuelas activas del municipio de Barcelona elegidas según tres criterios: delimitación geográfica, consciencia del movimiento de la Escuela Nueva y creación en diferentes momentos históricos. Desarrolla una parte teórica donde explica la teoría de la Escuela Nueva, su historia y los treinta principios de Ferriere. Analiza la repercusión del movimiento en Cataluña. Plantea una hipótesis sobre la vigencia o no de los principios de Ferriere en las Escuelas Nuevas de Barcelona. Crea un cuestionario para comprobar la hipótesis y lo dirige al personal docente de las diez escuelas. Realiza un análisis cuantitativo mediante estadísticas descriptivas de la parte cerrada del cuestionario y un análisis cualitativo de la abierta. Cuestionario ad hoc (de preguntas abiertas y cerradas) para la parte empírica y documentos inéditos, bibliografía general y entrevistas con pedagogos relacionados con la época del movimiento para la parte teórica. Puntuaciones directas y medias. El movimiento de la Escuela Nueva en Cataluña continúa vigente, y sus participantes se sienten herederos y practicantes de gran parte de los 30 principios de Ferriere, sin embargo creen que para mejorar la educación haría falta añadir y suprimir parte de los principios para adaptarse a las exigencias del momento.

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Elaborar una reflexión teórica y conceptual de los elementos constitutivos del diseño curricular que en Cataluña se plantean junto con la reforma educativa.. 61 alumnos de 7õ de EGB. Explora el estado actual de la teoría curricular. Analiza la relación que existe entre reforma educativa y diseño curricular. Analiza los principios psicopedagógicos del marco curricular que fundamentan la reforma educativa. Critica algunos aspectos conceptuales y estructurales del diseño curricular. Presenta la alternativa que propone la administración educativa para solucionar problemas relacionados con el desarrollo curricular. Ofrece una visión general de la actual problemática de la enseñanza de las Ciencias Sociales, analiza el curriculum prescriptivo para las Ciencias Sociales en la educación secundaria obligatoria y concretiza el reordenamiento curricular. Propone un modelo ejemplificador de cómo se concreta el reordenamiento curricular en la estructura de un crédito de historia de Cataluña y lo aplica. Evalúa los resultados. . Resultados académicos. Cuestionario. Dossier individual. Observación. Investigación-acción. Análisis cualitativo y cuantitativo. El ordenamiento curricular efectuado es válido para orientar la práctica pedagógica de un crédito. La red de correspondencia contenidos/objetivos en los 3 niveles de concreción es un buen instrumento de ayuda didáctica en la planificación educativa y en la reflexión de la práctica. La multivariedad de métodos es eficaz para la motivación general y para el mantenimiento de un elevado grado de atención e implicación del alumno en el aprendizaje. Los resultados de aprendizaje de los grupos experimentales ha mejorado después de la aplicación del crédito..

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