795 resultados para PUEBLOS INDÍGENAS AMAZÓNICOS
Resumo:
El discurso del gobierno de Álvaro Uribe Vélez en su primer periodo presidencial, y el discurso de las comunidades indígenas de la Sierra Nevada de Santa Marta en torno a las fumigaciones con glifosato resultan en una relación antagónica, la cual produce una deslegitimación de la identidad cultural necesaria para la supervivencia de las comunidades indígenas. El análisis de los elementos de dicho antagonismo permite entender cómo se articula el discurso reivindicativo de las comunidades indígenas y cómo se fortifica la lucha reivindicativa por la legitimación de la identidad cultural. El discurso reivindicativo unifica las demandas generadas por dichas comunidades en torno a las fumigaciones con glifosato, mientras la lucha reivindicativa por la legitimación pretende resolver estas demandas y sentar las bases de un modelo de accionar político regido a partir de la aplicación de la palabra y el pensamiento tradicional de los pueblos indígenas.
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Hace más de 500 años, la búsqueda de riquezas llevó casi a la extinción a los ancestrales habitantes del suelo colombiano. Hoy, los herederos de esa tragedia ven cómo el afán por explotar los recursos naturales y los intereses de diferentes actores, han desatado conflictos ambientales que estremecen sus territorios. En Colombia hay unos 87 pueblos indígenas y hasta el momento, se han identificado y documentado 62 conflictos ambientales de diverso origen en sus tierras, los cuales muestran que las comunidades han sido afectadas por los proyectos que promueven el desarrollo especialmente económico.
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Esta investigación ofrece un análisis del reconocimiento jurídico a la desagregación territorial. La primera parte de la investigación giro en torno a la necesidad de caracterizar las tensiones emergentes en el territorio ancestral de los pueblos Camëntsá e Inga con el proyecto de la construcción de la variante San Francisco-Mocoa, en el periodo de 1996 al 2011. La segunda parte analizó las acciones reivindicativas empleadas por los pueblos indígenas Camëntsá e Inga en el marco de su interés por el reconocimiento del derecho al territorio; y finalmente se analizaron los marcos institucionales que explican las tensiones respecto al reconocimiento del territorio entre el Gobierno Nacional y las Autoridades Indígenas de los pueblos Camëntsá e Inga en el departamento del Putumayo.
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El propósito de este estudio de caso es analizar el proceso de reparación a las víctimas de la comunidad indígena Wayúu de Bahía Portete por los daños causados con la masacre del 18 de abril de 2004, a partir del pensamiento propio sobre la reparación. Para esto se presentan las distintas percepciones que existen en la comunidad sobre las afectaciones sufridas por el conflicto armado y las concepciones sobre el territorio y la justicia en la cultura Wayúu, y se analiza la importancia de reivindicar estos significados en el proceso de reparación colectiva que adelanta la Unidad de víctimas con estos indígenas, para la efectividad del mismo. Lo anterior se basa en el trabajo de campo realizado en La Guajira con la comunidad de Portete y funcionarios de la Unidad, otras fuentes primarias como informes institucionales, al igual que en la revisión de legislación y textos académicos sobre la materia.
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el Estado colombiano no cumple con todas sus funciones u objetivos, debido a factores económicos, políticos y en ocasiones sociales, desconociendo las necesidades de los colombianos o de algunos grupos de la población nacional
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Los autores son profesores e investigadores de la Universidad Autónoma Metropolitana, Xochimilco, Méjico. Resumen tomado de la publicación
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Monográfico con el título: 'Desde la diversidad hacia la desigualdad: ¿destino inexorable de la globalización?'. Resumen basado en el de la publicación
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La Educación Intercultural Bilingüe (EIB) es una alternativa para pueblos originarios, hoy ya es un paradigma pedagógico en Europa y en América. Actualmente, en la mayoría de países de América Latina están aplicando la EIB, en los estados que más está desarrollando la EIB son: México, Guatemala, Colombia, Ecuador, Perú y Bolivia. En el Ecuador, se cuenta con la Dirección Nacional de Educación Intercultural Bilingüe (DINEIB) desde 1988, fue instituida en base a las experiencias educativas ejecutadas antes de su creación. La DINEIB está ejecutando la Educación Intercultural Bilingüe (EIB) en todas las nacionalidades y pueblos indígenas, por medio de las direcciones provinciales y de nacionalidades. Esta Dirección, elaboró el Modelo de Educación Intercultural Bilingüe (MOSEIB) para aplicar en sus centros educativos comunitarios. En la provincia de Cotopaxi, antes de la creación de la DINEIB ya se desarrolló algunas experiencias educativas, la que hasta ahora existe es la del Sistema de Escuelas Indígenas de Cotopaxi (SEIC), mismo que atiende a comunidades indígenas de Zumbahua, Chugchilán, Panyatug y El Bajío (Pujilí y Maca grande). Con la presencia de la DINEIB, aparece la Dirección Provincial de Educación Bilingüe de Cotopaxi (DIPEIB-C). La Dirección antes indicada es la rectora de la EIB en Cotopaxi, siendo así, el SEIC es parte de la DIPEIB-C, sin embargo, existe poca coordinación Para este trabajo, se realizó una investigación a los actores sociales por medio de entrevistas y observaciones, la finalidad fue ver cuáles son las percepciones y su impacto en las comunidades indígenas sobre las experiencias educativas. Luego de haber sistematizado los datos, se nota que existen problemas en el proceso de la EIB: En lo pedagógico, los docentes muy poco están tratando el kichwa como lengua instrumental de educación, así como los contenidos de la cultura indígena, y, en lo social y económico, existe emigración de los indígenas a las ciudades, en la parte final, se pone a consideración elementos para mejorar la calidad de la EIB en Cotopaxi.
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Los derechos de pueblos indígenas, de pueblos que no forman estados y que son anteriores a ellos en el propio territorio manteniendo cultura propia, han sido reconocidos bajo formas jurídicas distintas, según su relación con la estructura de los Estados nacionales.
La noción de "derecho" o las paradojas de la modernidad postcolonial: indígenas y mujeres en Bolivia
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Este artículo intentará realizar una lectura de "género” de la historia de la juridicidad boliviana, para proponer algunos temas de debate que considero pertinentes a la hora de discutir los "derechos de los pueblos indígenas", y su estrecho vínculo, tal como yo los veo -con el tema de los "derechos de las mujeres" (indí-genas, cholas, birlochas o refinadas). En un primer momento, me interesarán los aspectos masculinos y letrados de este proceso, que son los que han producido los documentos conocidos como leyes de la República. El derecho y la formación histórica moderna de lo que se conoce como "espacio público", tienen en Europa un anclaje renacentista e ilustrado a través del cual re-nace el ser humano como Sujeto Universal (y masculino) de la noción misma de "derecho". No otra cosa significa el que "derechos humanos" de hoy, hayan sido llamados en el siglo XVIII, "derechos del hombre" (droits de J'homme). A esto se han referido autores como Derrida y Butler, que nos hablan de una versión "falogocéntrica" del Sujeto de la modernidad, el individuo ilustrado. Esta versión estaría inscrita en la historia de occidente y habría sido proyectada al mundo en los últimos siglos, a través de multiformes procesos de hegemonía política, militar y cultural.
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El Sistema Interamericano de Protección de los Derechos Humanos, fue ideado con la finalidad de cumplir con la insoslayable labor de promover y proteger los derechos de la persona humana en el continente americano, en el marco de los instrumentos internacionales especializados suscritos y ratificados a tal efecto. La Corte Interamericana de Derechos Humanos (La Corte), como órgano principal del Sistema Interamericano, tiene a su cargo la misión de determinar la responsabilidad internacional de los Estados partes del Pacto de San José, en materia de violación de derechos humanos, pero más allá de eso tiene la importantísima labor de disponer reparaciones justas y adecuadas para las víctimas de tales violaciones. Cuando las víctimas son comunidades indígenas, surgen grandes dilemas relacionados con la aplicación de los principios y preceptos sobre los cuales se cimienta la doctrina internacional de los derechos humanos, y en consecuencia con las bases mismas del Sistema Interamericano, con sus pretensiones de universalidad, frente a las especiales características culturales e identitarias de los pueblos originarios. Estos dilemas se extienden a la fase de reparaciones en la Corte que, una vez que ha determinado la responsabilidad del Estado por incumplimiento de sus obligaciones convencionales, dispondrá una reparación en virtud de los daños sufridos por las víctimas; de lo anterior surgen varias interrogantes ¿Cómo puede aplicar la Corte un enfoque de diversidad en las reparaciones a comunidades indígenas? ¿Al aplicar un enfoque de diversidad a los casos de comunidades indígenas, estaría legitimando la Corte la doctrina del relativismo cultural? ¿La aplicación de criterios de diversidad permite que la Corte disponga reparaciones justas y adecuadas? Estas interrogantes, y el debate que suponen, guiarán el análisis que desarrollaré en las líneas siguientes, en las que la diversidad, los pueblos indígenas y el desarrollo del Sistema Interamericano, en cuanto a las reparaciones, constituyen ideas centrales.
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La presente tesis tiene por propósito principal, presentar una alternativa que permita a los pueblos indígenas enfrentar los impactos y; prevenir y garantizar el resarcimiento de los daños que pudieran sufrir frente a la irrupción de las empresas petroleras transnacionales en sus territorios, la misma que se sustenta en el ordenamiento legal nacional e internacional y la crítica social contemporánea. Asimismo, se pretende contextualizar las posturas que adquieren los pueblos indígenas, las empresas y el Estado, actores principales de una relación conflictiva, enfocándola desde la cuestión de poder y cultura, la misma que entabla diálogo constante con el Derecho. Para tales propósitos, se ha procedido a elaborar un primer capítulo que recoge los fundamentos, desarrollo y alcances del enfoque mencionado integrándolo a la problemática actual, en un esquema globalizado que nos introduce y acompaña durante el análisis legal, que es parte del segundo capítulo y que sustenta la incorporación de las cláusulas de protección de los derechos de los pueblos indígenas.
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En la historia del Ecuador contemporáneo, desde 1990 en que se lleva a efecto el primer levantamiento indígena nacional aparece el movimiento indígena como un nuevo actor social que trastorna su condición social, el rol que tradicionalmente le había sido asignado por la sociedad y el Estado ecuatoriano y trata de conquistar un espacio público que le había sido negado por muchos siglos debido a la situación indígena de exclusión y marginación social. A partir de 1990 y los sucesivos años, década que se caracteriza en el Ecuador como un acumulado de nuevas movilizaciones y levantamientos indígenas de sentido nacional, el movimiento indígena se transforma en un nuevo actor social necesario en la sociedad debido a que asume una funcionalidad política que va más allá de su base organizacional y a través de una nueva discursividad y praxis política busca expresar un sentimiento social que ya no encaja en el discurso ni la práctica política decadentes del sindicalismo ni de los partidos políticos tradicionales. Desde el ámbito estrictamente del Estado, éste tampoco vino representando los intereses de los Pueblos y Nacionalidades Indígenas del Ecuador, a pesar de que algunos gobiernos crearon ciertas oficinas de atención a los sectores indígenas en el Ministerio de Bienestar Social. El Estado en sí mismo no había trastocado desde su formación original su fundamental principio uninacional concebido desde la ideología del mestizaje racial. Ante los hechos de exclusión de larga data de los Pueblos Indígenas promovidos por el Estado ecuatoriano y ante hechos más inmediatos tales como los ajustes estructurales, la modernización del Estado de tendencia privatizadora, la intervención de políticas internacionales, etc., el movimiento indígena asume en la década del noventa su rol protagónico, mediante propuestas substancialmente indígenas que buscan el reconocimiento del Ecuador como un país pluricultural, multiétnico y plurinacional, en el sentido de democratizar la sociedad y el Estado ecuatoriano. En este plano la participación indígena y negra se tornaría necesaria como búsqueda de aquello de Nunca más un Ecuador sin nosotros. La investigación que plantéo se inscribe en este contexto. Los Pueblos y Nacionalidades Indígenas, mediados por el movimiento indígena, por un lado, durante la década del noventa intentaron ir configurando un mayor acercamiento con el Estado a través del diálogo y la negociación política, y por otro lado, la estructuración de nuevas relaciones entre los indígenas y el Estado por medio de la creación de instituciones, tales como la Comisión Coordinadora de Asuntos Indígenas, la Secretaría Nacional de Asuntos Indígenas y Minorías Etnicas, SENAIME, el Consejo Nacional de Planificación y Desarrollo de los Pueblos Indígenas y Negros del Ecuador, CONPLADEIN y el Consejo de Desarrollo de las Nacionalidades y Pueblos del Ecuador, CODENPE. El objetivo de la investigación consiste en analizar para que sirvió cada movilización indígena ante el Estado ecuatoriano durante los acontecimientos indígenas de 1990, 1992, 1994 y 1997 y la emergencia de una nueva institucionalidad entre los indígenas y el Estado ecuatoriano desde 1990 hasta 1998. En dicho marco de estudio lo que me interesa averiguar es ¿para qué sirvió cada movilización ante el Estado ecuatoriano durante los sucesos indígenas de 1990, 1992, 1994 y 1997? y ¿cómo después de cada movilización indígena surgió una nueva institucionalidad entre los indígenas y el Estado?
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La sentencia a favor de la comunidad Mayangna de Awas Tingni contra Nicaragua, marca un hito jurisprudencial en el Derecho Ambiental internacional, a partir del reconocimiento de la propiedad colectiva. Para ello, la Corte Interamericana de Derechos Humano resuelve reparar los territorios indígenas aplicando principios jurídicos internacionales sobre la propiedad; pero, además desarrolla interesantes políticas medioambientales entorno al uso y respeto de los bosques indígenas, que deben observar los Estados y que califican como propiedad. Bajo este enfoque, buscaremos aplicar la jurisprudencia y las políticas ambientales de Awas tingni al caso concreto de los pueblos afroecuatorianos que habitan dentro Reserva Manglares Cayapas, como lineamiento para la reparación territorial, a través, de la desconcentración de las políticas medioambientales a favor de los colectivos que habitan allí. En otras palabras, se trata de desconcentrar las políticas ambientales de la Reserva Ecológica para ejercer políticas de reparación territorial indígena. Sin embargo, para llegar a reconocer la propiedad colectiva y reparar el uso y respeto de los bosques de las comunidades negras. Se hace necesario reconocer que se trata de pueblos indígenas con derecho a la autodeterminación; por lo que construiremos un marco teórico que nos permita la aplicación de todos los instrumentos internacionales pertinentes para pueblos indígenas. Por otra parte, habrá que determinar la necesidad imperiosa de reparar la autodeterminación; para ello buscaremos cuáles han sido las políticas discriminatorias estatales con respecto al uso, regulación y reparto territorial que han sufrido estas comunidades, en las últimas décadas.
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La historia de las religiones es un tema muy controversial que ha sido investigado y analizado por varios autores e intelectuales de todas las épocas hasta la actualidad, dando como resultado trabajos que cuestionan a las diferentes religiones existentes en el mundo y también aquellos que defienden los preceptos de cada religión. Es decir, la religión es un asunto político donde se involucran varios actores con una diversidad ideológica en su forma de pensar y actuar. Este estudio surgió como parte de la gran afluencia de evangélicos que existen en la actualidad, hoy llamados cristianos porque según ellos acogen a todas las personas afines al cristianismo, que han penetrado en la ideología de las personas que ocupan el territorio ecuatoriano, con especial interés en la influencia de la religión cristiana-evangélica en las comunidades indígenascampesinas de los Andes ecuatorianos, especialmente la Sierra centro sur del país, por ser los principales actores de las agencias evangélicas que promueven la ayuda internacional a través de proyectos que beneficien a la comunidad con el fin único de adherir más fieles a su rebaño. La religión es una manifestación más del ser humano. La gente cree en Dios porque se les ha enseñado desde la infancia a hacerlo, a creer en algo, no a cuestionarlo. La religión se basa en el miedo... según Bertrand Russell, todas las religiones son dañinas y falsas… el miedo es el padre de la crueldad y, por tanto, la crueldad y la religión van de la mano. El cristianismo no es más que una copia de otras religiones que se basan en representaciones y símbolos ya inventados por otras como del Antiguo Egipto. Como lo dice Lenzman, “más he aquí que el cristianismo le debe más que a todas las demás religiones… esta religión nació entre los judíos, los de la diáspora naturalmente, y no los de Palestina”.