845 resultados para Desarrollo de la comunidad


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Monográfico con el título: Mediación y resolución de conflictos

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Analizar la eficacia formativa de los programas de prácticas en alternancia. Alumnos de FPII. El trabajo se divide en dos fases: identificación del modelo de prácticas en alternancia desde dos puntos de vista, a nivel teórico y a nivel real, clarificando qué sentido tiene y cuál es su desarrollo actual. Investigar las prácticas en alternancia en la comunidad autónoma, recogiendo datos de los períodos de las prácticas del curso académico 1988-89. Búsqueda de las espectativas respecto a las prácticas en alternancia. Análisis de la preparación de las prácticas y de las consignas que se dan a los alumnos antes de iniciarlas. Seguimiento de la actividad de prácticas desarrollada por los alumnos en las empresas. Evaluación de los resultados. Fecha finalización tomada del Código del Documento.

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El desarrollo legislativo de la Ley Orgánica de Participación, Evaluación y Gobierno de los Centros Docentes pone fin a una etapa confusa de la inspección educativa. Se presentan los resultados de una investigación con una muestra realizada en Cataluña, el País Vasco y Andalucía, encargada por el Forum Europeo de Administradores de la Educación de Cataluña, para conocer qué percepción tiene la comunidad educativa sobre este órgano técnico de la Administración educativa. Las conclusiones más relevantes manifiestan, por una parte, el acuerdo de la comunidad educativa con el modelo de inspección recogido en la LOPEGCD y, por otra, la manifestación de la comunidad educativa que la inspección debe estar más próxima a ella..

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Presenta una serie de gráficos estadísticos que recogen información sobre la formación básica de personas adultas de la Comunidad de Madrid durante el curso 2001-2002. Se centra en los datos relacionados con la mujer sobre diversos aspectos como, la alfabetización, consolidación de conocimientos, graduado escolar, educación secundaria, acceso a otros ciclos, desarrollo personal, ampliación cultural, idiomas, etc..

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Presenta una reflexión sobre la importancia de la educación para la salud en personas adultas. Parte de la consideración de la salud como derecho humano básico, como capacidad de desarrollo personal y social, y como medio de afrontar los retos del ambiente. Después, expone la experiencia del proyecto 'Escuelas comunitarias' en temas de promoción de salud, desarrollado en el Área 1 del IMSALUD de Madrid.

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En este proyecto de investigación se establecen tres grupos de discusión integrados por familias, profesorado y alumnado que conversan sobre qué tipo de sujetos forma la Escuela Primaria. En el primer grupo participan un profesor y una profesora de Primaria, dos chicos y dos chicas de diferentes centros que cursan sexto de Primaria y primero de ESO un padre, una madre, dos investigadoras y un investigador. Se habla del tipo de sujeto que necesita promover la escuela; ser niño, niña y adolescente en la escuela, y el rol del docente; y lo que promueve la Escuela Primaria en términos de enseñanza y aprendizaje. En el segundo grupo participan la dirección de un instituto de Secundaria, un padre y una madre, tres chicos que cursan primero ESO, un chico y una chica que cursan sexto de Primaria, y tres investigadoras. Se trata la comprensión del papel de la escuela en la formación de las subjetividades de los niños y niñas, y de lo que representa ser menor y alumno. El tercer grupo está formado por tres profesoras de distintas escuelas de Barcelona. Se tratan temas como la búsqueda de un modelo de docente y de escuela; la inseguridad de no llegar a los mínimos exigidos o no hacerlo bien; y la concepción de la escuela como un organismo que da seguridad a los niños en una sociedad cambiante o como una institución en la que el docente acompaña al niño en sus procesos de reflexión sobre el mundo y en su condición de persona.

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Se realiza un análisis sobre la Educación de las Personas Adultas (EPA) en las tres últimas décadas. Se centra en tres aspectos: el marco que define el sistema educativo y la función social de la EPA; el contexto internacional y la asunción de competencias; y el contexto sociológico. Tres leyes han marcado el panorama educativo de los últimos 30 años: La Ley General de Educación; la LOGSE; y la LOCE. La Ley General de Educación de 1970 supuso la creación de los primeros centros específicos de educación de adultos. En los años 80 y 90, la Comunidad de Madrid crea una red de centros públicos específicos de EPA. En 1986, el MEC publica el Libro Blanco sobre la Educación de Adultos. Los centros dependientes del Ministerio representan una visión más formal y académica, mientras que los de la Comunidad dan importancia a la dimensión sociocultural de la educación. La educación de personas adultas promulgada por la LOGSE se retrasa más de 10 años. Desde 1993, la Comisión Europea realiza recomendaciones y resoluciones relativas a la EPA. En 2002, se promulga la Ley de Calidad del Sistema Educativo (LOCE), que, al igual que la LOGSE, dedica un Título a la Educación de las Personas Adultas. La EPA dirigida al conjunto de la población es una idea secundaria para los poderes públicos que no se sienten comprometidos para poner a disposición de la ciudadanía redes fuertes de educación y formación permanente, coordinando iniciativas y esfuerzos que hagan que la sociedad cuente con referentes que unan las iniciativas de instancias públicas y privadas. En cuanto al contexto sociológico, aumenta la población adulta joven (18-22 años) que sale del sistema educativo general sin haber obtenido el título de Graduado en Educación Secundaria. La población adulta demanda ofertas formativas muy específicas como la informática y el inglés; y la población adulta extranjera desea aprender español. Entre otras reformas, destacan el compromiso de los poderes públicos por llevar a la práctica, tanto desde la administración educativa, como desde fuera de ella, las intenciones en hechos, en planificación, en modelos de desarrollo, en presupuestos o en perspectivas de futuro; la educación a lo largo de la vida debe ser el ejercicio de un derecho que garantice la dimensión más humana de nuestra sociedad; los currículos de la nueva educación básica para personas adultas deben ser flexibles en objetivos y contenidos, en espacios y tiempos, en metodologías y en sistemas de acreditación, validación y certificación.

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Los Centros de Educación de Personas Adultas (CEPA) son centros de titularidad pública cuyo objetivo es formar a las personas mayores de 18 años. Sus funciones son adquirir y completar o ampliar capacidades y conocimientos y facilitar el acceso a los distintos niveles del sistema educativo; desarrollar programas y cursos para responder a determinadas necesidades educativas específicas de grupos sociales desfavorecidos; y mejorar su cualificación profesional o adquirir una preparación para el ejercicio de otras profesiones. La Dirección General de Promoción Educativa fija las normas de carácter general del CEPA, regula el proceso de inscripción y matriculación de los alumnos, concreta la oferta formativa, la organización y desarrollo de las diferentes enseñanzas, así como las condiciones laborales del profesorado. El inspector realiza labores de asesoramiento en los centros de adultos. Así, respetando la autonomía de los centros, participa y vela por la mejora de la calidad, la aplicación adecuada de las diferentes enseñanzas y el establecimiento de una evaluación adecuada a los criterios propios de la enseñanza de adultos, adaptándolos a los diferentes grupos destinatarios. En cuanto a la evaluación, valora y define los contenidos de las enseñanzas abiertas y constata el rendimiento de los alumnos que realizan enseñanzas regladas conducentes al título de Graduado de Educación Secundaria. En cuanto a las mejoras, se requiere otro modelo de Centro que no sólo tenga en cuenta la formación en competencias básicas y de desarrollo cultural, sino también las propuestas ocupacionales para capacitar al participante en su proyecto de vida.

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Se analiza pormenorizadamente la responsabilidad civil extracontractual del titular del centro privado por daños causados por algún miembro de la comunidad educativa. Se especifica qué es la responsabilizas civil, los requisitos que deben darse para que se genere la responsabilidad civil extracontractual y tipos de responsabilidad civil. Después se analiza la responsabilidad civil extracontractual del titular del centro privado por los hechos dañosos de: alumnos menores de edad; menores, mayores de 14 años; alumnos menores de edad fuera del tiempo de vigilancia del profesorado o en el desarrollo de actividades escolares o extraescolares; alumnos mayores de edad; profesorado u otro personal del centro y de padres.