999 resultados para PRINCIPIO DE SUBSIDIARIEDAD
Resumo:
En el presente trabajo se analizan los sistemas procesales penales tradicionales, demostrando que uno de los fines del proceso penal es llegar a la verdad real, y si esta no es posible, llegar a la certeza de los dos presupuestos de la condena que son la existencia del delito y la culpabilidad. Se analizan los aspectos subjetivos de los jueces, quienes deben involucrarse en el juzgamiento del procesado, no es posible, que permanezca impávidos ante la inactividad de los sujetos procesales, toda vez que están en juego derechos fundamentales, como es la libertad y la justicia. Finalmente se ha sistematizado para la comprensión del tema, nuestra legislación Constitucional y procesal penal, en razón que es el Ecuador el reflejo de lo que ocurre en América Latina.
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La presente investigación tiene como propósito determinar ¿cuál es límite que el principio constitucional de legalidad impone a la administración tributaria en el ejercicio de la facultad normativa?. Interrogante que a través de los distintos capítulos que componen la presente tesis pretende ser resuelta mediante el desarrollo, en primer lugar de las implicaciones del principio constitucional de legalidad tributario enmarcados en el contexto constitucional actual y de las transformaciones que éste sufre a raíz del “Estado Constitucional de derechos y justicia”. El principio de legalidad pilar básico del Derecho Tributario tiene una concepción tanto formal como material, formal en tanto procedimiento legislativo que se traduce en la ley que lo impongan, y material relativo al contenido mínimo del tributo que debe constar en la ley o norma primigenia para su exigibilidad, para lo cual dilucidamos que elementos deben son los esenciales. Luego recurrimos a un análisis crítico de la función que ejerce el Servicio de Rentas Internas en el ejercicio de la facultad normativa que consagra la ley, empatando al principio de legalidad con esta actividad, estableceremos la naturaleza de los actos emitidos por la administración tributaria, la necesidad de la facultad y sobre todo la existencia de ciertos conceptos y situaciones que hacen imprescindible el ejercicio de dicha potestad. Terminamos con el examen de legalidad a ciertos actos normativos emitidos por el Servicio de Rentas Internas bajo la vigencia de la Constitución del 2008, con lo cual justificamos la necesidad de la existencia de la facultad, y los excesos también en los que incurre bajo pretexto del uso de la potestad normativa.
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El presente trabajo se desarrolla a partir de la inquietud que surge sobre las leyes tributarias de Bolivia y Ecuador, es decir, si contienen determinaciones sobre la devolución del IVA a los exportadores que integren y respeten la cláusula de no discriminación y el principio de neutralidad fiscal. A tal efecto se trabaja ssobre los siguientes objetivos: comparar el régimen jurídico tributario boliviano y ecuatoriano sobre la restitución del IVA a los exportadores, a través del análisis de las normativas pertinentes; así como analizar la existencia y respeto de la cláusula de no discriminación y el principio de neutralidad fiscal en los sistemas tributarios de Bolivia y Ecuador. Objetivos que se cumplieron al analizar las normativas pertinentes, además de tomar en cuenta las Decisiones de la Comunidad Andina (CAN), bajo las cuales los sistemas jurídicos tributarios de los países en cuestión se han desarrollado y adaptado. La cláusula de no discriminación fiscal y el principio de neutralidad han sido analizados desde el punto de vista doctrinal, así como también su aplicabilidad en diversos modelos de convenio, tales como la Organización para la Cooperación y el Desarrollo económicos (OCDE) y Organización de Naciones Unidas (ONU). Finalmente, y como resultado del análisis de normas legales, Decisiones comunitarias, doctrina y opinión de diversos autores, es que se elaboran las conclusiones y recomendaciones.
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Con la presente investigación se pretende analizar el alcance de la aplicación del principio de proporcionalidad en nuestro ordenamiento jurídico por parte de los operadores de justicia, con auxilio en el análisis doctrinario y jurisprudencial nacional y extranjero para conocer el papel preponderante de las garantías como mecanismos de protección de los derechos de las personas, específicamente en la administración de justicia a través del análisis de casos concretos. Del mismo modo, se pretende determinar la evolución y el contenido del principio de proporcionalidad, en la jurisprudencia nacional y extranjera para brindar pautas para una efectiva actuación del juez en la aplicación del principio de proporcionalidad en el devenir cotidiano de aplicación de justicia y de cómo se debería entender los beneficios de un efectivo ejercicio ponderativo en caso de conflicto de derechos. Esta investigación se encuentra justificada por razones de orden académico y teórico-practicas pues es importante tratar de otorgar directrices sobre la eficacia y alcances de la aplicación del principio de proporcionalidad en nuestra legislación en base a experiencias de ordenamientos jurídicos de otros países para brindar elementos de análisis y juicio que puedan implementarse a la hora de impartir justicia y ponderar las complejas situaciones del ejercicio que se presentan a diario.
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El presente trabajo académico se propone auscultar el alcance del principio de legalidad en el sistema administrativo ecuatoriano a la luz de la Constitución de 2008. Para el efecto, se remonta a los antecedentes que precedieron la implantación del Estado Constitucional de Derechos y Justicia y los componentes que han pretendido modular su fisonomía. Profundiza sobre el principio de aplicación directa de las garantías fundamentales y la obligación de los jueces y funcionarios públicos de garantizar su vigencia. En el segundo capítulo, se aborda el principio de legalidad y su proyección en la doctrina, el ordenamiento jurídico y la jurisprudencia, poniéndose énfasis en el estudio de las potestades administrativas y las notas características que las clasifican en regladas o discrecionales, así como sus formas de control. Como colofón a este capítulo, se explora la vinculación de dicho principio, con los del debido proceso y seguridad jurídica. El tercer capítulo encara el conflicto entre los principios constitucionales de legalidad y aplicación directa de la Norma Fundamental, así como la facultad de los operadores jurídicos de ponderar su vigencia. Se detiene en el análisis del surgimiento irremediable de la pugna entre la Corte Nacional de Justicia y la Corte Constitucional por la convivencia de jurisdicciones y la facultad revisora del máximo órgano de control constitucional. Del mismo modo se proponen mecanismos para armonizar la aplicación de ambos principios en el marco de las competencias de los operadores jurídicos, llegando a su desenlace mediante planteamiento de conclusiones.
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El presente trabajo pretende ser una guía de orientación para el enriquecimiento de la ciencia jurídica, dirigido hacia la instrumentalización de una ley de economía solidaria, tomando en cuenta que el Preámbulo y el Art. 242 de nuestra Constitución la enuncian como un principio que rige la economía social de mercado; y, la Ley de Modernización del Estado, Privatizaciones y Prestación de Servicios por parte de la Iniciativa Privada como un principio modernizador de la esfera estatal; de tal manera que se constituya en un posible instrumento eficaz de desarrollo económico y social que conlleve a la solución de los problemas de la sociedad ecuatoriana. Dividimos la investigación en cuatro capítulos: En el Capítulo I se analizan los derechos y los principios económicos constitucionales que rigen a los países integrantes de la Comunidad Andina de Naciones, principalmente: el derecho a la propiedad privada y su función social, el derecho a la libre competencia, el derecho a la libertad de empresa, y el principio de la solidaridad económica. Los objetivos de la economía social de mercado contemplados en las constituciones andinas. En el Capítulo II se realiza un estudio sobre los orígenes remotos y próximos de la economía solidaria, así como los fundamentos del cooperativismo a nivel nacional e internacional. En el Capítulo III se establece un marco conceptual referencial sobre la necesidad de instrumentalizar una ley de economía solidaria, estableciendo su objeto, principios, fines y organización. Por otro lado, se describen los parámetros para la creación de un fondo de fomento y de una Superintendencia de economía solidaria. Finalmente, en el Capítulo IV arribamos al establecimiento de conclusiones y recomendaciones.
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Este trabajo se dirige a establecer además de las falencias sustantivas y procesales qué otra clase le afectan, que no han permitido ejercer en forma idónea la persecución del delito de enriquecimiento ilícito de funcionarias o funcionarios públicos; con ese fin se analizará en forma cuantitativa como cualitativa las sentencias y autos de la Corte Nacional de Justicia, emitidas en procesos sustanciados durante el período de diez años, de 2001 a 2010. La investigación está estructurada en dos capítulos: en el primero se exponen los antecedentes del ilícito, las convenciones internacionales que lo tratan, la estructura, los elementos que lo conforman; si la norma cuenta con validez, vigencia, efectividad; cuál de ellos es cuestionable; analizamos la autonomía y la subsidiariedad de este tipo penal. El segundo capítulo trata sobre el proceso administrativo previo a cargo de la Contraloría, sus falencias; el monto de los casos que no merecieron pasar de la fase de indagación, debiendo sancionarse en forma administrativa o pecuniaria; la investigación administrativa, el informe con indicios de responsabilidad penal y su relación con la actividad de la o el fiscal, en el inicio de la acción penal; y, con los tribunales; las resoluciones con fuerza obligatoria de la Corte Nacional de Justicia, relacionadas con el tema. La denuncia como forma de iniciar la investigación, los casos iniciados por ese medio; los principios que rigen la investigación; la defensa técnica penal; la formulación de la teoría del caso, su presencia en los procesos estudiados; el juicio. El principio o valoración de la prueba, la utilidad de la dogmática penal en la prueba, en el desarrollo de la jurisprudencia. De la investigación se concluye: que los límites están en el respeto de los principios, derechos y garantías constitucionales; que la Constitución de 2008 ha ampliado el poder punitivo del tipo penal enriquecimiento ilícito de funcionarios públicos; que el escaso número de procesos iniciados y resueltos permite cuestionar su eficacia; y, que es recomendable estructurar un nuevo tipo penal sobre esa conducta, que no menoscabe el principio de inocencia.
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El presente artículo analiza a la luz del principio favor arbitri o favor arbitralis, pronunciamientos relevantes de la justicia estatal ecuatoriana en los tres últimos años, sin perjuicio de realizar conexiones con decisiones judiciales anteriores, cuando así sea pertinente. El objetivo final consiste en aportar insumos para la evaluación de los aproximadamente catorce años de vigencia de la Ley de Arbitraje y Mediación en el país (LAM).
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En el presente trabajo de investigación se ha hecho un esfuerzo por revalorizar el contenido del principio de No Confiscatoriedad, como un principio de carácter transcendental dentro del Régimen Tributario ecuatoriano, entendiéndolo a la vez como un derecho que tienen los contribuyentes y como una regla a respetarse por parte de los poderes del Estado, en particular del poder tributario. En tal virtud, el principio de No Confiscatoriedad tiene sus diferentes campos de aplicación, siendo uno de ellos el del respeto al mínimo exento, beneficio fiscal que tiene que ser protegido como prerrogativa de una vida digna, tanto en impuestos directos e indirectos. Por tal razón se ha procedido a realizar un análisis de supuestos de confiscatoriedad que pueden presentarse en algunos impuestos de recaudación nacional (renta, IVA e ICE), para lo cual hemos estudiado la naturaleza de estos impuestos para llegar a tales supuestos o escenarios. De todo lo anteriormente analizado ha resultado crucial el tema de la presión tributaria, pero ya no analizado solo como un mero dato macroeconómico, sino, como un criterio básico de investigación aplicado a situaciones concretas (personas, empresas o comunidades), para esto es fundamental el análisis de índices de pobreza de desigualdad, de desempleo para utilizarlo como parámetros tanto en la formación (capacidad contributiva abstracta) como en la gestión de tributos (capacidad contributiva concreta). Se trata de conciliar por medio del principio de No Conficatoriedad, al principio de igualdad con eficiencia, la equidad y suficiencia recaudatoria, en fin conciliar derecho y economía.
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Al final de nuestro trabajo sin que implique haberse agotado el temario podemos afirmar que, la buena fe procesal es un principio constitucional aplicable al debido proceso; y, se desarrolla en diferentes cuerpos legales para alcanzar su realización práctica; aún cuando su desarrollo doctrinal ha resultado escaso en su difusión; no así, en el orden jurisprudencial que es el escenario en virtud del cual ha conseguido su más grande realización, imponiéndose como verdadero principio rector del comportamiento de todos quienes intervienen en el proceso. El imputado o acusado en el ámbito procesal penal tiene el deber de intervenir respetando las reglas de la buena fe, al igual que todos los demás sujetos que intervienen en el proceso, conforme hemos visto en líneas precedentes, con excepción del ámbito material en donde puede mentir, porque tiene derecho a guardar silencio y no incriminarse. La inobservancia a las reglas de la buena fe generan: ineficacia o inadmisibilidad del acto procesal; principio procesal que lamentablemente no se encuentre reconocido en forma expresa, sino de manera tácita en el Artículo 174 del Código Político del 2008.
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Bajo una política de control social dirigida desde la “guerra contra las drogas” que lidera Estados Unidos de Norteamérica, nuestra legislación antidrogas ha asumido la tarea de punirlo todo, creando falsas concepciones sobre una sociedad de riesgo. Una legislación que transgrede la Constitución y violenta el derecho al libre desarrollo de la personalidad, la falta de análisis del principio de lesividad en la conducta tipificada como tenencia o posesión de drogas, que más allá de no solucionar el problema del consumo, termina siendo la figura ideal para cubrir desde la venta hasta el mismo consumo, criminalizando al eslabón más frágil de toda la cadena. El seguimiento de estas políticas ha creado verdaderos aparatos estatales de represión que coexisten, siendo los cuerpos de policía quienes deciden sobre culpabilidad o inocencia desde el mismo momento de la detención. Fiscales y juzgadores bailan al son que tocan esos cuerpos policiales, los que ejercen también una función de control hacia los operadores de justicia. Toda esta política de un Estado policía, lleva a sentencias rara vez argumentadas, muy pobres en análisis doctrinario y principios rectores del proceso, sin existencia de una posición crítica de los jueces frente al bien jurídico que realmente desean proteger; crean un bien jurídico abstracto como la salud pública para acogerse de él y justificar la aplicación de penas desproporcionadas al delito e incluso a la cantidad de la sustancia encontrada en poder del procesado.
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Esta tesis plantea que el principio de fraternidad ha sido olvidado en la construcción de la sociedad moderna. El Estado política y jurídicamente se ha construido en razón de los principios de libertad y de igualdad dejando de lado al corolario fraterno. Sin embargo, ello ha devenido en problemas sociales que han intentado ser solucionados con la eliminación del “otro” para resolver el conflicto. La fraternidad propone el reconocimiento del conflicto como base de las relaciones sociales, poniendo al ser humano en el centro de la consideración jurídica, desplazando al egoísmo y a la estandarización -vicios de la libertad y la igualdad, respectivamentede la composición jurídica. En lo tributario, el principio de fraternidad tiende a la defensa del ser humano por encima del capital, en la relación entre el Estado y los contribuyentes, generada por las obligaciones tributarias que nacen de los distintos hechos generadores que se encuentran en el régimen tributario interno ecuatoriano. Este trabajo pretende exponer la propensión de ciertas instituciones del régimen tributario interno a proteger el capital y la acumulación de riqueza por encima de las personas, situación que es nada deseable en el esquema de un Estado constitucional de derechos y justicia.
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El presente trabajo investigativo tiene como propósito destacar la importancia que tiene la aplicación correcta del principio de congruencia en materia penal y su relación con la acusación, con la defensa y con la sentencia; y, evidenciar la manera en que algunos tribunales de garantías penales aplican este principio en nuestro país. En este sentido, empezamos el primer capítulo realizando un estudio jurídico-crítico respecto del principio de congruencia y su relación con otros principios en razón sistema procesal penal ecuatoriano. A continuación centramos nuestro estudio en el principio de congruencia y su connotación en materia penal, advirtiendo la relación que a nuestro criterio debe existir entre la acusación, la defensa y la sentencia. Posteriormente, contrastamos la conceptualización “tradicional” versus la conceptualización “moderna” del principio de congruencia, inclinando nuestra posición por la segunda. Seguidamente, analizamos el principio iura novit curia y la congruencia en los sistemas “tradicional” y “moderno”, cuestionando al primero y exponiendo la vigencia del segundo; luego explicamos las razones por las que la congruencia constituye en una garantía fundamental del debido proceso en materia penal. Al concluir este capítulo estudiamos las legislaciones de otros países Latinoamericanos para evidenciar la vigencia del principio de congruencia en virtud de su concepción moderna. Finalmente, en el segundo capítulo realizamos un estudio casuístico de sentencias emitidas por tribunales de garantías penales para conocer cómo aplican el principio de congruencia.
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Esta investigación busca determinar cuál es el límite que el principio constitucional tributario de legalidad impone a la administración tributaria en el ejercicio de la facultad normativa. Interrogante que se resuelve mediante el análisis de las implicaciones del principio constitucional de legalidad enmarcadas en el contexto constitucional actual y de las transformaciones que este sufre a raíz de la vigencia del «Estado constitucional de derechos y justicia» en Ecuador. Estudia el contenido del prin cipio de legalidad –pilar básico del derecho tributario– en sus concepciones formal y material, e indaga cómo opera este en las correspondientes esferas de la democracia. Recurre a un análisis crítico de la función que despliega el Servicio de Rentas Internas (SRI) en el ejercicio de la facultad normativa consagrada en la ley, para buscar el equilibrio entre los derechos constitucionales de los contribuyentes y los intereses estatales de recaudación. Así, se establece la naturaleza de los actos emitidos por la administración tributaria, la necesidad de la facultad normativa y, sobre todo, la existencia de ciertos conceptos y situaciones que hacen imprescindible el ejercicio de dicha potestad. Como análisis práctico, la autora realiza el examen de legalidad a ciertos actos normativos emitidos por el SRI bajo la vigencia de la Constitución de 2008, con lo cual se justifica la necesidad de esta facultad; pero, también, se ponen de manifiesto los excesos en los que incurre esta institución bajo pretexto del ejercicio de dicha competencia.