El principio de la buena fe procesal en materia penal


Autoria(s): Lema Quinga, Bolívar Sandrino
Data(s)

26/02/2014

26/02/2014

2009

Resumo

Al final de nuestro trabajo sin que implique haberse agotado el temario podemos afirmar que, la buena fe procesal es un principio constitucional aplicable al debido proceso; y, se desarrolla en diferentes cuerpos legales para alcanzar su realización práctica; aún cuando su desarrollo doctrinal ha resultado escaso en su difusión; no así, en el orden jurisprudencial que es el escenario en virtud del cual ha conseguido su más grande realización, imponiéndose como verdadero principio rector del comportamiento de todos quienes intervienen en el proceso. El imputado o acusado en el ámbito procesal penal tiene el deber de intervenir respetando las reglas de la buena fe, al igual que todos los demás sujetos que intervienen en el proceso, conforme hemos visto en líneas precedentes, con excepción del ámbito material en donde puede mentir, porque tiene derecho a guardar silencio y no incriminarse. La inobservancia a las reglas de la buena fe generan: ineficacia o inadmisibilidad del acto procesal; principio procesal que lamentablemente no se encuentre reconocido en forma expresa, sino de manera tácita en el Artículo 174 del Código Político del 2008.

Identificador

Lema Quinga, Bolívar Sandrino. El principio de la buena fe procesal en materia penal. Quito: Universidad Andina Simón Bolívar, Sede Ecuador, 2009. 63 p.

http://hdl.handle.net/10644/3685

Idioma(s)

spa

Publicador

Universidad Andina Simón Bolívar, Sede Ecuador

Relação

Proyectos de Investigación UASB, Sede Ecuador

Palavras-Chave #PROCEDIMIENTO PENAL #ÉTICA PROFESIONAL #ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA PENAL #LEGISLACIÓN ECUATORIANA
Tipo

report