999 resultados para Contratos - França - Terminologia


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Resumen de la autora en catalán

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En el campo comercial existen diversas figuras asociativas que no constituyen personas jurídicas diferentes de sus miembros comúnmente conocidas como contratos de colaboración empresarial.

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Las redes cerradas permiten que las personas se conozcan y hacen mas seguro el proceso contractual sin embargo gran parte del desarrollo de la contratación electrónica ha tenido lugar en Internet no podemos saber si efectivamente estamos contratando con una persona o con un agente

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La Convención es el resultado de los procesos de integración comercial y económica entre los Estados, lo que constituye una de las principales tendencias del orden mundial actual, y como tal requiere la formulación de principios, reglas

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La comunicación debe concebirse como aquello sin lo cual la sociabilidad del hombre no sería posible y tampoco existiría la cultura como algo real, puesto que es el hombre, quien la va creando como un hecho social. Lo cierto es que sin sociedad

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"Normativa colombiana establece determinados contratos ""llave en mano"" que la totalidad de las rentas a ellos reconducibles tienen que tributar en Colombia, independientemente del lugar donde las prestaciones que les den origen hayan de ser ejecutadas"

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verificar con un análisis jurídico si los instrumentos y medios que le confiere la ley a las empresas prestadoras de servicios públicos domiciliarios ayudan a ubicar el tipo de régimen aplicable a los contratos que celebren dichas empresas

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Con la finalidad de mantener la mirada financiera equivalente entre las partes - lo que responde a la relación entre el derecho y la economía- no en vano la Ley 1150 de 2007 contempló dentro de su articulado el restablecimiento del equilibrio económico y financiero del contrato. Por su parte, el Decreto Nacional 0734 del 13 de abril de 2012 –hoy derogado por el Decreto 1510 de 2013- impuso la obligación a las entidades del Estado de incluir los riesgos previsibles en los estudios previos pero sólo aquellos que puedan afectar el equilibrio económico del contrato que pretenda celebrar la Entidad Pública contratante. Aunado a lo anterior, el Decreto Nacional 1510 del 17 de julio de 2013 también contempla la teoría de los riesgos dentro de su articulado. No obstante lo anterior, la normatividad legal pese a su esfuerzo, no puede regular todas las situaciones, prueba de ello, es que para los contratos de prestación de servicios profesionales la disposición legal en lo que respecta a los riesgos previsibles resulta ser innecesaria por la naturaleza misma de éstos y otras razones que se abordo a fondo. Es así como las actuaciones que se desplieguen en la contratación Estatal deben funcionar sobre una lógica económica, por ello, resulta pertinente investigar sobre la eficacia o no de incorporar los riesgos previsibles que puedan afectar el equilibrio económico en los contratos de prestación de servicios profesionales cuando la ejecución de éstos depende exclusivamente del desarrollo intelectual que corre por cuenta del contratista.

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Resumen del autor en catalán

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El arbitraje en Francia y en Colombia parte de una misma lógica: la autonomía de la voluntad y la libre disposición de los derechos como criterios indispensables para la arbitrariedad de los litigios. A pesar de esto, la prohibición del arbitraje a las personas de derecho público francés es el resultado de una especificidad típicamente francesa: la separación de los órdenes de jurisdicción. En Francia no existen sino dos jurisdicciones, la judicial (Jurisdicción ordinaria) y la administrativa. La autonomía de esta última fue el fruto de una lenta evolución ganada gracias al trabajo del Consejo de Estado francés. En consecuencia, la prohibición orgánica del arbitraje fue arduamente defendida por éste en múltiples ocasiones. Sin embargo, en la actualidad, su posición ha dado un importante giro que se manifiesta claramente en el informe que se traduce en el presente texto.

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Esta tesis se ocupa de analizar la eficacia de la cláusula de solución de controversias contractuales dispuesta en la contratación estatal que es financiada con recursos del Banco Mundial –regla de excepción a la aplicación del Estatuto General de Contratación Pública– pues en las normas de contratación de dicho organismo, se ha previsto que ante un conflicto contractual corresponde a un conciliador (versión 2008 de las normas Banco Mundial) o a un mediador (versión 2013) “tomar una decisión” para resolver la controversia con fuerza vinculante para las partes. La reflexión aborda el papel del “conciliador” o “mediador” según las facultades que le atribuyen las normas del Banco Mundial y su distinción respecto al concepto legal que prevé el ordenamiento nacional, donde el conciliador o mediador no toman decisiones y en consecuencia no es clara la forma de acudir a estas figuras. El reto nos lleva a considerar dos alternativas de aplicación de la cláusula para hacerla eficaz: el primero, considerar a la mediación como una figura autónoma regulada en el contrato por autorización de nuestro Estatuto de Contratación Estatal y de los Convenios suscritos con organismos internacionales, a partir de la cual se reconozca la producción de los efectos indicados por el Banco Mundial en cabeza del mediador; en segundo lugar y para desatar el efecto útil de la cláusula, considerar a la mediación como figura análoga a la amigable composición, y tramitar la solución de controversias bajo esta figura.

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Resumen basado en el de la publicación. Monográfico con el título: 'L'escola i la nació'

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Hipótesis: 1) Profunda dependencia entre los principios, métodos y finalidades de la acción educativa en 'animación' y las variables que configuran la sociedad en la que aquella se desarrolla. 2) Cataluña y Francia presentan diferencias en los aspectos cuantitativo y cualitativo. 3) Las diferencias se explican por razones socioculturales. 4) La vida democrática en Cataluña conduce a una crisis del movimiento. 5) A consecuencia, las diferencias respecto de Francia dependerán del camino que lleve la legalidad vigente. La intervención en la animación infantil bajo una perspectiva global de Educación. Estudio comparativo del movimiento entre Cataluña y Francia: 1) Recogida de informacion en base a las hipótesis formuladas sobre la realidad del movimiento en Cataluña y Francia. 2) Descripción comparativa entre Cataluña y Francia respecto al movimiento, tanto desde un criterio cuantitativo como cualitativo. 3) Interpretación de las diferencias constatadas y conclusiones. Consulta bibliográfica referente a ambos países. Búsqueda directa de información a través de necesarios estudios de área. Análisis de la información obtenida. Gráficos. Mapas. La evolución del modelo de sociedad catalana tenderá a exigir una mayor extensión del movimiento: se propone una federación o confederacion unitaria que salvando las diferencias ideológicas consiga ejercer una mayor presión sobre organismos públicos y otras entidades; consiga profundizar en la tarea que lleva a cabo mediante actividades enriquecedoras para los educadores y que consiga imagen pública. Se debe tener en cuenta, sin embargo, que la Educación en animación es sólo una opción posible dentro del tiempo libre infantil.

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Guía para la visita de la sala veintidós del Museo de Arte Moderno de Cataluña. Esta sala trata contenidos sobre la vida de Julio González; pintor, orfebrero, pero como su escultor su nombre ha pasado a ocupar un lugar destacado en el panorama artístico internacional, por su contribución a la escultura del siglo XX. Mediante un mapa, esta guía orienta al visitante por los distintos espacios de la sala.

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Los contratos didácticos estimulan la participación del alumnado para guiar la convivencia y el trabajo en el centro. Estos contratos establecen expectativas sobre los objetivos y las reglas de actuación para mediar en el proceso de negociación del aula..