559 resultados para Bondad sustancial


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En estas líneas se estudia el lugar que ocupa la problemática planteada por el opúsculo de Boecio De hebdomadibus en una obra de San Alberto. En primer lugar, el autor indica el planteo que hace el romano sobre la bondad de las cosas in eo quod sunt, sin ser bienes sustanciales. En segundo lugar, se analiza brevemente la cantidad de apariciones del De hebdomadibus en la primera cuestión De bono de San Alberto. Finalmente, se propone la solución personal que el dominico ofrece al problema propuesto por Boecio. El autor concluye mostrando las convergencias y divergencias entre ambos pensadores.

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Confirmar o rechazar las hipótesis: a) las mejores metáforas son aquellas que relacionan los elementos de categorías muy lejanas, b) existen asimetrías significativas y sistemáticas en las relaciones de similitud entre los dos términos de una expresión metafórica. Primer estudio: 150 sujetos, estudiantes de primero y cuarto de Psicología. Agrupados en dos bloques, cada uno de los cuales contenía el 50 por ciento del total de la muestra. Segundo estudio: 150 sujetos de primero,segundo y tercero de Psicología. Tercer estudio: 320 sujetos, estudiantes de la Escuela Superior de Formación del Profesorado de EGB, pertenecientes a primero, segundo y tercero. Se realizaron tres estudios normativos: Primero: obtener una medida de las distancias semánticas existentes entre las categorías seleccionadas como base de nuestro estudio, distancia intercategorial; se planteó un diseño intergrupo con dos niveles A y B. Segundo : medir la puntuación de 20 elementos de cada una de las 8 categorías estudiadas, respecto a dos dimensiones: fuerza y prestigio; se planteó un diseño intragrupo. Tercero: se presentaron a los sujetos las 280 metáforas elaboradas; también se elaboraron las 'formas simétricas' de estas metáforas, obteniendo un total de 560 metáforas, de las cuales medimos el grado de bondad en función de su grado de significado; se planteó un diseño intergrupo con cuatro niveles. Primer estudio: 2 cuadernillos, A y B, conteniendo cada uno de ellos 28 pares de categorías; el cuadernillo B presentaba cada par en orden inverso. Segundo estudio: cuadernillos con 8 listas, una por cada categoría, de 20 elementos cada una. Tercer estudio: 4 cuadernillos, conteniendo cada uno una lista de 138 metáforas. 1) Las mejores metáforas son aquellas que: a) comparan elementos escogidos por su puntuación en prestigio, b) poseen tenor y un vehículo que ocupan primeros lugares en sus respectivas categorías, c) tienen por tenor un elemento que pertenezca a las categorías: lideres mundiales o personajes históricos. 2) Rechazamos la hipótesis de Tourangeau y Sternberg sobre la relacion entre la bondad metafórica y distancia intercategorial. 3) Se rechaza la hipótesis de Tversky y Ortony sobre la existencia de asimetría en las expresiones direccionales. 4) La hipótesis de Tversky sobre la simetría existente en las comparaciones de tipo no direccional, queda verificada. 1) Existe similitud en las relaciones de similitud expresadas de forma no direccional. 2) No existe asimetría en la totalidad de las metáforas analizadas. 3) No hay relación entre la bondad y la distancia semántica existente entre las categorias. 4) Una metáfora obtendrá puntuaciones más altas si está elaborada en función del prestigio de sus elementos, y no en función de su fuerza, o según posea un tenor humano o uno animal. 5) No existe una metacognición de la metáfora, estando los juicios intercategoriales basados únicamente en la similitud semántica. Fecha finalización tomada del código del documento.

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El estudio pretende establecer los lineamientos establecidos por la Corte Constitucional, los fallos y conceptos de la Procuraduría, la sala disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura y la doctrina entre otros, frente a la ilicitud sustancial, como derrotero para endilgar la responsabilida disciplinaria.

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El presente trabajo estudia la relación entre la teoría del Estado de Derecho, la democracia y el constitucionalismo desde el punto de vista teórico y en función del control formal de constitucionalidad de las leyes como uno de los medios para garantizar la vigencia de una forma de gobierno democrática. Se pone en evidencia la instrumentalidad de los procedimientos y la misma se aborda desde los tres aspectos de un sistema constitucional como son: función, estructura y procedimientos de la función legislativa. Se trata de una perspectiva sustancial y democrática que permite extraer de los principios y contenidos constitucionales reglas procedimentales y estructurales para el proceso de formación de la ley y establecer la función que cumplen para la salud del sistema democrático. Los valores y derechos se encuentran presentes en este trabajo pero de ellos se propone un punto de vista jurídico que permita su efectivo control, y así garantizar su materialización durante el trámite de formación de una ley. Todo esto resultará necesario, mucho más en tiempos como los nuestros, donde la reflexión sobre el ejercicio y actividad de los poderes públicos ha sido relegada al segundo plano. Este trabajo, en síntesis, recalca en la garantía de los derechos y la materialización de los valores y principios por medio de las normas del procedimiento y del esfuerzo por perfeccionarlos. De estos aspectos depende la vigencia, de lo que en términos del artículo uno de la Constitución ecuatoriana, es un Estado constitucional de derechos y justicia. El trabajo se limita al estudio jurídico-dogmático del poder legislativo y las relaciones sociopolíticas que se presentan durante la formación de la ley. Todo ello conectado al control formal de constitucionalidad del procedimiento legislativo realizado por la Corte Constitucional. Algunas anotaciones históricas permitirán comprender el origen de la institución parlamentaria y su ideología. Por otra parte, el derecho comparado permitirá apreciar el contraste entre los aciertos y desaciertos del diseño del procedimiento legislativo que se encuentra vigente en nuestro país. Así entendidos, los valores y principios tienen contenido y eficacia jurídica; develar esas características es fundamental para controlar el cumplimiento de la Constitución.

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