46 resultados para Judges
Resumo:
El objetivo principal de esta Tesis es construir un instrumento de evaluación psicológica válido para examinar las metas de vida de las adolescencias argentinas. Para arribar a su construcción se realizan distintos estudios: un primer Estudio Exploratorio, del que surge evidencia empírica acerca de diferencias en las posibles elecciones de metas según las distintas variables: género, región geográfica y contexto sociocultural de pertenencia. Del mismo estudio provienen las categorías de análisis que se emplean para la selección de ítems a incluir en la versión preliminar del instrumento. A lo largo de la investigación se realizan tres versiones del Inventario Metas Vitales [MV], luego de la aplicación de la prueba correspondiente a cada versión, se hacen los ajustes y se somete a valoración de jueces expertos [validez del constructo]. Finalmente se establece la ESCALA MV defintiva sometida a análisis estadístico confirmatorio. Dado el caudal de datos obtenidos en la muestra definitiva, se decide incluir un análisis complementario de los mismos en función de las variables diferenciales seleccionadas. Para llevar a cabo el objetivo enunciado, se trata de articular una investigación acerca de la población adolescente de nuestro país tomando como referentes a sujetos de entre 17 y 19 años, de ambos sexos, escolarizados en contextos educativos públicos y privados, de distintas provincias del norte, centro y sur de Argentina. Se parte de considerar dos dimensiones conceptuales: la primera refiere a una concepción de Adolescencia no tradicional y desde allí se pone énfasis en la segunda dimensión que comprende una tarea integradora para conocer y comprender las Metas que orientan las vidas de las adolescencias hoy
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La obra vincula las instituciones, el orden público y la construcción de una ciudadanía en la Pampa Central con la extensión de propiedades de construcción del Estado que el gobierno federal intentaba concretar en los territorios nacionales -fines del siglo XIX-. Se analizan las instituciones, su constitución, funcionamiento e inconvenientes. Se reconstruyen las relaciones de la incipiente sociedad civil que estaba adquiriendo rasgos de "ciudadanía", pese a la limitación del derecho a la soberanía y representación política, por cuya razón se abocó al reducido poder local, a la conversión del Territorio en provincia y a la presión sobre las instituciones del Estado. Ciertos sectores sociales -vecinos propietarios- participaron en el poder y pudieron incidir en la disposición de un determinado orden público. Se descubre este entramado a través de la cuestión política, la constitución de la esfera pública, el papel de la prensa, y el accionar de sectores gubernamentales y particulares, especialmente en los conflictos sociales. Estas cuestiones se analizan con mayor profundidad en el estudio particular de una institución: la justicia letrada nacional con marcado poder en el Territorio. Se demuestra que esta institución ejerció un papel importante en la extensión de las propiedades que caracterizaron la construcción y consolidación del Estado. El protagonismo judicial a nivel nacional tuvo su correlación en el poder de los jueces y de los juzgados letrados territoriales, basado en: el carácter nacional de estos tribunales, el perfil profesional de sus miembros, una red social y política de los magistrados a nivel nacional y, la debilidad de las demás instituciones del Territorio. Este poder era reconocido y consolidado por la prensa y los vecinos -propietarios, comerciantes y profesionales- interesados en jerarquizar el papel de la justicia.
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A fines de la década de 1870, el gobierno provincial, con el objeto de lograr mayor control social sobre la población rural, implementó una reestructuración policial en la campaña bonaerense. La misma tenía por objetivo afianzar la propiedad privada y contribuir al mercado de trabajo, asimismo perseguía un fuerte interés en satisfacer la necesidad del estado de hombres en plena etapa de expansión de la frontera. La presión reclutadora del estado se reflejará en un aumento de detenidos por vagancia, dado que las leyes de represión de la vagancia del Código Rural permitían su penalización al servicio de las armas. El Código Rural sancionado en 1865 estipulaba dos normas procesales a cumplir en los acusados: formación de un sumario y constitución de un jury para su juzgamiento. Disposiciones que raramente se pusieron en práctica por los jueces de paz desde que esta legislación entró en vigencia. Será a fines de la década de 1870 cuando el gobierno exigirá más firmemente no solo la persecución de la vagancia sino también la aplicación de estas normas procesales en los acusados. Aún así, el análisis de la práctica judicial revelará que continuará existiendo una constante manipulación normativa sobre la base de dos valores que se intentaban afianzar, el trabajo y la propiedad. En los perjudiciales que atentaran contra estos dos valores, será en quienes se manipulará la normativa sancionada y se canalizará la presión reclutadora.
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Este artículo se propone analizar la forma en que se implantó la Justicia de Paz en el interior de la provincia de Buenos Aires entre 1865 y 1910, a través del estudio de los sujetos que desempeñaron esa función y los entramados políticos en los que participaron. El mismo se ha realizado a partir del estudio de un Juzgado en particular, como fue el del partido de Tres Arroyos. Por un lado, se reconstruye el perfil de los sujetos que ejercieron el cargo de Jueces de Paz, con la intención de entender las lógicas que guiaron su designación. Para ello, se indaga en la reconstrucción de sus biografías asociadas a los diversos momentos de ocupación e institucionalización local. Posteriormente se identifican dos modos de nucleamiento que sirvieron de base relacional a los individuos del lugar y que permiten completar la explicación generada desde las biografías individuales: una red de tipo iniciática, como fue la masonería; y una red del conservadurismo local, dirigida por poderosos estancieros del lugar. Por último, se observa si esas redes influyeron en la administración de justicia local. Las fuentes utilizadas son diversos álbumes conmemorativos locales, datos censales, periódicos locales, expedientes correccionales tramitados en la Justicia de Paz de Tres Arroyos, el Libro Copiador de Notas del Juzgado y el Libro de Actas de la Logia Hiram de Tres Arroyos.
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En perspectiva comparada, investigamos la participación de los propietarios rurales como jueces de paz en la campaña bonaerense durante el siglo XIX, para reflejar las similitudes y diferencias durante la ampliación de la frontera y teniendo en cuenta el estado casi permanente de beligerancia en que se encontraban. Describimos las atribuciones de estos funcionarios, y encontramos que la legislación les ayudó a estrechar sus conexiones con los hacendados de mayor predicamento en la región, pues el cargo de jueces les otorgaba, no sólo el control sobre la tierra repartida por los gobiernos provinciales, sino también la posibilidad de intervenir en el mercado secundario de transferencias de derechos
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En este artículo, nos proponemos analizar la construcción y el funcionamiento de una red de poder ego-centrada, la de Juan Manuel de Rosas, durante el período de su primer (1829-1832) y segundo gobierno (1835-1852), a través de la correspondencia que mantuvo con los jueces de paz de la campaña bonaerense a través de sus edecanes. Esto nos pone, fundamentalmente, en contacto con el tema de la comunicación, la circulación de la información y la construcción de un espacio de relación política.
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A lo largo de la vasta historia de España, los símbolos pertenecientes a la "Edad Heroica Castellana" (desde el nombramiento de los Jueces hasta la gesta del Cid) han sido utilizados políticamente con signos diversos. En el arte postal del período franquista a dichas imágenes se agregan otras, pertenecientes a un imaginario medieval más amplio, con el cual el régimen se define dentro de los límites de un rígido nacionalismo católico, cuya beligerancia deberá ser matizada y reformulada ulteriormente
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En la nochebuena de 1734, un feroz incendio devastó el Real Alcázar de Madrid, sede de la familia Real y de la Corte. Felipe V ordenó levantar en su lugar un Palacio y, para sufragar los gastos de su fabricación, exigió contribuciones a todas las partes del cuerpo de la monarquía. Este artículo examina una de las miles de secuelas microscópicas desatadas por la Real Cédula firmada por Felipe V que ordenaba recaudar ese dinero: el empadronamiento de los habitantes ubicados en las campañas al sur de la ciudad de Santa Fe (gobernación del Río de la Plata, virreinato del Perú). Originado en una preocupación vinculada con datos demográficos, además de constituir un ejercicio metodológico sobre un padrón, el trabajo se propone articular las informaciones que obtiene de la fuente con hipótesis y cronologías atinentes al movimiento de la población en un territorio considerado por entonces riesgoso e inestable. Así, su contribución se ubica en el cruce entre el conocimiento del quehacer de los jueces rurales y el campo de la historia de las técnicas de gobierno de las poblaciones en los territorios americanos de la monarquía hispánica durante el siglo XVIII
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La práctica del abigeato así como otros usos que atentaban contra la propiedad semoviente fue condenada de manera cada vez más vehemente a lo largo del siglo XIX. Este rechazo se plasmó en la legislación, que de manera continua, elaboraron las autoridades procurando limitarlas. El estudio de un conjunto de procesos criminales y sumarios permite indagar en las prácticas vigentes en torno al ganado así como la visión de los magistrados. Dichos usos no fueron una prerrogativa exclusiva de los sujetos señalados como "vagos y malentretenidos". El espectro social que se sirvió de la apropiación ilegal de animales era muy amplio e incluyó a personas con apellidos que remitían a las familias más poderosas de la campaña. Por otro lado, el abigeato así como otros delitos asociados a éste muestran las dificultades en torno a la implantación de un determinado orden social en la campaña bonaerense, donde el respeto a la propiedad privada era uno de sus pilares fundamentales.
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El arraigo familiar y las redes sociales serán los factores que se privilegiarán en esta investigación que abordará la cuestión de la construcción del edificio de la Justicia de Paz en la campaña bonaerense. A partir del violento episodio que generó el desplazamiento de un Juez de Paz, indagaremos el capital relacional de los jueces y sus familias para demostrar que la organización la Justicia de Paz utilizó redes existentes, que hundían sus raíces en tiempos coloniales, dando cuenta de que primaron continuidades más que rupturas en el transito del estado colonial al independiente. Pero además, se tratará de percibir en el comportamiento político de esta comunidad, el peso de la densa urdimbre que se construyó a través del matrimonio y que vinculó a gran parte de los vecinos de la Guardia de Luján.
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El siguiente artículo analiza cómo operó el reclutamiento de hombres para el servicio de armas durante el levantamiento de Hilario Lagos y el sitio de la ciudad de Buenos Aires, de diciembre de 1852 a julio de 1853, en el partido de la Guardia de Luján (hoy Mercedes). Para ello, presta especial atención al rol de los jueces de paz y de las autoridades militares de la campaña, los instrumentos utilizados para hacer efectivo el control y organización de las milicias, así como los principios de resistencia existentes
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La sanción del código penal en la provincia de Buenos Aires en el año 1877, fijó en el homicidio la penalidad y determinó las circunstancias del delito mediante la enumeración de los atenuantes y agravantes. El objetivo era contemplar todas las posibilidades del delito para reducir el "arbitrio judicial". Sin embargo, deteniéndonos en los cambios operados en cuanto a la ebriedad en la normativa legal y en la práctica judicial, se puede observar que la función del juez no se redujo únicamente a computar la pena según el delito. A su cargo quedó la apreciación de las pruebas y la interpretación legal. En este sentido, la ley dejó márgenes para considerar a la ebriedad como atenuante o no de la penalidad. Sin embargo, los jueces le negaron tal beneficio al imputado, lo cual marcó una ruptura con respecto al período anterior. Interpretación que estuvo determinada no por un cambio en la percepción sobre el efecto del alcohol como perturbador de la conciencia, sino por ciertos prejuicios que otorgaron una jerarquía y un valor a los motivos que pudieran cegar al trasgresor. Considerada aun como un vicio y no una patología, revelaron la condena a esta práctica social determinando que hechos ya no quedaban comprendidos como circunstancias atenuantes. En definitiva, la ebriedad posibilita apreciar el complejo proceso de codificación que consistió no únicamente en la aplicación literal de la ley sino también en la interpretación que de ella se hiciera.
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Los crímenes sexuales en general, y la violación en particular, suelen concebirse como una situación que involucra únicamente a dos personas: la víctima y su atacante, entre los que puede o no haber una relación o conocimiento previo. Esta imagen ha cristalizado en la justicia y la sociedad, convirtiéndose en parte del imaginario común. Sin embargo, los expedientes judiciales vinculados a estos delitos nos muestran un universo complejo de actores que no se agotan en aquel par. En este trabajo pretendo concentrarme y analizar casos en los que existe más de un acusado por el mismo crimen, mostrando particularmente cómo la justicia lidia con ellos desde el discurso, utilizando distintos expedientes para analizar las imágenes que jueces, abogados y médicos expresan, afirman o discuten sobre la sexualidad, el comportamiento esperado de los hombres y mujeres y la propia situación de la justicia frente a crímenes que se corren de la "normalidad" reconocida para aquellos
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Esta ponencia es la presentación del proyecto de tesis, que tiene por objetivo estudiar el proceso de constitución y consolidación del poder judicial, responsable de la administración de justicia, como integrante del Estado provincial, legitimador de su accionar político y mediador con la sociedad civil. La investigación se ubica en la provincia de Buenos Aires, entre 1853 y 1881, que sancionó su propia Constitución en 1854, en la que declaraba en su artículo 118 que el poder judicial sería independiente de todo otro en el ejercicio de sus funciones. Es decir que en esta provincia la consagración de la teoría de los poderes del Estado y la ley como definidora de lo que era justo, requirieron de la organización del poder judicial. El sistema judicial de la provincia de Buenos Aires comenzó su formación como poder del Estado a partir de la reforma rivadaviana y el proceso alcanzó su madurez entre 1853 y 1881, como parte fundamental del proyecto liberal, asentado sobre la autoridad de la ley. El poder judicial garantizaba la legitimidad del sistema político republicano de matriz liberal, pero la dependencia con el poder ejecutivo se mantuvo en parte, representada en el presupuesto, los nombramientos y los jurys. La organización judicial en formación incluyó al ámbito rural con una fisonomía institucional que tendía a consolidar la relación entre Estado y sociedad civil; ésta manifestaba sus necesidades a través de la opinión pública y el poder las interpretaba con el fin de legitimar su acción política. En este proceso de legitimación, el poder judicial era funcional al Estado, lo que se consolidó con el tiempo. La Constitución de 1873, a pesar de ser ideal en algunas de sus propuestas, dio protagonismo y efectividad a las instituciones judiciales que se formaron y pusieron en funcionamiento con una nueva concepción de justicia, que sin dejar de lado el derecho natural se consolidaba en una función más positiva, atenta a los derechos individuales y de propiedad. Para comprender el rol que jugó el sistema de justicia en la formación del Estado es necesario desenmarañar la compleja trama de relaciones entre el poder político y los magistrados, y a su vez entre ellos y la sociedad. Pero esto no se puede realizar sin conocer y comprender que entendían por justicia, y definir de qué forma organizaron su administración. En la realización de esta investigación atenderé a las soluciones que el ordenamiento jurídico debía brindar a una determinada sociedad, las instituciones que lo formaron y las ideas de quienes lo gestaron. El uso de la fuente judicial será fundamental para observar si la letra de la ley fue cumplida en la administración de justicia y de qué manera. Pero esa fuente judicial confirmará o no la aplicación de las leyes dictadas por el poder legislativo y los decretos emanados del ejecutivo, por ello será necesario reconstruir los organigramas del Poder Judicial a partir del estudio de los Registros Oficiales y los debates legislativos de la provincia.