14 resultados para Sentencia anticipada
em RepoCLACAI - Consorcio Latinoamericano Contra el Aborto Inseguro
Resumo:
La Corte Suprema de la Nación de Argentina dictó en el día de la fecha (13.03.12) una sentencia en un caso de aborto no punible por violación. El fallo deja en claro que la interpretación adecuada es aquella que sostiene que toda mujer que tiene un embarazo impuesto por una violación, y no solamente aquella mujer con discapacidad mental, puede solicitar la interrupción del embarazo en un servicio de salud, sin necesidad de autorización judicial.
Resumo:
El 10 de mayo de 2006, la Corte Constitucional de Colombia produjo un fallo histórico a favor de los derechos humanos de las mujeres en el país. Mediante la Sentencia C-355/06 del 10 de mayo de 2006, la Sala Plena del Tribunal Constitucional decidió despenalizar la práctica del aborto en tres circunstancias específicas
Resumo:
Texto íntegro de la sentencia del Tribunal constitucional 53/1985, de 11 de abril, sobre la constitucionalidad de la ley despenalizadora del aborto en determinados supuestos
Resumo:
Los derechos y obligaciones constitucionales frente a la prestación del servicio de aborto, reconocidos a partir de la sentencia C-355/06 y la jurisprudencia posterior de la Corte Constitucional, tienen plena vigencia. Sin embargo, la suspensión del Decreto Reglamentario 4444 del Ministerio de Protección Social por parte del Consejo de Estado, ha creado una confusión generalizada que puede poner en peligro los derechos a la vida, a la salud, a la integridad personal y a la dignidad humana de las mujeres colombianas. Por esta razón Women´s Link Worldwide decide elaborar esta publicación, que compila de manera sistemática los diferentes lineamientos constitucionales que deben seguirse para la práctica de interrupciones voluntarias del embarazo (IVE)
Resumo:
Que la Honorable Corte Constitucional, mediante Sentencia C-355 del 10 de mayo de 2006, declaró exequible el artículo 122 de la Ley 599 de 2000, en el entendido que no se incurre en delito de aborto, cuando con la voluntad de la mujer, la interrupción del embarazo se produzca en los siguientes casos: (i) Cuando la continuación del embarazo constituya peligro para la vida o la salud de la mujer, certificada por un médico; (ii) Cuando exista grave malformación del feto que haga inviable su vida, certificada por un médico; y, (iii) Cuando el embarazo sea el resultado de una conducta, debidamente denunciada, constitutiva de acceso carnal o acto sexual sin consentimiento, abusivo o de inseminación artificial o transferencia de óvulo fecundado no consentidas, o de incesto.
Resumo:
GIRE presenta dos videos sobre la importancia de la despenalización del aborto hasta la semana 12 de gestación en la Ciudad de México y su ratificación por parte de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en agosto de 2008. Esta sentencia es la más importante en el marco de los derechos humanos de las mujeres en México.
Resumo:
Desde la Alianza de abogadas/os por los Derechos Humanos de las Mujeres reconocemos el histórico fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que confirmó la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Chubut que hizo lugar al pedido de aborto legal de una adolescente de quince años con un embarazo impuesto por una violación. Con esta sentencia la Corte termina por clarificar el alcance del artículo 86 del Código Penal, esto es, los casos actualmente permitidos por nuestra legislación penal. Asimismo establece pautas para la atención de las mujeres en situación de aborto no punible en los servicios de salud, y reclama que las autoridades nacionales y provinciales asuman sus responsabilidades para terminar con las barreras de acceso al aborto legal.
Resumo:
Sentencia dictada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación ha expedido en el sentido de interpretar en forma amplia la aplicación del artículo 86 inciso 2 del Código Penal, dejando sentado que el aborto, practicado a una mujer embarazada como consecuencia de una violación no es punible, con independencia de la capacidad mental de la víctima. En Anexo I se describe el protocolo de procedimiento para la atención de pacientes que soliciten prácticas de aborto no punible, según lo establecido en el artículo 86 incisos 1º y 2º del Código Penal de la Nación.
Resumo:
Traducido de: Cook, R.J, M. Arango Olaya y B. M. Dickens. Healthcare Responsibilities and Conscientious Objection. International Journal of Gynecology and Obstetrics. 2009
Resumo:
Disponible la versión en español y en inglés.
Resumo:
Presentación en el Seminario Acceso al aborto para mujeres sobrevivientes de violencia sexual. Guatemala, el 28 y 29 de octubre de 2014.