19 resultados para Sanciones

em Andina Digital - Repositorio UASB-Digital - Universidade Andina Simón Bolívar


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La presente tesis abordará el tema de los sistemas de sanciones por incumplimiento en materia económica en el ámbito internacional, mediante un estudio comparado de los sistemas de la Organización Mundial de Comercio (OMC), el Mercado Común del Sur (MERCOSUR) y la Unión Europea, para finalmente dilucidar un sistema de sanciones adecuado para la Comunidad Andina (CAN). En ese sentido, en el Capítulo I se analizarán los dos modelos teóricos que rigen los sistemas de sanciones por incumplimiento en materia económica en el ámbito internacional: la intergubernamentalidad y la supranacionalidad, todo ello tomando en cuenta la soberanía del Estado nación en el ámbito de los procesos de integración regional. Así, existe la conocida clasificación del proceso de integración según sus grados, que va desde la intergubernamentalidad a la supranacionalidad: a) Áreas de intercambios preferenciales o preferencias arancelarias (intergubernamental); b) Zona de Libre Comercio (intergubernamental); c) Unión Aduanera (intergubernamental o supranacional limitada); d) Mercado Común (supranacional plena o integral); e) Unión Económica (supranacional plena o integral); y, f) Integración total o completa. Dentro de las características de la supranacionalidad se observan dos tipos de supranacionalidad: i) La supranacionalidad plena o integral; y, ii) La supranacionalidad limitada o restringida que puede ser, además, orgánica y normativa. En el Capítulo II se realiza un estudio comparado de los sistemas de sanciones por incumplimiento en materia económica en el ámbito internacional de los siguientes organismos internacionales: a) La Organización Mundial de Comercio (OMC); b) El Mercado Común del Sur (MERCOSUR); c) La Unión Europea (UE); y, d) La Comunidad Andina (CAN). Al respecto, se analizan los órganos que componen cada uno de dichos organismos internacionales, a fin de vislumbrar si son intergubernamentales o supranacionales; para desembocar, posteriormente, en sus sistemas de sanciones. Finalmente, en el Capítulo III se analizan los defectos del sistema actual de sanciones de la CAN y las posibles propuestas de reforma, a fin de avizorar en la CAN un sistema de sanciones verdaderamente supranacional. Se desarrollará el tema del procedimiento sumario por desacato a las sentencias en acciones de incumplimiento para concluir que en el sistema sancionatorio actual, cuando la aplicación de las sanciones se deja a la discrecionalidad de los países miembros y ellos no aplican las sanciones autorizadas por el Tribunal (incumpliendo así la sentencia del Tribunal), se deja entrever características que distan de lo supranacional, acercándose más bien a lo que sería una integración poco profunda parecida más al sistema de la Organización Mundial del Comercio (OMC), en donde los países miembros tienen una gran reticencia a reconocer competencias sancionadoras a la institución comunitaria.

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El régimen sancionatorio en materia tributaria es manifestación del ius puniendi estatal, en el que discurre la sanción como la consecuencia de la realización de un supuesto de hecho calificado jurídicamente como infracción, de allí la pertinencia del análisis de esta figura que devele la naturaleza, fines, tipología y las competencias de los órganos administrativos y jurisdiccionales llamados a imponerla, con remisión constitucional y legal a la realidad ecuatoriana, que examine también los principios que informan a este régimen y a ser observados en los procedimientos e imposición de sanciones tributarias.

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El tema de encontrar mecanismos que apoyen la disminución de índices delincuenciales ha sido ampliamente debatido en distintas esferas de las sociedades contemporáneas. A lo largo de la historia de la humanidad este tipo de conductas fueron frecuentes si tomamos en consideración que cada individuo busca su supervivencia a costa de la vulneración de normas preestablecidas. Uno de esos mecanismos tendientes a erradicar fenómenos de criminalidad es el rigor y endurecimiento de penas, que se encuentra formando parte de un sector dentro del Derecho Penal denominado políticas criminales. En nuestro país este fenómeno se ha dado como mecanismo tendiente a disminuir la criminalidad pero se distingue que no ha surtido el efecto deseado. Por ello en este trabajo investigativo está destinado a realizar un análisis del aumento de penas, para vislumbrar si esta posición ha funcionado como mecanismo de disminución delincuencial, o por el contrario solo obedece a posiciones y coyunturas políticas fuera de un estudio técnico previo.

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Como es de conocimiento general, con fecha 29 de diciembre de 2007, se publicó en el tercer suplemento del Registro Oficial No. 242, la Ley Reformatoria para la Equidad Tributaria del Ecuador, aprobada y expedida por la Asamblea Constituyente el 28 de diciembre de 2007. En dicha reforma se modifican ciertos cuerpos legales de índole fiscal, entre los cuales se encuentran varias reformas al Código Tributario y la Ley de Régimen Tributario y se crean nuevos impuestos, mismos que conllevan hoy por hoy en un tema de controversia por su aplicabilidad y que ha generado desde su expedición continuas dudas e inquietudes de todos los contribuyentes y hasta de los mismos funcionarios de la actual Administración Tributaria, causando un sinnúmero de interpretaciones sobre el cómo aplicar dichas normas, en especial al personal financiero, tributario y contable de varias compañías por los tipos de registros y transacciones económicas que se suscitan en el día a día, que por querer cumplir con sus obligaciones tributarias pueden mejor llegar a sanciones innecesarias y hasta del tipo penales. Esta investigación tiene como objetivo analizar los cambios, las inclusiones nuevas, lo que se elmimino en determinados artículos en relación a las normativas anteriormente vigentes, tanto del Código Tributario y la Ley de Régimen Tributario Interno, que han generado mayor expectativa como de las consecuencias y el impacto en pro y en contra de los referidos cambios desde el punto de vista financiero, tributario y contable, al cual estarían inmersos los contribuyentes, sean éstos personas naturales o sociedades en miras del correcto cumplimiento y pago de las obligaciones tributarias. Es importante indicar que, esta investigación solamente analizará los cambios que tienen algún tipo de implicación e impacto legal, financiero, contable y/o tributario; sin llegar a cuestionar temas de índole político o de si es constitucional o legal, por lo que es una revisión y un cuestionamiento meramente técnico.

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La presente tesis pretende proporcionar a las personas naturales propietarias de negocios unipersonales un compendio completo de las obligaciones tributarias que deben cumplir en Ecuador. A través de cuadros sinópticos y la narración de experiencias personales el lector tendrá la oportunidad de conocer paso a paso sus deberes tributarios y las consecuencias de su desconocimiento. Considerando que en Ecuador la ley tributaria se caracteriza por su constante cambio, es imprescindible que las personas naturales conozcan las normas jurídico tributarias actuales aplicables a su actividad comercial, esta tesis busca contribuir con este cometido. Iniciaremos nuestro estudio detallando la ley del RUC Registro Único de Contribuyentes, revisaremos la utilidad de este documento, la forma de obtenerlo, actualizarlo y anularlo, especificando los requisitos y sanciones aplicables para cada caso. Continuaremos con el análisis de la normativa aplicable a los comprobantes de venta, detallando la forma de obtenerlos, utilizarlos y describiendo el cómo solucionar los errores o pérdidas de dichos documentos. En este capítulo proporcionaremos al lector los modelos básicos con sus requisitos y los formularios para su baja y obtención. Dedicaremos dos capítulos para revisar detalladamente el manejo del Impuesto al Valor Agregado y del Impuesto a la Renta pero orientando nuestro análisis a la normativa tributaria que necesita conocer la persona natural para satisfacer correctamente el pago y declaración de estos tributos, evitando contingencias con la administración tributaria. Finalmente en los últimos capítulos se expone las alternativas legales para solucionar errores al llenar los formularios de declaración de impuestos y adicionalmente varias recomendaciones para que la persona natural pueda cumplir sus obligaciones tributarias de manera oportuna.

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El propósito de este trabajo investigativo es establecer si el procedimiento administrativo sancionatorio aplicable a los profesionales de la educación que se encuentra bajo el ámbito de la Ley de Carrera Docente y Escalafón del Magisterio Nacional y sus posteriores reformas, cumple con lo establecido en materia de garantías constitucionales en la nueva Constitución de la República. De este modo se busca la aplicación del debido proceso y seguridad jurídica determinado como derechos fundamentales en los artículos 76 y 82 de la Carta Magna, evitando de esta manera la violación de dichas garantías, por parte de la Administración, sin dejar de considerar que la garantía del derecho a la educación, su exigibilidad debe ser muy clara y su incumplimiento debe ser objeto de sanciones pertinentes y oportunas, pues no hay que olvidar que en el artículo 3 de la Constitución de la República se establece como deber primordial para el Estado, el garantizar el efectivo goce del derecho a la educación. A mi criterio el Sumak Kawsay o Buen Vivir constituye un paradigma esencial de convivencia y construcción de la sociedad ecuatoriana, en la cual la educación juega un rol esencial para la sociedad ecuatoriana.

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El propósito de realizar este trabajo, a más de cumplir con el requisito previo establecido por la Universidad Andina para la obtención del título de Magister en Derecho Económico, fue el de establecer las premisas preliminares en los cuales se asienta una disciplina jurídica en formación: el Derecho Penal Económico. El Derecho Penal Económico, dentro del Derecho Penal contemporáneo, es una de las esferas que ha sido particularmente controversial para el reconocimiento científico de una categoría especial de infracciones. La polémica va desde la radical negación de su existencia hasta un economicismo que absorbe infinidad de tipos delictivos. Esto puede deberse, entre otras muchas causas, a que esta disciplina jurídica en ciernes, establece que hay delincuentes que salen de los estereotipos criminales, que pertenecen a las clases dirigentes de la sociedad, que sus acciones u omisiones delictivas no manchan las manos, las cuales ejecutan como parte de sus actividades lícitas y cuyos perjuicios, van en contra de la sociedad en su conjunto, es decir atentan contra un buen jurídico supraindiviual. En el proceso formativo de esta rama del Derecho, mucho se discute respecto de la existencia de la responsabilidad penal de las personas morales y de la independencia de ella frente al Derecho Administrativo, en la fase de la imposición de sanciones. En este contexto, el propósito fue analizar la Ley General de Instituciones Financieras, a fin de establecer los elementos jurídicos que esta nuevo cuerpo legal aporta para la formación del Derecho Penal Económico. Así se han comentado algunas de sus instituciones más importantes, dentro de los parámetros doctrinarios que existen, a fin de establecer cuales de ellas podrían enmarcarse dentro del Derecho Penal Económico, que empieza a germinar en nuestro medio. El tema se presenta para una amplia discusión, de la que se podrán sacar importantes conclusiones, respecto de la existencia o no del Derecho Penal Económico, así como, si las normas contenidas en la Ley General de Instituciones Financieras, pueden ser parte o no de ella, o solo consisten en preceptos que podrían ser abarcados por el Derecho Administrativo dentro de ellas, el presente trabajo no es más que modesta una opinión dentro de un inmenso universo de versados criterios, para ir dando lugar al nacimiento, en nuestro país, de esta disciplina jurídica.

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La presente investigación ha tenido por objeto la determinación de si la aplicación de un modelo de autorregulador independiente en nuestra legislación de mercado de valores es viable o no. Nuestra legislación actualmente reconoce sistemas regulatorios y autorregulatorios caracterizados por estar bajo el control de los propios participes del mercado, es decir que son los propios participantes de cada uno de los mercados los encargados de regularse a sí mismos y en ciertos casos de imponerse sanciones; así, en el Ecuador son las bolsas de valores las entidades encargadas de expedir las normas de autorregulación que regirán en el mercado bursátil nacional. Existen actualmente conflictos de interés al momento de generar normas de autorregulación en razón de los órganos encargados de expedirlas, y por consiguiente al momento de aplicar el sistema punitivo a cada uno de los partícipes del mercado de valores. Este problema se lo puede evidenciar, tanto al momento de emitir regulaciones, como al momento de investigar y juzgar las faltas cometidas a las normas expedidas. Las nuevas tendencias en generación de autorregulación nos dan la pauta para determinar que el esquema que actualmente mantiene nuestra legislación de mercados financieros, en especial en lo concerniente con el mercado de valores, es anacrónico, pues no se adecúa a las necesidades que el sistema actualmente requiere. En el presente trabajo se analizan las posiciones contrapuestas entre los modelos autorregulatorios imperantes, partiendo de aspectos generales y comunes de la autorregulación como tal, para pasar a un estudio de los modelos y tendencias autorregulatorias en derecho comparado, junto con un análisis de la normativa interna sobre la materia. De la misma manera es necesario tener presente que el análisis de un modelo autorregulatorio implica el estudio de sus funciones conexas; así, los esquemas de supervisión y control y por consiguiente de sanción deberán ser analizados.

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El fraude aduanero se expresa en diferentes prácticas relativas al comercio exterior que infringen tanto el ordenamiento jurídico interno como el internacional; produce un beneficio ilegítimo a los particulares y afecta la economía de los países, ya que minimiza artificiosamente los ingresos que éstos deben percibir. Por ello, se establecen normativamente diferentes controles y sanciones para propender al buen funcionamiento administrativo, neutralizar y reprimir esas malas prácticas. En cuanto a las tendencias globales, la integración comercial y los acuerdos que se suscriben en la actualidad han generado en algunos casos el incremento del fraude aduanero y en otros su disminución, ello sumado a la implementación de las tecnologías de información han promovido una interrelación entre las diferentes aduanas de los distintos países con el apoyo de entidades internacionales de control en este ámbito, como es el caso de la Organización Mundial de Aduanas. Este trabajo examina el fenómeno del fraude aduanero, partiendo de una revisión global con la remisión a la normativa internacional y regional pertinente, las reformas al ordenamiento jurídico nacional y los aspectos a considerarse para potenciar los mecanismos de control encaminados a mejorar la gestión administrativa y a contrarrestar esas prácticas nocivas para el desarrollo del país.

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El Municipio del Distrito Metropolitano de Quito, al igual que todos los Gobiernos Autónomos Descentralizados Municipales del Ecuador se encarga de administrar los tributos municipales que se encuentran establecidos en el COOTAD, y los que puede crear mediante ordenanza para aplicación dentro de su jurisdicción; la dirección metropolitana financiera tributaria por medio de sus áreas se encarga emitir resoluciones motivadas, ejercer la facultad determinadora, establecer sanciones, defender a la administración en el proceso contencioso tributario, por medio de la tesorería que pertenece a la dirección metropolitana financiera se efectúa la recaudación de los tributos y las acciones de coactivas; para esta investigación se propuso conocer y analizar los impuestos municipales del Distrito Metropolitano de Quito para la simplificación, el mejoramiento de su recaudación y administración, con el fin de realizar una propuesta enfocada al mejoramiento de la administración municipal, para lo cual se ha recopilado información de la institución, se ha realizado un análisis de cuatro años, desde el 2008 hasta el 2011 para determinar el comportamiento de los valores recaudados en lo que a impuestos se refiere, llegando a establecer que el Municipio del Distrito Metropolitano de Quito en los años analizados ha mantenido un comportamiento constante, no se evidenció una mejora representativa en recaudación por lo que se considera necesario realizar una revisión en la gestión y procesos de la administración.

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El presente trabajo tiene como propósito definir a la elusión tributaria ilegítima como un fenómeno que merece regulación normativa, incluso de carácter penal por tratarse de una circunstancia que perjudica los ingresos del Estado en desmedro de la capacidad de redistribución de la riqueza y de la máxima de solidaridad entendida en el marco conceptual constitucional actual. En el contenido de esta obra se podrá encontrar un análisis crítico de la elusión en sus versiones legítima e ilegítima; su distinción con la evasión; habrá una propuesta de conceptos propios al respecto, así como la descripción de las circunstancias y condiciones que caracterizan a estos fenómenos desde la óptica jurídica tanto doctrinaria como normativa. Por otro lado, se tratará de modo específico la posibilidad de tipificar penalmente el accionar elusivo ilegítimo para lo cual se indicarán las categorías dogmáticas del tipo penal al respecto de manera que se comprenda la necesidad de su regulación y la forma de determinar su existencia a fin de establecer sanciones por su comisión. Finalmente, se hará un recuento de las consecuencias de la ilegitimidad en la elusión fiscal y se enmarcará su eventual regulación de acuerdo con los principios del Derecho Tributario y las experiencias de varios ordenamientos jurídicos comparados.

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El presente estudio pretende establecer que la cultura que aprenden los niños y que será su modelo a seguir durante toda su vida, puede ser enriquecida con temática en cultura tributaria aplicando términos sencillos, ejemplos e incluso actividades lúdicas a través de la utilización de un texto práctico; y, de esta manera el niño pueda asimilar la importancia de contribuir de manera voluntaria con el aporte de los tributos para el desarrollo de toda la sociedad. Esto permite la oportunidad de que en el futuro, cuando el estudiante llegue a la adultez, pueda comprender la temática tributaria de mejor manera y la acepte como parte de una responsabilidad compartida entre todos; y, de esta manera disminuir la preocupación por desconocimiento, el pago de multas o sanciones, que hoy en día se les presenta a los contribuyentes en sus actividades económicas.

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En un contexto de reiterados fracasos en la lucha contra la criminalidad económica, las herramientas procesales adquieren un papel preponderante, porque hasta el momento son el instrumento que ha conseguido romper la inercia y producir resultados palpables. El presente artículo desentraña figuras existentes en leyes especiales y abre un espacio de reflexión sobre su legitimidad. Se centra en dos ejes: el primero se ocupa de tres figuras investigativas que caben en el concepto de operaciones encubiertas -agente encubierto, entrega vigilada y delación compensada-; el segundo, se reserva para la estrategia destinada a conseguir una disminución en la carga probatoria y un trámite más sencillo, a través de la imposición de sanciones que se las ha considerado penales por trámites administrativos o civiles. El análisis de legitimidad utiliza una visión ecléctica, además del enfoque jurídico centrado en los derechos de los procesados, se incorpora una perspectiva centrada en la efectividad social. Con el fin de conseguir un estudio asentado en la realidad nacional, se privilegia el análisis de ejemplos concretos extraídos de nuestra vivencia; esta visión aplicada permite evidenciar lo parcial e insuficiente que resulta el solo examen de la coherencia normativa y muestra la riqueza de aproximar la dogmática a las necesidades sociales.

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El capítulo VIII de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública y su Reglamento General trata sobre los procedimientos, requisitos y documentos a suscribir para la formalización de las modificaciones que en la ejecución del Contrato Administrativo deba realizarse, con el fin de dar cumplimiento al objeto contractual. Entre las causas principales para la modificación de los Contratos Administrativos, se encuentran entre otras, las producidas por fuerza mayor o caso fortuito, imprevistos de orden técnico, económico. Las cláusulas exorbitantes con que cuenta el Contrato Administrativo otorga a la Administración, entre otras, la potestad de modificar unilateralmente las condiciones del contrato, dar directivas a su contratista, declarar extinguido el contrato por sí y ante sí, imponer sanciones contractuales. Los documentos accesorios que los contratantes suscriben para dejar constancia de las modificaciones realizadas en el Contrato Administrativo principal, son los denominados contratos complementarios, órdenes de cambio y órdenes de trabajo, los cuales deben reunir ciertos procedimientos y requisitos normados por la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública.

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La “Ley Orgánica de Redistribución de los Ingresos para el Gasto Social” aprobada por la Asamblea Nacional y publicada en el Registro Oficial Suplemento 847 del 10 de diciembre de 2012, es el objeto principal de esta investigación. La forma en la que fue planteada, el proceso seguido hasta su aprobación, y la esencia misma de la Ley, dejan dudas respecto de la constitucionalidad de la norma. Para el análisis ha sido necesario referirse tanto a los principios constitucionales como a los principios legales y a aquellos comunes a la generalidad del Derecho, previo a un análisis de la protección jurídicoconstitucional del contribuyente. Se hace referencia a dos fuentes del Derecho, la Constitución y los Acuerdos Internacionales, específicamente el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, los mismos que consagran el principio de igualdad ante la ley y no discriminación de personas, grupos o comunidades, que es aplicable en cualquier situación jurídica. El principio de igualdad, es en nuestra constitución, un principio de aplicación de los derechos fundamentales, y por tanto antecede a la igualdad tributaria, en cuanto exige una actitud de los poderes públicos contra la discriminación y un imperativo de su actuación para el legislativo. El trabajo incluye una visión del sistema económico político y social imperante antes de la reforma legal; un examen de la Ley y las diferentes facetas de la carga tributaria y de las sanciones previstas; un análisis de las finanzas públicas, del gasto social y de los efectos de la Ley en la economía, así como la incidencia de los impuestos; y, un estudio sobre el papel del sistema financiero en la economía y el marco de regulación y control al que está sujeto. Al final se ensaya una perspectiva sobre la economía para el 2014, advirtiéndose las señales que inquietan al inversionista y los riesgos sistémicos sobre los cuales las autoridades de control deben tomar atención especial. Se realiza un breve análisis sobre hechos subsecuentes, como la aprobación del Código Monetario y Financiero por parte de la Asamblea Nacional. Tanto en el campo del Derecho, como en el de la Economía, se recurre a criterios de destacados expertos que han enriquecido la investigación.