224 resultados para derecho internacional de los derechos humanos
Resumo:
El artículo aborda la trayectoria que el concepto de género recorre en las últimas décadas y la complejización que esta categoría de análisis va adquiriendo en tiempos más recientes. Pone en evidencia la importancia de la incorporación de la categoría de género al análisis de derechos humanos, desde la crítica al androcentrismo y al sujeto universal, el cuestionamiento a la dicotomía y jerarquización entre el ámbito público (masculino y político) y el ámbito de lo privado (femenino y natural), la crítica a una concepción de igualdad únicamente formal que no deriva en igualdad sustancial al asumir la neutralidad del derecho y los derechos humanos. En suma, enfatiza que en la relación entre género y derechos humanos lo fundamental es la visibilización de las relaciones asimétricas de poder que definen la vigencia o no de los derechos.
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Este trabajo analiza los derechos humanos y los principios generales de la tributación consagrados en las constituciones andinas, haciendo especial referencia al principio de legalidad y de irretroactividad de la ley tributaria, se analiza además el derecho a la vida, la protección a discapacitados, menores y tercera edad. Se profundiza en el estudio del principio de no discriminación y se abordan en especial los derechos a la privacidad y el secreto profesional, a la propiedad y la tributación: capacidad contributiva, tributos confiscatorios, doble imposición. Finalmente se analiza el Estatuto del Contribuyente, los deberes y los derechos de los sujetos pasivos, y se emiten las conclusiones de la investigación.
Resumo:
En este informe se recopilan los trabajos de las organizaciones sociales dedicadas a la elaboración de informes sombra, temáticos y alternativos presentados a las instancias de protección de derechos humanos regional e internacional. Considerando que, a raíz de la expedición de la Constitución de 2008, el Ecuador ha ampliado notablemente el reconocimiento de los derechos humanos y de los derechos de la naturaleza; y que además reconoce el amplio catálogo de derechos de los instrumentos regionales e internacionales de protección de derechos humanos, la tarea de informar respecto de la situación de todos y cada uno de ellos sería un esfuerzo que demandaría mayores recursos y aspiramos a contribuir en este proceso. Presentación Por este motivo, en el informe se ha privilegiado la reflexión sobre la situación de la vigencia de los derechos de justicia, seguridad y ambiente; los mismos que siguen planteando, al igual que el año pasado, los mayores desafíos para su respeto, protección y cumplimiento. Igualmente, se reflexiona sobre los derechos a la comunicación y los de las personas en situación de movilidad humana. Con estos antecedentes, el Programa Andino de Derechos Humanos, presenta el Informe de derechos humanos correspondiente al año 2010, en el cual las y los autores aportan elementos para develar la real vigencia del estado constitucional de derechos y de justicia en el Ecuador. Finalmente, se recopilan las reseñas de informes alternativos, temáticos y sombra realizados por las organizaciones de la sociedad civil, como un reconocimiento a su trabajo y con la finalidad de apoyar a su difusión y apropiación. Además, pone a disposición de los interesados la versión ampliada de este informe en la dirección electrónica: ‹http://www.uasb.edu.ec/padh.php› o ‹http:// www.repositorio.uasb.edu.ec›.
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Analiza cuál fue la tendencia en el cumplimiento de los derechos humanos en 2010, sintetizando: el inadecuado procesamiento de conflictos y su repercusión en los derechos humanos; las restrinciones en el procedimiento legislativo; el ejercicio del derecho de acceso a la justicia y a contar con recurso eficaz efectivo; así como las políticas públicas y su relación con los derechos humanos. Da a conocer la cifras relevantes del año 2010 en cuanto a la situación de los derechos por bloques constitucionales, hechos en noticias por bloques de derechos, resoluciones de la Defensoría del Pueblo por bloques de derechos, las normas aprobadas sobre derechos y organización del Estado, y su repercución por bloques de derechos, el tipo de garantías constitucionales interpuestas y los derechos demandados, por acción de protección; asuntos representados de manera gráfica.
Resumo:
El Estado ecuatoriano debe respetar los derechos reconocidos en la Constitución, entre ellos el derecho que tiene la naturaleza a ser protegida, así como la defensa de los derechos humanos que también es su deber. Es parte sustancial de la democracia el derecho a discrepar de políticas que supongan impactos ambientales, sociales o culturales; aun cuando la minería es considerada prioritaria en el Plan de Desarrollo, sus prácticas conllevan una limitación en la práctica del derecho al agua y de los derechos de la naturaleza, y se contraponen con el buen vivir y con principio de la soberanía alimentaria. Se debe respetar a la plurinacionalidad como un pilar de la nueva Constitución y se requiere de un diálogo abierto para aplicarla.
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En este informe se recopilan los trabajos de las organizaciones sociales dedicadas a la elaboración de informes sombra, temáticos y alternativos presentados a las instancias de protección de derechos humanos regional e internacional. Considerando que, a raíz de la expedición de la Constitución de 2008, el Ecuador ha ampliado notablemente el reconocimiento de los derechos humanos y de los derechos de la naturaleza; y que además reconoce el amplio catálogo de derechos de los instrumentos regionales e internacionales de protección de derechos humanos, la tarea de informar respecto de la situación de todos y cada uno de ellos sería un esfuerzo que demandaría mayores recursos y aspiramos a contribuir en este proceso. Presentación Por este motivo, en el informe se ha privilegiado la reflexión sobre la situación de la vigencia de los derechos de justicia, seguridad y ambiente; los mismos que siguen planteando, al igual que el año pasado, los mayores desafíos para su respeto, protección y cumplimiento. Igualmente, se reflexiona sobre los derechos a la comunicación y los de las personas en situación de movilidad humana. Con estos antecedentes, el Programa Andino de Derechos Humanos, presenta el Informe de derechos humanos correspondiente al año 2010, en el cual las y los autores aportan elementos para develar la real vigencia del estado constitucional de derechos y de justicia en el Ecuador. Finalmente, se recopilan las reseñas de informes alternativos, temáticos y sombra realizados por las organizaciones de la sociedad civil, como un reconocimiento a su trabajo y con la finalidad de apoyar a su difusión y apropiación. Además, pone a disposición de los interesados este informe en la dirección electrónica: ‹http://www.uasb.edu.ec/padh.php› o ‹http:// www.repositorio.uasb.edu.ec›.
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El Ecuador ha mantenido, desde la perspectiva de su política exterior, una conducta independiente respecto de los lineamientos de las grandes potencias, particularmente Estados Unidos, en lo que tiene que ver con la posición nacional frente a la construcción y desarrollo del régimen internacional de derechos humanos. Para probar este aserto se ha tomado como caso de estudio uno de los mecanismos de adecuación, en la legislación y política interna, del régimen no vinculante surgido de la Conferencia de Viena de 1993 sobre Derechos Humanos, léase “Plan Nacional de Derechos Humanos”. Interesa en este estudio profundizar en la construcción del régimen internacional de derechos humanos desde la influencia política del sistema internacional y la fuerza de los agentes internos. Interesa, además, analizar los procesos de armonización o adecuación de las legislaciones e instituciones internas en cumplimiento de compromisos adoptados por los gobiernos en foros internacionales especializados, que finalmente son los que retroalimentan y explican la existencia de esos regímenes. El trabajo hace un breve recorrido desde la concepción y desarrollo del régimen internacional de derechos humanos hasta la Conferencia de Viena de 1993. Se intenta, por un lado, desmitificar el tratamiento del régimen internacional de derechos humanos como “ética política” y ponerlo en el contexto de las relaciones de interdependencia compleja que se da en el orden mundial contemporáneo. Y, por otro, indagar sobre las características políticas del proceso de apropiación en el Ecuador del régimen no vinculante de derechos humanos.1 La estructura de la investigación está diseñada para presentar el régimen desde sus características externas, esto es, la manera en que ese régimen regula las relaciones entre los estados, el sistema de Naciones Unidas y los individuos y se asegura de que se cumpla el contrato que surge como consecuencia. 1 El régimen vinculante es aquel que está contenido en las disposiciones de los tratados internacionales firmados con relación a un área específica de las relaciones internacionales, en este caso de derechos humanos. Por su parte, el régimen no vinculante no se respalda en un tratado internacional, sin embargo, se legitima en la adopción por consenso de Declaraciones Políticas y Planes de Acción por parte de los Estados miembros de las Naciones Unidas. En la mayoría de los casos se incluye, además, una cláusula donde consta el compromiso de presentar información sobre la aplicación de los Planes de Acción en los informes que se presentan a Naciones Unidas en acatamiento a las disposiciones de las Convenciones sobre los temas en cuestión.
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El presente trabajo investigativo tiene por objeto contribuir con elementos teóricos y prácticos a la experiencia sobre las comisiones de la verdad y la judicialización de graves violaciones de derechos humanos y crímenes de lesa humanidad en el país, lo anterior con principal referencia al Informe Final de la Comisión de la Verdad Ecuador. Esta problemática es una constante en una gran cantidad de países alrededor del globo, las respuestas que se han presentado y los resultados que se han obtenido son diversos, existiendo una tendencia negativa en cuanto a la consecución de saber, justicia y reparación para las víctimas y la sociedad en general. El capítulo primero y el segundo, representan el marco conceptual de referencia, en los cuales en un primer momento se abordarán, las obligaciones del estado en materia de derechos humanos referidas a la investigación y sanción de graves violaciones de derechos humanos y crímenes de lesa humanidad. En un segundo momento se tratarán, los mecanismos extrajudiciales de investigación de violaciones de derechos humanos y crímenes de lesa humanidad, analizando el proceso de la Comisión de la Verdad Ecuador. El capítulo tercero es el desarrollo práctico de los elementos anteriores, siendo la parte medular de la investigación, se centra de manera pormenorizada en las condiciones y estrategias para la judicialización de los crímenes de lesa humanidad en el contexto ecuatoriano. El capítulo cuarto se refiere a las conclusiones del presente trabajo investigativo, realizando recomendaciones puntuales respecto a las acciones a seguir hacia un efectivo proceso de investigación y sanción de responsables, así como también, de reparación de las víctimas.
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Este trabajo investiga sobre la ejecución de las sentencias dictadas en contra del Ecuador por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, organismo del Sistema Interamericano de Derechos Humanos, configurado como un mecanismo supletorio al que se recurre si los órganos, instituciones y poderes de un Estado no cumplen su función de garantizar la vigencia de los derechos humanos reconocidos en la Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José), cuya jurisdicción es reconocida por el Ecuador. Se estudia los contenidos de la tutela judicial efectiva entre los cuales se encuentra la ejecución de la sentencia y los obstáculos que se presentan en el momento de ejecutar la sentencia, buscando de esta manera responder la siguiente pregunta ¿Qué mecanismos procesales existen para obligar al Estado a cumplir las sentencias? De esta manera se busca conocer si la falta de ejecución de la sentencia total o parcial constituye vulneración al derecho de tutela judicial efectiva por parte del Estado ecuatoriano, afectando nuevamente a las víctimas o sus familiares, ya que al no ejecutarse la sentencia tampoco se procede a la reparación integral.
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¿Cómo aplica la Corte Interamericana de Derechos Humanos criterios de diversidad cultural en las reparaciones destinadas a pueblos indígenas? El autor parte de esta interrogante y plantea que, en materia de reparaciones, no se deben aplicar los mismos criterios para un pueblo indígena que para una comunidad no indígena, pues, de acuerdo al contexto, circunstancias y desarrollo sociohistórico, es necesario un reconocimiento diferente para cada caso, en razón de las situaciones de dominación, subordinación, desigualdad y exclusión que caracterizan la relación de los pueblos indígenas con el resto de la so ciedad, por lo que requieren de una satisfacción distinta cuando han sufrido violaciones de derechos humanos. Este libro aborda las tensiones que se producen entre las nociones de universalidad de los derechos humanos y relativis mo cultural, en el ámbito de las reparaciones, y destaca la importancia de considerar la cosmovisión y características propias de los pueblos indígenas, con la finalidad de dis poner reparaciones justas y adecuadas. Se utilizan, para ello, los casos contenciosos de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en materia de pueblos indígenas.
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Analiza la situación del derecho a la alimentación expresada en una Ley de Desarrollo Agrario contradictoria con la Constitución en materia de soberanía alimentaria; en la orientación de la inversión gubernamental en agricultura a grandes y medianos productores en detrimento de la familia campesina; en la ausencia de garantías de participación de las organizaciones sociales en la aprobación de leyes. Plantea garantizar el derecho de la población a ejercer control efectivo e incidencia en las leyes relacionadas con el derecho a la alimentación, cesar la criminalización de la protesta social e implementar una política de reforma agraria integral.
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Considerando la importancia de la justicia constitucional en la protección de los derechos humanos, el presente artículo tiene como objetivo analizar de manera comparativa los efectos de la incorporación de la categoría de género en la protección de derechos humanos en la jurisprudencia constitucional colombiana y ecuatoriana con énfasis en casos paradigmáticos en los últimos cinco años. Este estudio realiza un análisis del discurso jurídico entendido de manera integral esto es desde su componente formal/normativo, estructural/institucional y político/cultural.
Resumo:
El Programa Andino de Derechos Humanos (PADH) de la Universidad Andina Simón Bolívar, Sede Ecuador, inició en 2009 la publicación anual de un informe sobre derechos humanos como una contribución a la reflexión y observancia de su cumplimiento. Tomó como referencia el nuevo marco constitucional, adoptado a finales de 2008, el cual plantea nuevos desafíos al Estado ecuatoriano y al conjunto del país en el fortalecimiento del catálogo de derechos y de garantías y sus principios, entre ellos integralidad, interdependencia, pro homine, aplicación directa y progresividad. Cada nueva entrega del Informe fue sujeta a una evaluación y fue incorporando ajustes y modificaciones. El correspondiente al año 2011, publicado el año pasado, tuvo gran impacto nacional e internacional. En muchos sectores fue muy bien recibido, pero provocó el rechazo del Gobierno. La Universidad y el PADH explicaron ante la opinión pública el contenido y alcances de la publicación, pero se generó un conflicto público. Ante ello, el presidente del Consejo Superior, de acuerdo con el rector de la sede ecuatoriana, en ejercicio de la autonomía universitaria, consultó a los miembros de ese organismo sobre la posibilidad de que se designara una comisión internacional para que estudiara el Informe y presentara sus observaciones y sugerencias. La respuesta de los miembros del Consejo Superior fue afirmativa y la comisión internacional fue designada. Así se lo comunicó a la comunidad universitaria y a las autoridades de la República del Ecuador. La comisión, integrada por el Dr. Enrique Bernales Ballesteros (Perú) y la parlamentaria andina Gloria Florez Schneider (Colombia), trabajó por varios meses y visitó Quito, entre enero y febrero de este año. La comisión internacional delimitó su labor a examinar la metodología del informe y a establecer recomendaciones para su fortalecimiento. Presentó su informe en abril y su versión final estuvo lista para publicación en junio. El contenido completo del documento ha sido publicado, por disposición del Presidente del Consejo Superior, en la página web de la Universidad: ‹http://www.uasb.edu.ec/ padh_contenido.php?cd=1158&pagpath=1&swpath=infb&cd_centro=5&ug=ac›. Desde mediados de 2012, el PADH continuó con las actividades necesarias para realizar el Informe correspondiente a 2012, pero a inicios de 2013 se resolvió esperar el informe de la comisión internacional para concluirlo y publicarlo. Una vez que lo conoció, el equipo de PADH procuró recoger las observaciones y recomendaciones. Es así como se han realizado algunos ajustes. El principal fue una división entre el “Informe” propiamente dicho, que prepara el PADH en forma institucional, y las contribuciones, bajo la modalidad de artículos, de la sociedad civil, docentes y entidades del Estado. Por ello, desde este año, aparecerán dos publicaciones. Por un lado el Informe sobre Derechos Humanos, un balance preparado por el equipo responsable. Por otro lado, una publicación colectiva titulada Horizontes de los derechos humanos que analiza varios casos y temáticas relevantes de 2012, con la contribución de varios representantes de organizaciones de la sociedad civil y docentes. También se incorporan los dos artículos presentados por el Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos y por el Ministerio Coordinador de la Política Interna y Externa.
Resumo:
Durante el 2006, en el marco del proceso de reforma de la Organización de Naciones Unidas, surgió ante las limitaciones que los Estados encontraron en la antigua Comisión de Derechos Humanos, particularmente, en cuanto a los dispositivos disponibles, para influir en el mejoramiento de la situación de los derechos humanos en los distintos países, así como para dar seguimiento a su evolución en el tiempo. En reemplazo de la Comisión, se creó el actual Consejo de Derechos Humanos y se le proveyó del Examen Periódico Universal como herramienta para realizar una revisión periódica y mandatoria de todos los Estados en materia de derechos humanos. A diferencia de otros mecanismos de derechos humanos, en los que intervienen expertos independientes, dentro del Sistema Universal de Protección de Derechos, el EPU se caracteriza por ser un espacio de diálogo a nivel de los Estados. Es decir, promueve un diálogo entre pares, situación que contribuye a crear nuevos niveles de responsabilidad estatal y de compromiso con la comunidad internacional.
Resumo:
El formalismo establecido por el legislador en la Ley de casación en materia civil ha determinado una serie de requisitos que hacen efectiva la admisibilidad el recurso, su inobservancia puede constituir una consecuencia fatal, que impida su prosecución, frente a lo cual se encuentra la protección constitucional de la tutela efectiva de los derechos humanos. En este contexto este trabajo de investigación pretende demostrar que el recurso de casación en el Ecuador aspira cumplir con sus fines principales de unificación, defensa del derecho objetivo, control de legalidad, reparar los agravios proferidos en contra de las partes e igualmente cumplir con los principios constitucionales de realización de justicia y garantía de derechos. La tesis está dividida en tres capítulos. En el capítulo primero se analiza el rol de la jurisdicción en el Estado constitucional de derechos y justicia: el rol de los jueces en el nuevo Estado, cuya finalidad en esta nueva configuración es la protección real de los derechos fundamentales; la evolución del papel del juez de mero aplicador de la norma a creador de derecho; y en este sentido, identificar las herramientas que le sirven a la jurisdicción para cubrir esa finalidad. El capítulo segundo se refiere al recurso de casación como mecanismo de control de la legalidad, la determinación de la naturaleza jurídica; sus características, especialmente formales, requisitos, objetivos y el principio dispositivo como sustento de la fundamentación. El capítulo tercero comprende el estudio de la casación y sus alcances en el marco constitucional vigente: El principio de la administración de justicia como sistema medio; y, el formalismo del recurso de casación vs. tutela de los derechos fundamentales. Con la construcción de este trabajo se ha intentado presentar propuestas que respondan a los cuestionamientos que, a veces el formalismo del recurso de casación podría mermar el reconocimiento de un derecho fundamental; o que a pretexto de tutelar uno de estos derechos, vulnere el principio de formalismo que rige al recurso, siempre orientando a que la justicia constituye un valor esencial del Estado.