26 resultados para Vieira, Antonio, 1608-1697. Sermões

em Universidad del Rosario, Colombia


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La presente monografía pretende explicar del concepto político de hispanidad en Miguel Antonio Caro. Se señalaran los principales temas del debate que sostuvo con los radicales. Luego, los tipos de premisas que Caro utilizó para elaborar su concepto político de hispanidad: religioso, filosófico-literario, ético-filosófico y histórico-político. Segundo, se resaltará el carácter político del concepto de hispanidad en el análisis del fenómeno de la Independencia. Para concluir que este concepto representa una idea propia de civilización hispánica.

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El proceso de Independencia del Nuevo Reino de Granada ha sido comprendido desde varias perspectivas y lecturas históricas. Sin embargo, un elemento constante en dichas lecturas ha sido la coexistencia de ambigüedades tales como tradición y modernidad, represión y libertad, e incluso los términos asociados a la élite y al pueblo. Para una buena parte de los historiadores que se han ocupado del tema de la Independencia y la consolidación de la Nación colombiana, los actores clave para comprender este proceso son los criollos, típicamente presentados como el motor de las revueltas independentistas. Muchas son las valoraciones que se le han otorgado a este sector social y a su proyecto revolucionario. No obstante, el factor común de tales enfoques radica en considerar que a partir del momento en que los criollos, la élite americana, deciden reclamar su soberanía ante la corona española, la república criolla empieza a forjarse y configurarse hasta desembocar en una Nación sólida, libre y soberana. Este documento pretende exponer en primer lugar, al discurso de diferenciación como elemento legitimador del proyecto hegemónico de los criollos como élite en el virreinato del Nuevo Reino de Granada (1770 – 1810). En segundo lugar, realizar un análisis del criollo como intelectual orgánico, permitiendo apreciar como más que una crisis de identidad, el criollo debió enfrentarse a una crisis de representación, que desde la perspectiva teórica de Antonio Gramsci, ratifica la identificación de una ambigüedad en la retórica criolla y a la vez, valora la introducción del concepto de discurso de diferenciación como posible respuesta al debate de la sobrevaloración de la identidad criolla.

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El distanciamiento presidencial entre Colombia y Venezuela, dejó problemas de orden económico, político y social en la frontera de Cúcuta (Colombia) y San Antonio del Táchira (Venezuela). Estas implicaciones negativas se deben a las diferencias de concebir la seguridad y la integración por parte de los presidentes de turno, Hugo Chávez y Alvaro Uribe.

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Este trabajo se soporta sobre una base conformada por dos conceptos, que constituyen el horizonte contextual de la investigación: Derecho Administrativo y Comunidad de integración. Es claro que al hablar de una Comunidad de integración específica como la Comunidad Andina (CAN), incide de forma directa en la actividad del derecho administrativo.Ha sido necesario que los países que conforman los grupos de integración económica cedan parte de sus competencias para crear un ordenamiento jurídico de orden supranacional, el cual modifica la dinámica social de las relaciones comerciales y afecta la estructura de la administración pública, haciendo que el derecho administrativo no se limite a interactuar solo con derecho nacional. Esta mutua dependencia de las políticas internas y las regionales se realiza, entonces, cada vez que existe participación y compromiso de los Estados frente a las decisiones, de carácter vinculante o no. En esa medida surge el problema de investigación tendiente a esclarecer cómo ha sido la adopción de las decisiones e interpretaciones, emanadas de los mecanismos oficiales del Derecho Comunitario Andino, en el ordenamiento jurídico colombiano. La existencia de varios puntos de vista con respecto a la obligatoriedad o no de dicha adopción, moldea un tema de suficiente amplitud y profundidad para ser estudiado en un trabajo de investigación.

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El proyecto que se quiere plantear es la creación de una Plataforma electrónica a través de la cual se pretende agrupar a los diferentes proveedores que intervienen en la cadena de abastecimiento de la comunidad logística de San Antonio, abriendo la posibilidad de participación de empresas grandes y pequeñas y más aun promoviendo la creación de las mismas por parte de los ciudadanos de la región, de esta manera, se eliminan las brechas asimétricas existentes entre la oferta y la demanda permitiendo que las empresas medianas y grandes accedan a ofertas y transacciones con empresas proveedoras medianas y pequeñas. Dicho proyecto, tiene como objetivo general el consolidar los procesos de abastecimiento implementados por las empresas a través de la organización y estandarización de los mismos mediante el uso del portal, planteado en el presente proyecto, como apoyo tecnológico. Existen dos conceptos básicos a analizar de manera teórica dentro del proyecto, el primero de ellos es el de clúster logístico-portuario, lo cuales son reconocidos como instrumentos importantes para el progreso del desarrollo industrial, innovación, competitividad y crecimiento, tomando como ejemplos a los puertos de Valencia y Long Beach en la ciudad de Los Ángeles. El segundo concepto es el de E-Procurement, el cual se desarrolla siguiendo los pasos básicos de una cadena de abastecimiento tradicional, sin embargo, lo que genera un cambio real dentro de los procesos es el hecho que los procesos de cotización y seguimiento de proveedores se van a llevar a cabo a través de una plataforma electrónica con base a las evaluaciones que se llevan a cabo por parte de las empresas demandantes de los productos o servicios ofrecidos por las compañías proveedoras. (Renko, 2011) De la misma manera, se tomaran varios proyectos de e-procurement desarrollados a nivel mundial como base comparativa y de apoyo para el presente proyecto tales como: HYDRA: Es un sistema que tiene su soporte en la web, el cual es orientado “en el medio” lo cual lo hace un sistema con una arquitectura híbrida, que posee tanto un diseño en capas como una estructura comprensiva para desarrollar integración de negocios, colaboración y monitoreo en la gestión de la cadena de suministro (Renko, 2011) IPT: BidNet ha proporcionado servicios de oferta de información a miles de proveedores y compradores de bienes en el ámbito gubernamental por más de 25 años. (Bidnet, 2013) E-BUYPLACE: E-buyplace.com es el 1° especialista en SupplierRelationship Management que ha desarrollado un original y singular SRM 100% a través de Internet. (e-buyplace, 2013) RosettaNet: La iniciativa RosettaNet anima a optimizar los procesos de la cadena de suministro mediante el establecimiento, implementación y promoción de estándares abiertos en el mercado e-Business (AQS, Advance Quality Solutions, 2002)

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El presente estudio de caso tiene como propósito analizar los aportes de diplomacia cultural al proceso de integración entre el departamento de Norte de Santander y el Estado de Táchira, ubicados en la frontera de la República de Colombia y la República Bolivariana de Venezuela, durante el periodo 2006-2013.Para explicar esto, en primer lugar, se describe el papel de la diplomacia cultural como herramienta de política exterior y, su relación con las fronteras y la integración. Posteriormente se analizan las estrategias de diplomacia cultural empleadas por Colombia para las zonas de frontera, a partir de los lineamientos de política exterior establecidos en el Plan Nacional de Desarrollo 2006-2010 y 2010-2014 y, finalmente se analizan los aportes de las estrategias de diplomacia cultural al proceso de integración de la frontera Norte de Santander-Táchira.

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Robles se destacó por ser el primer egresado negro de la Universidad del Rosario, el primer ministro y congresista de color en una época bastante difícil para las personas de su raza, porque hacía pocos años (1851) se había declarado la abolición de la esclavitud en Colombia y aún persistía la discriminación en todos los ámbitos de la vida nacional.

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Mediante el presente texto se quiere resaltar la vida de Luis Antonio Robles ("El negro Robles", como se le conoce), quien vivió en una importante época de la construcción de nuestro país, en la cual ni era común que alguien de su raza llegase a las instituciones de educación superior y, mucho menos, que ocupase altos cargos e incidiese en la vida policía como él hizo. Luis Antonio Robles ingresó a la Universidad Colegio Mayor de Nuestra Señora del Rosario en 1868; fue Colegial y se graduó como doctor en Jurisprudencia en el año 1872, destacándose por su inteligencia y su excelente rendimiento académico. El 11 de mayo de 2010, el señor rector y los Conciliarios del Colegio Mayor de Nuestra Señora del Rosario invitaron a toda la comunidad académica al descubrimiento de una placa conmemorativa de Luis A. Robles "El Negro Robles" que dice: " Luis A. Robles. 1849-1899. Colegial. Doctor en Jurisprudencia, catedrático servidor del a República. Su vida y obra ejemplares enseñaron que la sangre afrocolombiana nutre las raíces de la patria". Es importante destacar la concurrida presencia tanto de los miembros de la comunidad rosarista como de distinguidos representantes de la vida política, de líderes de las comunidades afrocolombianas, así como de una delegación que se desplazó desde varias ciudades de La Guajira y de algunos miembros de la Fundación Luis Antonio Robles. El reconocimiento que se quiere hacer hoy al a vida de Luis Antonio Robles parte de la presentación que a continuación se hace del texto "introducción a la filosofía de la moral y las ciencias políticas" que recoge los apuntes de clase del doctor Robles y el cual se encuentra comentado por el Dr. Jacobo Pérez Escobar, quien de manera muy gentil nos permitió su reproducción. Adicionalmente, se presentan las palabras que en el homenaje hicieron el doctor Hans Peter Knudsen Quevedo, Rector del Colegio Mayor de Nuestra Señora del Rosario y el doctor Jacobo Pérez Escobar, principal biógrafo de Luis Antonio Robles. De igual forma se presentan las palabras de la estudiante de la Facultad de Jurisprudencia, Diana Carolina Prado Mosquera y el texto "El Negro Robles: Adalid de la democracia" el doctor Amylkar D. Acosta M, quien gentilmente también nos ha permitido reproducirlo. En la parte final se incluye la galería fotográfica donde se recogen las principales imágenes del homenaje que se realizó en el aula Máxima del Claustro, en honor a Luis Antonio Robles. Debemos agradecer, en primer término, al Dr. Jacobo Pérez Escobar por su desinteresada pero maravillosa participación en este proyecto, que nos permitió conocer de manera profunda la vida de Luis Antonio Robles; y, en segundo lugar, al Dr. Amylkar D. Acosta por su aporte del texto que a continuación presentaremos.

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La salud además de ser un derecho fundamental también es un servicio público, el cual debe brindarse adecuadamente en términos de oportunidad, cobertura y calidad. Al entender la salud como un derecho fundamental autónomo, significa, que requiere por parte del Estado la garantía de su goce efectivo para todos los habitantes del territorio nacional, el cual es susceptible de limitaciones, con sujeción a los principios de eficiencia, universalidad y solidaridad, dentro del marco de la dignidad humana. Por otro lado, el análisis de la salud como un servicio público puede abordarse desde la prestación del mismo por parte de los particulares, lo que significa analizar la figura de la descentralización por colaboración en un Estado Unitario, lo que implica: 1. La actuación de particulares en la prestación del servicio público, previa autorización legal 2. La implementación de sistemas de control, inspección y vigilancia, por parte del Estado sobre dicha prestación. 3. La expedición de instrumentos de regulación y reglamentación normativa que regulen la prestación del servicio público de salud. A través de la interpretación integradora podemos afirmar que la salud es un derecho de la persona que se materializa mediante la prestación de un servicio público de carácter obligatorio. Es decir, los servicios públicos se constituyen como instrumentos para garantizar el logro de la plena vigencia y eficacia de los derechos constitucionales y por ende de la realización de los fines del Estado Social de Derecho.

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Petición de becas del Colegio Mayor del Rosario por parte del Capitán Gerónimo de Berrío para sus tres sobrinos: Juan y Antonio de Montoya, y Lope de Betancur. Decreto de aceptación del presidente de la Real Audiencia Informe del Rector del Colegio Mayor Cristóbal de Torres Bravo sobre las cualidades y aptitud de los tres candidatos a las becas Auto de nombramiento de colegiales formales becados a Juan de Mosquera, Antonio de Mosquera y a Lope de Betancur.

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Esta cédula de 1767 expone una recopilación de los mandatos planteados por la Corona española en torno a la participación de los indios americanos en las instituciones coloniales. Se citan: *(382r) la cédula de 12 de marzo de 1697 expedida bajo el reinado de Carlos II de España que permite el ingreso de los hijos de los caciques o indios "nobles" a las instituciones eclesiásticas, seculares, de gobierno y de guerra. *(382v) La cédula de 6 de mayo de 1691 que manda el establecimiento de escuelas en las ciudades de los Reinos del Perú y la Nueva España para la enseñanza de la lengua castellana a los indios. *(382v) La cédula de 12 de julio de 1691 sobre la resolución de fundación de un colegio seminario en México, ordenando que tanto en este colegio y en todos los que se fundasen en las Indias se destinen la cuarta parte de las becas para los hijos de los Caciques. *(383v) La comunicación de Vicente de Mora Chimo Cacique y procurador de pueblos de indios en el Perú diciendo que no se han cumplido las disposiciones reales mencionadas en las cédulas con los indios del Perú, situación ante la que el Consejo de Indias insta todas las autoridades civiles y eclesiásticas a cumplir con el mandato en 21 de febrero de 1725. *(384r) En 11 de septiembre de 1676 se emite una nueva cédula Real con el mismo mandato en respuesta a la petición del franciscano Isidoro de Cala sobre permitir a los indios del Perú en los colegios y en los puestos civiles y eclesiásticos. * (384r) Continúa con el obedecimiento del mandato firmado por el presidente y oidores de la Real Audiencia en Santafé en 21 de enero de 1767. *(384v) Vista y Respuesta del fiscal del Rey en Santafé en 9 de febrero 1767 confirmando el mandato de la Cédula. *(384v- 385) Auto en el que se pide comunicar a las autoridades religiosas, seculares, parroquias y comunidades para dar cumplimiento de los mandatos de las cédulas sobre los indios de las Indias.

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1. Petición de beca en el Colegio Mayor del Rosario por parte de Antonio Flórez y Vanegas en reemplazo de su hermano Pedro Gerónimo Flórez y Vanegas quien ya ha terminado sus estudios 2. Decreto de los oidores y fiscal de la Real audiencia proveyendo el nombramiento.

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1. Petición de beca formal en el Colegio Mayor del Rosario por parte de Joseph Antonio de Olarte, quien ya había cursado los estudios de gramática y Artes liberales 2. Decreto de la Real Audiencia pidiendo informe sobre el pretendiente al rector del Colegio 3. Informe del rector Miguel Carlos de Sorza nombrando a Joseph Antonio de Olarte en una de las becas asignadas a la jurisdicción de Vélez.

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Felipe V Rey de España, se dirige al rector del Colegio Mayor del Rosario doctor Fernando Antonio Camacho de Guzmán y Rojas, para felicitarle por su elección por segunda vez como rector del Colegio en el año de 1731.