87 resultados para Sistema de alta direção pública
em Universidad del Rosario, Colombia
Resumo:
Esta monografía hace un análisis de las implicaciones de la adopción de la Nueva gerencia pública como estrategia para gestionar el sistema de salud colombiano. Para evaluar el impacto de la Nueva Gerencia Pública, el análisis se hace a partir de los criterios de calidad, cobertura y acceso en el sistema general de seguridad social en salud. Este estudio también analiza las situaciones conflictivas entre los actores del sistema de salud y sus dos crisis representativas (2001 y 2009).
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El presente escrito desarrolla un análisis comparado entre el sistema de compras públicas colombiano y el Tratado de Libre Comercio suscrito con los Estados Unidos en cuanto a compras públicas se refiere, poniendo en evidencia inconsistencias de tipo jurídico para efectos principalmente prácticos, acudiendo a temas de soporte para el desarrollo de las obligaciones contenidas en el acuerdo, como son las Normas de Origen de los Bienes y el régimen de responsabilidad del contratista estatal colombiano.
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Los eventos adversos (EA) están presentes en todos los niveles de atención en salud y deben ser evaluados de manera integral, tanto en los servicios hospitalarios como en el entorno de la Atención Primaria en Salud (APS). Los EA que se presentan en los servicios hospitalarios, son diferentes a los que se presentan en los servicios de Atención Primaria en Salud (APS) y por ello se debe dar un abordaje diferenciado. La seguridad del paciente debe ser una prioridad para todos los sistemas de salud. Desde esta perspectiva se deben identificar cuáles son las herramientas más adecuadas para el reporte, análisis, intervenciones y acciones de mejora, con las que deben contar los programas de seguridad del paciente y la apropiación de conceptos de gestión de riesgo, facilita la identificación y el manejo institucional de situaciones que ponen en peligro la integridad y la vida de los pacientes.
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El Sistema de Desarrollo Administrativo y sus alcances en la actual Ley de Administración Pública. Antes de la Ley 489 de 1998 las entidades de la Administración Pública no trabajaban en forma coordinada y la colaboración interinstitucional era deficiente, lo cual se ha corregido con la entrada en vigencia de la citada norma. Con la aplicación del Sistema de Desarrollo Administrativo creado por la Ley 489 de 1998, las entidades de la Administración Pública del Orden Nacional y Territorial, deben aplicar un conjunto de políticas, estrategias, metodologías, técnicas y mecanismos de carácter administrativo y organizacional para la gestión y manejo de sus recursos humanos, técnicos, materiales, físicos y financieros, tendientes a fortalecer su capacidad administrativa y su desempeño institucional. Las Políticas de Desarrollo Administrativo fueron plasmadas en el artículo 17 de la Ley 489 de 1998 y reagrupadas por el Decreto 3622 de 2005, en cinco ítems para su mejor comprensión y aplicación: 1) Política de Desarrollo del Talento Humano Estatal. 2) Política de Gestión de la Calidad 3) Política de Democratización de la Administración Pública. 4) Política de Moralización y Transparencia de la Administración Pública y 5) Política de Rediseños Organizacionales. Las anteriores políticas junto con el Plan Nacional de Formación y Capacitación constituyen los Fundamentos del Sistema de Desarrollo Administrativo de que trata el artículo 16 de la Ley 489 de 1998, las cuales se aplican actualmente en los 19 Sectores Administrativos de la Rama Ejecutiva del Orden Nacional. En el Orden Territorial la aplicación del Sistema de Desarrollo Administrativo ha sido parcial y los resultados aún no están consolidados. Nuestra investigación pretende que con el conocimiento claro del tema, a través de una adecuada planificación de los recursos de las entidades públicas, orientado a fortalecer la capacidad administrativa y el desempeño institucional de las entidades públicas, se administre mejor el Estado.
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En el desarrollo del Convenio de cooperación en asistencia técnica, investigación y capacitación para la “Implementación de la Política Sectorial en Salud para la Prevención y Manejo de la Discapacidad en Bogotá”, suscrito entre la Secretaría Distrital de Salud (SDS) y la Universidad del Rosario (SDS-UR 1004/05) se ha puesto de manifiesto los esfuerzos varios en términos de registrar y sistematizar la información que sobre discapacidad se produce y usa en el nivel distrital, la urgencia de unificar las formas de referirse a este tipo de realidades y sus determinantes y variables, la necesidad de contar con referentes empíricos de la política pública en discapacidad y de comprender el valor de la información en la toma de decisiones y la gestión social. Lo anterior, entre otras acciones, requiere pensar en una estructura conceptual y metodológica para desarrollar un sistema de información público en discapacidad. Dicho sistema podría incluir las áreas de soporte para el bienestar personal (salud, educación, trabajo, transporte y movilización, cultural y recreación, tecnología, vida familiar y en comunidad), la administración de los bienes públicos y servicios sociales y la seguridad social.
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Antes de la Ley 489 del 29 de diciembre 1998, las entidades de la Administración Pública no estaban todas legalmente organizadas por sectores administrativos. Es apenas con la Reforma Administrativa de 1992, derivada de las facultades concedidas por el artículo 20 transitorio de la Constitución de 1991, que se empieza a hablar del tema: sectores de Justicia (Decreto 2157 de 1992 y Ley 10 de 1990), Salud (Decreto 2164 de 1992), Comercio (Decreto 2350 de 1992, Minas (Decreto 2119 de 1992), Educación (Decreto 2127 de 1992 y Ley 115 de 1994), Comunicaciones (Decreto 1901 de 1990), Transporte (Decreto 2171 de 1992) y Medio Ambiente (Ley 99 de 1993). En el año de 1997, en el gobierno Samper, se expidió la Ley 344 del 27 de diciembre de 1996 y se hablaba entonces de sectores de la Administración Pública. Con la expedición de la Ley 489 de 1998, se crearon los sectores administrativos integrados por un Ministerio o Departamento Administrativo y sus entidades adscritas y vinculadas, tal como está contemplado en el artículo 42.
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La forma en que se reduce o se limita la entrada de personas para la distribución de recursos parece ser lo que queda de la posibilidad de acceso a derechos luego de transitar por lo que se ha llamado la ruta1 para la Atención a la población en situación de desplazamiento. El conjunto de traducciones propuesto por quienes implementan la política, disponiendo para el acceso a los recursos trámites o acciones no determinados y que exceden los requisitos iniciales, determina un resultado: el sistema que conocen las personas que pretenden acceder a él.
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El interés de este estudio de caso es explicar la incidencia del sistema de patentes estadounidense en la política de salud pública sudafricana del 2000 al 2012. Teniendo en cuenta los altos costos que este sistema impone en los precios de los medicamentos especialmente para tratar el VIH/SIDA y la malaria dos de los males que más aquejan a la población sudafricana. Se pretende explicar y establecer los cambios que ha implementado el gobierno sudafricano en su política de salud pública a través de la creación de una incipiente industria farmacéutica genérica que alivia en parte esta situación, pero que resulta insuficiente debido a su primordial interés de mantener relaciones cordiales con Estados Unidos antes que experimentar cualquier represalia como sucedió en India y Brasil.
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Este trabajo busca identificar los determinantes de la administración pública, que desencadenaron la cooptación corrupta de la contratación de la calle 26. Usando la teoría sobre corrupción de Klitgaard, se propone que la presencia de un poder de monopolio, una alta discrecionalidad y la poco eficacia del control permitieron que la entidad encargada de la contratación del calle 26 fuera sometida a intereses externos. A través de la metodología de gestión del riesgo se reconstruye el contexto de la entidad para identificar las amenazas y debilidades que explican este sometimiento.
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El sistema penitenciario y carcelario en Colombia atraviesa por una crisis de hacinamiento sin precedentes. El sobrecupo en los establecimientos de reclusión y los deficientes servicios de salud, alimentación e higiene dificultan la habitabilidad de los internos en prisión y atenta contra los derechos fundamentales y los Derechos Humanos de los condenados. La resocialización, mediante el Plan de Acción y Sistema de oportunidades (PASO), presenta múltiples dificultades para su realización en el Complejo Penitenciario y Carcelario (COMEB) – La Picota; por lo que esta investigación tiene como propósito analizar las condiciones y oportunidades que ofrece este establecimiento para un tratamiento penitenciario digno durante el periodo 2004-2013, y establecer recomendaciones para su mejoramiento.
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a ciencia que estudia los cambios de estado de los sistemas o de los fenómenos es la termodinámica. Este texto hace hincapié en la segunda ley de la termodinámica, que expresa la entropía o el grado de desorden de un sistema. La importancia de esta ley radica en que evidencia la irreversibilidad de los cambios de estado y la naturaleza unidireccional de los procesos termodinámicos, al establecer una línea del tiempo. Este paradigma del conocimiento representa para las ciencias sociales y los estudios políticos un reto en cuanto a la interpretación de fenómenos sociales de alta complejidad, como lo puede ser el desplazamiento forzado y su política pública de atención, pues revela un diálogo entre el paradigma clásico de la ciencia y el paradigma de las ciencias de la complejidad creciente.
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La categorización jurídica de los mal llamados “falsos positivos” en Colombia es un tema controversial: en algunas ocasiones se habla de ejecuciones extrajudiciales, otras veces de homicidio en persona protegida y en otros casos de desapariciones forzadas, dependiendo de la institución que juzgue los casos. Ahora bien, al no existir unidad de criterios en la categorización jurídica de los “falsos positivos”, se hace imprescindible la integración de conceptos en torno a entender dichos hechos ilícitos inequívocamente como tales, toda vez que esto permitiría generar seguridad jurídica al interior del derecho administrativo colombiano. Precisamente, en lo a referente a la responsabilidad extracontractual del Estado. De igual manera, el concepto de reparación adoptado en los estamentos de Derecho Administrativo Colombiano, no siempre coincide con los estándares delineados por el Sistema interamericano de protección de Derechos Humanos, lo cual repercute de manera negativa en el tratamiento dado a las víctimas de los “falsos positivos” que encuadran en la categoría de desapariciones forzadas, lo que hace necesario el estudio detallado de las decisiones propias de cada sistema y compararlas, para buscar un mejoramiento de los estándares nacionales de reparación. Para dar un aporte teórico importante, esta investigación partirá del análisis sistemático de la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas, y la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, y después inspeccionará los elementos fácticos y la reparación de los “falsos positivos”, determinando el grado de aplicación que se ha dado del sistema interamericano en los fallos proferidos por el Consejo de Estado.
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La gestión del riesgo de desastres ha cobrado importancia en los últimos años a causa de las devastadoras consecuencias de los distintos desastres naturales. Por eso, esta política pública se ha establecido en las administraciones públicas de los diferentes países; en Colombia se ha implementado a través de la Ley 1523 del 2012. Sin embargo, no se ha podido hacer una inclusión integral en todas las entidades territoriales. Entonces, la presente investigación pretende demostrar los factores presentes en el sistema de respuesta a emergencias, en dos importante departamentos del país, que influyen en la inclusión integral de la gestión del riesgo de desastres en la administración pública departamental.