8 resultados para Longues sentences

em Universidad del Rosario, Colombia


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El interés del presente estudio consiste en analizar el tema del sistema de administración de penas y castigos colombiano, entre 2000 y 2005; a la luz de los planteamientos de Michel Foucault, en su obra Vigilar y Castigar; en lo concerniente al encierro como castigo y los elementos que se pueden desprenden: saber, disciplina, resistencia. Mediante una conjunta contextualización histórica y conceptual; se va haciendo una caracterización del funcionamiento, estructura, misión, objetivo etc.; de la prisión que en términos generales es similar; es decir, aunque haya avances teóricos, tecnológicos y científicos, a través del tiempo emergerán saberes sometidos que se instauran muchas veces, como medio de sobrevivencia. Comprobando que efectivamente sí, se fundamentan saberes locales, en una sociedad de control tan reprimida como la Cárcel Modelo de Bogotá.

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Right to Audience and Right to a Lawful Judge are presumed to be two of the most important guaranties for the rule of law. Both liberties are established in the Spanish Constitution of 1978 as “fundamental rights”, and they are included as a part of a most generic right: the right to due process of law. Along this text, I will try to show its content and significance, according to the sentences of the Spanish “Tribunal Constitucional”, passed through more than 25 years.

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Las normas de terminación de oraciones son un recurso valioso para los investigadores interesados en el estudio de los efectos que tiene un contexto sobre los procesos de reconocimiento de palabras, y la comprensión del lenguaje en general. Este estudio presenta las normas de terminación para la palabra final de 278 oraciones en español para niños mexicanos, obtenidas a través del método de cloze, en una muestra de 420 estudiantes (226 niños y 194 niñas) de 9 a 12 años de edad del 4º al 6º grado de primarias públicas del Estado de México. La tarea de los niños consistió en leer cada una de las oraciones y completarlas con una palabra al cierre. Se calculó la probabilidad de cierre de cada palabra respondida para cada uno de los contextos, de acuerdo a las respuestas de los niños. Aunque el corpus incluyó oraciones con diferentes restricciones contextuales, la respuesta de los sujetos mostró un mayor número de oraciones con alta probabilidad de cierre. Este material puede ser utilizado en la investigación sobre la comprensión del lenguaje tanto auditivo como escrito en niños.

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El hecho de que, desde la Constitución de 1991, normas y sentencias tiendan en considerar que los ejecutivos locales (alcaldes, gobernadores) deben ser unos agentes regidores que practican el gobierno del territorio y la “descentralización controlada” más que unos actores gobernantes, defensores de la gobernancia de sus territorios, plantea la cuestión de saber por qué y cómo aquéllos pueden combinar este doble rol. La mayor parte de la respuesta se encuentra en el examen simultáneo de la lógica de regulación de las políticas pública (Muller, 1997 y 2002) y de las condiciones de su implementación en el territorio o “despliegue territorial” (Medellín, 2003).La territorialidad de una política pública se refiere, según Muller, a una situación en la cual la lógica dominante de una política pública es una lógica territorial u horizontal (regulación de un territorio geográfico en una dialéctica centro-periferia), mientras la sectorialidad se refiere a una situación en la cual la lógica dominante de una política pública es una lógica sectorial o vertical (regulación de la reproducción de un sector determinado verticalmente en una dialéctica global-sectorial). A cada lógica de regulación de las políticas públicas le corresponde una manera de gobernar un territorio: el gobierno del territorio para la sectorialidad y la gobernancia de los territorios para la territorialidad.Al contrario del caso francés en el cual la construcción del Estado marca el fin de una lógica de territorialidad (la “territorialidad tradicional”), el Estado colombiano es un Estado endémico, un Estado fragmentado confrontado a la lucha por el control territorial y el temor a la fractura de la unidad territorial (Navas, 2003). Su capacidad parcial por cubrir todo el territorio y actuar sobre él (su “territorialidad parcial” según Medellín) afecta su gobernabilidad y el despliegue territorial de las políticas públicas, sometido a negociaciones inciertas, cercanas a la temática de la gobernancia.Por ello, la gobernabilidad en Colombia sólo es posible mediante políticas públicas híbridas, hijas del “matrimonio indisoluble de la sectorialidad y de la territorialidad”, de la “secterritorialidad”, que combina en proporción variable lógica sectorial (o sectorialidad, que implica centralización) y lógica territorial (o territorialidad, que implica descentralización), gracias a un modo de gobierno híbrido, la “gobiernancia” del territorio, ésta es una “dosificación” compleja entre gobier-no y gobernancia. Es, entonces, posible determinar el grado de territorialidad y de sectorialidad de una política pública en un momento dado y clasificar las políticas públicas según su grado de territorialidad y de sectorialidad, es decir, según la importancia relativa de sus lógicas de regulación.Si el periodo que empieza al iniciar los años setenta, y que termina al iniciar los años ochenta es un periodo en el cual domina primordialmente la sectorialidad y se asegura la gobernabilidad recurriendo casi exclusivamente al gobierno del territorio a través del despliegue territorial separado de cada sector, el periodo que va de 1984 a la época actual, caracterizado por la “descentralización controlada”, señala un cambio parcial de lógica de regulación de las políticas públicas a través del recurrir parcial a la lógica de territorialidad como respuesta a alguna crisis de sectorialidad.Como bien lo muestra el análisis y la evaluación de las políticas públicas de vivienda de interés social, ordenamiento y desarrollo del territorio municipal, educación y acueducto y alcantarillado, la gobernabilidad en este secundo periodo está asegurada, entonces, sólo gracias a la gobiernancia en los territorios o combinación entre el gobierno del territorio y la gobernancia de los territorios, es decir, gracias a un modo de gobierno híbrido que les permite a los ejecutivos locales conciliar su inclinación por la gobernancia de sus territorios y sus obligaciones en cuanto al gobierno del territorio y ser, al mismo tiempo, actores gobernantes y agentes regidores.-----Since the 1991 Constitution, most rulings and sentences tend to consider that individuals in charge of the local executive power (mayors, governors) should be some sort of tuling aldermen responsible for their particular territories and their “controlled decentralization” instead of actual governing actors, advocates and defenders of the governance of their territories. This fact raises the questions of why and how they can possibly play this double role. The bulk of the answer to this question can be found by examining both the logic behind public policies (Muller) and the conditions in whixh these are implemented in each territory, or “territorial deployment” (Medellìn).According to Muller, the territoriality of a particular public policy refers to a situation whereby the prevailing logic is territorial or horizontal (regulation of a geographical territory follows a center-periphery scheme), whereas its sectoriality refers to a situation whereby the prevailing logic is sectorial or vertical (regulation of a sector’s reproduction is vertically determined by a global-sectorial scheme). For each regulation logic behind public policies there is a corresponding way of governing a particular territory: governing the territory for the sake of sectoriality, and governing it for the sake of territoriality.As opposed to the French case, whereby the construction of the State signals the purposes of a territorial logic (“traditional territoriality”), the Colombian State is na endemic one, a fragmented State struggling for territorial control and in fear of the fragmentation of territorial unity (Navas). Its limited capacity to cover the whole territory and to act on it (its “limited or partial territoriality”, according to Medellín) affects governability as well as the deployment of public policies, which is frequently subject to uncertain negotiations related to the problem of governance.That es why governability in Colombia is only possible through hybrid public policies, which are in turn the result of the “indissoluble marriage between sectoriality and territoriality”, the result of a sort of “secterritoriality” which combines in various proportions a sectorial logic (or sectoriallity, which implies centralization) and a territorial logic (or territoriallity, which implies decentralization), all due to a hybrid form of governmen, or “governance” of the territory, a complex and variable dosage of both government and governance. Keeping this in mind, it is possible to establish the degree of territoriality and sectoriality of a public policy at a particular time, and to classify public policies according to their degree of territoriality and/or sectoriality, that is, according to the relative importance of the logics behind their regulation.From the early 70s to the early 80s, sectoriality prevailed and governability was guaranteed almost exclusively through the separate territorial deployment of each sector, then, from 1984 to the present, “controlled decentralization” has shown partial changes in the regulation logic behind public policies by resorting, at least in part, to a logic of territoriality in response to some sort of sectorriality crisis.As can be clearly seen after analyzing and evaluatin public policies in matters such as statesubsidized housing, municipal land development and legislation, education, water and sewage services, governability during this second period can only be guaranteed by governance in the territories or by a combination of both, government in the territory and governance in the territories. In other words, governability is possible thanks to a type of hybrid government that allows those in charge of exercising local executive power to reconcile their bias towards the governance of their teritories and their duties vis-àvis the government of the territory, but capable of being, at the same time, governing actors and ruling agents, active modern-day aldermen.

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La tesis se centra en los artículos “On Denoting” y “On Referring” de Bertrand Russell y Peter Strawson respectivamente. Se afirma que Russell es consciente de la importancia del contexto y las circunstancias de enunciación de las oraciones.

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El presente trabajo realiza un análisis sobre los diferentes fundamentos que ante la falta de regulación legal, nuestra jurisprudencia ha invocado para atribuirle efectos retroactivos –ex tunc- o efectos a futuro –ex nunc- a las sentencias de nulidad de los actos administrativos, los cuales van desde la asimilación de éste con el acto jurídico civil, hasta la pretendida identidad del acto administrativo general con la ley, todo enmarcado dentro de lo que se ha entendido por situaciones jurídicas consolidadas. Este estudio demuestra que la retroactividad o no retroactividad, no es una condición necesaria o automática de las sentencias de nulidad de los actos administrativos, porque tal idea anula reflexiones importantes que tienen que ver con la ponderación de principios básicos como la garantía de eficacia de los derechos fundamentales, la seguridad jurídica, la justicia material, la confianza legítima y la igualdad. Se impone así entender que los efectos temporales de las sentencias no se derivan de alguna formalidad del proceso, ni de la naturaleza del acto administrativo, ni del tipo de sentencia; estos son más bien una de las herramientas para que el juez a través de la modulación en cada caso, pueda darle eficacia a su sentencia y cumplir con las obligaciones que le impone la Constitución y la ley, que no son otras que garantizar la protección de derechos fundamentales y preservar el orden jurídico.

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El trabajo de investigación es un estudio de caso que pretende analizar la forma en que factores del contexto institucional y la capacidad de influencia de ciertos actores se reflejan en la discusión y aprobación de la Ley 975 de 2005. Factores del contexto institucional y la capacidad de influencia sobre las posiciones asumidas por los actores políticos y sociales en las diferentes etapas del proceso legislativo y sobre las decisiones que se tomaron para la aprobación de la Ley, en torno a dos elementos fundamentales de ésta que son el delito político y la rebaja de penas. Para ello, se tiene en cuenta el enfoque neo-institucional y el concepto de agencia.