119 resultados para Contratos públicos – Francia
em Universidad del Rosario, Colombia
Resumo:
El arbitraje en Francia y en Colombia parte de una misma lógica: la autonomía de la voluntad y la libre disposición de los derechos como criterios indispensables para la arbitrariedad de los litigios. A pesar de esto, la prohibición del arbitraje a las personas de derecho público francés es el resultado de una especificidad típicamente francesa: la separación de los órdenes de jurisdicción. En Francia no existen sino dos jurisdicciones, la judicial (Jurisdicción ordinaria) y la administrativa. La autonomía de esta última fue el fruto de una lenta evolución ganada gracias al trabajo del Consejo de Estado francés. En consecuencia, la prohibición orgánica del arbitraje fue arduamente defendida por éste en múltiples ocasiones. Sin embargo, en la actualidad, su posición ha dado un importante giro que se manifiesta claramente en el informe que se traduce en el presente texto.
Resumo:
Se presenta un modelo de contratos públicos de infraestructura, en los cuales el Estado realiza el pago de un anticipo al contratista y este a su vez tiene la posibilidad de no ejecutar la obra que le fue encargada.
Resumo:
ante la existencia de un marco legal y reglamentario precario, se han identificado algunos problemas en el desarrollo de la función de supervisión e interventoría desde la óptica meramente contractual aplicada en los organismos que hacen parte de las ramas legislativa y judicial. en tal sentido resulta pertinente realizar un análisis comparativo de los instrumentos adoptados al interior de cada entidad, en consecuencia el problema de la presente investigación se plantea a partir del siguiente cuestionamiento: ¿las formas de autorregulación implementadas por los órganos de las ramas legislativa y judicial para el control de la actividad de contratación en defecto de una regulación legal y reglamentaria al respecto les permiten disponer de un marco jurídico apropiado para el ejercicio adecuado de la supervisión?.
Resumo:
Esta tesis se ocupa de analizar la eficacia de la cláusula de solución de controversias contractuales dispuesta en la contratación estatal que es financiada con recursos del Banco Mundial –regla de excepción a la aplicación del Estatuto General de Contratación Pública– pues en las normas de contratación de dicho organismo, se ha previsto que ante un conflicto contractual corresponde a un conciliador (versión 2008 de las normas Banco Mundial) o a un mediador (versión 2013) “tomar una decisión” para resolver la controversia con fuerza vinculante para las partes. La reflexión aborda el papel del “conciliador” o “mediador” según las facultades que le atribuyen las normas del Banco Mundial y su distinción respecto al concepto legal que prevé el ordenamiento nacional, donde el conciliador o mediador no toman decisiones y en consecuencia no es clara la forma de acudir a estas figuras. El reto nos lleva a considerar dos alternativas de aplicación de la cláusula para hacerla eficaz: el primero, considerar a la mediación como una figura autónoma regulada en el contrato por autorización de nuestro Estatuto de Contratación Estatal y de los Convenios suscritos con organismos internacionales, a partir de la cual se reconozca la producción de los efectos indicados por el Banco Mundial en cabeza del mediador; en segundo lugar y para desatar el efecto útil de la cláusula, considerar a la mediación como figura análoga a la amigable composición, y tramitar la solución de controversias bajo esta figura.
Resumo:
En Colombia, mediante la Ley 1508 de 2102, se estableció el régimen jurídico de las Asociaciones Público Privadas (APP) y con la aprobación de la Ley 1682 de 2013, se regularon los proyectos de infraestructura de transporte. Con la presente tesis se pretende demostrar la figura del Diálogo Competitivo como procedimiento incompleto e insuficiente, apropiado así por nuestro régimen jurídico en la Ley de APP, visto desde la perspectiva de la Unión Europea, especialmente de los modelos español, inglés y francés, porque carece de la mayoría de sus elementos característicos. Posteriormente se realiza una crítica al Diálogo Competitivo colombiano desde la perspectiva de la Unión Europea, ya que se evidencia en la figura interna su precariedad frente a un procedimiento debidamente definido y organizado como el de la Unión Europea. Entre las instituciones jurídicas adoptadas por la Ley de APP, se encuentra el Diálogo Competitivo, que es un procedimiento, verificado en la etapa de estructuración de los contratos APP de iniciativa pública, cuyos antecedentes registran el mayor reconocimiento internacional en la Unión Europea (UE). Ésta introdujo esa figura a su régimen jurídico, a través de la Directiva 2004/18/CE, a su vez derogada por la Directiva 2014/24/UCE. La tesis culmina con una serie de conclusiones y recomendaciones que se estiman útiles para repensar y reestructurar el Diálogo Competitivo en los proyectos de infraestructura vial en Colombia, tarea que le corresponde al Congreso Nacional, pues así lo ha dispuesta la jurisprudencia del Consejo de Estado.
Resumo:
En el presente proyecto se realizaron cuatro capítulos que corresponden a unos objetivos específicos; en el primer capítulo, se abordó un estudio analítico del origen, definición, características y naturaleza de las multas contractuales y de las cláusulas penales en el derecho privado, el objetivo fijado era establecer un marco teórico que fundamente los capítulos siguientes. Posteriormente, en el segundo capítulo, se realizó una identificación y evaluación del tratamiento que la legislación ha dado a las multas contractuales y cláusulas penales. En el tercer capítulo, se analizó un caso práctico donde se evidencia la dificultad en la aplicación de estas figuras por la Administración Pública, resaltada por la escasa e imprecisa legislación al respecto. Finalmente, en el último capítulo, se enumeraron y desarrollaron la problemática e interrogantes detectados a lo largo del proyecto, con la idea de establecer soluciones a los vacíos o incongruencias encontradas.
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Investigación diagnóstica con propuesta de solución orientada a analizar tres problemas centrales del proceso de adjudicación de la troncal calle 26 de la Fase III de Transmilenio y a proponer una serie de recomendaciones para optimizar el Estatuto Contractual y la apropiación normativa por parte de los funcionarios y ciudadanos.
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En nuestro país existen múltiples entidades y materias que no aplican la Ley 80 de 1993. Así, el desarrollo de su actividad contractual escapa al ámbito normativo que establece el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública, configurándose de esta manera los denominados regímenes excepcionales. Sin embargo, teniendo en cuenta que son entidades que administran recursos públicos y en virtud del deber de observancia de los principios que orientan la función administrativa establecido por el ordenamiento jurídico, el Derecho Público que pareciere inicialmente no exigible a estos regímenes termina siendo aplicado, llegando a convivir e interactuar entonces con el Derecho Privado preponderantemente aplicable en este tipo de entidades. Dentro de estas, precisamente, se encuentran las denominadas Empresas Sociales del Estado - ESES -, las cuales por disposición expresa del legislador en materia contractual se rigen por el Derecho Privado, pero otorgándoles además la facultad de utilizar las cláusulas exorbitantes previstas en el Estatuto Contractual. Este escenario particularmente confuso, donde impera la incertidumbre sobre el alcance de la aplicación del Derecho Público y/o del Derecho Privado, constituye el problema jurídico que se aborda en el presente trabajo, el cual se desarrolla a partir del estudio del régimen contractual de las ESES, señalando sus rasgos más importantes y brindando una serie de criterios para la determinación de aspectos puntuales como: la aplicación de los principios, el régimen de inhabilidades e incompatibilidades aplicable, la utilización de las cláusulas y potestades exorbitantes, las modalidades de selección del contratista, entre otros.
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El presente trabajo de investigación, parte de un análisis histórico general del contrato de concesión en Colombia, así como de las diferentes figuras y cambios que el mismo ha tenido a lo largo de los años, con el fin de acercar al lector de una manera más clara a las disposiciones previstas en nuestro ordenamiento jurídico, que regulan los temas del contrato de concesión, equilibrio económico del contrato y distribución de riesgos previsibles en materia de contratación pública. El autor realiza una análisis normativo de todas y cada de las disposiciones jurídicas relevantes, así como el entendimiento que sobre dichas disposiciones y los conceptos de riesgo previsible y equilibrio económico del contrato, ha existido en la doctrina, jueces y árbitros, en los últimos años; conceptos que contrapone con las políticas públicas que en materia de contratación estatal, ha fijado el Estado y los cuales evidencian, diferentes posiciones y entendimientos, de lo que es, del deber ser y del entendimiento de las normas pertinentes en materia de distribución de riesgos. Finalmente, presenta un análisis propositivo frente a la definición de riesgo previsible, su posible tipificación, estimación y cuantificación, lineamientos que se deben respetar en una adecuada distribución de riesgos, los errores que generalmente se han cometido en algunos procesos licitatorios de gran envergadura, y las consecuencias jurídicas que en vía judicial o arbitral puede implicar una indebida o ilegal distribución de riesgos previsibles en el contrato estatal.
Resumo:
Conforme nuestra Constitución Política, más exactamente en su artículo 116 , se desprende que por regla general, la función de Administrar Justicia se encuentra confiada a la Corte Constitucional, la Corte Suprema de Justicia, el Consejo de Estado, el Consejo Superior de la Judicatura, la Fiscalía General de la Nación, los Tribunales, los Jueces y la justicia penal militar. El Congreso también ejerce determinadas funciones judiciales.
Resumo:
El trabajo pretende constituir un aporte más, a la discusión sobre el concepto de servicio público y su papel dentro de la contratación estatal. De esta manera, no solo se hará mención a la jurisprudencia y las normas más importantes, sino que se trascribirán para que el lector pueda analizarlas y tener una posición jurídica propia.
Resumo:
Estatuto contractual de nuestro país, enmarcada en una filosofía de desmonopolización de las actividades estatales y competencia productiva nacional e internacional, adoptó mecanismos antiburocráticos reduciendo al mínimo la tramitología
Resumo:
La corrupción sigue siendo uno de los principales problemas del Estado de Derecho en el siglo XXI. Su incidencia reduce la eficacia de la inversión, aumenta el valor de los bienes y servicios, reduce la competitividad de las empresas, vulnera la confianza de los ciudadanos en el ordenamiento jurídico y sobre todo condena a la miseria a quienes deben ser destinatarios de las políticas públicas.Sin embrago, la lucha que han realizado muchos gobiernos y funcionarios judiciales contra este fenómeno ha modificado sus formas de aparición, pues es cada vez menos frecuente la apropiación directa de los caudales públicos o la entrega de sobornos a los funcionarios, prefiriéndose métodos mucho más sutiles como los sobrecostos, la subcontratación masiva o la constitución de complicadas sociedades, en las cuales tienen participación los funcionarios públicos o sus familias.Este libro constituye un esfuerzo por el estudio jurídico y criminológico de la corrupción y los delitos contra la administración pública en Europa y Latinoamérica y reúne la selección de los temas penales más relevantes de la tesis doctoral del profesor Carlos Guillermo Castro Cuenca, denominada Aproximación a la Corrupción en la contratación pública y defendida en la universidad de Salamanca en febrero de 2008, con lo cual obtuvo la calificación de sobresaliente por unanimidad.
Resumo:
Por medio de esta obra se pretende exponer una teoría general de la contratación pública enfocada a la elaboración de los principios generales que la desarrollan. Para ello, se realiza un estudio multidisciplinario desde la óptica del derecho administrativo, el derecho constitucional y el derecho internacional para lograr una visión más amplia sobre las temáticas abordadas. En el primer capítulo se establece la relación entre la contratación pública y la administración pública, exponiéndose la influencia de la primera en la formación paulatina de un concepto materia de la administración pública. El segundo capítulo, tiene por objeto la determinación del concepto de la contratación pública y su evolución, lo cual será el punto de partida para la construcción de la obra. El tercer capítulo examina los principios de la función pública y los principios de la contratación pública; en este capítulo se hace un especial énfasis en un estudio jurisprudencial del alcance de cada uno de los principios y sus consecuencias jurídicas concretas.
Resumo:
El Principio de Transparencia aplicado a los procesos de selección en la contratación estatal colombiana a través del SECOP es un rito confesional, es decir, debe estar presente tanto y desde la licitación pública como y hasta en la contratación directa, pues ese ‘derecho de acceso de los ciudadanos a la información pública y la transparencia de la actuación política y administrativa que a través de él se asegura son considerados hoy con toda razón (…) elementos esenciales para la formación de una opinión pública libre y garantías imprescindibles para el buen funcionamiento de las instituciones y para el ejercicio de los derechos fundamentales sobre los que descansa todo sistema democrático’