78 resultados para ACCIONES POPULARES

em Universidad del Rosario, Colombia


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La Universidad del Rosario e Iniciativa Gestión para los intereses ambientales y Públicos – iniciativa GESAP, colocan a disposición del publico la reimpresión del libro Las acciones populares en el derecho privado colombiano de German Sarmiento Palacio, abogado egresado de la Facultad de Jurisprudencia de esta Universidad. El doctor Sarmiento Palacio fue uno de los precursores del uso de las acciones populares en Colombia así como del debate alrededor de los derechos e intereses colectivos. En el décimo aniversario de su fallecimiento se quiere rendir un homenaje con la presente publicación. Este libro constituye un documento de gran valor académico para la evaluación de las acciones populares en Colombia y para el análisis de los intereses colectivos. El estudio histórico y comparado que rescata las raíces del medio de defensa en el derecho romano y contrasta las legislaciones de otros países sobre la institución judicial de protección y defensa de los derechos lectivos, así como el análisis de los apartes pertinentes del código civil, fue en su momento un precedente que alentó el usos de las acciones populares en Colombia. Ese carácter histórico y comparado del texto tiene plena vigencia en el país. Iniciativa GESAP nace de un grupo interdisciplinario convencido de la importancia de una organización que se dedique a la protección de los derechos e interés colectivos, así como de los derechos fundamentales en Colombia. Esta institución busca contribuir, desde un escenario amplio de discusión y reconociendo los aportes previos realizados en el tema, al desarrollo del derecho de interés publico. Iniciativa GESAP se inspira en la obra y vida de German Sarmiento Palacio y rescata y exalta su memoria como defensor de los derechos e intereses colectivos

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El presente trabajo investigativo desarrolla el tema de las acciones populares, con relación al derecho colectivo a la moral, evidenciando su importancia como respuesta adecuada ante la inmoralidad, especialmente en el caso de la contratación pública en Colombia.

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En esta tesis se investigó lo relativo al cumplimiento de los fallos dictados en primera instancia por los tribunales administrativos y en segunda instancia por el Consejo de Estado de las acciones populares en materia de aguas, desde el año 1998 hasta el año 2007 aproximadamente de acuerdo con la disponibilidad de los expedientes que reposan en la entidad encargada legalmente de llevar el registro de dichas acciones. Dentro de la investigación se encontró que del porcentaje total de las acciones presentadas, únicamente el 22% es favorable en las dos instancias para los actores y de ese porcentaje se desprendieron los demás ítems analizados, tales como: seguimiento, forma de cumplimiento, tiempo de cumplimiento entre otros. Así mismo se estudiaron los aspectos relevantes del derecho humano al agua y su incidencia en las políticas públicas actuales. Finalmente se presentan unas conclusiones enfocadas al cumplimiento de las acciones populares en materia de aguas y al seguimiento que deben hacer los actores de las mismas, con el fin de que se retome el carácter esencial de éstas y no sean acciones netamente pecuniarias.

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En una actualidad jurídica trasegada por la revolución de los derechos a partir de la expedición de la Constitución Política de 1991, donde se habla constantemente de un nuevo y de un viejo derecho, que finca sus raíces en un papel protagónico del juez, la justicia y en la garantía y protección de los derechos, pareciera que conceptos clásicos como caducidad y seguridad jurídica cedan terreno ante el acceso de los ciudadanos a la Administración de Justicia.

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El trabajo realizado tiene como objetivo revisar la problemática planteada en la jurisdicción contencioso administrativa, a través de un estudio concentrado de aspectos procesales esenciales en la estructura de la acción popular como (i) el incentivo (en este caso, se evaluará el impacto de su eliminación), (ii) la efectividad de la audiencia de pacto, (iii) las medidas cautelares como quiera que fueron objeto de modificación en la Ley 1437 de 2011 y por último, (iv) el estudio del mecanismo de revisión eventual incorporado en el año 2009 como mecanismo de unificación.

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Las medidas cautelares tienen su fundamento en el principio de precaución, implica la adopción de medidas preventivas y restauradoras para precaver los impactos negativos de las actividades humanas sobre la salud de las personas y los ecosistemas

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Las acciones populares son un mecanismo de defensa de los derechos colectivos que a ha existido desde tiempos inmemoriales en nuestra legislación positiva, sin embargo, hasta hace pocos años se inició su desarrollo efectivo.

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Las Acciones Populares no son de creación reciente pues disposiciones tan antiguas como el Código Civil Colombiano la consagraron en el artículo 1005 y 2359, pero esta acción fue inutilizada y solamente se aplicó en casos excepcionales

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Este libro presenta un balance del primer decenio de la ley de acciones populares y de grupo en Colombia, elaborado por el Grupo de Investigación en Derechos Humanos de la Universidad del Rosario, con el apoyo de la Defensoría del Pueblo y la Corporación Excelencia en la Justicia. El Diagnóstico realizado con una metodología cuantitativa y cualitativa, presenta aspectos significativos de la aplicación de la Ley 472 de 1998 a fin de formular propuestas, elevar los niveles de protección de los derechos colectivos, perfeccionar y fortalecer estas acciones constitucionales de interés público y plantear una agenda futura de investigaciones en la materia. El texto contiene artículos y ponencias presentados por reconocidos conferencistas nacionales e internacionales que participaron en el Seminario Internacional Las acciones populares y de grupo. Balance de los diez años de la Ley 472 de 1998. Diagnósticos, retos y perspectivas realizado los días 16, 27 y 28 de agosto de 2008. Las ponencias fueron organizadas en páneles: balance del constituyente, del legislador, de los operadores judiciales, del ministerio público y finalmente, avances en la garantía de los derechos colectivos y retos de las acciones de grupo.

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La Constitución Política de Colombia de 1991 consagró por vez primera las acciones populares de tutela y cumplimiento como mecanismos de control judicial de la actividad administrativa del Estado.

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las acciones de grupo, consideradas estas como un mecanismo judicial para la protección de Derechos Subjetivos. Con la expedición de la ley 472 de 1998, que desarrolla el artículo 88 de la Constitución Política

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Cartilla realizada por el Comité Pedagógico – COPE del Grupo de Acciones Públicas – GAP de la Facultad de Jurisprudencia de la Universidad del Rosario, que tiene como finalidad propiciar, incentivar y fortalecer el estudio de las diferentes acciones constitucionales, a través de una publicación sintética y sencilla que pueda ser utilizada y apropiada por parte de diferentes comunidades de la sociedad colombiana.

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Una de las etapas procesales de mayor importancia en las nuevas acciones populares corresponde a la denominada audiencia especial para pacto de cumplimiento. En apariencia se trata de una audiencia similar a la de conciliación, pero sus antecedentes, interpretación jurisprudencial práctica y judicial, muestran novedosos aspectos que vale la pena conocer e investigar. La audiencia especial para pacto de cumplimiento es, ante todo, la oportunidad para analizar los acuerdos que permitan la protección efectiva de los derechos colectivos y, si es posible, el restablecimiento de las cosas al estado en que se encontraban antes de ser perturbadas. La ventaja de esta audiencia es que en ella se pueden obtener soluciones reales, discutidas entre los intervinientes, con el compromiso respaldado por sus firmas de levar a cabo las medidas convenidas y con el seguimiento de un comité o de una auditor para apoyar al juez en la búsqueda del cumplimiento de los acuerdos plasmados en la sentencia.

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En esta publicación se hace una presentación general de las acciones de grupo, con el objetivo de darle al lector herramientas para comprender cuál es la finalidad de este procedimiento y cuál es la razón por la que fue insertado en nuestro ordenamiento procesal como una herramienta especifica para obtener la reparación de los perjuicios masivos de entidad moderada, los cuales no tenían un medio idóneo para su efectiva reclamación. Debido a lo anterior, se realiza un análisis de las dificultades surgidas a partir de este procedimiento, con ocasión de la aplicación de la Ley 472 de 1998 por parte de la jurisprudencia, derivadas particularmente de haber confundido esta acción con la simple acumulación de pretensiones de más de veinte victimas. Dicho análisis se presenta enmarcado en la perspectiva desde la cual, dentro del estricto contexto legal, estas acciones deberían desarrollarse. En una segunda parte, de carácter más práctico, la obra trata los aspectos procesales propios de la acción de grupo que han generado discusiones o dificultades en su aplicación por la jurisprudencia. El libro permite a estudiantes, abogados y jueces adentrarse en este nuevo procedimiento y advertir las dificultades que encontrarán en su desarrollo.

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La educación está definida por la Constitución Política como derecho y como servicio público con función social. A su vez, para lograr este cometido se la ha definido como política pública, es decir, de máximo interés para el Estado. No obstante, lo plasmado en norma y programas no corresponde con la realidad. Aún hay actuaciones de la administración que vulneran el derecho a la educación por deficiencias en la prestación del servicio público educativo. De ahí el interés legítimo que tiene la colectividad para exigir de la administración, mediante las acciones populares, que se garantice la prestación del servicio público de la educación en las mejores condiciones posibles. La educación como servicio público es un derecho colectivo, y la comunidad puede exigir que se garantice su prestación adecuadamente, pues en la medida en que haya más personas bien educadas, ello redunda en beneficio de la sociedad y del Estado.