166 resultados para DERECHO AL DEBIDO PROCESO
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La escoliosis es una desviación lateral de la columna vertebral desde la línea media, caracterizada por una curvatura lateral y por una rotación vertebral. Generalmente, es de carácter idiopático y se presenta, principalmente, en niñas adolescentes. Existen múltiples técnicas de tratamiento conservador para la escoliosis, entre las cuales se encuentran la terapia manual, que complementa el tratamiento para dicha patología. Esta terapia utiliza menos medios físicos, más manipulación de tejidos blandos y óseos, y logra así una recuperación más eficaz, con una mejor calidad de vida. El objetivo de este estudio de caso es comparar y describir los cambios en las condiciones de una paciente de 18 años, con escoliosis idiopática juvenil en columna toracolumbar izquierda, al aplicar un tratamiento de terapia manual. Se realizaron procedimientos de valoración integral mediante terapia manual, ortopedia, postura computarizada, análisis del puesto de trabajo, tratamiento con medios físicos y movilización de las articulaciones torácicas y lumbares, en los segmentos vertebrales que presentaban disminución del deslizamiento inferior de las carillas inferiores de la vértebra superior, sobre las carillas superiores de la vértebra inferior (segmentos T5-T6, T6-T7, T7-T8, T8-T9);técnicas de energía muscular, ejercicios de reeducación postural global, estabilización cervical y lumbar, ejercicios de fortalecimiento para musculatura débil del hemicuerpo izquierdo y de estiramiento, con el fin de elongar la musculatura retraída del hemicuerpo derecho. Al iniciar el tratamiento, se verificó, mediante una radiografía, que el ángulo de Cobb era de 24º; después de las sesiones de terapia manual se logró reducir a 18º, lo que generó una disminución significativa de 6º. Se verificó la efectividad del tratamiento por la disminución del dolor, el aumento de la fuerza muscular, la realineación postural, la satisfacción del paciente y la recuperación significativa comprobada por los estudios radiológicos.
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The aim of this work is to recover Henri Lefèbvre's methodological contributions for (re)thinking the right to the city, based on the need to know the appropriation of space´s dialectical triad. Empirically, it refers to the urban genesis of Mar del Plata (Argentina), an intermediate Latin American city, and its heterogeneous socio-territorial forms of appropriating inhabitance, or different forms of appropriating goods of use, that lead to think about opening to the transformation of the capitalist social order, and of its urban order, naturalized after the fetischism of private property.
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El concepto de legalización fue desarrollado recientemente por el neoliberalismo institucional como una forma especial de institucionalización de las relaciones internacionales. Los autores neoliberales caracterizan la legalización a partir de las categorías utilizadas por H. L. A. Hart para distinguir el derecho de otros mecanismos de control social, como el poder y la moral. En Hart, estas categorías responden a una finalidad normativa: reconstruir teóricamente el derecho como un sistema independiente de la voluntad y de las convicciones de quienes lo interpretan y aplican. Sin embargo, esta separación entre lenguaje y práctica jurídica desconoce importantes contribuciones de la tradición analítica en filosofía del lenguaje, en cuanto a la relación entre lenguaje y realidad. En particular, termina reduciendo el derecho a simples formas y textos vacíos, y con ello desconoce que a través de las prácticas jurídicas se va dando significado a los textos normativos.Adoptar esta visión del derecho al estudio de las relaciones internacionales tiene, al menos, una consecuencia metodológica: el simple análisis formal del texto de los tratados no permite comprender el efecto del derecho internacional en el comportamiento de los Estados. Para entender las relaciones entre el derecho internacional y el comportamiento estatal es necesario describir la manera como se construye el significado de los textos a través de la práctica jurídica de los Estados. En tal sentido, resultaría útil redefinir la agenda de investigación neoliberal en relación con la legalización y enfocarse en la forma como los Estados y los tribunales internacionales construyen el significado de los tratados y demás normas internacionales.-----The concept of legalization was recently developed by neoliberal institutionalism as a special kind of institutionalization of international politics. Neoliberals built the concept of legalization using the analytical tools developed by H. L. A. Hart to distinguish law from other mechanisms of social control, like power and morals. Within Hart’s theory, such tools have a normative function: theoretically rebuilding law as a system of rules that is independent from the will and the beliefs of those who interpret and apply legal rules. However, Hart’s resulting separation of legal texts from legal practice obscures important contributions that the analytical tradition in philosophy of language has made to the understanding of the relation between language and reality. Specifically, such a separation reduces law to simple forms and texts disregarding the extent to which legal practice gives meaning to legal texts.Adapting Hart’s conception of law to International Relations has at least one important methodological consequence: the formal analysis of treaties cannot explain the influence of international law over state behavior. To understand the influence of international law on state behavior, one must previously describe the relation between legal practice and the meaning of legal texts. Thus, a redefinition of neoliberal research agenda on legalization should focus on the way States and international courts construct the meaning of treaties and other international norms.
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Este artículo analiza las aportaciones de las teorías feministas a la reformulación de los paradigmas de la teoría política actual. Se retoman dos ejes temáticos: el problema del reconocimiento de la diferencia y la redefinición de la dicotomía público-privado, ambos introducidos en el debate político moderno por el feminismo. En el caso de la diferencia, se analiza específicamente el problema de la representación y su legitimidad. La dicotomía privado-público se aborda desde el enfoque de la ética del cuidado y sus paralelismos con los principios de la economía social. La conclusión afirma que el feminismo es, en esencia, una reflexión sobre la condición del ser humano, concreto en su sexualidad, pero universal en su derecho al reconocimiento.-----This article analyzes the contributions of the feminist theories to the reformulation of the current political theory paradigms. Two topical axes are reexamined: the issue of the recognition of differences and the redefinition of the public-private dichotomy, both introduced into the modern political discussion by the feminism. In the case of the difference, representation and its legitimacy issue are analyzed in particular. The private-public dichotomy is approached from the ethics of care viewpoint and its parallelisms with the principles of social economy. It concludes that feminism is, in essence, a meditation on the human being condition, concrete on his or her sexuality, but universal on his or her right to recognition.
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En el mes de agosto de 1999 el Congreso de Colombia expidió la ley 510, por la cual aumentó los capitales mínimos que deben acreditar los Establecimientos de Crédito que pretendan ingresar o funcionar en el mercado, disponiendo que aquellos que no
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las acciones de grupo, consideradas estas como un mecanismo judicial para la protección de Derechos Subjetivos. Con la expedición de la ley 472 de 1998, que desarrolla el artículo 88 de la Constitución Política
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Este análisis permitirá verificar si el estado colombiano, a nivel central, ha dado cumplimiento a las obligaciones que le impone el PIDESC en materia de satisfacción de la faceta prestacional de los derechos de los desplazados, así como aportar elementos de juicios para el control fiscal
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El interés de esta investigación se centra en analizar el rol protagónico que han adquirido las acciones constitucionales en la participación política de la comunidad LGTBI, encaminada a la aprobación del matrimonio igualitario en Colombia, a partir de la promulgación de la Constitución Política de 1991. Para este propósito, el estudio presenta un diagnóstico sobre las falencias y limitaciones que ha presentado la representación política y de los mecanismos de participación ciudadana para solventar las reivindicaciones de las parejas del mismo sexo. En consecuencia, la investigación evidencia de qué manera la sub-representación de los intereses de esta comunidad en el Congreso de la República y la sub-utilización de los mecanismos de participación política causadas por las deficiencias en su diseño e implementación, impulsaron a la población LGTBI y los defensores de sus derechos a canalizar su participación política a través de la presentación de acciones constitucionales.
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El interés de esta monografía es analizar el papel que han jugado las organizaciones de izquierda en las recientes movilizaciones agrarias. Para esto, se evaluará la relación entre el Polo Democrático Alternativo y el paro de los corteros de caña del 2008 y las movilizaciones lecheras en contra de los decretos que prohibían la comercialización de leche en cantina. El trabajo aborda un estudio histórico desde mitad del siglo XX que pretende evidenciar la relación gremio-gobierno y su, posterior, decaimiento; a su vez, la táctica que han empleado las organizaciones de izquierda para permear mayores sectores agrarios y, en especial, el mecanismo adoptado en la última década por el Polo Democrático Alternativo.
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¿Una cosa que no cumple o cumple imperfectamente con su función es la cosa prometida en el contrato o es una cosa distinta ¿La función que debe cumplir una cosa hace parte de su definición contractualDe estas preguntas que, a primera vista, pueden parecer eminentemente teóricas se desprenden consecuencias prácticas de gran importancia: ¿Puede el comprador servirse de la acción por incumplimiento de la obligación de entrega o, más bien, debe reclamar por vicios ocultos o, incluso, solicitar la nulidad por error en las calidades sustanciales de la cosa ¿Y qué decir de la posibilidad de recurrir a las garantías especiales (como la garantía por buen funcionamiento) ¿O a las acciones propias del derecho al consumoSi se tiene en cuenta que estas diferentes vías le ofrecen al demandante plazos de prescripción diversos que en Colombia van desde seis meses hasta diez años y dan lugar a pretensiones distintas, todo abogado litigante para no mencionar a los académicos- se verá en la inminente necesidad de preguntarse sobre las definiciones funcionales de las cosas contractuales y sobre la delimitación del campo de aplicación de las distintas acciones del comprador insatisfecho. Éste es precisamente el objetivo que persigue y, sin duda, alcanza el autor en su libro.
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El principal objeto de este contexto consisite en sistematicar el fragmentario, disperso, parco e incompleto material legal (LSA, Cde C, LMV, LCCH, y normativa de rango inferior) que ofrece el ordenamiento en materia de documentación y transmisión de acciones. Un material que conduce a la ambigüedad, la duda y, en no pocas ocaciones, a la discrepancia y contradicción, amén de errores de una mala traducción cuando se toman sin más figuras e institutos que pasan por ser análogas en otro ordenamiento y cuya esencia es distina.Así mismo, este libro pretende arrojar luz sobre la importancia que ha tenido la teoría de valor, para el derecho mercantil, genuina aportación donde los hubiere al derecho privado, la teoría del título valor a través del fenómeno de la representación de la acción, la incorporación del derecho al título, la tipología del título que no de la acción, pues la acción es lo que es como derecho, como valor y como alícuota, y es el título el que es nominativo, al portador o la orden, lo que ha supuesto la desincorporación o desdanar un camino que no es tal pues irrumpe el derecho valor, etc.; estos elementos constituyen un apasionante reto que lleva a hallar y bucear en la médula misma del derecho de sociedades y de los título valor.
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Con la Declaración del Milenio en la cual los Estados miembros de la ONU se comprometieron a trabajar por el cumplimiento de Los Objetivos de Desarrollo del Milenio, los Objetivos se convierten en la principal agenda del desarrollo en la cual la superación dela pobreza en todas sus dimensiones es el centro de la agenda. En este sentido, tanto el gobierno Colombiano como el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo han construido planes de acción con compromisos y responsabilidades de las partes cooperantes para la consecución de las metas establecidas para el primer ODM. Es así que el propósito de la presente investigación es responder la siguiente pregunta: ¿Qué factores inciden en los resultados de la cooperación entre una organización internacional y un Estado? a través del estudio de caso de la cooperación internacional entre el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) y el Estado colombiano en la consecución del primer Objetivo del Milenio: eliminar la pobreza extrema y el hambre. La hipótesis de la investigación inicial era que los resultados obtenidos de la cooperación entre el PNUD y el Estado colombiano en cuanto a la consecución del primer Objetivo del Milenio respondían principalmente a los siguientes factores: a) la apropiación de los Objetivos por parte del Estado colombiano; b) los programas que desarrolla el PNUD dentro del territorio colombiano y c) la descoordinación de políticas entre las entidades territoriales de Colombia y el Estado. Sin embargo, al concluir la investigación se determinó que la descoordinación de políticas entre las entidades no es un factor principal. Por el contrario la condición de desigualdad en Colombia si se presenta como el tercer factor que incidió en los resultados.
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"La coyuntura actual de Colombia con ocasión de las conversaciones de paz que desde hace casi tres años se realizan en La Habana entre el Gobierno y la guerrilla de las farc, y la eventual entrada a un periodo de posconflicto, sumado a las tendencias internacionales en materia de protección de los derechos humanos, nos invitan como Academia a dirigir nuestra mirada sobre las discusiones contemporáneas alrededor de los derechos humanos en el marco de la globalización, evaluando los aportes que los Estados, los organismos internacionales y los expertos realizan constantemente en diversos temas, incluso antes impensables para la ciencia jurídica, pero que hoy ocupan lugares prioritarios en la agenda de los gobiernos y las organizaciones que propenden por la defensa de los derechos humanos."--presentación.
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Este trabajo de grado busca estudiar el papel del Comité Internacional de la Cruz Roja CICR en la ejecución de labores humanitarias referentes a su papel como intermediario neutral en los procesos de liberación de personas en poder de las FARC entre el 2008 y el 2010 en Colombia, teniendo en cuenta las regulaciones de DIH por las que se rige el CICR y sus implicaciones en el conflicto armado interno.
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Esta tesis producto del trabajo de investigación se planteo sobre las bases de un derecho administrativo interno creado para resolver los problemas suscitados al interior del Estado en consonancia con los postulados constitucionales, teniendo en cuenta el artículo 4° en que se establece la supremacía de la Constitución y los artículo 9°, 93, 94 y 224 al 227 que ordenan el desarrollo del derecho de integración en el marco de los países Latinoamericanos y del Caribe, por lo que surge la imperiosa necesidad de armonizar el derecho de la integración con el ordenamiento jurídico nacional y en especial con el derecho administrativo quien deberá recepcionar el mencionado ordenamiento supraestatal, alterando las tradicionales concepciones de las fuentes de este derecho interno. Por lo tanto, desde la perspectiva del derecho administrativo comprendido como un derecho legislado que regula las relaciones entre el Estado y los particulares en el que prevalece el “principio de legalidad” de los actos administrativos, se puede intuir que constituye un problema jurídico los impactos derivados de los tratados de integración, donde nos preguntamos sí las categorías de fuentes actuales del derecho administrativo son las adecuadas para abordar la recepción de estas disposiciones Por lo que al explorara las incidencias en el derecho administrativo con ocasión de la recepción del derecho de integración con particular énfasis en la Comunidad Andina, identificamos que uno de los rasgos más distintivos del ordenamiento jurídico andino, como el de otros esquemas de integración, proviene del discutido concepto de supranacionalidad. Dentro de la teoría jurídica contemporánea la comprensión de este término trae una novísima concepción que al mismo tiempo es respetuosa de la soberanía interna de los Estados miembros, la cual permite el surgimiento del nuevo ente común donde es posible la distribución de competencias en la reglamentación de ciertos ámbitos entre autoridades multilaterales y nacionales, conservando su propia autonomía. Este concepto ha permitido que en el ordenamiento comunitario andino, a semejanza de lo que acontece en el derecho interno de los Estados, exista un sistema de control de las normas jurídicas garantizado por una jurisdicción contenciosa-administrativa ejercida a través del Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina. Lo que en definitiva incide en el derecho administrativo interno al encontramos frente a ordenamientos independientes, como lo son los del derecho de integración, en los que se producen, aplican y ejecutan normas según las reglas de juego adoptadas para ese efecto por los Estados miembros, que dependerán del marco del proceso de integración y su armonización con las normas internas. Es por ello, que en el resultado final de esta tesis se constata la aparición de nuevas fuentes de legalidad, donde ya no sólo se contemplará la ley y la jurisprudencia, ésta última posicionada con el devenir del tiempo debido a su pertinencia, como lo podemos contrastar con la expedición del Nuevo Código de Procedimiento Contencioso Administrativo (L. 1437/11) que aún no ha entrado en vigencia, en donde se resalta la importancia del Precedente Judicial a partir de las sentencias de unificación del Consejo de Estado. Pero más allá, de este nuevo reconocimiento legislativo, el sistema de fuentes establecido se verá alterado en su jerarquía con el derecho que nace con ocasión de los tratados de integración, lo que aún no se refleja en este nuevo Código, el cual no prevé la aplicación de las nuevas fuentes de legalidad.