46 resultados para DAÑOS POR LA HELADA


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La ley de víctimas es la norma creada para la protección de los derechos de las víctimas en Colombia; empero cuenta con falencias respecto del concepto de víctima y su reparación integral. El Derecho Administrativo es la herramienta jurídica para superar dichas limitaciones legislativas.

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El objetivo de este estudio de caso es analizar los procesos de gestión del riesgo de desastres por inundación en el municipio de Campo de la Cruz, al sur del Atlántico, en el contexto de la ola invernal 2010-2011. La ruptura del Canal del Dique, el 30 de diciembre de 2010, implicó la entrada de una gran cantidad de agua al departamento del Atlántico, afectando el 100% del municipio. La normativa colombiana en materia de gestión del riesgo de desastres es reciente, de ahí que su aplicación se haya producido efectivamente con el fenómeno a estudiar en este trabajo. Así, se identifican aquellas características del ordenamiento municipal y de la ola invernal para después analizar sus efectos sobre el municipio. Las inundaciones afectaron tanto a la población como al territorio, especialmente porque éste no estaba preparado ni contaba con las suficientes herramientas para mitigar los riesgos. En este sentido, el presente trabajo identifica los instrumentos de planificación y gestión que permiten consolidar la gestión del riesgo de desastres como una política de estado ligada a lo territorial, pero al mismo tiempo desde una perspectiva integral en la que predomine el enfoque preventivo más que el reactivo.

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Durante las dos últimas décadas, en Colombia, se han trasplantado al Consejo de Estado Colombiano las discusiones jurídicas existentes en Italia y Francia, respecto de la delimitación de la naturaleza y los criterios de indemnización de los daños derivados de lesiones corporales. Fue así como en 1993 se introdujo de manera errónea la categoría de perjuicio fisiológico del Derecho francés, asimilándolo al concepto de perjuicio de agrado (igualmente francés), aun cuando en dicho ordenamiento se obedece a cuestiones diferentes. Este concepto luego fue suprimido por el de daño a la vida de relación en el año 2000, y este a su vez fue suprimido por el de alteración a las condiciones de existencia en el año 2007. Por último, y esta vez en consonancia con las discusiones del Derecho italiano, Colombia acogió en el año 2010 la categoría del daño biológico o daño a la salud.

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El Estado Colombiano en los últimos años ha venido sufriendo múltiples condenas por la privación injusta de la libertad, de la que han sido víctimas miles de ciudadanos que luego de pasar varios años en la cárcel son absueltos, conllevando esto a que se presenten una serie de demandas de reparación directa contra el Estado para que sean reparados patrimonialmente por este error, afectando de manera notoria e impactante ocasionando un perjuicio fiscal , pues las demandas por esta causal son las más costosas contra el Estado, según la Agencia Nacional de Defensa Judicial estas demandas a 2013 acumulan aproximadamente 20 billones de pesos en pretensiones. De acuerdo con el preámbulo anterior, se plantea y se responde el siguiente interrogante: ¿Hasta dónde llega la carga de un ciudadano por la privación injusta de la libertad, y cómo debe ser esta reparada administrativamente por el Estado en Colombia? En 5 capítulos, en donde se desglosa el tema y se analizan cada uno de los componentes relacionados con la privación injusta de la libertad se da respuesta al interrogante planteado; En el primer capítulo se inicia dando una visión global de la privación de la libertad en Colombia, sus normas generales y normatividad internacional; en el segundo capítulo se trata sobre los regímenes de la privación injusta de la libertad, posturas por parte de la Corte Suprema de Justicia y Consejo de Estado al respecto, incluyendo la carga de un ciudadano por la privación de manera injusta de su libertad; continuando el análisis, en el tercer capítulo se habla sobre la aplicación del principio de in dubio pro reo y cuando hay lugar a declarar la responsabilidad del Estado por una absolución con base en este principio; en el cuarto capítulo se trata sobre los regímenes de responsabilidad y como se configura la responsabilidad del estado frente a los mismo; y el último capítulo trata sobre la cuantía de las condenas en el momento que el estado debe indemnizar por la privación injusta de la libertad y su diferente evolución presentado las sentencias de unificación sobre la reparación de daños, topes indemnizatorios, entre otros. La jurisprudencia que sobre el régimen de responsabilidad por privación injusta de la libertad avala en la actualidad el Consejo de Estado, establece que es ilegítimo para un Estado Social de Derecho como el nuestro, exigir a los asociados, la asunción de la carga de soportar una investigación penal y la privación de la libertad, bajo el argumento de conservación del interés y seguridad general de la comunidad, en la investigación y sanción de los delitos. La tesis expuesta se sustenta en el carácter fundamental del derecho a la libertad, que obliga al Estado a su cuidadosa protección y defensa, por tanto, cualquier restricción, por corta que sea, siempre que no encuentre justificación, configura un daño antijurídico que debe ser resarcido, análisis que debe realizar en cada caso concreto el juzgador, pues no se trata de condenar al Estado por todas las investigaciones penales en las que se absuelva al sindicado. La responsabilidad del Estado puede originarse en dos fuentes: la falla del servicio o la responsabilidad objetiva por el daño especial, cuando aún sin que se presente falla en el servicio, el Estado deba responder por el daño antijurídico causado por un agente suyo. La privación de la libertad puede ser legal o ilegal; será legal cuando de los elementos materiales probatorios y evidencia física recogidos y asegurados o de la información obtenida legalmente, se pueda inferir razonablemente que el imputado puede ser autor o partícipe de la conducta delictiva que se investiga; además, dicha privación de la libertad, debe tener como fin evitar la obstrucción de la justicia y asegurar: 1º) La comparecencia del imputado al proceso, 2º) La protección de la comunidad y de las víctimas y 3º) El cumplimiento de la pena. Dicha privación legal de la libertad se puede presentar de tres maneras a saber: 1º) En virtud de orden judicial, la cual consiste en orden escrita proferida por un juez de control de garantía con las formalidades legales y por motivo previamente definido en la ley. 2º) Sin orden judicial, la cual tendrá lugar cuando no sea posible obtener inmediatamente orden judicial y por los motivos previstos en la ley y 3º) Por captura en flagrancia. (Arts. 296, 297, 300, 301 y 308 de la ley 906 de 2004 C.P.P.); o será ilegal cuando no se cumplan los requisitos anteriormente descritos. La responsabilidad del Estado por la privación injusta de la libertad a un ciudadano no depende del tiempo qué este permanezca en tal situación, sólo basta con demostrar los supuestos o los requisitos que la legislación y la jurisprudencia han determinado para que opere. El Estado debe responder por la legal privación injusta de la libertad a título de desequilibrar las cargas públicas, ya que con ello ocasiona un daño especial al privado legal e injustamente de su libertad, lo especial de dicho daño es que el Estado responda por sus actuaciones ajustadas al ordenamiento jurídico, debiéndose desarrollar este bajo el régimen de responsabilidad objetivo, en el que, el elemento culpabilidad no es tenido en cuenta y lo fundamental para endilgar responsabilidad al Estado es únicamente el daño y su antijuridicidad. El ser privado de la libertad, siendo inocente - así sea que dicha privación se de con apego al ordenamiento jurídico - no es una carga que las personas estén obligadas jurídicamente a soportar; por lo cual los daños producto de tal privación son antijurídicos, naciendo con ellos una responsabilidad para el Estado. Es decir, tal como lo ha reiterado el Consejo de Estado, los ciudadanos no están en la obligación de soportar que estos errores de procedimiento afecten su derecho a la libertad, sin compensación alguna, por el solo hecho de vivir en sociedad; por tanto, cualquier restricción, por corta que sea, siempre que no encuentre justificación, configura un daño antijurídico que debe ser resarcido. La detención preventiva, debe ser concebida, como una medida excepcional que se debe aplicar sólo en circunstancias extremas, pero no como procedimiento regular. Las millonarias indemnizaciones que podrían generarse por estos errores de la Fiscalía hacen de este tema, sin duda, un asunto prioritario para la entidad y para el Estado en general

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Este libro recupera los desarrollos en materia de responsabilidad del Estado realizados por la Corte Suprema Federal colombiana en los años posteriores a la Guerra Civil de 1876 1877, el gobierno intentó suavizar los efectos de los daños patrimoniales sufridos por los particulares a causa de las claras violaciones al derecho de propiedad efectuadas por combatientes.La estructura metodológica del texto está divida en dos partes: una histórica y otra jurídica. En la primera, compuesta por los dos capítulos iniciales, se presenta un análisis histórico de la Guerra de los Curas, incluyendo los acontecimientos concretos que fueron analizados por la Corte; y en la segunda, conformada por el tercer capítulo, se presenta un estudio marcadamente jurídico de la teoría de la Responsabilidad Extracontractual Patrimonial del Estado, desarrolladas en los años posteriores a la guerra bajo la vigencia de la Constitución liberal de 1863. Finalmente, se debe resaltar que en el periodo abordado existió una jurisprudencia uniforme y coherente sobre los hechos por los cuales el Estado colombiano estaba obligado a responder, en situación de guerra, a quienes fueran víctimas de los abusos causados por la confrontación; sin importar si fue el ejército o la guerrilla quienes hubieran ocasionado el daño.

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Este texto es una recopilación de veinte ensayos que, partiendo del derecho chileno, desarrollan temas tradicionales en materia de contratos, como son la fuerza obligatoria, sus efectos relativo y absoluto, las nociones de cumplimiento e incumplimiento de las obligaciones contractuales, la resolución y la ejecución forzosa, la excepción de incumplimiento y la responsabilidad contractual, pero con un enfoque novedoso que trasciende las estructuras clásicas del sesquicentenario Código de don Andrés Bello. Para tal fin, los autores se sirven principalmente de la herramienta del derecho comparado y analizan de forma aguda y profunda los más recientes avances que se han incorporado en los derechos francés y español, ya sea por vía jurisprudencial o por influencia del derecho comunitario europeo.

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Este trabajo busca encontrar una solución para aquel consumidor local que ha celebrado un contrato de compraventa internacional de mercaderías, y el bien objeto de contrato tiene un defecto que genera daño. Propone la aplicación de la falta de conformidad, a través de la figura del efecto atenuado del orden público, como una medida que sustituye la responsabilidad por producto defectuoso contenida en la ley 1480

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Introducción: La inhalación de polvo de carbón favorece el desarrollo de neumoconiosis, causa daños irreversibles al pulmón que se identifican radiológicamente. Los síntomas son tardíos y la patología se puede desarrollar tras varios años de exposición. Objetivo: Caracterizar los hallazgos radiográficos según la metodología de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) 2000 y relacionarlos con la sintomatología respiratoria en trabajadores expuestos a polvo de carbón en las labores de minería de socavón en el departamento de Boyacá, Colombia, 2015. Materiales y métodos: Estudio de corte transversal realizado en 232 mineros, se indagó características sociodemográficas, signos y síntomas del sistema respiratorio. Se realizó radiografías de tórax y se aplicó la metodología OIT para describir los hallazgos. Se estableció asociación estadística a través de la prueba Chi cuadrado de Pearson. Para el procesamiento de la información se utilizó el programa SPSS statistics 2.3 Resultados: Toda la población fue de sexo masculino, con una edad promedio de 40,8 años. El cargo de picador fue el más frecuente en 72,4% de los trabajadores. Las radiografías mostraron opacidades pequeñas redondeadas (q/q) en 42%. La expectoración fue el síntoma más frecuente 66,4%. Se encontró una relación estadísticamente significativa entre el tabaquismo con las anomalía parenquimatosas (p=0,002).Conclusión: La prevalencia de neumoconiosis para el departamento de Boyacá fue de 29.7% entre los trabajadores valorados según los criterios OIT para lectura de radiografías de tórax, por lo que se requiere poner en práctica medidas de control a fin de reducir al mínimo la exposición de los trabajadores.

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Los indígenas como sujeto jurídico para el reconocimiento de derechos étnicos han sido definidos desde el paradigma del multiculturalismo liberal, basado en características esencialistas de la identidad, como el vínculo con el territorio ancestral rural, el uso de la lengua nativa, y la organización colectiva y comunitaria. Sin embargo, el conflicto armado colombiano ha generado el desplazamiento forzado de gran parte de esta población i1, en su mayoría hacia áreas urbanas y metropolitanas, donde son inaplicables las características que eran tenidas en cuenta para el reconocimiento y la garantía de sus derechos. La ausencia de un sujeto jurídico étnico que responda a las condiciones de un indígena desterritorializado víctima de desplazamiento forzado a causa del conflicto armado que solicita atención individual, se convierte en un obstáculo para la garantía de sus derechos étnicos en la implementación de la política pública de atención, asistencia y reparación a víctimas del conflicto armado, porque las medidas afirmativas y el enfoque diferencial étnico, obligación del ejecutivo, queda a la discrecionalidad de las decisiones administrativas, poniendo en riesgo la garantía del derecho a la identidad cultural y, por lo tanto, a la diversidad étnica y cultural de la nación.

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La gestión de inventarios es uno de los grandes retos que afrontan las empresas hoy en día, especialmente aquellas que manipulan productos con altas probabilidades de daños y averías, razón por la cual definir políticas o un sistema de gestión de inventarios garantizaría una perdurabilidad y sostenibilidad en el mercado más prolongada. Es por ello que el proyecto planteado a continuación desarrollado en la empresa Diageo, multinacional de consumo masivo del sector licores, está inscrito en la línea de investigación de Gerencia de la Universidad del Rosario. De esta manera, bajo el programa de Áreas funcionales para la dirección que cuenta con un enfoque en perdurabilidad empresarial, la línea de investigación en Gerencia busca generar conocimientos sobre finanzas, mercadeo, operaciones y gestión humana. Por lo anterior, partiendo de la premisa de que una empresa perdurable es aquella que “adecúa su manejo a la intensidad de las condiciones del entorno sectorial y las fuerzas del mercado” (Leal, Guerrero, Rojas, & Rivera, 2011), se hace necesario orientar los recursos y esfuerzos de la empresa hacia una nueva política de inventarios en el portafolio de vinos, de modo que al incrementar el nivel de servicio se afecten positivamente indicadores de rentabilidad y liquidez.

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El objetivo de este estudio de caso es analizar el agua como factor reordenador del territorio, en el caso específico de las inundaciones sucedidas en el 2011 en el territorio de la Universidad de la Sabana. Durante la ola invernal del 2011 todo el país sufrió las consecuencias de los errores en la planeación de los asentamientos humanos. La no inclusión de la gestión del riesgo dentro del Ordenamiento Territorial, sumado la falta de comprensión de las dinámicas del territorio y del rol del agua como factor ordenador del territorio, causaron inundaciones y desastres naturales que afectaron la vida de miles de ciudadanos, entre eso los estudiantes, profesores y demás afectados por las inundaciones de la Universidad de la Sabana.

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La conformación de grandes organizaciones de comercio de bienes de consumo como resultado de una integración de empresas comercializadoras, entre ellas la del Grupo Casino, han adquirido participaciones mayoritarias en empresas nacionales. Este nuevo modelo de negocios corporativo ha generado algunos beneficios al consumidor en aspectos de precio, variedad y calidad a la luz de compradores, investigadores y de los propios dueños. Sin embargo, son más los daños y perjuicios que ha ocasionado estos procesos de internacionalización que los beneficios a primera luz, pues vienen acompañados de prácticas desleales que han atentado con los intereses de empresas productoras y proveedoras eliminando de tajo la libre competencia y desapareciendo reglas y conductas sanas que han caracterizado a la economía de mercado. Se examinará las teorías y conductas que se aplican a estas negociaciones, así como las prácticas que ejecutan en el comercio en la defensa de la competencia y su impacto competitivo en sector comercio de Colombia.

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La reducción de la demanda, específicamente por medios alternativos al sistema penal tradicional, ha sido uno de los componentes más discutidos en los análisis que abordan la lucha contra las drogas. Este artículo se propone determinar el papel de la Organización de Estados Americanos en el establecimiento de los Tribunales de Tratamiento de Drogas en Estados Unidos como mecanismo de reducción del daño en el periodo comprendido entre 1989 y 2013. Se sugiere que la organización internacional, a través de la CICAD, ha jugado un papel de promoción, y evaluación de los Tribunales de Tratamiento de Drogas en Estados Unidos, generando presión entre sus Estados miembro, dada la necesidad de instaurar alternativas legales de reducción del daño. Sin embargo, se presentan deficiencias en los mecanismos de evaluación, ya que las indicaciones realizadas no tienen un carácter obligatorio y por tanto las determinaciones de la CICAD no necesariamente son adoptadas.

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Introducción: Los Desórdenes Musculo-Esqueléticos (DME) tienen origen multifactorial. En Colombia corresponden al principal grupo diagnóstico en procesos relacionados con la determinación de origen y pérdida de capacidad laboral. Objetivo: Determinar la relación entre síntomas musculo-esqueléticos y factores relacionados con la carga física en trabajadores de una empresa dedicada a la venta y distribución de medicamentos y equipos médicos, Bogotá (Colombia), en el año 2015. Materiales y Métodos: Estudio de corte transversal en 235 trabajadores. Se incluyeron variables sociodemográficas, ocupacionales y las relacionadas con los síntomas musculoesqueléticos y carga física. Se utilizó en cuestionario ERGOPAR. Para el análisis se utilizó la Prueba Exacta de Fisher, el Odds Ratio (OR) con el Intervalo de Confianza (IC) del 95%. Se realizó el análisis Multivariado con Regresión Logística Binaria. Resultados: La prevalencia de síntomas relacionados con DME fue de 79,2%, siendo más prevalente en cuello, hombros y columna dorsal (48,1%), seguido por columna lumbar (35,3%). Se encontró una asociación entre síntomas en cuello, hombros y/o columna dorsal con el sexo femenino (p=0,005, OR=2,33, 95%IC: 1,2-4,2); adoptar postura bípeda menos de 30 minutos (p=0,004, OR=3,34, 95%IC: 1,4-7,6); adoptar postura cabeza/cuello inclinado hacia delante entre 30 minutos y 2 horas (p=0,007, OR=3,25, 95%IC :1,3-7,7) y en columna lumbar con adoptar postura espalda/tronco hacia delante entre 30 minutos y 2 horas (p=0,001, OR=4,27, 95%IC: 1,7-10,3); y la antigüedad en el cargo entre 1 y 5 años (p=0,009, OR=3,47, 95%IC: 1,3-8,8). Conclusión: Las posturas bípedas con y sin desplazamiento, inclinaciones de tronco y cabeza, transporte manual de cargas, sexo femenino, antigüedad en el cargo y edad están asociadas conjuntamente al riesgo para presentar DME.

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La gestión del riesgo de desastres ha cobrado importancia en los últimos años a causa de las devastadoras consecuencias de los distintos desastres naturales. Por eso, esta política pública se ha establecido en las administraciones públicas de los diferentes países; en Colombia se ha implementado a través de la Ley 1523 del 2012. Sin embargo, no se ha podido hacer una inclusión integral en todas las entidades territoriales. Entonces, la presente investigación pretende demostrar los factores presentes en el sistema de respuesta a emergencias, en dos importante departamentos del país, que influyen en la inclusión integral de la gestión del riesgo de desastres en la administración pública departamental.